El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

sábado, 13 de enero de 2018

Justicia real y privilegiados en la villa de San Clemente a mediados del siglo XVI


Las diferencias entre el regidor Alonso Valenzuela y el alcalde mayor Baltasar Orozco se remontaban a julio de 1548, cuando el primero se negó a librar veinte mil maravedíes de los propios de la villa a Rodrigo de Ocaña. Pero no fue hasta diciembre de 1548, cuando Alonso de Valenzuela pidió justicia al gobernador Luis Godínez de Alcaraz. Protestaba por los cincuenta días que había permanecido preso en la sala del ayuntamiento y en la cárcel pública y por la merma que esta situación había provocado en su hacienda
atenta la calydad de mi persona por ser rregidor, que es dynidad, e hijodalgo e honbre de honrra, en la dicha prysión fuy ynjuriado y el juez que ynjustamente prende, comete contra el preso delyto de ynjuria e demás desto por thener preso los dichos çinquenta días y no poder entender en mi fazienda ni visitar mis ganados e granjerías de canpo e otros negoçios que yo thenía fuera desta villa de San Clemente en los dichos çinquenta días de prysión perdy e me vynyeron de daño más de çien ducados
Rodrigo de Ocaña era el procurador de las causas de la villa ante el Consejo Real, por sus idas y venidas recibía un salario de ocho reales diario, una corona, a cobrar de los propios de la villa, a cargo de su mayordomo Pedro Hernández de Avilés. Sus estancias en el Consejo Real, que entonces residía en Aranda de Duero, eran prolongadas, la última fue de sesenta y dos días, desde finales de octubre a finales de diciembre de 1547. Desde septiembre de aquel año eran alcaldes de la villa de San Clemente Pascual de Valenzuela y Francisco de Olivares, alguacil mayor Pedro de Alarcón Fajardo. Los nombres de aquellos que desempeñaban los cargos concejiles aquel año no es un dato carente de valor, pues correspondía a un grupo de principales que había entrado en conflicto con los regidores perpetuos establecidos en la villa desde 1543. La misión de Rodrigo de Ocaña en la Corte se movía en esas disputas. Tanto él como el licenciado Guedeja, relator en el Consejo Real, habían recibido el 26 de octubre de 1547 comisión de los alcaldes ordinarios y alguacil mayor para defender el modo de elección de esos cargos según fijaba la ejecutoria ganada por la villa. Pascual de Valenzuela, Francisco de Olivares y Pedro de Alarcón Fajardo habían sido elegidos por las tradicionales suertes el día de San Miguel.

El tradicional método de elección por suertes de alcaldes ordinarios y alguacil mayor consistía en la elección de cualquier vecino por suertes. Frente a esta universalidad se acabó imponiendo la reserva de la elección de alcaldes a un colegio de electores reducido de cuatro hidalgos, para la elección de alcalde noble, y doce pecheros, para la elección de alcalde por el estado pechero. Y es que San Clemente había crecido demasiado y los intereses en juego eran muchos como para dejar la elección de la justicia del lugar y alguacilazgo a unas cuantas bolas de cera flotando en un cántaro. Una carta ejecutoria de la emperatriz Isabel había limitado el colegio de electores a personas hábiles y suficientes y reducido el número de elegibles a los mencionados cuatro hidalgos y doce pecheros, luego convertidos con el tiempo en colegio de electores, pero ahora la elección la hacían tanto los regidores perpetuos como los oficiales salientes, y es de presuponer, pues testimonios hay, con el concurso de otros vecinos que  no querían quedar excluidos, entre los nombres de las dieciséis personas introducidas en el cántaro. Decidía la mano inocente de un niño de ocho años, que sobre esta selección previa, sacaba las bolas de los afortunados. El método escandalizaba al doctor Alonso de los Herreros, que afirmaba que no se podía elegir como oficiales públicos a personas que no diferenciaban entre el bien y el mal y cosa no deçente sería que cupiese la vara de alcalde hordinario o de alguaçil mayor desta villa a persona menos sufiçiente o ydiota.

