El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

sábado, 29 de agosto de 2015

Rodrigo Méndez y las rentas reales del Marquesado de Villena (IV)

Para inicios de 1577, Rodrigo Méndez tenía muy avanzadas sus averiguaciones, sobre todo en San Clemente y Albacete. Ahora extendía sus pesquisas  también a Chinchilla . Aunque había descubierto fraudes por valor de 250.000 maravedíes para San Clemente y Albacete, la labor que tenía ante sí era ingente. Sus acusaciones iban dirigidas principalmente contra los poseedores de hatos de ganado de 2000 a 4000 cabezas, la complicidad generalizada en los fraudes y la imposibilidad de pasar de un régimen de fieldad a uno de arrendamiento en muchos lugares para evitarlos.
En diciembre de 1576 había recibido orden real para arrendar las rentas del año 1577 de las dos ciudades y 13 villas ahora a su cargo. El 30 de enero recibe nueva orden de tomar cuentas al receptor de lo procedente de las rentas de los años 1575 y 1576.  Para el 21 de febrero ya tiene tomadas las cuentas del primer y del segundo tercio del año 1576, con un alcance de 3.004.895,5 maravedíes a ingreaar en el arca de tres llaves. Como siempre, el gobernador Briceño va con retraso en los lugares encabezados.
Su comisión había comenzado el 4 de febrero de 1576 y en el transcurso de un año ha recorrido el territorio de Marquesado asignado dos veces. Pide se le asigne un ayudante; el secretario Vázquez transige: que avise que persona de allí le pareçe más a propósito para esto. Es consciente del trabajo del administrador y por esa razón cuando éste pide una licencia de treinta días para recomponer su hacienda en Granada tras la muerte de su padre se le niega. Para acallar sus quejas se le paga otra parte de su salario que ya suma en el plazo de un año 600 ducados.
Desde marzo, la posibilidad de dos administradores en el Marquesado es objeto de discusión. Rodrigo Méndez se niega a ceder competencias jurisdiccionales de su comisión e intenta reducir las competencias de cualquier futuro administrador a las de un alguacil más: que se probea conforme a justiçia y a mi comisión e ynstruçión y dársele a ynstruçión en cada lugar lo que se a de fazer. Llega incluso a proponer a su alguacil para el puesto, aprovechando para pedir un incremento del salario de Miguel Turija de 300 a 400 maravedíes diarios.Pero el que acaba recibiendo 200 ducados más es Rodrigo Méndez, que obedece interesada y torticeramente las órdenes de Juan Vázquez de dividir el Marquesado en dos partidos. Así propone dejar en manos del otro administrador sólo tres lugares menores y uno de difícil cobranza de sus rentas, Yecla. Pero se sigue arrogando la jurisdicción, que el otro administrador haga las averiguaciones que él sentenciará los procesos. Para defender sus competencias alega sus méritos, desde el uno de enero hasta mediados de abril de ese año 1577 ha conseguido aumentar la recaudación en 5.000 ducados. Vàzquez cede al reducir la figura de un nuevo administrador a la de alguacil:  que le nombre por el tiempo que fuere menester por la orden que él tiene, siendo todo  a cargo del administrador.
Aseguradas sus competencias, Rodrigo Méndez va más allá. Apoyándose en las quejas de los arrendadores de rentas contra los regidores y vecinos ricos y los alcaldes ordinarios, que actúan como meros testaferros de aquéllos en el ejercicio de la justicia, pide se nombre en cada pueblo un vecino quen en materia de rentas pueda hacer la justicia que no hacen los alcaldes. Lo que pide Rodrigo Méndez es demasiado, crear una jurisdicción fiscal independiente de la ordinaria y una administración fiscal propia y ajena a los oficios ordinarios controlados por las oligarquías locales. Por eso Juan Vázquez le contestará que en materia de rentas se límite a las disposiciones del Cuaderno de alcabalas.

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