El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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domingo, 7 de enero de 2024

Una apelación judicial en Barchín (1666)

 A pesar de los privilegios de primera instancia conseguidos por las villas y de los intentos de sus justicias de que los asuntos judiciales de los pueblos no salieran de ellos; los vecinos protestaron una y otra vez las decisiones de sus alcaldes ordinarios. Acudir a la Chancillería de Granada era muy costosa, pero la solución se encontró haciendo de los alcaldes mayores de San Clemente un tribunal intermedio de apelación, próximo y que apenas suponía gastos. Tal es el caso de la apelación presentada por Francisco Martínez, vecino de la villa de Barchín, contra la sentencia judicial del alcalde Damián de la Parrilla dada contra su padre Julián García, al resultar alcanzado en el servicio de la panadería del pueblo. Julián Martínez vería embargado un pollino valorado en ocho ducados (ochenta y ocho reales) y que sería rematado y vendido en ciento cincuenta reales. Julián Martínez acudió ante el alcalde mayor de San Clemente, Francisco Calderón que pidió se remitiesen a su audiencia los autos. No creemos que se llegarán a enviar. Era septiembre de 1666


AMSC. CORREGIMEINTO

sábado, 2 de abril de 2022

BARCHÍN DEL HOYO, SU PÓSITO Y SUS MONTES

 Cabrios y rollizos eran maderas necesarias para la construcción de las casas. Maderas escasas en el territorio de la Mancha conquense, pero existentes en los montes del pequeño municipio de Barchín. En la dehesa Vieja de Navodres los barchineros se arriesgaban a talar los árboles y sufrir fuertes multas, cargando sus carretas con los troncos que luego vendían en las poblaciones del sur.

El año 1625 los que se internaron en Navodres con ese fin fueron los labradores Miguel Gascón y Pedro Lucas. Podríamos pensar que se trataba de dos hombres llevados por la necesidad, pero ser sorprendido con una carreta de setenta troncos era relevancia delatora. Miguel Gascón trató de defenderse alegando que los troncos procedían de la vecina Almodóvar, aportando sin saberlo nuevos agravantes, pues todo el mundo sabía que los carreteros de Almodóvar no eran ajenos a este trasiego de tráfico de madera.

Barchín había tratado de defender la madera de sus montes con unas ordenanzas aprobadas por su ayuntamiento el 26 de abril de 1562, que fueron pregonadas en la plaza del pueblo ante la presencia de todos los vecinos presentes. La nueva ordenanza se hacía eco de una real provisión anterior, pero recogía en su lenguaje rimbombante la importancia que para la villa tenían sus montes

Para rremediar las cosas tocantes al seruicio de Dios nuestro señor y al uien de la rrepública, especialmente para poner horden y rremedio en la conservación de los montes por la mucha deshorden que ay en el cortar los montes y pinares de las dehesas y vedados desta villa

El concejo de Barchín del Hoyo tenía varias dehesas propias: la Quemada, Navodres y Alcohol; dispuesto a preservar su riqueza maderera, impuso fuertes penas de 2400 maravedíes por cada pie de pino doncel, rodenos y carrascas cortados. Las cuantías iban descendiendo si lo que se cortaba eran gajos de madera, tomando como medida el viejo marco de hierro, una medida de la pierna de un hombre, que marcaba el tamaño de lo que se podía cortar y no. Esta vieja medida conservada en el ayuntamiento de la villa, tenía su réplica en el ayuntamiento de Alarcón; la medida se había interpretado hacía medio siglo torticeramente para cortar los pinos nuevos y árboles jóvenes, creándose nuevos corredores para los ganados, que no eran sino excusas para abrir claros en el monte y prepararlo para la roturación de tierras por labradores.

El ayuntamiento de 1562 estaba formado por las viejas familias barchineras: como alcaldes, Miguel de Piqueras y Juan de la Orden, como regidores, Pedro de Villalba y Pedro de la Osa, que se repartían el poder con los oficios salientes del año anterior, representados en el concejo como diputados (Pedro Gascón, Francisco Redondo, Alonso Gascón y Pedro Gascón el mozo). Un concejo formado de hombres analfabetos, donde solo sabían escribir Juan de la Orden y Pedro Villalba, Pero la sensibilidad de los regidores había cambiado desde inicios de siglo, comprendiendo que la heterogénea economía barchinera y una población en expansión debía buscar un equilibrio entre las aventuras agrarias, las viejas tradiciones pastoriles y la complementariedad de recursos facilitados por el monte. Esa es la razón que les llevó a extender la jurisdicción del concejo en materia de montes sobre esos otros, en principio de realengo, con multas máximas de mil doscientos maravedíes. La preocupación de la Corona por la conservación de los montes se había manifestado en el final del reinado de Carlos V, su hijo Felipe II había promulgado una real provisión en 1557 para la conservación y replantación de montes, recordando como la Corona y la reina Juana ya habían manifestado sus inquietudes en 1518. Zarco Cuevas nos recogió esas inquietudes, sin llegar a entender que el proceso de destrucción de los montes anterior a esa fecha de 1518 fue quizás tan salvaje como el posterior a ese año.


Miguel Gascón era un viejo conocido de la justicia y un ejemplo de cómo las élites locales hacían y deshacían en los asuntos de su pueblo, en este caso, Barchín del Hoyo. A las talas indiscriminadas de árboles en 1625 siguieron otras en 1628. Miguel Gascón, además, había aprovechado su cargo como mayordomo del pósito de San Juan de 1626 a San Juan de 1627 para malversar caudales y quedarse con parte del trigo. Sus prácticas poco honestas no eran novedad, pero sí lo eran las nuevas competencias que los corregidores del partido de San Clemente intentaban arrogarse sobre montes y plantíos y sobre los pósitos y cuentas de propios de las villas a su cargo. En este contexto, Barchín del Hoyo, es decir, sus familias principales comienzan a denunciar la intromisión de la justicia del corregimiento en su primera instancia y la defensa de los privilegios de sus alcaldes, procedentes del final de la guerra del Marquesado, como poseedores de la plena jurisdicción civil y criminal, mero y mixto imperio. Es ahora, cuando Barchín y otras villas consiguen de la Corona confirmaciones de sus privilegios de primera instancia. Para entender la situación, hemos de pensar que Miguel Gascón sería uno de tantos principales de los pueblos que fueron detenidos y dieron con sus huesos en la cárcel de San Clemente. El problema era de confrontación de poder entre las oligarquías locales y una Corona, que trataba de mutar la justicia comisarial, con plazos limitados, de sus jueces en derechos perennes de sus funcionarios intermedios, en este caso los corregidores, pero andado el tiempo con el nacimiento de una nueva figura de los superintendentes. Las oligarquías locales no lo aceptaron, denunciaron la intromisión del Consejo de Castilla y los corregidores en la primera instancia de su jurisdicción y acudieron a defender sus privilegios a la Chancillería de Granada, en largos pleitos, que acabaron por arruinar las haciendas municipales. La derrota de la jurisdicción de las villas solo vendría en un contexto de guerra y depauperación económica; entonces la Corona mandó superintendentes con plenos poderes para el reclutamiento militar, que darían paso a partir de 1645 a superintendentes de rentas para una brutal exacción de rentas que fueran sustento del esfuerzo militar. Los pueblos quedaron arruinados; Barchín perdió más de la mitad de su población: sus jóvenes muertos en el frente catalán y sus familias huyendo al Reino de Valencia. Un precio demasiado alto, pero en cuyo contexto nació una nueva administración regional, que se quiere ver importada con la Nueva Planta borbónica, pero tuvo sus raíces en tierras hispanas, si bien sus orígenes remotos se hallan en Flandes en la década de 1580 y la ocupación militar española... pero ese es ya otro tema.

Pasado el verano de 1626, Barchín del Hoyo había acudido hasta Villarrobledo para comprar doscientas fanegas de trigo para los almacenes de su pósito. Juan de Piqueras, que había ido hasta Villarrobledo, reconocía los fraudes. El trigo llegaba a Barchín de noche, pero no era depositado en su totalidad en las cámaras del pósito, sino en casas de Juan de Piqueras, desde donde era vendido en operaciones especulativas, sin ser entregado directamente a los panaderos para abasto de la villa. Además, en las libranzas expedidas a panaderos y vecinos por la entrega de trigo se falseaban las cantidades, Hasta once libranzas se reconocían enmendadas. Las acusaciones iban asimismo contra aquellos que habían tomado las cuentas a Miguel Gascón, sus convecinos García de Peralta, Garci Martínez, Andrés García, muerto por esas fechas, Pedro de la Orden y el escribano Mateo Gabaldón. Curiosamente, Pedro de la Orden no sabía leer y mal que escribía su apellido. Para el mes de setiembre de 1629, el alcalde mayor de San Clemente, Pedro Baez de Fonseca, ordenaba el ingreso de todos ellos en la prisión de San Clemente, cabeza del corregimiento. Orden que se haría efectiva contra Pedro de la Orden y Mateo Gabaldón, mientras el resto quedaban retenidos en sus casas como prisión, incluido Garci Martínez al que le valió poco su alegación de padecer gota. Miguel Gascón sería condenado a privación perpetua del oficio de mayordomo del pósito, a cuatro años de destierro y 10000 maravedíes de multa.

Miguel Gascón se desterró en Buenache de Alarcón; desde allí pleiteó junto a  Garci Martínez. Ambos se presentaban como pobres. En 1631, Garcí Martínez era un hombre enfermo desde hacía tres años y Miguel Gascón, con los pleitos, había caído en la pobreza. De aquel labrador rico quedaba poco, apenas podía mantener a sus hijos menores; había perdido sus mulas y un pollino y no podía labrar sus tierras

 


*Las ordenanzas no eran tales, sino simple decisión de penas decididas por el concejo, amparándose en una provisión real anterior:

que en las dehesas voalaxes desta villa que son la dehesa de la Quemada, y la dehesa de Nauodres y la dehesa de Alcool tengan de pena los pinos donceles, rrodenos y carrascas de cada pie dos mill y quatrocientos mrs. y si fuere de pino o carrasca de dos gaxos que se pague la mitad que son mill y docientos y de cada gaxo de marco seiscientos marauedíes y de cada gaxo de los pinos diez marauedíes y derrama de carrasca que sea de rrayo abaxo veinte mrs., de cada pino doncel fuera de las dehesas en todo el término mil y docientos mrs. y si tuuiere dos gaxos y cortan el uno seiscientos mrs. y de una rrama de marco quinientos mrs. de cada pino rrodeno en lo uedado de la dehesa nueua, cien mrs. y de un gaxo cient mrs.  y que tengan pesquisa las dehesas de año y día como en las ordenanzas antes echas y los pinos del oyo tengan tres mill mrs. y los de san seuastián tengan seis mill mrs. con la pesquisa de año y día en todo lo doncel y dehesas y esto ordenaron y mandaron por virtud de la provisión rreal