El año de 1547 los oficios de regidores de la villa estaban en mano de una reducida minoría de principales, que los habían comprado de por vida por la cantidad de cuatrocientos ducados. Sus nombres eran Cristóbal de Tébar, Alonso de Valenzuela, Hernando del Castillo, Francisco de los Herreros y Francisco Pacheco, señor de Minaya. Las disputas entre alcaldes ordinarios y regidores perpetuos no eran motivadas por principios o defensa de privilegios inmemoriales de la villa, sino por intereses económicos muy particulares. La causa de las disputas entre unos oficios y otros había sido el embargo de una manada de carneros, destinada al abasto de las carnicerías, a Inés Alarcón, mujer de Bernardino de los Herreros. Los carneros fueron entregados a Juan González de Origüela, abastecedor de carnicerías ese año, que rendiría cuentas de su gestión ante el ayuntamiento, pero la obligación final de pago de los carneros embargados recaía en los regidores Cristóbal de Tébar y Alonso Valenzuela, que a diferencia de los alcaldes, comprometieron ante el gobernador, además de su palabra, sus bienes. Por supuesto el resto de regidores se habían ausentado voluntariamente para no comparecer ante el gobernador doctor Rodrigo Suárez de Carvajal. Todos sabían a lo que jugaban. Sería falaz por nuestra parte pretender ver en las disputas un enfrentamiento claro entre regidores y alcaldes, más bien los dardos de los alcaldes, y, por omisión, de los regidores ausentes iban dirigidos contra los origüela, que controlaban el lucrativo negocio del abasto de carne en la villa. Cristóbal de Tébar, Alonso de Valenzuela y Juan González de Origüela estaban emparentados familiarmente. El problema era que junto al abastecimiento de las carnicerías, tema de interés para los tébar, origüela y valenzuela, en la posada del gobernador se habló de un tema muy espinoso: enviar un procurador a la Corte para defender la primera instancia de la villa. No sabemos lo que pasó en la posada del gobernador, en casa de la mujer Antón García Moreno, pero creemos que Alonso Valenzuela cedió en enviar a Rodrigo de Ocaña a la Corte para defender la elección popular de los alcaldes de la villa. Al fin y al cabo, tal consentimiento, no decidido en las salas capitulares del ayuntamiento, carecía de valor jurídico. Cristóbal de Tébar, más avezado que Alonso de Valenzuela, se pronunció en contra de una misión, la de Rodrigo de Ocaña, que no solo intentaba preservar la elección por suertes de los alcaldes ordinarios sino también eliminar los regidores perpetuos. Posiblemente Alonso Valenzuela y Cristóbal de Tébar no eran contrarios a la elección de alcaldes ordinarios de septiembre de 1547 en las personas de Pascual Valenzuela y Francisco de Olivares, pero Cristóbal de Tébar, a diferencia de Alonso, sabía distinguir perfectamente la diferencia entre contar en la alcaldía con personas próximas y el hecho de aceptar un sistema de elección por suertes, sin filtros o elecciones intermedias, que podía llevar a las alcaldía a cualquier vecino, es decir, a cualquier persona que pusiera en duda el bien de la república, que, para él, se confundía con los privilegios de una minoría, con los que podía mantener conflictos, pero de cuyos privilegios se beneficiaba y defendía.

Aparte de las disputas internas, la villa de San Clemente arrastraba varios conflictos con su antigua aldea de Vara de Rey, entre ellos, la escribanía de Vara de Rey, que había sido concedida como bien propio a la villa de San Clemente por la emperatriz Isabel de Portugal y que ahora se arrogaba la aldea eximida de la villa madre. Se sumaba el conflicto por el pinar de Azraque, que estaba sito en el término de Sisante, lugar comprado por Vara de Rey al precio de 3000 ducados y, con él, los derechos sobre el pinar. Pero si había cierta unidad en el proceder de los principales sanclementinos en torno a la defensa de intereses comunes frente a su antigua aldea de Vara de Rey, no existía tal consenso en otros temas. Las rivalidades entre las principales familias sanclementinas se manifestaba en que cada cual procuraba enviar a allegados a la Corte con el fin de defender intereses propios. Los regidores perpetuos intentaban asegurarse el control de los oficios de alcaldes, revocando la elección anual por suertes; los alcaldes ordinarios se quejaban del nombramiento del mayordomo de propios por los regidores (el cargo, que recaía en Pedro Hernández de Avilés, era simple testaferro de Cristóbal de Tébar).

