El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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domingo, 13 de junio de 2021

DE NUEVO, LOS MELGAREJO

 




En la mitad de la centuria del quinientos, los gobiernos municipales estaban cayendo en manos de oligarquías cerradas. No es que antes fueran ayuntamientos abiertos, pero ahora el poder local era pretendido ser monopolizado por algún apellido afortunado. Era el caso de Castillo de Garcimuñoz, donde Francisco Melgarejo quería hacer valer su fortuna, estimada en cincuenta mil ducados, para controlar el poder municipal. El clan Melgarejo pasaba por ser uno de los más ricos de toda la comarca, además del citado Francisco, su madre poseía una fortuna de veinte mil ducados, y los hermanos Diego y Valeriano de ocho a diez mil cada uno. Claro que una cosa era la ambición de los Melgarejo y otra la realidad de unas enemistades y odios soterrados, que afloraban tan pronto como esa ambición despuntaba. Si las ambiciones de los Melgarejo para hacerse con el señorío de Valera de Yuso tuvo que ceder ante la rama sanclementina de los Castillo, el intento de ver reconocida su posición económica con el reconocimiento social en su pueblo, Castillo de Garcumuñoz, chocó con la oposición de las familias de la villa, que enseguida recordaron la ascendencia judía de la familia.

Fue en febrero de 1569, cuando siguiendo la tradición de los libelos, que por lo que vemos eran más comunes de lo que se pueda pensar, y así lo reconocía nuestro testigo Pedro de Liébana, cuando al ayuntamiento del Castillo de Garcimuñoz llegó una carta cerrada desde la Corte con graves injurias contra Francisco Melgarejo y su familia:

que se extendió tanto la malicia en la dicha villa que puede aver ocho o nueve días poco más o menos tiempo que echaron una carta cerrada e sellada con un sobre escripto para el ayuntamiento de la dicha villa del Castillo con dos reales de porte, la qual echaron en los poyos plaços de la audiencia de la dicha villa que es el más público lugar de la dicha villa la qual carta venía  enviada como de la corte de su magestad e se dize públicamente en la dicha villa que lo que la carta conthenía eran muchas ynjurias contra los dichos melgarejos e otras personas de la dicha villa que según dizen los que avían oydo leer hera que dezían que los dichos melgarejos el dicho Francisco Melgarejo e los demás de sus debdos thenían más de conversos e judíos que de hidalgos”

Aunque la carta iba cerrada, hubo quién, cuyo nombre delataremos después, tuvo la idea de llevarla a la iglesia del convento de San Agustín, donde se leyó, ni más ni menos que cuatro veces, ante una gran concurrencia de vecinos, que se encargaron por el boca a boca de propagarla por todos los pueblos de la comarca. O eso decía algún testigo, confundiendo la rumorología con la verdad, pues la lectura había sido más restringida y la el escaso celo en guardar el secreto la causa de su divulgación.

El licenciado Melgarejo había ido a la Corte, dos meses antes, a traer una provisión real que facultaba a los hidalgos para entrar en los oficios concejiles de la villa. La vuelta con la provisión sentó mal en el pueblo, con improvisadas juntas de vecinos, murmuraciones y apelaciones a poner en conocimiento del marqués de Villena la alteración de la elección de los oficios concejiles. El sacristán Alonso de Villarreal la vio y entregó al escribano de Castillo de Garcimuñoz, Alonso Calero, acabando la carta en manos del alcalde Ambrosio de Alarcón, quien es de suponer que tenía pocas simpatías a los Melgarejo, pues fue él quien la divulgó. Las acusaciones de la carta eran tan comunes como reales en la época; la ascendencia judía disimulada y el soborno de testigos para conseguir ejecutorias de hidalguía eran prácticas habituales, no era tan común atreverse a propagar públicamente estas verdades. El caso es que todos decían haber jurado para no contar las “cosas malas” que decía la carta, pero todo el mundo conocía el texto. Ambrosio Alarcón reunió en el claustro del convento de San Agustín a varios vecinos del pueblo para leer la carta, bajo juramento de no desvelar su contenido: el bachiller Valenzuela, alcalde ordinario, Felipe de Guadarrama, escribano, Alonso de Piñán, regidor, Miguel de Portilla, teniente de alguacil, y fray Cristóbal de Caballón, prior del convento de San Agustín. La lectura de la carta en lugar sagrado era intencionada, de l mismo modo que la lectura bajo juramento de no divulgarla en el ayuntamiento, lugar público.

La vida social de Castillo de Garcimuñoz transcurría a mediados del siglo XVI en torno a sus edificios emblemáticos, pero el castillo parecía ajeno. Los hombres se reunían en el claustro del convento de San Agustín o a la entrada de la iglesia de San Juan, aunque el lugar predilecto de sociabilidad era la plaza pública, donde residía el ayuntamiento. Allí, sus dos alcaldes impartían justicia en una sala que se abría a la plaza, separada únicamente del exterior por una verja y dotada de una puerta para el acceso. En el interior de la sala, llamada portal por los vecinos, estaban los llamados “poyos plazos”, unos asientos de madera, donde se celebraba la audiencia de los juicios ante el alcalde ordinario y el escribano.  Desde esta sala se subía por unas escaleras a un corredor superior, que daba a una sala donde se reunía el concejo de la villa en reunión ordinaria todos los viernes, amén de las sesiones extraordinarias; no faltaba un archivo dotado con cajones para guardar los privilegios y actas de la villa y, en la sala de reuniones, un brasero, donde se solían quemar las cartas y papeles más comprometidos. El ayuntamiento contaba con un reloj mecánico que marcaba los tiempos de la vida del pueblo y al que cada mañana Alonso de Villarreal, que compaginaba el oficio de sacristán con el de portero del ayuntamiento, controlaba su correcto funcionamiento, adobaba y regía, se decía. Alonso se daba por cargo el regir el reloj, orgullo del pueblo, y cada mañana acudía al ayuntamiento con su llave para esta misión.