Ayuntamiento de Barchín del Hoyo de 4 de junio de 1626

En la villa de Barchín en veintiquatro días del mes de junio de mil y seiscientos y veintiseis años se xuntaron en lo alto de la sala del ayuntamiento como lo an de uso y costunbre de se xuntar a canpana repicada a tratar y conferir las cosas tocantes a el servicio de Dios nuestro señor y bien y procomún desta villa especial y señaladamente Alonso de Piqueras alcalde hordinario de esta villa Andrés García Romero y Pedro de la Orden rexidores y Pedro Ximénez alguacil mayor oficiales de este dicho concejo y así juntos trataron y confirmaron las cosas siguientes

Otrosi Alonso de Piqueras alcalde dixo que atento que esta villa tiene uso y costunbre de en este día del señor San Juan en cada un año de nonbrar depositario y atento que Juan López  Cabronero que lo a siso este año pasado lo a sido este año y para cunplir con la dicha costunbre y que se le tomen quentas al dicho Juan López mandóse nonbre nuevo de depositario del dicho pósito dando cada uno su voto para que el que más tenga tuviere conforme a la costunbre quede por eleto y dando el su voto y parecer ser mayordomo del pósito desta villa para el año que viene que se començó desde hoy día hasta el dicho día de ventisiete a Miguel Gascón

Bienes embargados a Miguel Gascón

Un carro herrado

Un destral grande

Unos manteles de cáñamo

Tres tinajas vacías de 20 arrobas

Un almirez

Una sartén mediana 

Una mesa de cuatro pies

Una tinaja de ocho arrobas

Dos arcas de pino sin cerradura

Una cama de tablas

Un lenzuelo blanco

Pedro de la Orden, labrador, alcalde con 33 años en 1626 y regidor con 36 en 1629

Cien ovejas

Dos borricas, pelopardas

Una cama de madera de pino con un colchón y dos sábanas y un cobertor

Dos arcas de pino vacía

Un bufete de pino

Cuatro sillas de costillas

Bienes embargados a Garci Martínez

Una cama de pino con un colchón, dos sábanas y un paño azul

Cuatro sillas de cadera viejas

Tres arcas de pino con sus cerraduras

Dos mantas blancas medio raídas

Una mesa de pino de gonces

Dos carpetas

Una tinaja de cocer vino vacía

Embargo de bienes de Mateo Gabaldón

Una cama dorada con un colchón, dos sábanas, un cobertor y una colcha blanca

Seis sillas de respaldo de nogal viejas

Un bufete de nogal

Seis cuadros de pintura

4 sábanas, dos de lino y dos de cáñamo

Dos arcas de pino con sus cerraduras

Media docena de cojines de badana


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA, PLEITOS, 653-8

domingo, 13 de marzo de 2022

Chumillas y Barchín del Hoyo por términos, 1558

 Era 1558 y Barchín del Hoyo y Chumillas andaba en una de esas interminables disputas por los mojones entre los dos pueblos. Esta vez en torno al mojón de Peña Gollizno, que los barchineros no reconocían e interesadamente querían llevar a un enebro de antaño, que el tiempo había hecho desaparecer. Una ocupación de términos de los de Barchín en una aldea de la ciudad de Cuenca, la de Chumillas, en la que le tocó entender al licenciado Juan González Cisneros, que acabó pronunciando sentencia contra los de Barchín. 

Hacía unos veinte años que los vecinos de Barchín habían mudado, en lo que era práctica habitual, los mojones de piedra apiladas unos pocos metros más allá de su término, apropiándose de las tierras ajenas pertenecientes a sus vecinos. Barchín era un pueblo encajonado entre sus montes, con escasos términos para los 216 vecinos que se le conocen para 1552, unos ochocientos habitantes. Pero era un pueblo en expansión: de los 177 vecinos conocidos en el censo de pecheros de 1528 pasará a finales de siglo a 305 vecinos. El pueblo será atracción de familias nobiliarias en la segunda mitad del siglo XVI, tales los Perea o los Buedo, que monopolizarán su gobierno, aunque a mediados de siglo su ayuntamiento todavía luce cierta "participación democrática" con alcaldes y regidores elegidos y presencia de unos diputados que es de presuponer son los oficios salientes del concejo del año anterior. La presencia de viejas familias como los de la Orden o los de la Osa, contrasta con apellidos de otras advenedizas, procedentes de tierras de Uclés como los Porres o hidalgos advenedizos que nos son conocidos en Vara de Rey, tal los López de Huete... y un apellido que dará bastante que hablar en la zona: el escribano del concejo es Cosme de Ojeda. 

Barchín ha olvidado en estas fechas su pertenencia a la tierra de Alarcón, quizás porque ha llegado a una entente con esta villa por el aprovechamiento de la dehesa de Valverdejo, o al menos prefiere su integración política en la gobernación del marquesado de Villena como única forma de enfrentarse al costoso pleito que ahora le enfrenta con el pequeño lugar de Chumillas, de cuya defensa participa, como parte integrante que es, la ciudad de Cuenca.

El pleito se desarrolló durante el año 1557. En la nochebuena de ese año, el juez receptor enviado para recoger probanzas, conminó al representante de Barchín, el regidor Alonso López de Orozco, a que presentara testigos. Las probanzas se harían en la aldea barchinera de Alcohol, se pidió al alcalde de Barchín de ese año, Hernando de la Orden, que entre los testigos a presentar hubiera vecinos de Motilla del Palancar y Almodóvar del Pinar, entonces propiedad de ... Alarcón, además de los presentados de otros pueblo como Solera, propiedad de García Osorio. Entre los testigos presentados, pastores de estos pueblos, que andaban con sus ganados por Solera, Chumillas o Barchín, ajenos a los mojones de separación, por lo demás, pueblos apenas distantes una o dos leguas.

La zona ocupada por Barchín era la lindante entre la aldea de Alcohol y el término de Chumillas, ocupando los barchineros varios cientos de metros, un tiro de ballesta se nos dirá, para la labranza de tierras de pan. La ocupación de tierras ocurrió mediada la década de 1530. Los barchineros seguían en proceso de roturación de tierras, talando pinos, enebros y carrascas. A pesar de ello, los de Chumillas consiguieron sentencia favorable del juez González Cisneros que obligó a devolverles los términos ocupados por sentencia de cinco de febrero de 1558.


Concejo de Barchín en 1558

Alcalde ordinario: Rodrigo de Porres Mazarrón

Regidores: Juan López

Diputados: Bernal de Villalba, Juan de la Orden el viejo, Pedro de la Osa el viejo, Pedro López de Huete, Bernal de Paniagua

Alguacil: Pedro López

Escribano: Cosme de Ojeda


PLEITO ENTRE EL CONCEJO DE BARCHIN CON EL CONCEJO DE CUENCA, SOBRE TERMINOS ACHGR, PLEITOS, 1447 -003

viernes, 18 de febrero de 2022

El Cañavate, año 1552, según el manuscrito del Escorial

                                                  Alcañavate

La villa de Alcañavate y su tierra tiene 380 veçinos con siete clérigos

Está encabeçada por sus alcavalas en 101000 mrs.


                                   Rentas años de 552

Arrendose la renta del viento y heredades con condiçión que se lleve 50 del millar... 19043 mrs.

Arrendose la tienda de pescado de azeite en 4650 mrs.

Arréndose el alcavala del vino sin nibguna graçia en 5625 mrs.

Arrendose la carniçería sin ninguna graçia en 10000 mrs.

Montan las dichas rentas 39538 mrs.

Lo demás a cumplimiento del encabeçamiento se reparte por los veçinos

                                El año de 553

valieron las dichas rentas 41000, repartiose por los veçinos 60000

                                El año de 554

valieron las dichas rentas 57433  mrs. lo demás se repartió por los veçinos

Lo que les cupo de la ganançia general que fueron 6000 dizen que lo gastaron en cosas comunes.

RBME, L-1-19. 127 rº

martes, 15 de febrero de 2022

Barchín del Hoyo, año 1552, manuscrito del Escorial

 La villa de Barchín tiene 214 veçinos y dos clérigos... 216

Está encabeçada por sus alcavalas e terçias en ... 106000 mrs.

                                                   Rentas año de 552

  • Arrendose el alcavala del viento y heredades y tienda de azeite y portadgo en 11000 maravedíes
  • Arrendose el alcavala de la taverna en 8500 mrs.
  • Arrendose el portadgo en 1200 mrs.
  • Arrendose la carniçería en 15000 mrs.
  • Montaron las dichas rentas  35700 mrs.
  • Repartiose lo demás a cumplimiento del encabeçamiento entre los veçinos sin sacar el valor de las terçias
Año de 553 valieron las dichas rentas 32887 mrs. y lo demás se repartió por veçinos

Año de 554 valieron las dichas rentas 43700 mrs. lo demás se repartió por los veçinos
No pareçe que en las dichas rentas se ayan fecho ganançias

                                                Terçias año de 552

Cupo a las terçias el dicho año 112 fanegas de trigo y candeal y de çevada y çenteno y avena 34 fanegas
Cúpoles de corderos 26 cabeças
Cúpoles de vino 40 arrovas

                                                Año de 553

Este año ovo de trigo 134 fanegas y de çevada e çenteno 76 fanegas
Ovo de corderos 26 reses y de vino 25 arrovas
  
                                                Año de 554

Ovo de trigo 90 fanegas y de çevada y çenteno 33 fanegas
Ovo 27 corderos y 50 arrovas de vino
Destas terçias no ay razón en qué las han gastado pues no las descuentan del envabeçado

RBME. L-I-19, fol. 126 vº

sábado, 14 de agosto de 2021

Barchín del Hoyo según Tomás López (1787)

