El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

sábado, 22 de agosto de 2015

Rodrigo Méndez y las rentas reales del Marquesado de Villena

En 1576, Rodrigo Méndez, veinticuatro de la ciudad de Granada, es enviado al Marquesdo de Villena como juez de comisión para la averiguación de las rentas reales. En ese momento, la autoridad máxima del Marquesado, el gobernador nos aparece como una figura impotente para administrar este Marquesado, con una administración que se reduce a seis alguaciles de partido y dos alcaldes mayores, en San Clemente y Chinchilla. Sus intentos por dotarse de un escribano de provincia veinte años antes han resultado infructuosos y la creación de un escribano de apelaciones pronto será desbaratado por las villas. En materia de rentas reales, su función se reduce a cobrar las rentas de las villas encabezadas, que son las menos populosas.
En este contexto aparece en el Marquesado Rodrigo Méndez. Su labor será informar a la Corona de situación de las rentas reales en las villas más  populosas, cuyas rentas están en régimen de fieldad, salvo San Clemente que las tiene arrendadas.La situación en San Clemente, Albacete o Chinchilla se reduce a una palabra, fraude. Méndez describe una situación de numerosos ganaderos entre dos mil y cuatro mil cabezas que evitan pagar el alcabala de las ventas, no declarando las ventas o vendiendo en tierras de señorío. El grano y la uva procedente de las tercias entra en procesos especulativos, con la excusa de la necesidad de la pronta venta de estos productos para evitar que se echen a perder. Las justicias locales, cargos añales y simples testaferros de las oligarquías locales, actúan como cómplices de la situación; los arrendadores de los diferentes ramos de la alcabala no suelen llevar el obligatorio libro para su cobro y presentan cuentas de recaudación inferiores al arrendamiento.
Rodrigo Méndez propondrá un mayor control de las rentas con el nombramiento de dos administradores en el Marquesado, la creación de un tesorero de rentas reales en sustitución del receptor existente y con atribuciones ejecutivas y el control directo de la administración de las tercias reales a pagar en especie y no en dinero por las villas. Se pretende frenar el proceso especulativo con el trigo y su control para ponerlo a precio tasado para los labradores en época de carestía, y cómo no, el incremento de la recaudación.
La administración de Rodrigo Méndez nos muestra, sobre todo a través del informe de 1586, una instantánea de la situación demográfica y socioeconómica del Marquesado. En la práctica, su actuación se tradujo en la administración directa de las rentas en 1583 por el licenciado Mieses, y la garantía de pago de los juros de los asentistas situados sobre estas rentas, principalmente los Fúcares.
Pero sobre todo  Rodrigo Méndez constató varios fracasos. La imposibilidad de continuar con la inoperancia de la gobernación de lo reducido del Marquesado de Villena, que se traduciría en la división en dos corregimientos con cabeza en Chinchilla y San Clemente. Se empezó a vislumbrar una incipiente administración fiscal que mantuvo el distrito de la gobernación (hasta 1718), organizada en torno al corregidor de San Clemente como juez mero ejecutor, un escribano de rentas reales ante quien pasarán los autos del anterior y un tesorero de rentas reales, cargo ocupado por las familias san clementinas de Buedo, desde 1580, y los Astudillo desde 1615. El Marquesado se convirtió en tierra de experimentación para las reformas fiscales y garantía de pago de los juros de los asentistas a los que estarán consignadas la totalidad de las alcabalas y tercias. La insuficiencia recaudatoria de las rentas reales y la imposibilidad de hacer de la alcabala un impuesto del diez por ciento sobre el valor de las ventas llevaría a la creación de un nuevo impuesto,  el servicio de millones.