El control de la elección del mayordomo de propios se había convertido en objeto de litigio. Si el control de la justicia, en manos de los alcaldes, era objetivo imposible para los regidores perpetuos, no ocurría así con el control de los bienes propios del concejo. Los regidores se habían arrogado el nombramiento del mayordomo, por quien pasaban las cuentas finales de los arrendamientos de los bienes propios de la villa, pero también un negocio de más importancia como era el abasto de pan y carne para la villa y el control de las seis tiendas públicas. El mayordomo solía responder con sus bienes de su mala gestión o, lo que era más usual, de la apropiación indebida de caudales públicos. Pero no solo él, también aquellos que se comprometían con sus haciendas como fiadores. No era el caso en los últimos años, en los que el mayordomo, con la complicidad de los regidores, se obligaba sin necesidad de fiadores. El último mayordomo de propios, Juan de Robres (o Robles), andaba en busca y captura, en su huida se había llevado los caudales públicos del año 1546. Curiosamente , será uno de los principales acusadores en la residencia del bachiller Orozco. El mayordomo de 1547, Pedro Hernández de Avilés era amigo reconocido de Alonso Valenzuela, cuyos intereses defendía como procurador. En realidad, las cuentas desde el establecimiento de las regidurías perpetuas en 1543 no estaban auditadas, ejecutadas en el argot de la época, y eran ejemplo de malversación de la hacienda municipal. El remedio, que contaba con el consenso social de la mayoría (o al menos de los excluidos del poder), era garantizar la independencia de los alcaldes ordinarios y de la elección de los mismos.

Aunque se respetaba la elección por suertes, la apariencia democrática de este método, que parecía calcado del ágora ateniense, distaba de la realidad. Previamente a las suertes, había una votación, o simple amaño, en la que se seleccionaba a los aspirantes a entrar en el cántaro del sorteo. En las intrigas por esta selección previa participaban todos, especialmente los regidores perpetuos y los más ricos; pero a la altura de la segunda mitad de la década de los cuarenta el control de la elección por los regidores perpetuos iba siendo cada vez mayor. Parece que este control fue respondido por un grupo de notables, defensores de intereses propios, aunque la solución propuesta era revolucionaria: cualquier vecino podía entrar en suertes, sin intermediación de los oficiales concejiles. Las familias principales pusieron el grito en el cielo: eso era dejar la justicia en manos de gente inhábil e incapaz. El sentido de clase lo expresaron abiertamente los pachecos, herreros o castillos, pero otros como los origüelas, que de la mano de las dos ramas familiares, los tébar y los origüelas, empezaban a dominar el abasto de la villa, parecían callar.  Las divergencias entre las familias principales abrían las puertas a la democratización del gobierno municipal, en palabras de la época: que no elijiesen alcaldes e alguaçil los rregidores sino el pueblo.

Un hecho lo vino a enturbiar todo. El 27 de julio, el alcalde mayor bachiller Orozco ordena la prisión en la sala del ayuntamiento de los dos alcaldes ordinarios, Pascual de Valenzuela y Francisco Olivares, del alguacil mayor Pedro de Alarcón Fajardo y del regidor Alonso Valenzuela. Allí seguían presos el día treinta, cuando Alonso Valenzuela pidió su libertad atento que valoraba la pérdida por cada día de su prisión en dos ducados de oro y que no podía ejercer su oficio de carnicero fuera de la villa. Le siguió en la petición el alguacil mayor Pedro de Alarcón Fajardo. Argumentaban que el ayuntamiento de San Clemente solo pagaría la mitad de los gastos del viaje de Rodrigo Ocaña, la otra mitad correspondería al bachiller Francisco Rodríguez, que actuaba como apoderado de Francisco García y los hijos de Astudillo, por el encargo que había hecho a Rodrigo Ocaña de entender en la corte sobre cierto contencioso por heridas a un vecino de Alarcón llamado Luis de Guzmán, y del que estaba entendiendo un pesquisidor en la villa de San Clemente.