 La villa de Barchín del Hoyo, llamada así por estar situada en un hoyo o barranco, cercado por todas partes por una colina de cerros. No hay memoria ni tradición del tiempo en que se fundó, pero acreditan su mucha antigüedad las ruinas de un castillo que permanecen hoy a distancia de un cuarto de legua del pueblo, al que se condujeron de dichas ruinas dos piedras de bastante magnitud, que existen a las puertas de un vecino colocadas en tierra para que sirvan de poyo o asiento y en una de dichas piedras se advierte claramente esculpida la efigie del dios Príamo, que se conoce ser esta mentida deidad por el disforme miembro viril. Asimismo un testero de la iglesia parroquial es de fábrica muy antigua, que manifiesta haber sido castillo o iglesia de la gentilidad, como también los cimientos y paredones contiguos a dicha iglesia fabricados de aquella mampostería de argamasa que se encuentra en muchos sitios de España. Es habitada esta villa por doscientos diez y ocho vecinos, la mayor parte labradores y cuadrilleros de cabañas reales. Solo hay dos casas antiguas y nobles que la ilustran, que son los Pereas y Padillas. Es propia esta villa de la Corona real y corresponde a la villa de San Clemente como la cabeza de su partido, desde Barchín a esta hay siete leguas y ocho de la ciudad de Cuenca, capital de la provincia. La advocación de su parroquia es Nuestra Señora de la Asunción; hay extramuros cuatro ermitas: una del arcángel San Miguel, otra de San Roque, otra de la Virgen del Espino y otra de San Cristóbal. Tiene además treinta vecinos de su jurisdicción en el lugar de Valverdejo, cuyo corto pueblo es mixto con cuarenta del marquesado de Villena, pero unos y otros son feligreses de la matriz de Barchín de donde dista una legua. Es abundante de agua, pues apenas se halla casa en la que haya pozo manantial potable y a la superficie de la tierra lo que les facilita a los habitantes tener como tienen cada uno en su casa un huerto. Pero sobre todo las aguas no solo de este pueblo, sino también de todo el país es superior y de una santa delicadeza y agrado al gusto muy saludable la que viene al pueblo por un encañado que baja de una sierra y la toman fácilmente por un caño de bronce sus vecinos. Los frutos son trigo, cebada, centeno, avena, escaña, guijas, garbanzos de superior calidad aunque se cojan en tierras que carezcan de beneficio de basura, aceite bastante para el consumo el pueblo también muy singular, algún vino y azafrán. Hay en esta villa muchas fábricas de vidriado de barro tan singular para cocer al fuego que lo conducen y se vende con mucha estimación aun en la ciudad de Cuenca, sin embargo de haber allí muchas alfarerías y lo que más se ha llevado a Talavera de la Reina y otras ciudades y villas del Reino. Los pueblos más inmediatos son a oriente Gabaldón y Almodóvar del Pinar ambos a dos leguas, al mediodía la Motilla del Palancar a tres leguas, y Valberdejo, una, al poniente Buenache de Alarcón otra legua y al norte Piqueras dos leguas. Tiene o comprende este término de oriente a poniente cinco cuartos de leguas y está poblado de pinos, robles, enebros, sabinas y romeros.

No hay otra cosa digna de notar ni comunicarse y para cumplimiento a lo que se me manda por el Ilustrísimo señor obispo de Cuenca, mi señor, lo firmo en Barchín del Hoyo a tres de abril de mil setecientos ochenta y siete años


Don Julián Nohales Montoya


BNE, Mss. 7298

domingo, 20 de septiembre de 2020

Bartolomé Parrilla, hidalgo de Barchín del Hoyo

 

Bartolomé Parrilla era natural de Hontecillas, aunque hacia 1570 había marchado a vivir a Barchín del Hoyo. Poseía hacienda y casa en Hontecillas. Su padre era Martín Parrilla, que desde Albaladejo había marchado a Hontecillas para casarse hacia 1555; su madre, Violante de Alarcón. Y el abuelo, Alonso Parrilla, casado con María de Talayuelas, era natural de Albaladejo, donde vivió toda su vida. Por el abuelo, había acudido a la guerra de Toro, un Pedro Hidalgo.

Bartolomé Parrilla había sido alcalde ordinario de Barchín por los hidalgos. Una vara de justicia correspondía a los hidalgos y otra a los pecheros. Tenía dos primo hermanos, Alonso y Simón, vecinos de Albaladejo e hijos de Andrés Parrilla, su tío; Asimismo un hermano, Alonso Parrilla, que había ganado ejecutoria de hidalguía en el pueblo de San Lorenzo de la Parrilla, donde vivía.

Un signo de hidalguía era el no pago de tributos reales. En Hontecillas, se pagaba la moneda forera cada siete años, por un montante de 16 maravedíes por vecino, y el servicio ordinario, repartido en derrama entre los vecinos. Los pecheros también estaban obligados a aposentar huéspedes y soldados.

 

La sentencia favorable de hidalguía de Bartolomé Parrilla es de 7 de septiembre de 1575, confirmada por sentencia definitiva de 17 de diciembre de 1577 y la ejecutoria es de 28 de julio de 1582. La viuda de Bartolomé Parrilla, Catalina de Buedo, obtendría nueva ejecutoria a favor de sus hijos el 20 de agosto de 1588.

 

Testigos

Hernando de Monteagudo, el viejo, vecino de Hontecillas, de 75 años

Juan Sánchez de Ayuso, labrador de Hontecillas, 75 años

Miguel García, labrador de Hontecillas, 75 años

Simón García, labrador de Albaladejo, 82 años, Hijo de Juan Serrano

Alonso Martínez, le viejo, pechero de Albaladejo, 93 años

 

ARCHIVO DE LA CHANCILLERIA DE GRANADA, Signatura antigua: 301-68-33 y 301-76-43

sábado, 2 de noviembre de 2019

Canteros vascos en tierras de Cuenca


De Errezil, en la provincia de Guipúzcoa, un lugar repartido de caseríos, apartados los unos de los otros, por entonces, habían salido varios canteros vascos hacia tierras de Cuenca a comienzos del quinientos. Maestre Pedro de Hereceta era uno de ellos, natural de Errezil, reconocía haber trabajado en el condado de Buendía en el periodo que va de 1525 a 1535, aunque antes lo había hecho en el Marquesado de Villena. En esta última tierra había coincidido con otro cantero de su pueblo: Domingo de Arregil o Regil, apellido tomado de la vasquización del lugar de origen. Domingo de Arregil, había salido con quince años de su tierra para recalar primero en la ciudad de Cuenca y luego asentarse en Barchín del Hoyo, donde había casado con Juana Gómez hacia 1517. Domingo de Arregil había nacido hacia 1490 y muerto de mediana edad, poco después de 1530. Era hijo de Juan Martín de Tejería, con casa solar en Errezil, y de Marina de Zarma. 

De la actividad cantera de Domingo Arregil sabemos pocas cosas; una de ellas es que había formado compañía con otro cantero de su lugar de origen Pedro de Loyde. Juntos habían trabajado por el sur de Cuenca; a comienzos de la década de los treinta, poco después de la muerte de Domingo de Arregil, parece que la actividad de Pedro de Loyde, el citado maese Hereceta o el hijo de Domingo de Arregil, del mismo nombre, se había trasladado al condado de Buendía. Arregil y Loyde personificaban dos formas de vida; si Arregil había roto con su tierra de origen y se había asentado en Barchín, Loyde anduvo yendo y viniendo, durante treinta años, desde Guipúzcoa a tierras de Cuenca para ejercer su oficio de cantero en diversas obras. Un caso similar al de Pedro de Loyde, trabajando a temporadas en los pueblos del Marquesado de Villena era el de Martín de Iraola o el de Rafael de Regil, que alternaba las estancias como cantero en el convento de Uclés con otras de descanso en su tierra natal de Errezil.

Creemos que estos canteros vasco nacían con el don natural para el ejercicio del oficio, pero no es así. Domingo de Arregil, tras dejar la casa de su padre a comienzos del quinientos con quince años, había aprendido el oficio de cantería durante cinco años en Logroño y Navarra, para pasar con veinte años a tierras de Cuenca. Su llegada había acaecido hacia 1511, en compañía del mencionado Juan de Iraola, cantero paisano de Errezil.

La salida de los primeros canteros de Errezil había abierto el camino a sus habitantes hacia la provincia de Cuenca. Martín de Aguirre, de treinta y cinco años, andaba por el convento de Uclés a mediados de la década de los treinta; desde hacía una veintena de años andaba de pueblo en pueblo por las tierras conquenses del Marquesado de Villena ejerciendo de cantero. En Barchín del Hoyo había pasado medio año trabajando con Domingo de Arregil y coincidiendo con el momento de su matrimonio con Juana Gómez. Aunque para Martín de Aguirre, su paso por Barchín era una de tantos trabajos en su obrar itinerante, los viejos lazos del lugar de origen, movieron a llevarse consigo a Uclés al hijo mayor de Domingo Arregil, una vez muerto, para enseñarle el oficio de cantero; al parecer sirvió de intermediario para acoger el mancebo de manos de su madre, otro cantero pariente de la familia y llamado Rafael de Regil. Al igual que su padre y que Martín de Aguirre, Domingo Arregil, hijo, o Gómez (pues los hijos tomarían el oficio de la madre), se iniciaba con quince años como cantero; dos años despúes, ya ejercía de tal en Buendía.

Desconocemos qué edificio levantaban los vascos en Barchín, pero no cabe duda que allá por el año 1517 coincidieron varios de ellos durante unos meses. Los vascos formaban cuadrillas familiares o convecinos de un mismo lugar e itinerantes que trabajaban a iguala, a destajo diríamos hoy. Domingo de Arregil formaba compañía con Pedro de Loyde; Martín de Iraola formaba compañía propia con su hermano Juanes de Iraola, ambos había estado también en Barchín ese año de 1517 por espacio de cuatro meses, labrando la piedra y presentes en las bodas de su paisano Domingo Arregil.

Domingo de Arregil tomó residencia definitiva en Barchín del Hoyo, al parecer por un matrimonio forzado, tras el embarazo de Juana Gómez. Hizo valer su condición de hidalgo para no ser enrolado, cuando la villa tuvo que destinar doce o trece peones para la guerra de Navarra de 1521, aunque no lo consiguió y tuvo que marchar hacia la guerra en mayo de aquel año. Sí que aprovechó el guipuzcoano la aventura militar para recalar en su tierra y allí hacer cierta probanza de testigos que diera fe de su hidalguía.


La sentencia reconociendo la hidalguía a los hijos de Domingo Arregil: Domingo, Pedro y Juan Martín es de 17 de noviembre de 1535. La ejecutoria de hidalguía es de 17 de agosto de 1537.



Probanza de 1535

Maestre Pedro de Hereceta, vizcaíno, cantero, vecino de Errezil en la provincia de Guipúzcoa, 64 o 65 años
Pedro de Loyde, vecino de Errezil, hidalgo de 50 años
Martín de Iraola, vecino de Errezil, hidalgo de 46 años
Juanes de Iraola, vecino de Errezil, hidalgo de 52 años
Martín Jiménez, vecino de Barchín, pechero de 38 años
Juan Martínez, vecino de Barchín, pechero de 25 o 26 años
Rafael de Regil, vecino de Errezil, hidalgo de cuarenta años


AChGr. HIDALGUÍAS. Juana Gómez y sus hijos menores. 1537

martes, 2 de julio de 2019

Barchín y la Mesta, 1593

Las quejas por el cerramiento de los pastos de Barchín vino de los hermanos de la Mesta de Hontecillas y Valverde. El hecho causante había sido las multas impuestas un pastor llamado Bartolomé que guiaba los ganados del licenciado Alonso Méndez y a los rebaños de Mateo Díaz, ambos vecinos de Valverde. Alegaban los penados su derecho a disfrutar de las yerbas de Barchín, por pertenecer todos los pueblos al mismo suelo de Alarcón, incluidos ellos como hermanos de la Mesta. Al parecer Barchín, desde 1587, había vedado una parte de su término, convirtiendo unos pastos en dehesa carnicera, arrendada al abastecedor de carnes del pueblo.