El caso es que Francisco Melgarejo fue cerrando el círculo para arrinconar a sus enemigos. Logró ante el gobernador Hernández de Cuéllar la prisión de Alonso Villarreal que encontró la carta, la de Gonzalo y Jerónimo Inestrosa, padre e hijo, que habían depositado la carta la noche de antes y que, caso de Gonzalo, se enfrentó a espadazos con Francisco Melgarejo, eran suegro y yerno, en el corredor de la primera planta del ayuntamiento, aunque la cosa parece que no llegó a más, quizás por la superioridad de los Inestrosa, apoyados por un negro, propiedad de la familia. Gonzalo de Inestrosa era de la opinión, anterior al libelo, que la concesión de la mitad de los oficios a los hidalgos era contraria a la nobleza de la villa, en tanto entraban en los cargos concejiles personas de dudosa reputación, en expresa mención a los Melgarejo. Las acusaciones de Francisco Melgarejo iban directas contra su suegro Gonzalo de Inestrosa, presentando incluso manuscrito del mismo para cotejar con la letra de la carta que ni aparecía ni nadie desvelaba su paradero. La realidad era que todos querían zanjar el asunto ante un indignado Francisco Melgarejo que pedía la pena de muerte para los difamadores. Pero los hombres más respetados del pueblo, como el regidor e hidalgo Alonso Piñán y Salazar, el regidor Juan de Liébana, el alcalde Valenzuela o el licenciado y médico Núñez guardaban silencio. Curiosamente tanto Inestrosa como Melgarejo eran hidalgos, aunque estos últimos habían conseguido la ejecutoria hacía poco. Teóricamente una provisión de reserva de la mitad de los oficios debía beneficiar a ambos, pero la realidad es que los Inestrosa veían la presencia de los Melgarejo como una intromisión. Es posible que lo que se estaba poniendo en cuestión era el régimen de lo veinticuatro establecido en 1493, aunque por los nombres que nos aparecen este régimen de gobierno, fundado en el fuero de Sevilla, estaba muy adulterado, de la reserva de las viejas familias a los oficios, se había pasado a la presencia de muchos advenedizos, y los Melgarejo, sin ser tales, eran los más peligrosos.

Los Melgarejo, se decía en Castillo de Garcimuñoz, que tanto tenían de conversos como de hidalgos. Y es que en el pueblo nadie quería remover viejos asuntos turbios de sangre, en los que todos tenían algo que temer, en expresión de un exculpatorio testigo “a los Melgarejo no les tocaba de sangre judía sino el cabo de las agujetas”. En tanto unos se empeñaban en tapar, otros propagaban a los cuatro vientos. La carta en posesión de Ambrosio Alarcón era tal cerilla junto a barril de pólvora, pues el alcalde la leía y releía por las calles del Castillo de Garcimuñoz. Y es que Ambrosio de Alarcón no daba descanso a los Melgarejo. El veintiocho de febrero de 1569, diez días después de la primera carta, Ambrosio interrumpió en plena misa, en el convento de San Agustín, al hombre del marqués de Villena en el Castillo, el gobernador Hernández de Cuéllar: otra carta había aparecido tras la verja de la sala de audiencias del ayuntamiento. El gobernador no dudó, mandando quemar la carta sin abrirla, pero la curiosidad de los presentes, Ambrosio Alarcón, el regidor Piñán y el escribano Calero pudo más; no había lumbre a esas horas y poco costaba leer el escrito, pero esta vez la carta estaba en blanco, pues se trataba de una broma de mal gusto. En blanco o no, daba igual. En Castillo de Garcimuñoz era imposible guardar los secretos, a la noticia de la nueva carta habían acudido varios vecinos del pueblo enterados de la súbita aparición y como cada cual entendía lo que quería entender nuevos rumores se extendieron por el pueblo. La rumorología en Castillo de Garcimuñoz tenía como lugares de propagación los edificios religiosos. El gobernador Cuéllar desconfiaba del fervor religiosos de las autoridades; los principales sospechosos de la autoría de la carta habían sido vistos el dieciocho de febrero en la iglesia de San Juan, la claustra del convento de San Agustín, la iglesia de Nuestra Señora de la Concepción y el cementerio anejo a esta última iglesia. Incluso Gonzalo de Inestrosa decía haber recibido las primeras noticias de la carta por su mujer, presente en la iglesia de San Juan, oyendo misa.

Mientras unos jugaban a juegos peligrosos, Gonzalo de Inestrosa trataba de erigirse en defensor del buen gobierno de Castillo de Garcimuñoz, reconviniendo a su yerno Francisco Melgarejo, para que no alterase los oficios concejiles de la villa: “porque era poner a fuego a esta república y destruir las conciencias de ella y hacer año en las haciendas”. Junto al prior de San Agustín, Pedro de Arboleda y el licenciado Meléndez intentaban sosegar la república. Viejos conceptos de hombres viejos, en las antípodas de nuevas generaciones que veían el poder y la riqueza un fin en sí mismos. Mientras Melgarejo estaba para pocos compromisos, habiendo conseguido la cárcel de Gonzalo de Inestrosa y su hijo Jerónimo, primero en la sala del ayuntamiento y luego en casa de Catalina Tapia, aunque su pretensión era meter a su suegro en la cárcel pública. Si era el mentor ideológico de los opositores a sus ansias de dominar la república de Castillo de Garcimuñoz poco importaba que fuera o no el autor material de los hechos, era culpable.

 

AGS, CRC, LEG. 215-3

martes, 8 de enero de 2019

Sentencia de Rodrigo Mula en pleito por términos entre las villas de Belmonte y El Provencio (1471)

La sentencia presentada fue dada en 1471 por Rodrigo Mula, o Melgarejo, hombre de confianza de don Juan Pacheco, maestre de Santiago y marqués de Villena. Para entender la sentencia hay que tener en cuenta las cortapisas que sufrió El Provencio a disfrutar de los aprovechamientos comunes de los bienes del suelo de Alarcón, tal como tenía por privilegio por concesión de don Juan Manuel (cuando fue fundada como puebla y desgajada, comprada dirán los testigos, de la ciudad de Alcaraz), en el momento que Belmonte reduce a la condición de aldeas suyas a las vecinas Las Pedroñeras, El Robledillo  o Las Mesas