 Aunque en un primer  momento la orden de prisión del bachiller incluía a los alcaldes ordinarios, al alguacil mayor  y al mayordomo de propios, Pedro Hernández de Avilés, pronto éstos se desentendieron y decidieron librar de los propios del concejo la deuda de veinte mil maravedíes con el procurador Rodrigo de Ocaña y quedar así libres. Pero no actuó igual Alonso Valenzuela, que en una defensa de principios negaba la validez de cualquier libranza de los propios si no había sido decidida por el pleno del ayuntamiento. Quizás reconocía ahora el error de haber permitido el paso a la Corte de Rodrigo de Ocaña y haber traicionado los intereses de clase de la minoría de regidores de la que formaba parte. Su empecinamiento lo pagó con una prisión de cincuenta días. Hasta el doce de septiembre, el alcalde mayor Orozco no dictará auto de libertad de Alonso de Valenzuela, condicionado a no abandonar la villa. Además de la pérdida económica en su hacienda, el regidor Alonso Valenzuela verá la prisión como un agravio para su persona y esperará a la finalización del alcalde mayor Orozco en su cargo para exigirle responsabilidades.

Las diferencias entre Alonso Valenzuela y el alcalde mayor Orozco venían ya de antes, pues el primero se había visto inmerso en una pelea con los hijos y criados de Francisco Jiménez, uno de los vecinos ricos del pueblo, que tampoco rehuía las peleas. Baste recordar los sucesos de 1553. El alcalde mayor había sentenciado a Alonso Valenzuela a destierro de la villa y a una multa pecuniaria, pero éste había paralizado la ejecución de la pena, apelando a la Chancillería de Granada. El alcalde mayor, incapaz de ejecutar la pena, había decidido la prisión preventiva por la gravedad de los delitos. Alonso Valenzuela acusaba de parcialidad al bachiller Orozco, que ya se había pronunciado a favor de Rodrigo Ocaña y su madre con ocasión de unas deudas a la panadería, origen de las rivalidades. La enemistad entre ambos personajes se convirtió en odio de enemigos irreconciliables, cuando Alonso estuvo casi cincuenta días preso, del veintisiete de julio al doce de septiembre, por negarse a firmar la libranza de lo adeudado a Rodrigo de Ocaña. Si no estuvo más tiempo fue por el temor del bachiller Orozco a la llegada del nuevo gobernador Luis Godínez unos pocos días después.

Pero el contencioso entre el bachiller Orozco y el regidor Alonso de Valenzuela iba más allá de las diferencias personales, para mostrar todas la contradicciones de la sociedad sanclementina de mediados de siglo. De la relación de testigos declarantes en la residencia contra el bachiller Orozco se deduce que ninguno de los principales del pueblo se quedó al margen. Presentes estuvieron Francisco Pacheco, Miguel Vázquez de Haro, Juan del Castillo, Francisco de Herreros, Miguel de Herreros, Francisco García, Miguel López de Astudillo, Gregorio del Castillo, Hernando de Montoya, Francisco de Ortega, Cristóbal de Tébar, Gonzalo de Tébar, Juan de Robles, Pedro de Alarcón Fajardo o Pedro de Garnica. Una larga relación en la que faltan nombres, pero que muestra el interés que el pleito levantó en la sociedad sanclementina y las amistades y enemistades que suscitaba la persona de Alonso Valenzuela: un hijodalgo rico, que, como otros principales sanclementinos, había forjado su hacienda en el cultivo de viñas y la posesión de ganados. A ello unía el monopolio del abasto de la carnicería pública de la vecina localidad de Vara de Rey.