La sentencia del alcalde entregador Lázaro de Ocaña, dada en Santa María del Campo el 11 de octubre de 1589, obligaba a Barchín a abrir sus pastos y a su libre aprovechamiento por los hermanos de la Mesta, tanto los ganados pasajeros que iban a los extremos como los de los hermanos de Valverde y Hontecillas.  Dicha sentencia sería ratificada el 7 de agosto de 1593. Tras ser ratificada en revista, el 11 de marzo, la ejecutoria tiene fecha de 6 de abril de 1594





Barchín (Cuenca). Ejecutoria contra esta villa por haber penado a los ganados que entraban en su término.


Archivo Histórico Nacional,DIVERSOS-MESTA,31,N.15

domingo, 7 de abril de 2019

El difícil nacimiento de las villas del valle del Valdemembra frente a Alarcón en 1481

El término de El Peral en el Catastro de Ensenada
Alfonso Simarro y Diego de Mondéjar llegaron a Toledo un once de mayo de 1481, iban buscando al escribano Álvaro de Illescas, en cuyo poder obraban los autos del pleito por términos entre Alarcón y las nuevas villas de Motilla, El Peral y Villanueva de la Jara, que habían pasado ante el juez de comisión licenciado Francisco González Molina. Su sentencia no había sido aceptada por las villas separadas de Alarcón y ahora reducidas a la obediencia real. Es más, el licenciado Molina que había recibido de los reyes carta de comisión el 10 de enero de 1481, había concluido sus pesquisas el dos de abril de ese mismo año. Ese mismo día, Villanueva de la Jara decide apelar su sentencia, uniéndose, el 27 de abril y el 3 de mayo, El Peral y Motilla del Palancar a las pretensiones jareñas.

Aquellos dos procuradores representaban a unas villas escasas de población. Los tres pueblos no tenían más allá de cien vecinos, que para el caso de Villanueva apenas si completaba con sus alquerías desperdigadas para llegar a las doscientas casas. Eran estas alquerías el motivo de disputa con Alarcón; unos y otros sabían que en sus dehesas se jugaba el presente y el futuro. El presente era la riqueza de la grana que, como excrecencia bermeja, adornaba sus carrascas, y los ganados que apacentaban las dehesas. El futuro era el señalado por las incipientes casas aisladas, centro de nuevas formas de apropiación de la tierra para el cereal. Los dos procuradores de poblaciones tan pequeñas estaban embriagados de un espíritu altivo e insolente, nacido de su participación directa en la pasada guerra. Sabían que contaban con el favor de  la Corona, tanto como dudaban de su alto Consejo, por eso, llevaban la bolsa repleta de monedas para obtener el ansiado traslado de los autos del licenciado Molina, ahora en poder del escribano Illescas. 

Términos de Motilla y Gabaldón en el Catastro de Ensenada
No debió quedar disgustado el escribano Álvaro Illescas, pues prometió, a pesar de la largura del proceso, no alzar mano hasta acabar el traslado manuscrito, ni tampoco los procuradores que acabarían obteniendo copia del proceso. El 14 de mayo Alfonso Simarro estaba en Valladolid ante el Consejo Real y la Reina Isabel. El procurador jareño lanzó ante la Reina una andanada de acusaciones contra el licenciado Molina, juez parcial que no había escuchado a las villas fieles a la Corona y que había sentenciado a favor de los intereses de la villa Alarcón, perdedora de la guerra, pero que había logrado mantener la posesión de las dehesas y el monopolio de hornos y del derecho de borra sobre los ganados.

Se podía acusar al licenciado Molina de parcialidad, pero no de abnegación en su trabajo. Fe de ello daban las dos mil trescientas noventa y nueve hojas de un largo proceso. Sin embargo, para Alfonso Simarro su pericia jurídica no casaba bien con los nuevos tiempos. Su comisión mandaba dar términos convenibles a las nuevas villas; la realidad es que a compás se habían dado escasos términos para, sorprendentemente se decía, la cantidad de vecinos que cada una de las tres villas tenía. Los términos otorgados no eran sino la mitad de los pedidos. Motilla miraba al norte a Gabaldón; Villanueva de la Jara lo hacía en dirección de las dehesas del sur; El Peral, arrinconado por sus vecinos aspiraba a preservar los viejos usos comunales sin las  apropiaciones del marqués de Villena.

Esa aspiración interesada de El Peral de anteponer los viejos usos comunales a unos propios en manos de los concejos sería fuente futura de conflictos entre las villas de realengo, pero ahora era doctrina usada por Alonso Simarro para justificar la propiedad de unos hornos locales, que Alarcón consideraba propios y las villas de realengo trataban de presentar como bienes comunales al servicio de los vecinos de las nuevas villas, juntamente con Alarcón, pues rentaban en las necesidades y utilidades públicas de los vecinos. Así, el procurador Alfonso Simarro intentaba llevar la disputa de la diferencia entre lo propio y lo común no hacia el libre uso de los bienes o su aprovechamiento bajo licencia, pues era evidente que la segunda forma era la habitual, sino al destino de las rentas obtenidas de la concesión de licencias para el uso de hornos y dehesas, tal como marcaban unas ordenanzas hoy desaparecidas, y cuyo importe iba a satisfacer necesidades y utilidades públicas ya de vecinos de Alarcón ya de moradores de sus aldeas. 

La divergencia entre lo propio y lo común, maquiavélicamente usada por los procuradores de las villas de realengo para reivindicar los tiempos primeros de los usos comunales del suelo de Alarcón, en nombre de un deseo declarado de conseguir la propiedad para sí de los bienes, era asunto espinoso en el tema de las dehesas. Las diferencias entre Alarcón y las villas de realengo tenían como objeto de disputa las dehesas de llamadas de Martín Ruiz y de Gascas. Bienes comunales para las tres villas de realengo de tiempo inmemorial, pero asimismo en tiempos del rey don Enrique IV, recordando intencionadamente la concordia entre don Diego López Pacheco y los Reyes de 1480.

Sin embargo, aparte de otras cesiones mal vistas por las villas de la Corona, como el cobro del derecho de borra para Alarcón de los ganados que, de los términos de las villas creadas, pasaran a los de Alarcón (algo de lo que estaban libres anteriormente), el procurador Simarro reconocía, con sus insuficiencias, la nueva realidad creada: la limitación  de términos apartados para Motilla, El Peral y Villanueva, la creación de unos caballeros de sierra propia para guardarlos.

Término de Villanueva de la Jara en el Catastro de Ensenada
La defensa de los intereses de la villa de Alarcón corrió a cargo de Juan Sevilla. El procurador alarconero se quejó cómo las villas de realengo cerraban sus términos, pero a Alarcón, salvo las dos dehesas mencionadas, consideradas como propias, se le obligaba a mantener el carácter comunal de la mayoría de sus dehesas, de libre aprovechamiento por sus vecinos. Además, la jurisdicción propia concedida a las villas eximidas iba más allá de sus términos para extenderse a las alquerías, que, como enclaves aislados, se asentaban en medio de las dehesas de Alarcón, y cuyo crecimiento a la larga sería una amenaza en el futuro para la preservación de los términos de Alarcón. Juan Sevilla, en su memorial al Consejo Real, de 15 de mayo de 1481, expuso las quejas de la villas de Alarcón y la amenaza que para su parte suponía conceder la jurisdicción de las alquerías a Villanueva, por más que se limitase literalmente a las goteras de los canales. El caso de Tarazona nos es conocido, el crecimiento del pueblo y la construcción de nuevas casas llevó a situaciones paradójicas, con alguna casa construida, la de Miguel Martínez, sobre ambos términos, o que en 1500 existieran doce casas que Alarcón reivindicaba bajo su jurisdicción por estar en sus términos y jurisdicción. La ambigüedad llegó hasta la década de los sesenta del siglo XVI, cuando las aldeas jareñas, consiguieron sus villazgos y se les concedió términos propios y apartados a su alrededor que iban de la media a las dos leguas. Incluso entonces los conflictos fueron patentes. Hemos de entender que aquellos hombres defendían los intereses de sus pueblos, pero también que los intereses generales se confundían con sus intereses particulares. No es casualidad que los procuradores de las villas fueran Alfonso Simarro y Diego de Mondéjar, pertenecientes a dos familias con haciendas levantadas sobre suelo de Alarcón: en las llamadas Casas de Simarro y el Vado del Parral (al sur de Tarazona), respectivamente. En el ayuntamiento de Villanueva de la Jara de dos de abril de 1481, que da poderes a Alfonso Simarro, nos aparecen dos hombres de Pozoseco (Clemente Sánchez del Pozoseco y Juan de Pozoseco, aparte de un misterioso Juan de Jabaloyas, que nos ha aparecido una y otra vez, como luego desaparece envuelto en el mismo misterio, ¿bajaría de Teruel con Antón  Clemente?), muestra que el paraje ya contaba con alguna alquería levantada en lo que era abrevadero de ganados y lugar de descanso de los caballeros de sierra de Alarcón en sus desplazamientos hacia las dehesas del sur en torno al río Jucar. Nos aparece en ese mismo ayuntamiento, como regidor, Pedro López de Tébar, con hacienda en la llamada Pies de Asnos, la futura Casas de Ferrer (1); Juan Remón, con casa en Tarazona bajo la jurisdicción de Villanueva y corral de ganado en la Cardosa, en suelo de Alarcón, o Martín Sáiz de Barriga, cuya hacienda, ¿el de una familia con gran número de cabezas de ganado e intereses en otras villas como San Clemente?, creemos que radicaba al otro lado de El Picazo, en el paraje de Santo Domingo.