E después de lo susodicho en la dicha villa de Belmonte diez e seys días del mes de novienbre año susodicho de mill e quatroçientos e setenta e un años este día el horrado Rrodrigo de Mula juez susodicho estando asentado en poyo pro tribunali estando presentes Pero López de Gil Herreros alcalde de la dicha villa e so mesmo estando presentes Juan López de Barchilón e Pero Sánchez de Villaescusa rregidores de la dicha villa e so mesmo estando presentes el dicho Garci Sánchez procurador susodicho del dicho mosén Luys e del dicho conçejo de la villa del Provençio e Juan Sanz de Pero Sanz el moço e Gil Martínez Pellejero rregidores de la dicha villa del Provencio e Gil López e Garçi Sanz de Montiel veçinos de la dicha villa del Provençio estando todos presentes asy el dicho juez dio e pronunçió una sentençia por escripto el thenor de la qual es este que se sigue e dize ansy
Por mí Rrodrigo de Mula criado del marqués mi señor e su juez comisario dado e diputado por el dicho señor para la causa que ynfra se faze minçión visto el pedimento a mí fecho por el dicho mosén Luys de Calatayud señor de la dicha villa del Provençio e lo pedido por parte del conçejo e universydad de la dicha villa en que piden sean guardados e defendidos en la posesión vel casi de paçer las yerbas e beber las aguas e cortar la leña verde e seca e caçar la caça en que después de la dicha villa del Provençio fue dada al marqués viejo de buena memoria que Dios aya e después por el dicho marqués al governador don Luys de Calatayud agüelo del dicho mosén Luys e después del finamiento del dicho mosén Luys por finamiento suyo que vino por herençia a Alfonso Sánchez de Calatayud su hijo e por finamiento del dicho Alfonso Sánchez al dicho mosén Luys e que syenpre deja sazón acá la dicha villa del Provençio con su término fueron avidos e tenidos por un suelo con las villas en los lugares del marquesado de Villena e de la villa de Alarcón e su juredizión que podían fazer todo lo suso dicho por lo aver de tantos tienpos en casa que memoria de onbres no es en contrario e visto como la parte del conçejo e universidad de la dicha villa de Belmonte fue dicho e alegado que todavía al tienpo e sazón que los dichos vezinos e moradores de la dicha villa del Provençio cortavan la dicha leña e paçían las yervas e caçavan la caça e bebían las aguas en término de la dicha villa que syenpre fueron prendados quando fueron tomados por sus guardianes e que todavía estuvieron en esta posesión vel casy e que por esto no avía lugar lo pedido por la parte del dicho mosén Luys e de la dicha villa del Provençio e vezinos della tuviesen que sería quanto al paçer las yervas e beber las aguas guardando sus dehesas previllegiadas fazer bardal e corral de tochillo e brosquillo según pastores e no de otra manera e para cortar mata rrubia e rromero e atocha e aliaga e vista las provanças hechas en este dicho proçeso por la parte del dicho mosén Luys e conçejo e universidad de la dicha villa del Provençio e la provança fecha por parte del conçejo e universidad de la dicha villa de Belmonte e todo lo alegado e dicho por las dichas partes e por cada una dellas en favor e ayuda de su derecho e aquello que a mí fue dado de ver y esaminar e sobrello avido mi acuerdo e deliveraçión
Fallo que paresçe e se prueva por los dichos e dipusyciones produzidos a este dicho proçeso por parte de la dicha villa del Provençio e los vezinos e moradores della estar e aver estado en la posesión vel casi de paçer las yervas e beber las aguas e cortar las leñas e caçar la caça en el suelo e término de la dicha villa de Alarcón por espaçio de veynte e treynta e quarenta e çinquenta años e más tienpo que los vezinos e moradores de la dicha villa del Provençio e de la dicha villa de Belmonte syenpre del dicho tienpo acá e tanto que memoria de onbres no es contrario e los unos en el término de los otros acostunbraron paçer las yervas e beber las aguas e cortar la leña e caçar que por la parte del dicho conçejo e universidad de la dicha villa de Belmonte no paresçe ser provado cosa alguna que perjudique a la provança de los dichos vezinos e moradores de la dicha villa del Provençio quanto a la dicha su posesion vel casi por ende devo de condenar e condeno al dicho conçejo e vezinos e moradores de la dicha villa de Belmonte e al dicho procurador en su nonbre a que no ynquieten ni molesten a los dichos vezinos e moradores de la dicha villa del Provençio en la dicha posesión vel casi de paçer las yervas e beber las aguas e cortar la leña guardando marco e caçar la caça so pena de seysçientos mrs. por cada una vez que el dicho conçejo de Belmonte perturbare e molestar o ynquietare a los vezinos e moradores de la dicha villa del Provençio para los vezinos e moradores de la dicha villa, otrosy mando por esta mi sentençia que todas e qualesquier prendas que a el tienpo e sazón que este dicho pleyto fue començado pendiente la dicha quistión sobre la dicha causa e fueron e an seydo prendados e tomadas por la dicha villa de Belmonte  a los dichos vezinos e moradores de la dicha villa del Provençio e por sus guardianes que fasta a nueve días primeros siguientes le sean dados e rrestituydos al dicho conçejo e al dicho su procurador en su nonbre de la dicha villa del Provençio su estimaçión según que jurare la dicha villa del Provençio e su procurador en su nonbre lo que podían valer al tienpo que fueron tomadas las dichas prendas en quanto a las costas hechas en este dicho proçeso e causa por la parte de los vezinos e moradores de la dicha villa del Provençio e por su procurador en su nonbre no fago condenaçión alguna salvo que asy los vezinos e moradores de la dicha villa del Provençio como los vezinos e moradores de la dicha villa del Belmonte separen a las que tienen hechas este dicho proçeso e causa por algunas justas causas o rrazones que a ello me mueven e por esta mi sentençia asy lo pronunçio e mando en estos escriptos
(es traslado de 1539 de la Chancillería de Granada) 


sábado, 5 de mayo de 2018

Los Melgarejo: alcaides de fortalezas, terratenientes y letrados


Escudo de armas de los Melgarejo


Los hermanos Juan, Diego y Francisco Melgarejo eran hijos del bachiller Francisco Melgarejo Mula y Juana de Olivares. El padre había fallecido hacia 1540, según los testigos. El abuelo era Juan de Melgarejo Mula, casado con Juana de Arboleda, que siempre vivió en Castillo, salvo al poco de casar, razón por la que se mudó cuatro o cinco años a la aldea de Torrubia.

El bisabuelo era Rodrigo Melgarejo de Mula, alcaide de Belmonte en tiempos de los dos primeros marqueses de Villena, Juan Pacheco, maestre de Santiago, y de su hijo Diego López Pacheco. Rodrigo Melgarejo se había ganado la confianza del maestre de Santiago, desempeñando el cargo de ayo de su hijo menor Diego, posición que le daba gran influencia sobre el futuro II marqués de Villena. Había casado con Teresa Sánchez de la Gruesa. Los más ancianos decía que Rodrigo Melgarejo procedía de Sevilla*. Del matrimonio de Juan de Melgarejo y Juana de Arboleda habían nacido tres hijos, Valeriano, que permaneció en Belmonte, donde ganó ejecutoria de hidalguía frente al concejo de esta villa, un licenciado Alonso Melgarejo que andaba en la corte y el bachiller Francisco.

Valeriano Melgarejo acabaría trasladándose a Santa María de los Llanos, donde litigaría con el concejo por su hidalguía, obteniendo carta ejecutoria el 24 de noviembre de 1542.

Los Melgarejo ya están instalados en Castillo de Garcimuñoz con el abuelo Juan Melgarejo de Mula, o Juan de Mula, como era más conocido, que, alrededor de 1470 o 1475 había acudido a esta villa, procedente de Belmonte, para casarse con Juana Arboleda, hija del doctor Arboleda. Juan de Mula moriría hacia 1525. Su hijo Francisco inicia su educación en el estudio existente en la villa en casa de un hombre llamado Diego Sánchez de Cucarón. Estudio de gramática no reconocido o escuela, como nos decía Cristóbal de Tébar, que con diez años, allá por 1480, había sido compañero de estudios de Francisco. El matrimonio del bachiller Francisco con Juana de Olivares, hija del comendador Diego de Alcaraz, en el cambio de siglo consolidaría la riqueza familiar. El matrimonio duraría 35 años, hasta la muerte del bachiller. Hacia 1540, Juana de Olivares, acompañada de su hijo el licenciado Juan, nos aparece dirigiendo los negocios familiares.