A comienzos de 1576, nos encontramos con Jerónimo Briceño de Mendoza como Gobernador del Marquesado de Villena. Su anterior destino ha sido corregidor de Burgos, una etapa más de un cursus honorum que iba a completar desempeñando varios cargos en la Administración territorial en el reinado de Felipe II y recibir recompensas para incrementar los bienes del mayorazgo fundado por sus padres, a caballo entre Granada y Almería. Su destino en el Marquesado coincide con un momento clave: la confección de una encuesta para conocer la riqueza del Reino, las llamadas relaciones topográficas.
Las necesidades financieras de la monarquía le predisponían a pensar que la riqueza de las villas y pueblos no tenía su equivalente en la carga fiscal pagada. Por eso a comienzos de 1576 el gobernador recibe órdenes del secretario de Felipe II, Juan Vázquez, para garantizar el pago de alcabalas y tercias y acrecentar la recaudación. Para Briceño es una orden más en la rutina diaria de sus quehaceres. En su cumplimiento mandará a los funcionarios locales que informen de lo recaudado para ponerlo en mano del receptor de rentas reales, como ya se ha hecho en años anteriores.
Pero esta vez el secretario Juan Vázquez se ha propuesto un objetivo claro,el incremento de la recaudación debe ser algo más que un deseo. Se decide nombrar un juez de comisión para la averiguación y cobranza de las rentas reales, Rodrigo Méndez, cuya acción será paralela a la del gobernador Briceño. Rodrigo Méndez, aunque es nombrado juez de comisión, su figura va más allá del cometido de estos jueces, su oficio tiene una naturaleza de administrador, prolongándose  sus funciones durante diez años, a diferencia de la estricta limitación temporal del juez de comisión, y la privacidad de la jurisdicción recibida se desarrolla en un campo de acción tan amplio, la cobranza de rentas reales de un distrito tan extenso como es el Marquesado de Villena, que pronto entrará en colisión con la  jurisdicción ordinaria del gobernador. Actúa como confidente del secretario Juan Vázquez ofreciéndole una imagen alternativa a las misivas oficiales del gobernador. Este corresponder entre comitente y comisionado será propio de la figura de los superintendentes de mediados del siglo siguiente. El nombramiento de administradores de alcabalas y tercias en 1576 debió ser generalizado en todos los distritos de rentas reales del reino de Castilla. Sabemos que para el reino de Murcia fue nombrado Juan Zárate.
La primera villa visitada por Rodrigo Méndez  a comienzos de febrero fue San Clemente, fue una estancia breve antes de pasar a Albacete, pero suficiente para denunciar una situación de fraude general a la Hacienda. Además plantea la vacuidad de una comisión que no esté dotada de instrumentos propios. Considera pocos fiables los alguaciles de los pueblos, pues nunca actuarán contra sus vecinos, ni siquiera se fía de los seis alguaciles de que dispone el gobernador. Al estar la administración de las rentas de los dos años anteriores en régimen de fieldad, salvo San Clemente que las tiene arrendadas, pide dos alguaciles propios para su comisión, evitando así la complicidad de los fieles con los alguaciles locales. La petición sería concedida en parte, contando Rodrigo Méndez con la ayuda de su paisano Miguel de Turija como alguacil. Pronto pediría más oficiales para su comisión.