La desgracia de unos pueblos en la guerra había hecho la fortuna de otros. El caso más significado es el de Gabaldón. La guerra del Marquesado había provocado su ruina; Gabaldón, unidad fiscal definida ya en el siglo XV, tenía todas las posibilidades a su favor, para salir de la guerra como una nueva villa; sin embargo, su despoblación provocó la emigración de sus vecinos a Motilla y con ellos otros de Valverde o Barchín, que llegados a este lugar para colonizar estas tierras, lo tuvieron que hacer desde la vecina Motilla del Palancar. Así, Motilla dispuso de un hinterland de expansión propio que evitó tensiones con Alarcón y en el interior de su vecindad; además, tal como reconocen las Relaciones Topográficas, Gabaldón estaba suficientemente mal comunicado con Barchín para  que esta villa pretendiera su apropiación. La aventura agraria de Barchín tenía por límites sus propios accidentes geográficos; las aventuras roturadoras de Valverdejo o Navodres chocaron no tanto con Alarcón como con las limitaciones físicas del relieve. Mientras Motilla aprovechaba la facilidad de las comunicaciones, nacidas de las condiciones favorables del valle del Valdemembra, para reducir a una relación denunciada como vasallaje por los vecinos de Gabaldón, que, desde la década de los noventa al final del siglo XV, habían vuelto a poblar el lugar. Cuando en 1495, los cuarenta moradores que pueblan Gabaldón piden al Consejo Real su exención de Motilla, han perdido ya su oportunidad histórica
que rreçiben grandes agrauios e synrrazones de los veçinos de la dicha villa de la Motylla por que diz que los empadronan e fasen pechar como a su aldea e que les tienen vsurpada la jurediçión e les cotan sus montes e paçen sus yermos e beuen las aguas ... (AGS, RGS, VII-1495, fol. 378, 2 de julio de 1495)
Las usurpaciones del marqués de Villena don Juan Pacheco y las situaciones creadas de hecho durante la guerra (y las heredadas en un territorio con fuerte presencia nobiliaria) habían creado una indefinición jurídica, que relegaba al desván del olvido las inmemoriales usos comunales. Por eso Juan de Sevilla, defendía que hornos y dehesas no eran bienes comunales sino propios de Alarcón, reservándose la concesión de licencias para su uso y recordando la situación creada desde mediados del siglo XV, cuando había impuesto a sus aldeas la obligación de pechar y contribuir con derramas por el uso de sus comunes. Una situación anterior, sin duda, pero que había devenido de necesaria regulación del aprovechamiento de los usos comunales en apropiación señorial. Sería ilusorio asimismo pensar en una relación en pie de igualdad entre la villa de Alarcón y sus aldeas; Juan de Sevilla recordaba que las derramas y pechos eran la norma desde tiempo inmemorial, mientras denunciaba como usurpación en tiempos de guerra la apropiación de los hornos por Villanueva de la Jara, solicitando la restitución en la posesión de los dichos hornos por la villa de Alarcón. La realidad, no obstante, era más compleja y, como hemos estudiado, en otro lugar, las nuevas habían construido, ya como aldeas de Alarcón, sus propios hornos o se había apropiado de los ya existentes. De hecho, Juan de Sevilla invocó las leyes de Valladolid y Madrigal que condenaba la usurpación violenta de los bienes ajenos por ynvasores y forçadores.

Hoy nos choca la celeridad con la que las villas de realengo protestaron y apelaron la sentencia del licenciado Molina. Sin duda, el protagonismo fue de Villanueva de la Jara, que ya el dos de abril de 1481 reunió su ayuntamiento y arrastró a El Peral y Motilla del Palancar, en sendos ayuntamientos de 27 de abril y 3 de mayo, a nombrar procuradores para defender sus intereses. La situación sobre terreno es que los roces con Alarcón continuaban; Alfonso Simarro se quejaba el 26 de mayo que los términos concedidos por el licenciado Molina eran causa de despoblación de las nuevas villas. Acusación interesada, pero que mostraba las limitaciones a la construcción de nuevas alquerías en suelo bajo la jurisdicción de Alarcón y el desarrollo de los incipientes cultivos a su alrededor, así como, en lo que era la principal actividad de la época, el ahogamiento de las cabañas de ganados sin pastos más allá de sus términos, rompiendo las viejas rutas de trashumancia locales. El perjuicio de las villas de realengo frente a Alarcón y su señor Diego López Pacheco iba en contra de los intereses de la Corona, o tal como decía el procurador jareño en deseruiçio e decrimento de vuestras rrentas.


La Corona era consciente de las diferencias y dificultades para salvarlas. En la comisión del licenciado Molina se mandaba la necesidad de llegar, antes que a imposiciones, a la redacción de cartas de conveniencia e iguala entre las dos partes; especialmente para el caso de los hornos. Sin embargo. el licenciado Molina determinó la propiedad de los hornos para la villa de Alarcón, al parecer, apoyándose en cartas reales de la propia Reina Isabel que otorgaban a Alarcón este derecho.


En cuanto a las alquerías, de las palabras de Alfonso Simarro, quizás se puede deducir que el nacimiento de alquerías en medio de las dehesas de Alarcón fue, aparte de la iniciativa particular,  una decisión intencionada de la Corona para debilitar la posición de Alarcón y del marqués de Villena durante la guerra o, al menos, una iniciativa real para poblar zonas vacías:
segund que dio (el licenciado Molina a Villanueva de la Jara) la dicha jurediçión e judicatura de las dichas alcarías a la dicha villa de Villanueva, asy porque de antes eran de rrealengo e de vuestro patrimonio rreal e no eran del dicho marqués ni menos de la dicha villa de Alarcón
Para comienzos de junio de 1481, tanto Alarcón como las tres villas de realengo mostraban síntomas de cansancio y los procuradores de ambas partes solicitaban al Consejo Real se acelerasen los trámites. Una razón más era que en la Mancha las posturas se estaban exasperando y se temía se desatara un conflicto en cualquier momento:
allende desto en aquella tierra donde está este debate e diferensia sobre çierta grana que se suele cojer dende Pascua en adelante y sobre el cojer della e sobre la guarda della auemos muy grandísimo rreçelo según el enemiga que unos con otros tienen que aurán alguna disconcordia entre ellos donde se puedan rrecreçer muchos ynconvinientes e muertes de omes de que vuestras altesas serían muy deseruidos
Conveniencia entre los procuradores Juan de Sevilla y Alfonso Simarro, 6 de junio de 1481
ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE VALLADOLID. Pleitos civiles, Moreno (OLV), Caja 535, 1

 El conflicto derivaba así hacia un problema, la explotación de la grana, destinada a la obtención de colorante carmesí para la industria textil, del que conocemos algunos enfrentamientos violentos con posterioridad. La sentencia definitiva del Consejo Real se haría esperar hasta cuatro de febrero de 1583; para entonces Motilla del Palancar se había descolgado del proceso, tal vez, por haber llegado a un acuerdo con Alarcón, mientras Barchín del Hoyo se había sumado al contencioso. Los intereses de las villas de realengo estaban representados por Ferrand Simarro. La sentencia de ese día confirmaba a Alarcón en sus derechos sobre las dehesas, considerándolas como propios suyos, aunque garantizaba a los ganados de las villas de realengo a pastar en ellas, ratificaba los amojonamientos hechos por el licenciado Francisco González Molina y únicamente daba la razón a las villas, reconociendo su propiedad sobre los hornos.

Fallamos que el liçençiado Françisco Sánchez (quiere decir González) de Molina jues comisario que deste pleito conosçió, que en la sentençia que en él dio en que mandó que a la dicha villa de Alarcón fuese entregado el señorío e propiedad de qualesquier dehesas que antes e al tienpo de los mouimientos e guerras poseyan los vesinos de la dicha villa de Alarcón e que les fuesen pagadas a la dicha villa de Alarcón o a sus caualleros de syerra las borras que suelen pagar los vesinos de las dichas villas que tenían o comiesen ganados. E en quanto asymismo adjudicó e señalo e amojonó çiertos términos a las dichas villas para que fuesen suyos propios e gosasen dellos e que en los términos de la dicha villa de Alarcón pudiesen paçer e rroçar e gozar dellos a vesindad los vesinos e moradores de las dichas villas como solían antes que començasen las guerras segund que más largo en la dicha sentençia se contiene que en quanto a lo susodicho judgó e pronunçió bien e que la parte de las dichas villas apelaron mal, por ende que debemos confirmar e confirmamos su juisio e sentençia del dicho Françisco Sánchez de Molina liçençiado, pero en quanto adjudicó los hornos de las dichas villas a la dicha villa de Alarcón por algunas cabsas e rrasones que a ello nos mueuen fallamos que la dicha sentençia es de emendar e emendado que la deuemos rrevucar e rreuocamos  e fasiendo lo que se deue faser fallamos que deuemos adjudicar e adjudicamos los dichos horrnos a las dichas villas de Villanueva de la Xara e El Peral e Barchín a cada una dellas los dichos sus horrnos con el señorío e propiedad e mandamos que quede con ellas e sean suyos propios libres e quitos syn pagar por ello pensyón ni tributo alguno a la dicha villa de Alarcón e mandamos que las prendas fasta aquí fechas de la una parte a la otra sean rrestituydas e entregadas a sus dueños, e las costas de los pesquisidores en escriuanos que están por pagar se paguen de por medio por amas las dichas partes e los esquimos que sobre ello se han leuado fasta aquí no sean pedidos ni demandados por la vuestra parte ni por la otra, e con esta emienda mandamos dar carta executoria de Rrey e Rreyna nuestros señores para que la sentençia por el dicho liçençiado dada, e esta nuestra sentençia dada sean executadas e traydas a deuido efecto e por algunas rrasones que a ellos nos mueuen no fasemos condenaçión alguna a ninguna ni alguna de las dichas partes e por nuestra sentençia así lo pronunçiamos e mandamos con estos escritos e por ellos
ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE VALLADOLID. Pleitos civiles, Moreno (OLV), Caja 535, 1


Como demuestra un nuevo memorial de 13 de junio de 1483 de Juan Velázquez de Bonilla, que por entonces había asumido la procuración de la villa de Alarcón, esta villa no aceptó la adjudicación de los hornos a las villas de realengo ni tampoco la parte que tocaba a Barchín, con la que estaba llegando a un compromiso extrajudicial (2), o a El Peral, que al igual que Motilla, se había retirado del juicio, en este caso y tal como nos enseñan procesos posteriores la causa radicaba en que El Peral había entrado en colisión con Villanueva de la Jara por el aprovechamiento comunal de los bienes vecinos, un conflisto que acabaría de forma sangrienta (3). Así el pleito se había reducido a las diferencias irreductibles entre Villanueva de la Jara y Alarcón. Juan Velázquez de Bonilla nos presenta al licenciado Molina como un simple ejecutor de la concordia de 1480 entre los Reyes Católicos y don Diego López Pacheco, al cederse los hornos a las villas de realengo se estaba contraviniendo dicha concordia en el punto que respetaba los derechos de Alarcón a la muerte del rey Enrique IV... y Alarcón alegaba que en esa época los hornos eran suyos propios. Velázquez Bonilla pedía asimismo la restitución de las rentas obtenidas por Villanueva de la Jara de las dehesas de Alarcón, de las que se había adueñado por la fuerza al acabar la guerra. La sentencia no sería modificada;  el 28 de abril de 1483 se despachaba ejecutoria.