En Castillo de Garcimuñoz, el gobierno municipal se hallaba repartido entre hidalgos y pecheros. Aunque el reparto era desigual en favor de los hidalgos, pues se partía de una reserva inicial de los oficios concejiles a éstos. Teóricamente como en otras ciudades andaluzas o en la villa de Belmonte existía un número de caballeros veinticuatro, hidalgos a los que estaba reservado el gobierno municipal. En tiempos de Juan Melgarejo de Mula, en el último cuarto del siglo XV, todavía se conservaba esta forma de gobierno municipal. Así nos los contaba el hidalgo Cristóbal de Tébar
que avía en ella (la villa de Castillo de Garcimuñoz) veynte e quatro hijosdalgo cavalleros e personas generosas que entravan y eran governadores de la dicha villa en cada un año sin que en nyngunos oficios entrasen nyngunos pecheros y despues que los quitaron los dicho veynte e quatros
Ese cambio en el gobierno municipal debió acaecer a comienzos del quinientos por la presión pechera. El gobierno de los caballeros veinticuatro desapareció y el gobierno municipal recayó en dos alcaldes ordinarios, tres regidores y un alguacil mayor del estado de caballeros y escuderos hijosdalgo y dos regidores por el estado de los pecheros. Los dos oficios de alcaldes de la hermandad eran compartidos cada uno de ellos por hidalgos y pecheros. Los Melgarejo supieron reservarse un puesto en el reducido número de oficiales de Castillo de Garcimuñoz. que al igual que otras villas del reino de Murcia, estaba poblada y fundada al fuero de la çibdad de Sevilla. Esto explicaba que la sisa de los mantenimientos de la carne y el pescado, que complementaba a los propios de la villa, cuando no llegaban para pagar los pechos, fuera pagada por todos, pecheros e hidalgos, incluido el marqués de Villena, durante su estancia en la fortaleza. Castillo de Garcimuñoz tenía, además, un régimen foral diferenciado de sus aldeas (Almarcha, Torrubia, Pinarejo y la Nava), regidas por el fuero de Alarcón. Así, Castillo de Garcimuñoz estaba exento de la moneda forera para todos sus vecinos, impuesto de dieciséis maravedíes que se pagaba cada siete años; sus aldeas pagaban dicho impuesto, del que estaban excluidos hidalgos y clérigos.

Con el cambio de naturaleza del gobierno municipal, el viejo fuero de Sevilla se fue olvidando. El marcado carácter estamental de la aristocracia de Castillo de Garcimuñoz fue mutando en una oligarquía de ricos, indistintamente de su condición hidalga o pechera. Y aquí es donde más a gusto se sentían los Melgarejo, convertidos en familia de terratenientes, pero con una sólida formación jurídica en leyes de sus miembros que les permitía influencias en la Corte.

El Castillo de Garcimuñoz vivió una época de declinación a comienzos del quinientos. Esta crisis se enmarca en el contexto del declinar de las viejas fortalezas frente a sus propias aldeas, como Torrubia, y villas eximidas de la llanura. Los propietarios de mayorazgos, como los de Cervera, Piqueras o Albaladejo, abandonaron las casas que poseían en el Castillo. En el declinar del Castillo, influyó un régimen fiscal diferenciado de sus aldeas. En Castillo de Garcimuñoz, poblada según el fuero de Sevilla, pagaban todos indistintamente de su condición hidalga o pechera; en sus aldeas, tales como la Almarcha y Torrubia, regidas por el fuero de Alarcón, únicamente pagaban los pecheros. Los hidalgos se trasladaron a las aldeas, donde además tenían sus heredamientos y podían llevar su gestión directa, alejados ya de aventuras militares y de servidumbres a un marqués de Villena, que no pisaba la villa de Castillo de Garcimuñoz. No sabemos hasta qué punto el diferenciado régimen fiscal entre el Castillo y sus aldeas provocó el debilitamiento demográfico en favor de sus aldeas, pero sin duda fue un acicate más en la irremediable crisis de la fortaleza frente al impulso agrario de aquéllas.

El licenciado Juan Melgarejo había estudiado Leyes en la universidad de Salamanca. Hasta 1541 vivió con sus padres, hasta que el bachiller Francisco falleció; entonces, el licenciado Juan vivió hasta 1550 con su madre, Juana Olivares, momento en que abandona el hogar familiar para casarse con Ana Carrillo, hija del señor de Valera, Melchor Carrillo de Alarcón.

Las propiedades de los Melagarejo se extendían por todos los pueblos comarcanos, fundando su riqueza en el cultivo del cereal y el abastecimiento a grandes villas como San Clemente
que conosçió al dicho bachiller Françisco Melgarejo su padre e a Juan Melgarejo de Mula su abuelo asy los unos como los otros los vido tener ansy en las villas de Santa María del Canpo e Alconchel e huerta e lugar de Honrrubia y en sus términos que eran villas e lugares comarcanos  a la dicha villa del Castillo de Garcimuñoz, heredamientos de casas e tierras e viñas e molinos e mesones e otros muchos bienes rrayzes
A estas propiedades, añadir otras que la familia poseía en la Hinojosa, lugar de Alarcón. Pero los testigos no dejaban de referirse a la madre de los hermanos Melgarejo, Juana Olivares, como aportadora de una importante dote a la familia (e la dicha su madre como cosa suya propia). La aportación de Juana Olivares quizás sea más significativa si tenemos en cuenta que la hacienda del abuelo Juan Melgarejo estaba centrada únicamente en las casas y propiedades de Castillo de Garcimuñoz y los heredamientos que de tierras de pan llevar poseía en el lugar de Torrubia. Los heredamientos de Torrubia, que se extendían por la vecina Honrubia, aldea de Alarcón, acabaron en manos de Fernando de Araque, vecino de Villalgordo, que los recibió como dote por casamiento con una hija del abuelo Juan Melgarejo, concretamente, Isabel de Mula. Hacia el año 1552, Torrubia era una aldea de veinticinco o treinta vecinos; apenas solo tres de ellos habían nacido en el lugar, lo que da idea del despoblamiento de este lugar a comienzos de siglo. Despoblamiento sin duda debido a algún suceso extraordinario, por muertes y enfermedades y años malos que había habido; referencia que hace mención a algún evento pestífero. Por los datos aportados por los testigos, estaríamos hablando de la peste iniciada a la muerte de la Reina Católica. Aquel periodo, que va de 1502 a 1508, tan desconocido en la zona, fue una catástrofe, o al menos en algunos pueblos. La carestía de las malas cosechas y la peste llevaron al pequeño lugar de Torrubia, de los cuarenta vecinos del año 1500 al despoblamiento. Cincuenta años después solo quedaban tres vecinos que hubieran nacido en el pueblo en la primera década del siglo. Este era el testimonio de Juan Redondo un vecino de Honrubia
lo conosçió poblado (a Torrubia) de quarenta veçinos en el tienpo que vivió en él el dicho Juan de Mula e que después aca se abía despoblado por muertes y enfermedades y años faltos que abía abido en el dicho lugar que sabía que no abía de presente vezinos en él que fueran de hedad de quarenta años arriba más de Martín López pastor e Miguel Millán e María Millán e Martín Garçía que fueron naturales del dicho lugar 
La peste, u otras enfermedades que en la mentalidad de la época se confundían con ella, eran un azote. Las clases privilegiada huían de ella. Tal hizo, aunque no sepamos la fecha exacta y al igual que su padre, el bachiller Francisco. Tal hecho pestífero debió ocurrir en la época de las Comunidades de Castilla. El bachiller Francisco se refugió en Villalgordo del Marquesado, la huida debió ser muy improvisada, pues Villalgordo era un pequeño lugar con muchas limitaciones. El bachiller mandaba a sus criados a comprar carne a la vecina Montalbanejo. A pesar de que Montalbanejo tuviera cerradas sus puertas para prevenir el mal contagioso, no parece que el bachiller tuviera impedimentos para conseguir la carne, y sin sisa.