El juicio de residencia contra el bachiller Baltasar Orozco se celebró a comienzos de febrero de 1549 ante el nuevo alcalde mayor doctor Morales. Acusaban los testigos la entente formada por Rodrigo de Ocaña y el antiguo alcalde mayor Orozco, que ponían la justicia al servicio de sus intereses particulares. Se decía que el procurador Ocaña amañaba las situaciones y el alcalde mayor Orozco dictaba las sentencias en claro delito de prevaricación. En Las Pedroñeras habían ejecutado varios destierros, Juan de Robles decía ser víctima de su justicia por infundadas deudas al sobrino de Ocaña. Asimismo el alcalde mayor tenía fama de quedarse con una parte desproporcionada de las condenaciones de cámara y penas de justicia. Las denuncias alcanzaban al gobernador Suárez de Carvajal. Pero la principal acusación contra la justicia real venía del propio Alonso de Valenzuela, que acusaba al procurador Rodrigo de Ocaña de vender al pueblo, no defendiendo el fin de su comisión: la elección democrática y por suertes de los alcaldes ordinarios. Curiosamente se acusaba de prevaricación en defensa de los intereses particulares por aquellos regidores perpetuos que defendían un cerramiento del gobierno local a favor de sus intereses. El error de Baltasar Orozco y el gobernador Rodrigo Suárez de Carvajal fue ir en contra de los tiempos. Defendieron las viejas tradiciones políticas del pueblo en un momento en que el gobierno local se cerraba en pocas manos. Pero sería injusto achacarles que su gobierno fuera contra los intereses del pueblo. Simplemente en el conflicto de intereses del común de los vecinos con los ricos ganaderos del pueblo, apostaron por el común, apostando por una política en defensa de las viñas y opuesta a un desarrollo anárquico del ganado lanar. Es más, se intentó una generalización del cultivo de olivos, intercalando pies de esta planta en medio de los majuelos, que, como sabemos, fracasaría. Como fracasaría a la larga el intento de preservar la autonomía de los cargos electos de alcaldes frente a los regidores perpetuos.

Las acusaciones de prevaricación alcanzaban alto y apuntaban directamente a los Pacheco. Concretamente a Alonso Pacheco de Guzmán, regidor de la villa, que, por su matrimonio con Juana de Toledo, había unido el linaje de los Pacheco a los descendientes del alcaide de Alarcón Hernando del Castillo. Las alianzas familiares, alianzas de riqueza y poder, se iban cerrando más con el matrimonio del hijo de Alonso Pacheco, llamado Diego, con Isabel de los Herreros. Alonso Pacheco Guzmán fue acusado directamente por Juan de Robles el viejo, mayordomo de propios, de apropiación de los caudales de las panaderías públicas en connivencia con Rodrigo de Ocaña y sus familiares, que tuvieron a su cargo el abasto de pan de la villa de San Juan de 1546 a San Juan de 1547. El alcance contra Rodrigo de Ocaña ascendía a cien mil maravedíes. Parece que Alonso Pacheco, señor de los molinos de la Losa en el Júcar y de importantes propiedades cerealistas en torno a Rus llevaba en el pueblo una política propia, ajena a sus familiares de Minaya e independiente tanto de los intereses vinateros como ganaderos, pero de enorme peso en la política local. Su influencia hizo que Alonso Valenzuela quedara aislado a la hora de pedir responsabilidades a Rodrigo de Ocaña y su madre en el caso de malversación de las panaderías del pueblo, en el que Alonso Pacheco no debía ser ajeno a los cien mil maravedíes que reclamaba el concejo. Pero Alonso Pacheco, jugaba con demasiadas cartas en la mano. Ahora en el contencioso entre Rodrigo de Ocaña y Alonso Valenzuela, se mantiene intencionadamente al margen. Unos pocos años después le será imposible mantener esa neutralidad y se verá marginado de la política municipal, momentáneamente, junto a los Castillo.

Alonso de Valenzuela se había negado a dar su poder a Rodrigo de Ocaña, pero no era el único. Francisco de los Herreros y Hernando del Castillo habían protestado la marcha a la Corte de Rodrigo de Ocaña. Tanto Francisco de los Herreros como un hermano de Hernando, Francisco del Castillo, darían con sus huesos en la cárcel. El propio Hernando del Castillo sería preso en la cárcel cuatro meses por una pretendida deuda de diez ducados. Igual rigor de cárcel padeció otro vecino llamado Francisco Suárez de Figueroa.

La sentencia definitiva contra el bachiller Orozco vendría el veintiseis de abril de 1549, siendo condenado a treinta ducados más costas judiciales por haber encarcelado sin justificación a Alonso Valenzuela. La sentencia fue redactada por el alcalde mayor doctor Morales, alojado en la casa de Sancho López de los Herreros, pero su pronunciamiento había tenido lugar catorce días antes en la ciudad de Chinchilla. No aceptó la sentencia el alcalde mayor Orozco, que apeló ante el Consejo Real. Defendía su causa, su hermano Gaspar Orozco. Pero si los oficiales reales tenían quien defendiera su causa ante la Corte, no iban a la zaga los ricos sanclementinos. De la causa de Alonso Valenzuela se hizo cargo el licenciado Juan Guedeja, vecino del pueblo, antiguo procurador de la villa (como tal recibía salario de los propios sin ejercer hasta que el ayuntamiento se quejó en noviembre de 1549) y ahora relator en Valladolid ante el Consejo Real. La sentencia definitiva, dada en Valladolid el 26 de septiembre de 1549, daría la razón a Alonso de Valenzuela.