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ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE VALLADOLID. Pleitos civiles, Moreno (OLV), Caja 535, 1, Pleito litigado entre el concejo de Alarcón, el concejo de El Peral, el concejo de Motilla y el concejo de Villanueva de la Jara sobre cuestiones de términos, borras, hornos y dehesas
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(1) El dato se lo debo a Julia Toledo Algarra, gran conocedora de los López de Tébar de Villanueva de la Jara y de las familias de esta villa en la época moderna. La misma autora y Sebastián Hernández dan la fecha de 1420, y el repartimiento de moneda de ese año, para constatar la existencia de Pozoseco como aldea de Alarcón (https://alariberadelvaldemembra.blogspot.com/2019/02/proceso-de-villazgo-de-pozoseco.html?fbclid=IwAR2-cKhmNaOwueSoloU13MNQg0EE6rwWr7R-UkKTJU0lGkFHRGCIkcKrhyQ).
El caso es que los datos que disponemos para valorar el poblamiento de esta zona son las llamadas cuentas del Rey don Sancho del año 1294, que nos presentan el valle del Valdemembra como un desierto demográfico a finales del siglo XIII, al otro lado de la divisoria de aguas nos aparece como poblaciones en la frontera del sur: Barchín y Navodres (BNE, MSS/13090, fols. 71 y ss). Belén López nos trae a colación un documento de 1304, carta del rey aragonés Jaime II, en el que aparece Motiella, y otro amojonamiento de 1351, en el que aparece también Gabaldón,  para ver signos de estas poblaciones. De su época entidad da fe el escaso botín obtenido por los moros en la razzia de 1304, si es que se puede considerar escaso botín, además de otras cosas, 1080 cabezas de ganado, quizás una muestra de la importancia en aquella época o bien de la importancia de Barchín o de la trashumancia en torno a la Cañada Calera (Belén LÓPEZ  NAVARRO y Eduardo Silvino NAVARRO: Una pizca de Historia, de la Motilla a la Motilla del Palancar. 2015). 
Tenemos que irnos a 1394 para ver completamente definidas a las poblaciones del Valdemembra. (Libro de Rentas de la Mesa Capitular de la catedral de Cuenca; ARCHIVO DIOCESANO DE CUENCA, citado por Pedro Joaquín GARCÍA MORATALLA en La Tierra de Alarcón en el señorío de Villena. IEA "Don Juan Manuel" Albacete 2003, p. 147). En nuestra opinión, las vicisitudes de la guerra no garantizaron la continuidad de las comunidades creadas. Incluso a finales del siglo XVI, tal como demuestran las Relaciones Topográficas para Vara de Rey, o nuestros escritos para Villanueva de la Jara, hay núcleos que se mueven entre la categoría de casas aisladas o alquerías y potenciales aldeas.

(2) Ese compromiso extrajudicial entre Alarcón y Barchín llegaría el 27 de noviembre de 1503, mientras Motilla daba por buena la sentencia de 1481; el amojonamiento de Motilla es de 23 de marzo de 1481  (Ignacio de la ROSA FERRER: Barchín y Motilla cierran sus términos) 
https://historiadelcorregimientodesanclemente.blogspot.com/2017/05/barchin-del-hoyo-y-motilla-del-palancar.html

(3) Ignacio de la ROSA FERRER:  La guerra fronteriza de 1484 entre El Peral y Villanueva de la Jara. https://historiadelcorregimientodesanclemente.blogspot.com/

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Concejo de El Peral, reunido en el cementerio de Santa María, de 27 de abril de 1481 (Poder a Alonso de Simarro, vecino de Villanueva)

Martín Sánchez Lázaro, Alfonso Lázaro, alcaldes ordinarios
Juan de Ruipérez, alguacil
Juan González, Pedro de Calatayud, regidores
Juan García Lázaro, Juan de Gil Sánchez, Alonso Navarro, Juan Martínez de Sancho Martínez, Alonso de Córdoba, Diego Simón, Juan Rico, Alonso González y otros vecinos
Juan Muñoz, escribano público

Concejo de la Motilla del Palancar, reunido en el cementerio del señor San Gil, de 3 de mayo de 1481 (Poder a Alfonso de Simarro, vecino de Villanueva, y Diego de Mondéjar, vecino de El Peral)

Juan Mateo, Juan Martínez Tejedor, alcaldes ordinarios
Alonso de Valverde, alguacil
Alonso Sánchez de Valverde y Juan Sánchez de Barchín, Juan de Palomares, regidores
Pedro Martínez de Gabaldón, Pascual Martínez, Pedro Navarro, Miguel de Aparicio Martínez, Alonso Mateo, Miguel López, Juan Sánchez de Barchín el viejo, Bernad García, Martín Tejedor, Sancho Valiente y otros vecinos
Juan Muñoz, escribano público y vecino de El Peral

Concejo de Villanueva de la Jara, en el portal de la iglesia de Santa María, de 2 de abril de 1481 (Poder a Alfonso Simarro, vecino de Villanueva, y a Diego de Mondéjar, vecino de El Peral, que sustituye a Pedro Martínez de Calatayud, vecino de El Peral)

Lope García el viejo, Miguel Martínez de la Casa, alcaldes ordinarios
Clemen Saiz, teniente de alguacil, por Antón Martínez
Juan Martínez de las Eras, Pedro López de Tébar, regidores
Antón Clemeynte, teniente de regidor por Juan García Villanueva
Martín Saiz Barriga, procurador
Juan Saiz de Ruipérez,  Juan Cabañero, Miguel López, Gonzalo de Moya, Pedro García, Juan Lozano, Juan Simarro, Ferrand Martínez Rubio, Juan Remón, Martín Martínez Pastor, Blasco Ruiz, Gonzalo del Cerro, Jaime de Ayora,
Hernando de Chinchilla, escribano

miércoles, 7 de noviembre de 2018

La familia Perea de Barchín del Hoyo


Casa Zapata Perea. En el primer escudo, armas de los Perea y de la Torre;
en el segundo escudo, armas de los Zapata y Montoya

La ejecutoria de hidalguía de Julián Perea es de 1583, pero el contencioso por su nobleza con la villa de Barchín había comenzado en 1547

Julián de Perea era hijo de Sebastián Perea, casado con Juana Zapata, vecina de Iniesta, hija de Garci Zapata, y nieto de Álvaro de la Torre.

Alvaro de la Torre tenía otros dos hijos, de un primer matrimonio en Monteagudo: Juan de la Torre y Alonso de la Torre, vecinos de Monteagudo. Alvaro de la Torre era alcaide de la fortaleza de Monteagudo y mayordomo del obispo de Cuenca. A los cuatro años de casado se queda viudo, casándose con María de Perea, vecina de Barchín. Del matrimonio nacería Sebastián de Perea. Viudo de nuevo, casaría una tercera vez. Fallecería hacia 1518. Los de la Torre de Monteagudo conseguirían ejecutoria de hidalguía en los años treinta.

Con veintiséis meses Julián se queda huérfano por muerte de su padre Sebastián. Su madre Juana Zapata, viuda, abandona el hogar familiar, asegurándose la parte correspondiente de su hacienda y bienes, para casarse en Cuenca con un escribano. Deja dos hijos en Barchín: Julián y María. En 1543 los hidalgos son llamados para la guerra de Perpiñán. Julián acudirá junto a otros hidalgos de la villa de Barchín: dos hijos de Bernardino de Villalba o Juan de Comedio. Los hidalgos de la zona se juntarán en Albacete, para tomar el camino de Barcelona y Perpiñán, pero no llegarán a combatir.

Julián de Perea obtuvo sentencia favorable a su hidalguía el 8 de mayo de 1549. El pleito se reabriría en los años setenta. El concejo de Barchín denunció un oscuro origen de los Perea: el padre del abuelo Álvaro de la Torre había sido el cura de Monteagudo que había procreado con su manceba al dicho Álvaro de la Torre. No obstante, una nueva sentencia de 18 de marzo de 1583 declaró hidalgo a Julián de Perea. La carta ejecutoria de hidalguía tiene fecha de 20 de agosto de 1583.



Probanza de 1548

Benito de la Osa, labrador de 70 años
Bernardino de Villalba, hidalgo de Barchín, 75 años
Martín Tejedor (?), pechero 80 años
Gil Carretero, pechero más de 60 años, cuñado del hidalgo Juan de Gomendio (o Comedio)
Antón Muñoz, pechero de 82 años
Martín López, pechero de 85 años

ARCHIVO DE LA REAL CHANCILLERÍA DE GRANADA. HIDALGUÍAS. Signatura antigua: 301-69-32. Ejecutoria de hidalguía de Julián de Perea. 1583



Imagen: casa Zapata Perea

Los Perea Zapata según Mateo López

Don Cristóbal de Perea y Zapata se estableció en Cuenca por los años de 1600; era nieto de Julián Perea Zapata, que litigó executoria de hidalguía con el Concejo de la villa de Barchín del Hoyo, de donde era vecino, por los años de 1490 (?). Tenía su origen de los Torres, alcaides de la fortaleza de Monteagudo; en virtud de ella han estando gozando en esta ciudad, donde han sido regidores los descendientes de don Cristóbal, desde su hijo Diego Perea y Zapata y en la villa de Barchín, donde tienen su casa y mayorazgo, gozan de nobleza en Cuenca y tienen regimiento perpetuo de la ciudad, que en el día de hoy lo es don José Perea, vecino de Barchín (MATEO LÓPEZ: Memorias Históricas de Cuenca y su Obispado. CSIC, 1953. Tomo II, pág. 254)

domingo, 22 de julio de 2018

El marco de hierro de Alarcón



Iglesia de Santa María. Alarcón



Las diferencias entre la villa de Barchín del Hoyo y la de Alarcón se acabaron dirimiendo en la Chancillería de Granada. El conflicto había surgido el seis de diciembre de 1515, cuando el caballero de sierra de la villa de Alarcón Diego de Castro prendió al barchinero Benito de la Osa por cortar un pie de carrasca
andando (Diego de Castro) en los términos de la dicha villa guardando los avía tomado al dicho Benito de la Osa vezino de la dicha villa de Barchín que avía cortado una cabeça de un pie de marco cabe la dehesa de Valverdejo camino de Navodres e que podía aver que le avía tomado quinze días poco más o menos e que por lo susodicho el dicho Benito de la Osa avía caydo e yncurrido en pena de seisçientos mrs. conforme a la ley del fuero de la villa de Alarcón
La transgresión de Benito de la Osa daría lugar a uno de los conflictos más enconados de la época. Su triunfo judicial es el símbolo del triunfo de toda una generación de labradores que rompió la tierra y creó un nuevo paisaje agrario inundado de campos, donde antes había monte, carrascales y atochares.  La ley transgredida  era norma común en el suelo de la Tierra de Alarcón. Se apelaba al antiguo fuero, pero el fuero de Alarcón poco tenía que decir de un paisaje donde el cultivo era la excepción. Por eso se centraba más en el coger los frutos de las carrascas y robles que en el talar los árboles. La ley referida era posterior, se recogía en las hoy desaparecidas ordenanzas de Alarcón, y prohibía expresamente la tala de leña de carrasca que acabara con la cabeza del árbol o tronco y que tuviera un grosor correspondiente a la medida de un pie de un marco de hierro, cuyo patrón se conservaba en la villa de Alarcón, pero de las que las aldeas guardaban una réplica. La circunferencia de ese marco de hierro equivalía, a decir de los coetáneos, en el grosor de la pierna de un hombre o de un brazo. Que en aquellos tiempos el brazo de los hombres, hecho al trabajo, no desmerecía sus piernas.