La peste parece que fue la causa por la que el abuelo de los Melgarejo y sus hijos abandonaron la aldea de Torrubia, donde habían vivido unos cinco años, y por la que volvieron a Castillo de Garcimuñoz, abandonando el patrimonio familiar, cedido como dote a la mencionada hija, Isabel casada con un Araque. Aunque volvieron a la aldea algunas temporadas. Esta primera aventura de los Melgarejo como propietarios de tierra, parece que dio paso a la decisión de Juan de Mula de formar a sus hijos como letrados. Las ganancias de este oficio, posibilitaría la compra de nuevas tierras. Los bienes raíces de la familia en Honrubia aparecen ya con el bachiller Francisco Melgarejo. El bachiller había adquirido en Honrubia un mesón, una huerta y tierras de labor, que luego pasarán a sus hijos el licenciado Juan y Diego. El patrimonio familiar se había ampliado con nuevas tierras en Alconchel, Santa María del Campo, Honrubia, Montalbanejo y,por último, los bienes raíces de la Hinojosa, que posiblemente eran tierras adquiridas muy recientemente por los Melgarejo y que motivaron el pleito con el concejo de este lugar de la Hinojosa por la negativa de los hermanos Melgarejo a pechar.

En Alconchel la familia poseía un molino harinero. Alconchel era señorío de don Juan Pacheco, sus vecinos y otros vecinos de los pueblos próximos de Montalbanejo, Villar de Cañas o Villaescusa de Haro, que poseían heredades en el citado lugar, pagaban, además de los pechos concejiles y reales, un tributo adicional al señor de la villa: el llamado rediezmo, de cada quince fanegas de granos cosechadas, una acababa en manos del señor don Juan Pacheco. Hoy, se nos escapa la relación entre el bachiller Francisco Melgarejo y don Juan Pacheco, pero lo que no cabe duda es que la exacción señorial del Pacheco iba acompañada de la maquila del molino de los Melgarejo. Alconchel era hacia 1550 un  pequeño pueblo de cincuenta vecinos. Al igual que Torrubia, sabemos que fue afectado por la peste y carestía del final del reinado de Isabel la Católica y años posteriores. Tenemos el testimonio de la muerte de Alonso de Resa, por el mal pestífero, según los testigos en 1509 (posiblemente algún años antes). Más allá de las diferentes jurisdicciones o señoríos que imperaban en cada pueblo, Alconchel estaba integrada económicamente con otros pueblos comarcanos como Villalgordo, Montalbanejo, Villar de Cañas o la propia Villaescusa de Haro. Alconchel, desde un punto de vista geográfico estaba en la intersección de estos pueblos; el molino de los Melgarejo, también; sumándose a otros molinos en la ribera del río Záncara. Hoy nos es difícil imaginar la existencia de molinos en la ribera del Záncara, y menos aún en su cabecera. Pero el bachiller Francisco Melgarejo, no solo se aprovechaba de las moliendas, sino que represando el agua, controlaba el riego de los vecinos de Alconchel tierras abajo. El conflicto entre los de Alconchel y los Melagarejo acabó por estallar, tal como nos contaba el labrador de Montalbanejo, Andrés Núñez
cómo los molineros del dicho bachiller Mula represavan el agua de él para poder rregar los caminos de los labradores que estavan de la parte vaxa del dicho molino y de henojo dellos este testigo estando en conçejo en la dicha villa de Alconchel un Pedro Castaño rregidor e Pasqual de Arriba alguazil e otros muchos se tratavan que pues el dicho bachiller Mula padre de los que litigavan no dexavan pasar el agua a los dichos caminos que le enpadronasen e rrepartiesen como a los otros pecheros de la dicha villa fuera della por el dicho molino e sobre ello abía abido en el dicho conçejo diferençia entre los dichos ofiçiales , ... pues el dicho bachiller no quería dexar pasar el agua a los dichos cáñamos e al fin vido que el dicho conçejo avía mandado al dicho alguazil que le sacara prenda por el dicho pecho e dende a çiertos días vido cómo el dicho bachiller Mula avía ydo a la dicha villa de Alconchel e avía hablado con algunos de los rregidores e ofiçiales del dicho conçejo e les dezía que avía sido ynformado que les mandava sacar prendas por pechero e que no lo podían hazer porque hera hidalgo
El contencioso del bachiller Francisco Melgarejo Mula y el concejo de Alconchel acabó por la intromisión de la justicia señorial de Juan Pacheco y su representante, el alcalde mayor Ginés Ruiz, declarando exento de pagar al bachiller. La sentencia dada en presencia de todos los vecinos de Alconchel no debió gustar nada a sus vecinos, que veían cómo el bachiller, además de arrebatarles el agua, conseguía un régimen fiscal diferenciado del resto de forasteros de Villar de Cañas, Montalbanejo o Villaescusa de Haro.

Los Melgarejo supieron aunar su reciente riqueza agraria, centrada en el cultivo de trigo, con sus conocimientos como letrados. Pero lejos de convertirse en burócratas pisapapeles, devinieron en prestamistas de grandes villas como San Clemente a las que extorsionaban en épocas de carestía con el abasto de granos. En estas operaciones especulativas contaban con ciertos miembros de la oligarquía local, como Hernando del Castillo. Como ya hemos estudiado en otro lugar, las operaciones consistían en jugar con los precios del grano, vendiéndolo en los momentos de mayor carestía. Previamente, los Melgarejo concedían préstamos al concejo de San Clemente, con fuertes intereses, que iban destinados a la compra de su propio grano excedentario. Los Melgarejo recuperaban el dinero y una importante cantidad adicional, fruto de intereses leoninos y cláusulas draconianas de los contratos de préstamo. En el ínterin, algunas familias menores, como los Rosillo, abastecedores de panaderías, veían su capital arruinado. Es en este clima especulativo, del que participaran otras familias como los Tébar en la venta de vino, en el que se va generando un clima anticonverso contra las familias procedentes de Castillo de Garcimuñoz, Castillo, Melgarejo u Origüela, a los que se identifica, más allá de su sangre judía o no, con la figura del semita usurero. Aún así, los Melgarejo tardarían un siglo en asentarse en San Clemente, lo harían como servidores públicos de la Hacienda: contadores de rentas reales.