Sentencia del Consejo Real de 26 de septiembre de 1549
AGS. CRC. 394-5

 El bachiller Orozco había perdido el caso. Las causas de su fracaso las manifestaba su hermano Gaspar en la petición de revisión del caso: el antiguo alcalde mayor alegaba indefensión, pues debía defender su caso desde Huete, a catorce leguas de San Clemente, temeroso de pisar tierra sanclementina, donde tenía demasiados enemigos. Ni siquiera pudo rescatar el proceso por el que había condenado a Alonso Valenzuela, pues aunque los autos habían pasado ante el escribano Ginés de Garnica, ahora obraban en manos de Juan Rosillo, nuevo escribano del ayuntamiento, que decía no saber nada del pleito. Juan Rosillo ocupaba uno de esos cargos añales, cuyo nombramiento recaía en manos de los regidores perpetuos y a cuyo servicio estaba. Esta era la gran carencia del gobierno del Marquesado de Villena: la inexistencia de escribanos propios por la justicia real ante quien pasaran sus autos judiciales. Así los pleitos quedaban en los pueblos en manos de escribanos, comúnmente simples testaferros de las oligarquías locales, que procuraban dejar en agua de borrajas las querellas. Los intentos de crear un escribano de provincia al servicio del gobernador y sus alcaldes mayores fracasaría en la década siguiente.

La villa de San Clemente le gusta reivindicarse como capital del Marquesado de Villena. Sin duda,era una de las principales, y en ellas se centraba la actividad política de la parte norte de la gobernación. Pero distaba mucho de ser la sede de una organización política permanente. Si algo definía a las figuras políticas del gobernador y del alcalde mayor era su carácter itinerante y el escaso arraigo en las poblaciones. Una de las condiciones de su nombramiento, que ahora sí se cumple, era ser no natural de las villas para ocupar cargos de la gobernación. El bachiller Baltasar de Orozco, alcalde mayor en 1647, era vecino de Huete. Su intento de actuar con independencia respecto a las familias principales lo pagó con el odio generalizado de todas, que le llevó a una actuación judicial, en palabras de la época, apasionada, y al encarcelamiento de varios vecinos principales. Su intento de independencia, acabó en parcialidad con Rodrigo de Ocaña. No fue el único y es que la situación predisponía. Tanto alcalde mayores como gobernadores, en su itinerancia y sin sede fija, acababan siendo alojados en las villas por aquellos vecinos ricos, interesados en influir en sus decisiones. Rodrigo Juárez de Carvajal fue gobernador del Marquesado de Villena hasta septiembre de 1548. Las estancias del gobernador en San Clemente eran largas, pero no tenía fijada su sede en esta villa; en octubre de 1547, aparece alojado de posada en las casas de la mujer de Antón García Moreno. De Luis Godínez de Alcaraz, su sucesor, no conocemos su posada, pero una y otra vez vemos a su vera y como sombra inseparable al regidor Hernando del Castillo. Su alcalde mayor, doctor Morales, se alojaba en la casa de Sancho López de los Herreros.