Contemporáneamente al pleito de Benito de la Osa, un hombre se empeña en describir, como tantas otras de España, las tierras de la Mancha conquense. Es Hernando de Colón, el hijo del Almirante, que nos dejará en su Cosmografía una radiografía del paisaje de la época (1). En la exageración de sus cifras poblacionales refleja el enorme impulso de la zona en este comienzo de siglo. En la descripción del paisaje, los campos labrados y las viñas van desplazando los carrascales. En bella expresión del hijo del Almirante, los campos del sur de Cuenca, eran las tierras dobladas. Es decir, junto a las campiñas y viñas se intercalaban las tierras escabrosas que ahora estaban siendo conquistadas por el hombre para la agricultura.

Ya lo hemos dicho en otro sitio. El aprovechamiento comunal de los montes empezaba a ser cosa del pasado. La complementariedad de la piña, la bellota o la grana en las economías familiares era cada vez menor. El monte se hacía innecesario. El proceso debió ser similar a ese otro que en la Francia rural nos describe Marc Bloch como défrichement (2). Pero si allí, en Francia, fue un proceso continuo con sus impulsos y parones, aquí en la Mancha conquense fue un movimiento brusco, violento. Entiéndase la violencia como determinación de unos hombres por doblegar la naturaleza agreste. Los ganados se hicieron paso por los enmarañados montes. Los corredores abiertos por las ovejas dieron paso a los claros abiertos en los montes. El cereal y la viña lo empezó a inundar todo. Se conquistó el espacio próximo a los núcleos poblacionales y desde ellos, pero también los hombres se aventuraron a levantar sus casas en medio del espacio arbóreo, para a continuación esquilmarlo.

El caso de San Clemente es paradigmático. La baja nobleza fiel a los Pacheco habían constituido sus grandes dominios en Perona y Villar de Cantos. Eran tierras de cereal. Pero la revolución agraria vino del sur, donde los suelos pedregosos fueron ganados para la viña. El desarrollo de este cultivo fue espectacular en toda la comarca. Diego del Castillo ya a fines del cuatrocientos, cuando acude a Tarazona para castigar a sus vecinos, depredadores de la grana de sus montes, se queda en las afueras del pueblo, desde un  pequeño cerro ve los majuelos que se levantan ya a su alrededor. Son solo los inicios. La vid competirá con el trigo por ganar la tierra. Los labradores con los nobles. El trigo va a parar a los molinos de los Castillo y los Pacheco, el vino a los lagares domésticos de los vecinos.

El mundo de la Mancha conquense parece no reconocerse a sí mismo. Durante el siglo XV, la nueva nobleza, asociada al encumbramiento de los Trastamara, irrumpe en la zona, luego vendrán los Pacheco y su legión de criados. La guerra del Marquesado es una guerra dinástica, pero asimismo una guerra social. Del viejo mundo de las pequeñas villas de labradores que aceptan mal el yugo de los Pacheco y sus aliados. Pero la revolución viene después. Las sociedades rurales tardan una generación en librarse de las cargas y de las deudas de la guerra. Su mundo vital y su espacio agrario es el de dos generaciones anteriores. Desde final del siglo hay intentos por romper los viejos espacios heredados, pero las villas son autocomplacientes: una escasa vecindad, se divide entre unas pocas familias de ricos y aquellos otros que caen en sus redes de dependencia. Todo parece predispuesto para la existencia cíclica de unas sociedades tradicionales.

Sin embargo, todo está a punto de cambiar. Los hombres siguen recorriendo las viejas tierras del suelo de Alarcón como antes, pero las villas eximidas han cerrado sus términos, redondos dirán en la terminología de la época. Los conflictos ya no son únicamente con la vieja nobleza, sino que se circunscriben al interior de unas villas. Amigos y enemigos de antaño en la guerra del Marquesado cambian sus alianzas y luchan por el control de los nuevos poderes locales nacidos en las villas eximidas tras las guerras. Los hidalgos que han participado en innumerables guerras internas y contra el moro, deben colgar sus armas tras la rendición de Granada. Los libros del Sueldo de Simancas, mal que se mantienen con estos caballeros que aun quieren vivir de sus acostamientos. Los viejos hidalgos se convierten en una masa parasitaria sin oficio ni beneficio. Algunos como los Haro tienen las tierras, otorgadas como merced por las viejas fidelidades, pero otros como Juan de Ortega solo les queda el orgullo, que debe ceder ante la necesidad del hambre y emplearse a jornal. De montar a caballo con sus armas ha pasado a la ignominia de andar detrás de una bestia cargada de leña.

Es el año 1504, muere la Reina Isabel. Su muerte viene acompañada, y seguida, de una terrible época de carestía y de peste. Sabemos de pueblos como la aldea de Torrubia que se despueblan, tal era su caso, que de cuarenta vecinos veía reducida su población a solamente tres. La catástrofe era general en el Reino. La tasa de granos intento paliar el hambre, pero los especuladores podían más. Unos eran simples canallas, como Juan del Campo o Lázaro Gabaldón, que con sus carros iban hasta Caracuel en el campo de Calatrava a comprar un trigo que luego revendían a doble del precio de la tasa. Otros eran malhechores feudales, como Alonso del Castillo, que con un préstamo de seiscientas fanegas de trigo a la villa de San Clemente intentaban comprar su libertad, obligando a la villa a reconocer el viejo monopolio señorial del molino. Pero sería una equivocación pensar que estamos volviendo a las viejas exacciones señoriales del medievo. Ahora, en una sociedad desvertebrada por la crisis se impone la ganancia amoral del interés particular. La situación nace de la necesidad: hidalgos arruinados, canteros vascos ya llegados desde fines del siglo anterior y sin oficio, mercaderes venidos del norte y que no tienen a quién vender, jornaleros al servicio de la nobleza regional y sin trabajo y, más que nada, familias rotas por la muerte de algunos de sus miembros, que, en algunos casos expulsaban a los hijos fuera de casa, y en otros, dejaban viudas jóvenes, solitarias sí, pero con hacienda y punto de mira de casamientos provechosos.

Todo está descompuesto y todo por recomponer. Los hombres deambulan por toda la comarca y cambian su residencia de pueblo en pueblo. Otros llegados de las tierras más lejanas se asientan en las villas porque no saben donde ir ya. Estaríamos tentados de acudir a viejas explicaciones marxistas del conflicto de clase para explicar la situación, pero los hombres parecen no adscribirse a grupo alguno, ni siquiera parecen tener sentimiento de pertenencia a grupo. Esta vez, nos parece más sugerente la explicación toynbeana de estas sociedades. De la necesidad, nacen los retos y de los retos, las respuestas. Los hombres quedan solos ante la naturaleza, sin protección. Ni siquiera esos frailes franciscanos que llegan a San Clemente saben lo que hacer, pues por no tener no tienen ni edificio en el que cobijarse. Pero estos franciscanos son un acicate y un referente. Llegan pobres, pero con la limpieza de su conducta y sus mentes, debiendo construir su futuro en una villa ajena que desconocen. Son un revulsivo para unos vecinos, que habían visto a la villa de San Clemente desangrase en reyertas internas, cual si el pueblo fuera simple patio de Monipodio. En torno, a los franciscanos surge una nueva forma de ver las cosas: levantar nuevas realidades con el trabajo y nuevas solidaridades entre los hombres con proyectos comunes. La iglesia de Santiago Apóstol, su pórtico y plaza ajena, se abandona. Las reuniones del ayuntamiento en este pórtico acababan mal. Los vecinos veían con recelo la vieja casa aneja de Clemén Pérez de Rus, que parecía confundirse con la capilla de los señores de Minaya en la iglesia de Santiago y que poco aportaban en estos tiempos si no eran rivalidades internas para recomponer el patrimonio familiar. Las reuniones en la plaza actual del pósito desembocaban en trifulcas tumultuarias. El centro de la vida se desplaza y los proyectos cambian. Del viejo cantero cántabro Juan Díaz de Barcenillas, vecino de Hoz, que viene a reformar la iglesia de Santiago, no sabemos ya nada. Nuevos espacios de encuentro se levantan. Fundamentalmente dos: las casas consistoriales en su ubicación actual y el convento de Nuestra Señora de Gracia, en un principio, regalo de Alonso del Castillo, pero del que los sanclementinos hacen un proyecto propio. No solamente en San Clemente; en Villanueva de la Jara, Pedro de Oma levanta una tosca torre en la plaza del pueblo, cuya única finalidad es hacer visible en su altura el orgullo de una comunidad de vecinos que se reivindica a sí misma. Todos contribuyen, se dice que con limosnas, pero son pechos concejiles acordados por todos en forma de repartimientos solidarios. Por esa razón, se mira con desprecio a aquellos como Martín Ruiz de Villamediana que se amparan en su hidalguía para no contribuir. Él, que justamente es visto por sus vecinos como un fenicio que hace de su oficio de mercader la razón de su distinción social.

Pero los proyectos comunes son solo eso, proyectos. Entelequias en la cabeza que no dan para comer. El vivir diario de los hombres es vida sufrida y arrastrada. Necesitan el trigo de Alonso del Castillo y de los Montoya o los Ortega para comer. Pero estos hombres comen de forma desarreglada. Si no hay pan se come harina de bellota. En el hato que se prepara por la mañana, cuando falta el pan se sustituye por la ingesta de vino y si hay suerte carne de oveja. Es en el vino y en el ganado, donde los hombres ven el horizonte de su futuro. Como pastores atraviesan las comarcas, rompiendo el monte (aquí, simple tierra doblada) enmarañado; como vinateros, plantan viñas en las tierras próximas a los pueblos. Después, a reja y yunta y pala de azadón, tal como nos decía el viejo fuero de Alarcón y con un espíritu que parece recordar los primeros tiempos de la repoblación, se lanzan a roturar el espacio más alejado de los pueblos, limítrofe a las viñas plantadas y a los claros abiertos por el ganado. Los pueblos, que son poco más que la llamada calle pública, si es que no tienen su origen en alquería aislada, se llenan de casas. Las canteras de Vara de Rey prestan la piedra para la construcción, aunque es más común que los vecinos utilicen las viejas torres defensivas desmochadas por orden de los Reyes Católicos. Aunque sería soñar si viéramos en los hogares familiares los posteriores casas palacio de estable estructura pétrea. Muestra de que la piedra es algo caro y ajeno es que los canteros vascos todavía construyen con la piedra y canto irregular las iglesias y que Hernando Colón, ya en 1517 (más bien alguno de los criados que envió por estas tierras), aún ve en pie el viejo castillo de Vara de Rey. Se construye, sí, pero con barro y paja. Casas de adobe, de muy poca resistencia. Es ahora cuando se levantan los arrabales: amalgama de casas familiares de los recién llegados a los pueblos. Aún falta un poco para que los serranos conquenses lleguen con su carretas de pinos para las techumbres de las casas de piedra.