La sentencia de la Sala de los Hijosdalgo de la Chancillería de Granada, reconociendo la hidalguía de los Melgarejo es de 18 de diciembre de 1549. Confirmada el 29 de febrero de 1552 y en grado de revista el 29 de octubre del mismo año. Las sentencias de la Chancillería de Granada acallaban las críticas de sus enemigos, que recordaban cómo el predecesor de la familia, Rodrigo Pacheco, había sido empadronado en la villa de Belmonte con los pecheros y que todos los vecinos tenían por privilegio el no pechar en la dicha villa de Belmonte, según sus ordenanzas, una vez haber residido en la misma con casa poblada y mujer durante siete meses. Por último los detractores, recordaban a los Melgarejo que debían su hidalguía a una merced de los Pacheco, a quienes Rodrigo había servido como ayo del menor Diego López Pacheco. Después de nuevo auto confirmatorio de 22 de noviembre, los Melgarejo obtenían carta ejecutoria de hidalguía con fecha 2 de marzo de 1553

Ejecutoria de hidalguía de los Melgarejo, propiedad familiar.
Foto: José Enrique Melgarejo Merino


* RAH, Signatura: 9/304, fº 241. Signatura antigua: D-29, fº 241. Colección Salazar y Castro. Tabla genealógica de la familia de Melgarejo, vecina del Castillo de Garci Muñoz. [Manuscrito]

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA, HIDALGUÍAS. Ejecutoria de hidalguía de los hermanos Melgarejo, vecinos de Castillo de Garcimuñoz. 1553. Signatura antigua: 301-17-6


ANEXOS

Probanzas de testigos de la probanza de 1545, vecinos de Castillo de Garcinuñoz

Alonso López, clérigo presbítero, pechero de 68 años
Pedro González, clérigo presbítero, pechero de 73 años, al fuero de Sevilla
Bernardino de Guadarrama pechero de ochenta años
Pedro de la Pastora, 60 años
Cristóbal de Tébar, hombre hijodaldo de 75 años, hijo de Juan Álvarez de Tébar

Nueva probanza de 1552

Juan de Gil Gómez, pechero de más de 80 años
Miguel Millán vecino del lugar de Torrubia, 60 años
Martín López pastor, vecino del lugar de Torrubia, 70 años
Juan Redondo, vecino de Honrubia de 78 años
Hernando de Origüela, hombre pechero, más de 70 años. En 1523, se desplaza a Honrubia desde Castillo de Garcimuñoz
Fabián Pérez Herrero, vecino de la villa de Alconchel (que era de don Juan Pacheco), vecino pechero de 50 años
Andrés Núñez, labrador, vecino de Montalbanejo
Pedro Cabero, el viejo, labrador de Valera de Yuso, setenta años

miércoles, 14 de febrero de 2018

Genealogía de la familia Castillo-Inestrosa de San Clemente

 Alonso Saiz del Inestrosa, caballero de la orden de Santiago, señor de la villa de Valera, casó con doña Inés. Padres de

  • Doña María de Inestrosa
  • Doña Constanza de Inestrosa
  • Doña Juana de Inestrosa casó con el señor de la Olmeda
  • Doña Elvira de Inestrosa, señora de Valera, que la dejó a Melchor Carrillo, su sobrino
Los Castillo de San Clemente

1.- Alonso del Castillo, señor de Perona, hijo 3º de Hernando del Castillo ( alcaide de Alarcón y señor de Altarejos casado con Juana de Toledo), casó con María de Inestrosa. Padres de:

     2.- Hernando del Castillo, casó con doña Elvira Portocarrero, fue señor de Valera de Yuso.
               3.- Doña María del Castillo, hija única, 3ª mujer de Melchor Carrillo, su tío, señor de Valera

     2.- Alonso del Castillo (hijo 2º) con doña Juana de Mendoza
              3.- Don Francisco de Mendoza, murió sin sucesión

    2.- Francisco del Castillo (hijo 3º), señor de Perona, casó con doña Ana Cimbrón de Ávila
             3.- Doña Elvira Cimbrón o del Castillo, casó con don Juan Pacheco Guzmán, señora de Perona, litigó la villa de Valera y la sacó y la Losa. Padres de Rodrigo Pacheco
             4.- Hernando del Castillo casó con doña Jerónima de Albelda. Padres de
                         5.- Francisco del Castillo Inestrosa, regidor de San Clemente, miembro de la compañía de Jesús, de la relación con una concubina llamada Isabel Amo tuvo  a Diego del Castillo.

Los sucesores de doña Elvira Cimbrón y Juan Pacheco

1.- Don Rodrigo Pacheco, señor de Perona, Valera y la Losa, casó con doña María de Mendoza, hija      de don Rodrigo, conde de Saldaña. Padres de

     2.- Don Iñigo, teniente general en las galeras de España, fue primer marido de doña María de       Mendoza, su prima segunda, señora del Fresno de Torote
     2.- Doña María Josefa de Pacheco de Mendoza (sigue la línea), casó con don Juan Inestrosa,      señor de Valera, Olmeda y Villar del Saz

Los sucesores de doña Constanza de Inestrosa

1.- Constanza de Inestrosa casó con Martín Ruiz de Alarcón. Padres de

     2.- Melchor Ruiz de Alarcón, señor de Valera, casó tres veces con doña Francisca de Parada, doña Isabel de Zuñiga,  y con doña María del Castillo

            3.- Ana Carrillo (hija de la 1ª mujer) casó con el licenciado Juan Melgarejo
                   4.- Don Diego Melgarejo de Inestrosa, señor de Valera, caballero del hábito de Santiago
            3.- Fernán Ruiz de Alarcón de Inestrosa, señor de Valera, murió sin hijos


Real Academia de la Historia — Signatura: 25, fº 75 (2ª foliación). — Signatura antigua: D-25, fº 75 (2ª foliación).



sábado, 31 de octubre de 2015

Hernando del Castillo, el licenciado Melgarejo y el ayuntamiento del 9 de noviembre de 1548.

