El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

jueves, 29 de diciembre de 2016

Elección de oficios concejiles en Santa María del Campo (1583)

La elección de oficios de primero de enero del año 1583 se celebró con la mitad de los regidores del anterior cabildo desterrados de la villa. Fue un proceso tutelado por el alcalde mayor del Marquesado de Villena Gaspar Jaramillo, que tenía su residencia habitual en San Clemente. Los oficios serán acaparados por los regidores que, estando en minoría el año anterior, habían conseguido excluir de los oficios por la denuncia y la persecución judicial a la familia de los Gallego y parientes del licenciado González. Hay alguna condescendencia otorgando algunos oficios a familias aliadas de los perdedores como los Ortega y Galindo, aunque unos meses después vemos como el oficio de alcalde ordinario en manos de Francisco Galindo pasará a Martín de la Solana, el hijo del alcalde anterior del mismo nombre y que también se había visto involucrado, aunque con mejor suerte, en los procesos judiciales llevados a cabo por el licenciado Jaramillo. Esta ambigüedad de los Solana, en lo que creemos que es una mezcolanza de odio al licenciado González y a la vez sincera defensa de la independencia jurisdiccional de la villa, les colocaría en enfrentamiento directo con las autoridades del Marquesado.

El método de elección es la cooptación. Había diferenciación de oficios entre hidalgos y pecheros, aunque no existía esa distinción entre los electores. A pesar de la tutela del alcalde mayor Jaramillo, creemos que esta era la forma habitual de la elección de los oficios concejiles a comienzo de año. La diferencia con elecciones anteriores, es que una vez la villa se libró de los Portocarrero, el nombramiento de los oficiales nuevos, alcaldes ordinarios y de la hermandad y alguacil, correspondía a los mismos oficiales salientes y a los regidores, junto al alférez mayor de la villa, en manos de la familia de los Ortega, que hábilmente, a pesar de su implicación, han salido indemnes de los procesos judiciales de los meses anteriores. En estas elecciones de Santa María del Campo Rus como villa eximida, que arrancarían en 1579, las luchas banderizas entre bandos encontrados era la norma común; parece que en dichas elecciones, hasta este año 1583, los deudos y parientes de Gallegos y el licenciado González de Alcocer imponían su voluntad por contar con un voto más que sus oponentes. Las reyertas en la elección de estos oficios eran continuas. El bando vencedor contó en un principio con la complicidad del gobernador Velázquez, pero la situación cambió con la llegada del nuevo Gobernador Rubí de Bracamonte, que accedió al cargo unos meses antes de esta elección.


En la villa de Santa María del Campo a primero día del mes de henero de mill e quinientos y ochenta e tres años estando en la sala del ayuntamiento el muy Ylustre señor el liçençiado Xaramyllo alcalde mayor del marquesado de Villena e los Ylustres señores Martín de Solana alcalde hordinario e Pedro de Ortega Montoya alférez mayor e Alonso Montejano e Juan Juárez de Párraga e Andrés Rredondo e Juan de Toro Rremírez y el bachiller Alexo Rrosyllo, rregidores, todos ofiçiales del conçejo estando presente el señor Pero Gonçález, procurador syndico huniversal desta villa e estando juntos para tratar e conferir cosas tocantes a el serviçio de Dios y de su Magestad y para echar e nombrar ofiçios de alcaldes hordinarios y alcaldes de la hermandad y alguaçil mayor abiéndose confirmado e comunicado entre sus merzedes se hiçieron las elecçiones siguientes e luego los dichos señores, ofiçiales y alcalde mayor mandaron que se çitase para este ayuntamiento al señor Juan de Chaves, alguaçil mayor y no pareçió presente antes se halló su puerta zerrada con llave y atento a esto mandaron proseguir con las elecçiones que están comenzadas a haçer adelante y ansí se hiçieron en esta manera 

(Al margen) alcalde hordinario, Alonso Rrosyllo
E luego abiendo tratado e conferido quien conbenía se nombrase alcalde hordinario por el estado de los hijosdalgo todos juntos nombraron para el dicho ofiçio a Alonso Rosyllo de Torres veçino desta dicha villa y ansí lo acordaron e mandaron

(Al margen) alcalde hordinario, Françisco Galindo
E luego juntos de unanimidad e conformidad trataron de echar e nombrar por alcalde hordinario de los buenos hombres pecheros a Françisco Galindo de Pero Galindo veçino desta villa e ansi lo probeyeron e mandaron

(Al margen) Alguaçil mayor, Alejo Gonçalez
E luego estando juntos con dichos señores ofiçiales y el señor alcalde mayor nombraron de conformidad e de un parezer a Alejo Gonçález veçino desta dicha villa eyansí lo mandaron y acordaron

E luego se trató e confirió azerca del hechar e nombrar alcaldes de la hermandad del estado de los hijosdalgo nombraron a Gabriel de Ortega Montoya rregidor

E luego se trató e acordó que en lo que toca a la vara de la hermandad del estado de los buenos hombres pecheros a Françisco Garçía rregidor y ansí lo acrodaron e mandaron

E luego abiéndose fecho las dichas eleçiones según e como están dichas y aclaradas mandaron llamar a los dichos Alonso Rrosyllo de Torres e Françisco Galyndo e Alexo Gonçález para que hagan la solenydad de juramento que de derecho son obligados para husar y ejerzer el dicho ofiçio de alacaldes e alguazil mayor según por sus merzedes están nombrados y ansí entró a el ayuntamiento el señor Alonso Rrosyllo de Torres del qual se rreçibió juramento en forma de derecho sobre la señal de la cruz e prometió de haçer bien e fielmente el dicho ofiçio de alcalde hordinario e conforme a derecho es obligado y ansí lo prometió e dixo sí juro e amen e que hará pagar todo lo que a la villa e propios della se deban y ansí lo prometió

E luego estando juntos los dichos señores ofiçiales del conçejo pareçio presente el señor Françisco Galyndo alcalde nombrado de los buenos hombres pecheros e hizo la solenidad de juramento que de derecho es obligado e prometió de haçer bien e fielmente el ofiçio de alcalde hordinario desta villa y que guardará los previlexios de esta villa e hará cobrado  todo quanto se deuiere al dicho conçejo e propios e rrentas dél y que en efecto hará lo que es obligado a buen alcalde e dixo sí juro e amén

E luego los dichos señores ofiçiales del dicho conçejo juntamente con el dicho señor alcalde mayor mandaron subir arriba al dicho ayuntamiento a Alexo Gonçález veçino desta villa alguaçil nombrado para el dicho ofiçio y venido hiço juramento en forma de derecho de servir y exerzer la vara conforme a derecho y a lo que buen alguaçil es obligado a haçer y cumpliendo los mandamientos que por las justiçias se le mandare con la dilixençia pusyble según e como se le mandare y a la conclusión del dicho juramento dixo sí juro e amén. El liçençiado Xaramillo, Martín de la Solana, Pedro de Ortega Montoya, Juan de Toro Rremírez, Alonso Montejano, Andrés Rredondo, el bachiller Rrosyllo, Juan Juárez de Parraga, Martín Fernández escriuano


AGS, CRC, 311, 9

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