Nace una nueva sociedad de frontera, enfrentada a una naturaleza virgen y agreste, pero donde los hombres ya no buscan el equilibrio y armonía con ella. Parece una sociedad sin leyes, pero la memoria de los hombres perviven las viejas normas. Sin embargo, los contextos han cambiado radicalmente. Los hidalgos y sus caballos se ponen al servicio del alcaide de Alarcón como caballeros de sierra para defender los montes del viejo suelo común de la rapiña. Aunque esta vez, la vieja tierra ya no es común, pues desde 1480, el espacio, tomando como ejemplo los amojonamientos municipales del licenciado Molina, se ha acotado y cerrado. Nacen las redondas, espacio definido a compás por las villas, del que quieren beneficiarse exclusivamente. En un principio, es el viejo espacio comunal, del que en turbias operaciones de arrendamiento concejiles se intentan aprovechar los ricos para pastos de sus ganados, pero puede más el hambre de tierras de los vecinos que se lanzan a la roturación salvaje, arrancando de raíz las plantas. Es poco lo que pueden hacer los caballeros de sierra de Alarcón (y los de las propias villas). Persiguen a lo que hurtan la grana en los montes comunes, pero cuando llegan a Tarazona, como en 1498,  tras los ladrones son expulsados a pedradas de sus calles. El límite definido en 1480 entre Alarcón y Villanueva de la Jara pasa por la mitad del pueblo e incluso atraviesa una de las casas. El impulso repoblador del pueblo, todavía en ciernes, ha roto los mojones. Labradores de a pie se enfrentan a los criados a caballo del alcaide Diego del Castillo. Cuentan con la ayuda de treinta quintanareños y las armas provistas en carros por los jareños. Estos son capaces de levantar un pequeños ejército de ochenta peones armados con lanzas para defender en la ribera del Júcar la molienda de su trigo frente a los de Alarcón.

Aunque los enfrentamientos cotidianos entre los caballeros de sierra de Alarcón y los lugareños no suelen ir revestidos de la épica. Se mueven más en la picaresca del día a día. El agricultor va ganando terreno al monte con el silencio y abnegación de su trabajo. Es el caso, de Motilla del Palancar, donde en torno a sus caminos radiales se van configurando las propiedades. A los viejos campos, cercanos al pueblo, se unen esos otros que los labradores suman, no ya de forma continua e ininterrumpida, sino con  la apertura de nuevos espacios disputados. Así se configura una propiedad donde la posesión de tierra es acumulación dispersa de pagos de diversos dueños por todo el término municipal del pueblo. El término motillano pronto adquiere continuidad con el de su vecina aldea de Gabaldón, arruinada en la guerra del Marquesado, aunque no tanto como nos hacen creer unos lugareños reacios a tomar vecindad para defraudar al fisco. Villanueva de la Jara se olvida de sus viejos conflictos con El Peral, la concordia en el uso común de las tierras es comprensión de que el futuro está en la labranza de las tierras del sur. Las casas de Tarazona, Madrigueras, Quintanar y Gil García ofrecen amplios espacios abiertos, cuya roturación no se para en las dehesas que la villa de Alarcón posee todavía con jurisdicción propia. San Clemente, inmerso en la vorágine de las viñas del sur del término, ha dado la espalda a su hogar de nacimiento. Rus, Perona o Villar de Cantos se abandonan a favor de los ricos terratenientes cerealistas, que aquí, llámense Pacheco, Castillo u Ortega, van también de señores. Intentos señoriales, más bien de terratenientes, que se intentan hacer extensivos a las viejas propiedades que se poseen en Cañavate y sus aldeas. Algo así intentan los Montoya en Pozoamargo, pero Sisante se abre como tierra de oportunidades para todos. Se mantiene la ficción del uso comunal del pinar del Azaraque (al igual que el de la Losa, perteneciente a Villanueva de la Jara), pero la tala indiscriminada de pinos anuncia su destrucción. Incluso en el interior del pinar nacen unas primeras casas de labor, las de Benítez, por aquellos a quienes se había encomendado su guarda.

Sería injusto hablar de conflicto descarnado. Sencillamente las repúblicas pecheras del llano imponen su voluntad, y su economía, a la hidalga Alarcón, levantada sobre los riscos del meandro del río Júcar. Ahora bien, hay una población pequeña y orgullosa, que apenas si tiene llano. Es Barchín y vive de los montes que rodean el pequeño espacio agrario que circunda la villa. Despojado de Gabaldón por los motillanos, tiene puestas sus expectativas de tierras en Valverdejo y Navodres. Ni siquiera es una sociedad homogénea pues los intereses ganaderos pueden más que los de los labradores. Un hombre solo, un ganadero llamado Benito de la Osa desafía el poder que sobre los montes aún se arroga la villa de Alarcón. Lleva su caso anodino, la corta de un pie de carrasca, hasta la Chancillería de Granada. En un principio somete su caso, en busca de la equidad de las viejas tradiciones de la Tierra común, ante la justicia ordinaria de Alarcón. Luego, comprendiendo que ésta se confunde con los intereses propios del marqués de Villena, eleva sus quejas ante el alto tribunal granadino.

El corte de un pie de carrasca, era un hecho anodino, y el patrón de un marco de hierro, que marcaba los límites de lo que se debía respetar, un símbolo. Los seiscientos maravedíes de multa, que se impusieron a Benito de la Osa por arrancar la carrasca, eran un agravio intolerable, que recordaban a los vecinos de Barchín las viejas exacciones señoriales. Y sin embargo, la pena estaba pensada para guardar los viejos montes de la Tierra común. Ahora bien, las mentalidades habían cambiado radicalmente. Ya no se trataba de preservar la tierra y vivir en equilibrio con ella, ahora se la conquistaba. El árbol ni era respetado ni tenía su lugar en los horizontes despejados que se abrían. Además las leyes, aún siendo las mismas no eran entendidas igual por todos. Los vecinos de Barchín, y entre ellos, descaradamente Benito de la Osa, menospreciaban la vieja ley fundada en el fuero de Alarcón. Para Benito de la Osa era indiferente que hubiera cortado rama o cabeza de carrasca, pues él y sus convecinos respondían a sus actuaciones no ante las ordenanzas de la villa madre de Alarcón, sino ante las nuevas condiciones planteadas por la sentencia arbitral de 1503 entre Alarcón y Barchín, dada por dos jueces componedores: Hernando Alonso de Pinar y Álvaro de la Torre. Ya no era necesario respetar el pie de la planta que garantizara si crecimiento futuro. Del gajo o rama se pasaba al desarraigo del árbol y a su extirpación del paisaje:
que los veçinos de la villa de Barchín solamtente heran obligados a guardar las carrascas cabdales y que aún dellas podían cortar rrama y gajo conforme al marco que avían señalado los dichos juezes árbitros y que de las otras carrascas que no llegauan al marco señalado por los dichos juezes árbitros las podían cortar como quisiesen e por bien touiesen

Del marco de hierro había un patrón en Alarcón y una copia idéntica en Barchín. Del grosor del muslo de un hombre, decían los que lo habían visto. Esa era la única ley existente y su plasmación ya no estaba en pergaminos sino en un anillo de hierro, cuyos límites y usos debían respetar todos según fijaba la sentencia arbitral. Benito de la Osa era persona altanera. Ante la justicia ordinaria de Alarcón declaró desafiante la derogación del viejo fuero de Alarcón
porque negava aver ley de fuero en la dicha villa de Alarcón que dispusiese lo que la parte contraria dezía ... e que si tal ley avía lo que negaua estaría derogada por contrario huso e por la dicha sentençia arbitraria
Así pues, frente a la ley de Alarcón, fundada en provechosas ordenanzas más que en su fuero, se alzaba la fuerza del uso contrario y los arreglos arbitrarios entre partes que reconocían la posición de fuerza de cada una de ellas. La sentencia arbitraria había sido ratificada en 1511, el once de agosto, por barchineros y alarconeros en el cabezo del Cadozo Viejo, en los límites entre Barchín y Buenache, que está en un villar viejo. Allí, junto a los mojones, se había fijado qué se podía cortar y qué no
otrosy mandamos que en quanto a la corta de las carrascas sean obligados de guardar y guarden en el término que quedare para la villa de Alarcón las carrascas cabdales con que dellas puedan cotar gajo e rrama con que dexen pie e cabeço e ansimismo sea entendido que en carrasca cabdal a de ser que por el marco que nosotros los juezes fuere señalado el qual dicho marco se lleve uno a la villa de Alarcón y otro como aquel quede en la villa de Barchín el qual dicho marco sea guardado e dende arriba sea guardado en la manera que dicha es so las penas que el fuero de Alarcón dispone y del marco abaxo que pueda gozar e cortar como quisiere en el término que quedare para la dicha villa de Alarcón y en el término que quedare para la villa de Barchín que puedan cortar las dichas carrascas como quisieren e como por el conçejo de la villa de Barchín fuere hordenado

En suma, libertad absoluta de los vecinos de Barchín para cortar sus montes y limitación para arrancar de raíz las carrascas inferiores al marco de hierro en el suelo común de Alarcón. La sentencia arbitral era un reconocimiento más que un llamamiento a lo que se estaba haciendo en todas las tierras del suelo de Alarcón. Contradictoriamente, Barchín , con un terreno más accidentado y más proclive al uso ganadero sería la única villa que preservaría sus masas forestales. El rompimiento de tierras apenas si alcanzó a su aldea Valverdejo, cuyos montes seguían siendo del uso comunal de la Tierra de Alarcón y por cuya causa se inició el contencioso, y en menor medida, escasamente, Navodres. Muestra de la impotencia de Barchín por roturar sus escabrosos montes es que el pleito se eternizó hasta sentencia definitiva de siete de diciembre de 1532, confirmada en grado de revista veinte días después.

Para entonces, el marco de hierro era ya innecesario. Las villas del llano, superpobladas y con su campos completamente roturados, se afanaban en rescatar las viejas ordenanzas de Alarcón. Habían arrasado las dehesas de carrascas e iban camino de hacerlo con los pocos pinares que quedaban en  Azaraque y la Losa. Un deseo proteccionista del pinar se extendió por toda la comarca en los años siguientes. Alarcón protegió sus pinares una legua a la redonda, San Clemente plantó los pinares nuevo y viejo, los motillanos llamaban a la repoblación forestal. Las nuevas ordenanzas de las villas rescataron el viejo espíritu de las viejas ordenanzas de Alarcón, condenando la corta de pino doncel en seiscientos maravedíes. Pero la masa forestal originaria de carrascas había desaparecido, sustituida por los campos de grano y viñas. Los tierras dobladas habían sido sojuzgadas con la azada. Por esas contradicciones de la historia y por las taras que la propia naturaleza impone solo Barchín del Hoyo, había sido capaz preservar sus montes. El único limite a su preservación era el que imponían sus ganaderos.

(1) COLON, Hernando: Descripción y cosmografía de España. Padilla libros. Sevilla 1988. Ed, facsímil. pp, 145 y ss.
(2) BLOCH, Marc. Les caractères originaux de l'histoire rurale française. Paris. Armand Colin. 1968. pp. 1-20

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ CAJA 1623, PIEZA 15. Pleito entre Barchín del Hoyo y Alarcón por la corta de leña en los montes comunales. 1532