Durante los meses de marzo y abril recorre todo el Marquesado, para arrendar las rentas  y poner fieles en los lugares sin encabezar, un total de dos ciudades y doce villas. La denuncia de los fraudes se acentúa en sus informes: mercados francos sin reconocimiento de privilegio alguno en Villena, Yecla o Utiel o el caso de Chinchilla, centro de las transacciones de trigo y harina, donde nadie paga nada de alcabala y denuncia asimismo que los arrendadores no suelen dar fianzas.  Su intromisión en las villas encabezadas provocaría el encontronazo con el gobernador Briceño, que el 8 de abril manifiesta su malestar, pero también su primacía sobre la comisión de Méndez: me a pareçido dar a v. M. Que siendo mi güesped Rodrigo Méndez, entendí dél que pensaba dar los mandamientos para ello y yo le dixe que en esto último me manda su magestad hazer la cobrança y enviar el dinero y que si en los lugares que no están encabeçados quisiese con mi mandamiento ymbiar instruçión de lo que se auía de hazer lo diese. No parece que diese marcha atrás Méndez, a pesar de las advertencias del secretario Våzquez, que tomó las cuentas a los lugares encabezados y al receptor de rentas reales del Marquesado, en aquel momento el sanclementino Antón de Montoya Vizcarra. No le faltaba razón cuando defendía la unidad del distrito fiscal, pues los juros que había que pagar estaban situadas tanto sobre rentas encabezadas como no encabezadas. Un gobernador que veía usurpada sus funciones llegó a escribir al secretario Vázquez que me dé orden de lo que tengo de hazer. Briceño iniciará un periplo durante el mes de mayo por los pueblos del Marquesado supuestamente para averiguar los excesos de unas compañías de soldados y seguramente siguiendo los pasos de Rodrigo Méndez, que habiendo finalizado su primer cometido el 26 de abril, el arrendamiento de rentas o en su defecto el nombramiento de fieles, pasará a dedicarse a labores ejecutivas para la cobranza de las deudas de años anteriores. Ahora el gobernador busca un entendimiento, que le permite hacerse cargo de las villas encabezadas y deja las manos libres al juez de comisión en las villas sin encabezar: las dos ciudades y doce villas mencionadas.
Pero la posición de Rodrigo ha salido reforzada y cuando en julio vuelve a las villas lo hace con plena jurisdicción civil y criminal en los casos tocantes a las rentas reales del Marquesado.


Rodrigo Méndez, dejando a un lado su papel de administrador, se presentará ahora como comisario ejecutivo a comienzos de julio de 1576 en los ayuntamientos de San Clemente y Albacete, empezando a hacer procesos contra regidores y las personas más ricas de estas villas, pues defraudan al vender el trigo, los frutos de las viñas y los ganados en los lugares de señorío y encabezados, pagando según Rodrigo Méndez menos del uno por ciento en las ventas.
Celoso y desconfiado en su misión, pedirá al secretario Juan Vázquez se nombre un escribano real para dar fe de las ejecuciones porque de los  escriuanos destos lugares no se puede confiar nynguna cosa ni de los alcaldes ordinarios dellos por ser todos añales nombrados por los regidores que es lo que principalmente an delinquido en defraudar (leg. 75, doc 357). También pide el nombramiento de ejecutores contra las villas deudoras, cuyas costas deben cobrarse de los defraudadores y se añade también de los propios de los pueblos. Pide que los alcaldes de los pueblos se hagan responsables de la toma de cuentas y respondan con sus bienes en caso de fraude.  Rodrigo Méndez presenta en su haber el arrendamiento de las rentas de Albacete, Iniesta, Utiel, Sax y Almansa, que se añaden a las de San Clemente.
Juan Vázquez considera estas medidas desproporcionadas. Al fin y al cabo, se pretende algo más prosaico, cobrar cuanto antes las rentas para pagar a los asentistas, tal como manda la real cédula de 22 de septiembre. Se manda a Rodrigo Méndez vaya personalmente a las villas a cobrar las rentas y proceda contra defraudadores y culpados conforme al Cuaderno de alcabalas, no se nombren cobradores ni ejecutores a costa de los propios.
Pero la realidad que ve sobre el terreno Rodrigo Méndez enerva al comisionado. Se ha hecho un nuevo camino entre los términos de Chinchilla y Peñas de San Pedro para evitar pagar el portadgo en la primera localidad de las mercancías que se dirigen del reino de Toledo a los de Valencia y Murcia; Villena y Sax al pagar sus diezmos a los obispos de Murcia y Cartagena, evitan pagar la parte de las tercias reales.