Aquel mes de noviembre de 1548, el gobernador del Marquesado de Villena, Luis Godínez de Alcaraz, lo pasó en San Clemente. Su estancia fue aprovechada para la celebración de varios ayuntamientos para tratar temas ordinarios de la villa, en los que no faltaron la referencia a los numerosos pleitos en que se hallaba inmerso el pueblo en la Chancillería de Granada.
El ayuntamiento de San Clemente había perdido parte de su frescura democrática, desde que en 1543, y tal como sucediera en otras villas, una Corona agobiada por los problemas financieras de la enésima guerra con Francia decidiera vender los oficios de regidores perpetuos y acabar con su elección, como ocurría con los alcaldes ordinarios. Estos oficios que supieron mantener su independencia y la primera instancia frente a los gobernadores del Marquesado, acabaron siendo cargos añales al servicio de los grupos de poder local y su elección motivo de enfrentamiento entre los bandos.

La villa de San Clemente, acababa de salir de una de las crónicas crisis de subsistencia, agravada por una plaga de langosta, que le había obligado a tomar a censo 2.000 ducados en 1545 para el abasto de trigo, veía como los precios del trigo se hundían ahora e incluso el depositado en el alhorí de la villa tenía difícil salida. Antón Dávalos, abastecedor de la panadería, veía como perdía en cada libra de pan dos maravedíes. En frente de su negocio tenía a un Origüela, Gonzalo de Tébar, que se llevaba ocho maravedíes por la venta de cada arroba de un vino aguado, a decir de los vecinos. Sin duda, estos pequeños éxitos y fracasos personales en los negocios contribuía a alimentar los odios preexistentes, que, como hemos visto en otra parte, acabarían estallando el año 1553.

En la bajada del precio de los granos no debió ser ajena la decisión del ayuntamiento de tomar prestados del licenciado Melgarejo 2000 ducados, una parte de ellos en 700 fanegas de trigo, colocando así sus propios excedentes. No es que los regidores se dejaran engañar, más bien todos, o al menos algunos de ellos, participaron de la operación financiera, aunque más justo sería hablar de apaño.

Palacio de los Melgarejo 
El licenciado Melgarejo y su madre doña Juana de Olivares, vecinos de Castillo de Garcimuñoz, ya  a finales de 1545  habían prestado a la villa de San Clemente 1.000 ducados para la compra de trigo. El negocio fue redondo para madre e hijo, pues el dinero en manos del concejo sanclementino revertió enseguida a manos del licenciado Melgarejo como pago del trigo que este mismo proveyó a la villa a precio de nueve reales y medio la fanega. Además se garantizaba un 10% de interés anual en dos pagos semestrales. La villa había solicitado licencia real para tomar a censo 1.000 ducados más. Hernando del Castillo fue en auxilio de la villa, aportando la cantidad que faltaba.
El año 1548, la situación fue de nuevo calamitosa, una plaga de langosta arruinó las cosechas y los precios del trigo se desorbitaron, alcanzando los catorce reales de la fanega. Antón Dávalos, arrendador de la panadería pública, compró más de 500 fanegas de trigo pensando sin duda en hacer una buena inversión especulando con la necesidad ajena. Pero se equivocó, pues otros también tenía en mente operaciones especulativas de más calado. Allí estaban de nuevo el licenciado Melgarejo y el regidor Hernando del Castillo, dispuestos a prestar o a resolver sus problemas de liquidez de un plumazo.
Por supuesto que cuando se pidió al final del verano de 1548 la licencia real para un nuevo censo se justificó con la necesidad de pan que tenía la villa, aunque también para aliviar las exhaustas arcas municipales, que pagaban intereses por los préstamos del 10 por ciento. Se trataba de quitar, redimir, estos censos, pues había censalistas dispuestos a cobrar un interés menor del 14 al millar, un 7 por ciento de interés. Ni que decir tiene que el censalista predispuesto a rebajar el interés era de nuevo el licenciado Melgarejo, que de hecho, había impuesto un tipo de interés más favorable para sí que el autorizado por facultad real, que era del 18 al millar, es decir, el 5,5% de interés.
En la obtención de los permisos reales necesarios para el nuevo préstamo fue fundamental la información presentada por el bachiller Orozco, alcalde mayor del Marquesado. Que los regidores de San Clemente se habían ganado el favor de las autoridades del Marquesado no cabe duda. Pero más clarificador es cómo en la voluntad del alcalde mayor y del propio gobernador era decisiva la influencia de uno de los regidores, Hernando del Castillo.
Hernando del Castillo aparece como árbitro de la política municipal durante este año de 1548. De hecho, los plenos municipales del mes de noviembre de ese año destacan por la ausencia de los regidores. Solo cuentan con la presencia del gobernador del Marquesado Luis Godínez y el mencionado Hernando. Los cargos electivos del ayuntamiento, alcaldes ordinarios y alguacil mayor, parecen jugar el papel de meros comparsas. Pero el aparente dominio de Hernando también esconde la animosidad  y disputa del poder por otros regidores como los Herreros.

Hernando del Castillo, así como sus hermanos Alonso y Francisco, eran nietos del alcaide de Alarcón Hernando, y su poder económico se había afianzado en San Clemente con el matrimonio de su padre Alonso con María de Hinestrosa. Las alianzas familiares les llevarán a entroncar con los Pacheco de Minaya por el casamiento de la hermana de Hernando, Juana de Toledo, con Alonso Pacheco.
Ahora los Castillo buscarán el reconocimiento social e iniciarán un pleito en la Chancillería de Granada por su hidalguía contra el concejo de San Clemente. Su caso no era único. Desde 1543, que se venden las primeras regidurías perpetuas, la renuncia obligada a la hidalguía para ser aceptado en los oficios públicos dejaba de tener sentido, pues estos se compraban. La perpetuidad de estos oficios reducía a un papel secundario otros oficios como los de alcaldes ordinarios, cuya elección era objeto de disputas entre los bandos en los que se alineaban los regidores. La condición pechera para el acceso a los cargos de regidores dejó de ser un requisito y, por tanto, la consecución de la hidalguía un reconocimiento social de la primacía alcanzada en la vida local. Es ahora, cuando Hernando del Castillo, junto a sus hermanos Francisco y Alonso, acuden a la Chancillería de Granada en busca de la ejecutoria de hidalguía. No fueron los únicos, pues desde 1543 los expedientes de vecinos de San Clemente con aspiraciones nobiliarias se acumulan en este tribunal. Valga como ejemplo la siguiente numeración: Alonso Valenzuela, Jerónimo Montoya Abengoza, Antonio y Cristóbal de la Fuente, Francisco García (antecesor de los Monteagudo), Antonio Ruiz de Villamediana, Hernán Vázquez de Haro Pallarés, Juan Granero y los mencionados hermanos Castillo.
Pero las exenciones y privilegios de los nuevos nobles nunca fueron bien vistos en San Clemente. La villa luchará por evitar la concesión de nuevas ejecutorias, consiguiéndolo a veces, como en el caso de Cristóbal y Antonio de la Fuente, que se vieron obligados a dejar la villa y avecindarse en Santa María del Campo. La oposición al ennoblecimiento de los hermanos Castillo fue mucho mayor; las acusaciones judaizantes que pesaban sobre la familia se sacaron a la luz con motivo del expediente de hidalguía. No tardaría en recordar el concejo sanclementino los huesos exhumados y quemados en la Plaza Mayor de Cuenca de la bisabuela Violante González, alias Blanca o Blanquilla.