La residencia en casas particulares era motivo circunstancial de dependencia al servicio de intereses particulares de las autoridades del Marquesado, pero también de garantía de su independencia. La audiencia de los gobernadores y alcaldes mayores se establecía en sus propias casas de posada, ajena a la justicia que los alcaldes ordinarios impartían en las salas del ayuntamiento. En un principio, los gobernadores compartían tal oficio con el de jueces de residencia para juzgar la acción de sus antecesores, que poco, podían haber hecho en los escasos tres años que duraba su mandato (la norma era que no se llegase a culminar este plazo). Estos juicios de residencia son un  testimonio de primer orden de las disputas que se vivían en los pueblos del Marquesado y de las intromisiones de una justicia real que pocas veces alcanzaba a ver el juego de intereses económicos que andaban detrás de las aparentes luchas banderizas. Las amistades y enemistades en las villas de San Clemente eran muy mutables y poco tenían que ver con la vecindad o con el parentesco, sino que fluctuaban con la contradicción de intereses (otras veces complementarios) de vinateros, cerealistas, ganaderos, abastecedores de los tiendas públicas, tenderos, escribanos y leguleyos ( que en ocasiones eran procuradores con enorme influencia en la Corte y Chancillería), pero también de pequeños propietarios o simples jornaleros o pastores, que veían en el mantenimiento de una justicia propia, de alcaldes elegidos por suertes, la mejor garantía de sus derechos frente a los ricos. Pero esa defensa del bien común ya no solo se la arrogaban los alcaldes ordinarios, que, al fin y al cabo, eran los depositarios de la justicia real,  por los privilegios de villazgos obtenidos o confirmados en tiempo de los Reyes Católicos, cuando pasaron a ser villas de realengo, sino que ahora, cuando la justicia en primera instancia de los alcaldes ordinarios aparecía más debilitada por las intromisiones de los ricos, el común de los vecinos ponía sus esperanzas en la justicia del gobernador. Así la vieja figura itinerante comienza  a convertirse en una organización de gobierno y justicia más estable. No solamente por el carácter más sedentario de sus dos alcaldes mayores en San Clemente y Chinchilla, sino por la mayor complejidad del alguacilazgo y por la dotación de un escribano que, dando el salto desde su naturaleza de escribano de residencia, se pretende de provincia y ante quien pasan las apelaciones de la justicia ordinaria o las propias intervenciones del gobernador en primera instancia cuando está presente en las villas.

Sin embargo, esta apuesta de la Corona por hacer del gobernador, dotado de escribano propio, un garante del interés general o bien común de la república chocará con todos. Los alcaldes ordinarios no habían perdido todavía su legitimidad ante el común en las rencillas entre bandos, aunque su debilidad en el juego de intereses locales era vista por los principales, detentadores de las regidurías perpetuas, como una oportunidad de convertirlos en cargos añales a su servicio. Ni qué decir tiene que esto era deseo más que realidad y fuente de innumerables conflictos en unas comunidades rurales rotas. Correspondía a la pericia del gobernador mantener su neutralidad para garantizar el equilibrio, algo imposible si tenemos en cuenta dos de las principales funciones que tenía encomendadas: el reclutamiento militar y la exacción fiscal. La expedición militar a Francia en 1543 fue muy mal vista en el Marquesado por la aportación de hombres, que no llegaron a luchar, y de dineros; peor vista sería la recaudación fiscal coincidiendo con las plagas de langosta de 1547 y 1548. Aunque en un primer momento hubo condonación de tributos y un préstamo de seis mil ducados para luchar contra la plaga, en los años inmediatamente posteriores se exigió la devolución hasta el último de los maravedíes. Para garantizar la recaudación fiscal, en la plaza de la Iglesia, en la casa situada en la esquina que linda con la cuesta de Iranzo, Diego de Ávalos estableció las arcas en las que se debía depositar la recaudación de los pueblos del Marquesado. Los odios que podían despertar los ricos de los pueblos pronto se trasladaron hacia las instituciones incipientes de la Corona y hacia aquellos, caso de los hermanos Castillo, para la villa de San Clemente, que apoyaban su acción centralizadora.



AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 394-5. Alonso Valenzuela contra el alcalde mayor Baltasar Orozco. 1547-1550


Testigos favorables a Alonso Valenzuela (1549)

Juan de Robles, 37 años
Juan de Robles, padre, más de 50 años
Ginés de Garnica, 26 años
Juan del Castillo, 23 años
Miguel Vázquez de Haro, 36 años
Sancho López de los Herreros, 65 años
Rodrigo López, 60 años
Julián de Sedeño, 27 años
Francisco de los Herreros, 40 años
Francisco de Ortega, 21 años
Pedro de Garnica, 44 años
Pedro de Alarcón Fajardo, 32 años
Francisco Pacheco el cojo, regidor de la villa de San Clemente y señor de Minaya, 50 años
Alonso García, 50 años
Andrés González, 43 años
Francisco García, 49 años
Gonzalo de Tébar, 42 años
Francisco Juárez de Figueroa, 47 años

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