Rodrigo Méndez puede discrepar, pero es fiel cumplidor. El 7 de octubre tiene recaudado prácticamente la totalidad del segundo tercio del año 1576, incluido lo adeudado de fraudes sacados por averiguaciones en San Clemente y Albacete. Ha recaudado más de 4200000 maravedíes, de los que 1288000 están destinados al pago de juros, además de los 300 ducados de su salario. Quedan así en poder del receptor 2821515 maravedíes, que una vez recaudados los lugares encabezados a cargo del gobernador, pueden subir a cuatro cuentos. Rodrigo Méndez lo expresa claramente, no hay nada que llevar al arca de tres llaves de la contaduría mayor de Hacienda, pues se debe extender una libranza a favor de Antonio Fúcar y sobrinos por valor de cuatro cuentos. El único excedente que queda es el de las tercias administradas en régimen de fieldad.

Para inicios de 1577, Rodrigo Méndez tenía muy avanzadas sus averiguaciones, sobre todo en San Clemente y Albacete. Ahora extendía sus pesquisas  también a Chinchilla . Aunque había descubierto fraudes por valor de 250.000 maravedíes para San Clemente y Albacete, la labor que tenía ante sí era ingente. Sus acusaciones iban dirigidas principalmente contra los poseedores de hatos de ganado de 2000 a 4000 cabezas, la complicidad generalizada en los fraudes y la imposibilidad de pasar de un régimen de fieldad a uno de arrendamiento en muchos lugares para evitarlos.
En diciembre de 1576 había recibido orden real para arrendar las rentas del año 1577 de las dos ciudades y 13 villas ahora a su cargo. El 30 de enero recibe nueva orden de tomar cuentas al receptor de lo procedente de las rentas de los años 1575 y 1576.  Para el 21 de febrero ya tiene tomadas las cuentas del primer y del segundo tercio del año 1576, con un alcance de 3.004.895,5 maravedíes a ingreaar en el arca de tres llaves. Como siempre, el gobernador Briceño va con retraso en los lugares encabezados.
Su comisión había comenzado el 4 de febrero de 1576 y en el transcurso de un año ha recorrido el territorio de Marquesado asignado dos veces. Pide se le asigne un ayudante; el secretario Vázquez transige: que avise que persona de allí le pareçe más a propósito para esto. Es consciente del trabajo del administrador y por esa razón cuando éste pide una licencia de treinta días para recomponer su hacienda en Granada tras la muerte de su padre se le niega. Para acallar sus quejas se le paga otra parte de su salario que ya suma en el plazo de un año 600 ducados.
Desde marzo, la posibilidad de dos administradores en el Marquesado es objeto de discusión. Rodrigo Méndez se niega a ceder competencias jurisdiccionales de su comisión e intenta reducir las competencias de cualquier futuro administrador a las de un alguacil más: que se probea conforme a justiçia y a mi comisión e ynstruçión y dársele a ynstruçión en cada lugar lo que se a de fazer. Llega incluso a proponer a su alguacil para el puesto, aprovechando para pedir un incremento del salario de Miguel Turija de 300 a 400 maravedíes diarios.Pero el que acaba recibiendo 200 ducados más es Rodrigo Méndez, que obedece interesada y torticeramente las órdenes de Juan Vázquez de dividir el Marquesado en dos partidos. Así propone dejar en manos del otro administrador sólo tres lugares menores y uno de difícil cobranza de sus rentas, Yecla. Pero se sigue arrogando la jurisdicción, que el otro administrador haga las averiguaciones que él sentenciará los procesos. Para defender sus competencias alega sus méritos, desde el uno de enero hasta mediados de abril de ese año 1577 ha conseguido aumentar la recaudación en 5.000 ducados. Vàzquez cede al reducir la figura de un nuevo administrador a la de alguacil:  que le nombre por el tiempo que fuere menester por la orden que él tiene, siendo todo  a cargo del administrador.
Aseguradas sus competencias, Rodrigo Méndez va más allá. Apoyándose en las quejas de los arrendadores de rentas contra los regidores y vecinos ricos y los alcaldes ordinarios, que actúan como meros testaferros de aquéllos en el ejercicio de la justicia, pide se nombre en cada pueblo un vecino quen en materia de rentas pueda hacer la justicia que no hacen los alcaldes. Lo que pide Rodrigo Méndez es demasiado, crear una jurisdicción fiscal independiente de la ordinaria y una administración fiscal propia y ajena a los oficios ordinarios controlados por las oligarquías locales. Por eso Juan Vázquez le contestará que en materia de rentas se límite a las disposiciones del Cuaderno de alcabalas.

A finales de abril de 1577, Rodrigo Méndez hace balance de su gestión. Ha arrendado las alcabalas de San Clemente, Albacete y encabezado las de Villena, Villanueva de la Jara y Quintanar; las rentas de Alpera están cedidas a Pedro de Verastegui y en Chinchilla sólo ha podido arrendar rentas menores, siguiendo el resto en régimen de fieldad. En Albacete se ha mandado una persona como receptor, acompañado de alguacil para procesos y ejecuciones. Sax sigue en régimen de fieldad y no se han hecho averiguaciones, al igual que Barchin, El Peral, Minglanilla y Yecla, pero éstas últimas quedaran a cargo de la nueva persona nombrada. Todas las tercias, salvo Iniesta tienen administradas sus tercias reales por fieles.
Para junio se ha cobrado el primer tercio de las rentas. Para evitar fraudes se ha exigido a los arrendadores que respalden con fiadores sus contratos, cuyos bienes serán ejecutados en caso de impago; como de hecho está ocurriendo en este momento por el impago de mil ducados.
Cuando toma las cuentas de las rentas del primer tercio se quejará de la inoperancia del gobernador para cobrar en los lugares  encabezados. En cualquier caso, ha recaudado cerca de cinco millones y medio de maravedíes, que descontado el pago de juros, supone un ingreso de algo más de tres millones en el arca de tres llaves.
Pero la preocupación de Rodrigo Méndez después de año y medio de comisión es el fraude  en las tercias reales. Los defraudadores son los vecinos más ricos; en especial, es difícil controlar los engaños en la venta de ganados. Propone controlar las ventas con el pesaje de los ganados en las carnicerías.
Ahora bien, si hay que destacar algo en Rodrigo Méndez es su preocupación por los labradores. Se niega a hacer procesos ejecutivos en Barchín por el estado calamitoso de la villa. La repetida esterilidad de los tiempos, que nos aparece una y otra vez en los documentos, se ha hecho presente en las cosechas del verano de 1577. Las tercias reales apenas han recaudado 1500 fanegas de trigo. ¿Qué hacer con ellas? Rodrigo Méndez no duda en proponer que puesto que es tiempo de sementera y ha empezado a llover, se dé el trigo a los labradores pobres a precio de tasa para sembrar. La respuesta de Juan Vázquez es tajante, no se disponga de una sola fanega, pues el trigo es necesario para el servicio de su Majestad, se mandarán personas para recogerlo y llevarlo a la corte. El mismo Rodrigo Méndez es comisionado en Lorca donde hay 1290 fanegas de trigo de la recaudación de los tres últimos años en poder del receptor.
La labor de Rodrigo Méndez se extenderá durante siete años más. Las averiguaciones de las villas principales de la Marquesado del año 1586 es una fuente que exigirá un trabajo más detallado. A la altura de ese año se ha demostrado que el Marquesado es un territorio demasiado grande y complejo para dejarlo en manos de la exigua administración de un gobernador. La gobernación se dividirá en 1586, pero la administración de los nuevos corregidores será incapaz de frenar a unas villas que buscan su emancipación jurisdiccional de la mano de privilegios de primera instancia. Pero las experiencias de estos años sentarían las bases del proceso centralizador de mediados del siglo siguiente.

Fuentes: ARCHIVO GENERAL DE SIMANCAS. PATRONATO REAL, Legajos 575 y 577