El inicio del pleito de los hermanos Castillo por su hidalguía en la Chancillería en la Chancillería de Granada se inicia ahora en 1548. Sus problemas con el concejo de San Clemente también. La necesidad de Hernando de liquidez inmediata para sufragar los gastos del proceso judicial explicaría en parte la sesión del pleno de 9 de noviembre de 1548.
 Las reuniones del concejo de San Clemente en aquel mes de noviembre eran, como hemos dicho reuniones muy reducidas, con la presencia del gobernador Luis Godínez Alcaraz. Asistían el regidor Hernando del Castillo Hinestrosa, el alguacil mayor Martín de Oma y los alcaldes ordinarios licenciado Perona y Alonso Martínez el bermejo. Dando fe de los acuerdos, el escribano Rosillo.
Pero el tema tratado aquel 9 de noviembre eran demasiado importantes como para que los regidores se inhibieran. Estaban presentes todos los regidores que desde 1543, habían comprado sus regidurías perpetuas: además del citado Hernando, Don Francisco Pacheco, Sancho López de los Herreros, Cristóbal de Tébar, Francisco de Herreros y Alonso de Valenzuela. Como invitado en la reunión estaba el licenciado Melgarejo.
Enseguida se pasó a tratar el asunto que les tenía allí presentes: la toma por la villa a censo de 2000 ducados a un interés del 7 por ciento, destinados a redimir censos anteriores, cuyo interés era del 10 por ciento. Aunque hemos de pensar que en aquella operación no se vio ni una sola moneda, el concejo se dio por recibidos los 2000 ducados del licenciado Melgarejo. El primero en saldar cuentas, fue el regidor Hernando del Castillo, poseedor de dos censos contra la villa de 85.125 maravedíes y 100.000 maravedíes al mencionado interés del 10 por ciento. No perdonó los réditos adeudados del segundo censo por valor de 6.666 maravedíes y  de la que ya tenía carta de pago del mayordomo de propios Pedro Hernández. En total, 191.791 maravedíes. Era tal la seguridad de este hombre en el control de la vida municipal que no se había molestado en escriturar el censo de 100.000 maravedíes.
El segundo en arreglar cuentas, de mano de sus familiares, fue Bernardino de los Herreros que cobró el principal de un censo de 50.000 maravedíes y los réditos de 5.121 maravedíes correspondientes a un año. Al unánime acuerdo a tres, se sumó el licenciado Melgarejo, que no sólo se aseguró percibir por adelantado parte de los réditos del nuevo censo 21.470 maravedíes, sino también un premio de 46.875 maravedíes. Al reparto se sumó Hernando Montoya, vecino de Minaya, con 982.5 maravedíes de los corridos de un censo de 13 al millar, hemos de suponer que Cristóbal de Tébar hacía de valedor y testigo de la operación.
Las partidas suponían la mitad del censo de los dos mil ducados, la otra mitad quedaba en manos del licenciado Melgarejo para redimir el censo de 1545, que recibiría además una renta anual de 53.561 maravedíes por los intereses anuales del 7 por ciento. Pero la operación de nuevo comprendía la colocación por Melgarejo de sus excedentes de granos a la villa de San Clemente, aunque esta vez la cantidad de fanegas se correspondía con un valor de 300 ducados. La aportación del trigo de Melgarejo provocaría el descenso generalizado de los precios. Antón de Ávalos, abastecedor de panaderías, que había comparado el trigo a 14 reales la fanega, tenía que renunciar al arrendamiento del negocio por perder dos reales del valor de cada fanega. Aún así, anduvo avispado, pues dos meses después el valor de la fanega del trigo había caído a nueve y ocho reales y medio en los territorios comarcanos donde se compraba. Coincidiendo con el acuerdo municipal del 9 de noviembre, se empezaba a liberar a bajos precios las 200 fanegas retenidas en el alhorí de la villa. En suma, en apenas dos meses se había pasado de una situación de necesidad extrema a una situación excedentaria en la que jugaron mucho los movimientos especulativos, en los que el licenciado Melgarejo y Hernando del Castillo no debieron estar al margen.
Pero en todas estas decisiones había ganadores y perdedores. Una muestra es el caso de Alonso Valenzuela, convidado de piedra en la reunión del día 9 de noviembre, que veía como el concejo se negaba a pagar, en su reunión del día 10 de noviembre, al licenciado Guedeja, casado con una Valenzuela, los  9.000 maravedíes por unos servicios como procurador que no prestaba. Pero el licenciado Guedeja ya debía tener miras más altas como abogado en la corte. Este conflicto se sumaba a muchos otros que escondían los bandos familiares y su lucha por el poder local.

El acuerdo entre los Herrero y Hernando del Castillo se rompería en la elección de oficios del año 1549. Para San Miguel de ese año Miguel de los Herreros y Sancho de los Herreros desplazarían como alcaldes ordinarios a los que no eran sino testaferros de Castillos y Pachecos, que se vieron marginados en la elección de ese año. Alonso de Oropesa se hacía con el cargo de alguacil mayor. Las diferencias entre bandos se manifestaba también en el recelo que despertaba la colaboración de los Castillo con el gobernador del Marquesado. No en vano, la villa se hallaba en conflicto con éste por la privacidad de la primera instancia de sus alcaldes. Sólo así se explica que para la alcaldía de 1549 se eligieran como oficiales a dos personas de primer rango, como eran los Herreros.
Caso más singular era el de los Origüela, a los que vemos enfrentados a todos. Juan González de Origüela mantiene un contencioso con el ayuntamiento por una deuda de 93.000 maravedíes por el abasto de carnes. Su hermanastro Gonzalo de Tébar, despierta las envidias de sus vecinos por los beneficios, ocho maravedíes por arroba, que le reporta el monopolio de la venta del vino en su tienda de la plaza. Pronto se planteará en el ayuntamiento la necesidad de abrir otra tienda  de vinos. Parece que defensores de la libre competencia en provecho de intereses particulares los ha habido siempre. No obstante, no se arredrarían los Origüela, que en 1550 consiguen poner a uno de los suyos como alcalde ordinario, Andrés González de Tébar. No lo aceptarán las viejas familias que mantendrán a Andrés y al otro alcalde elegido, Miguel Vázquez de Haro Pallarés, presos en la cárcel para que puedan seguir disfrutando de la alcaldía los Herrero.
Las contradicciones de las luchas de bandos se expresarían en el conflicto ya estudiado de 1553, cuando el alcalde Hernando Montoya, próximo a los Origüela, es malherido en la cabeza por la facción de los Jiménez-Dávalos y los Rosillo. A partir de aquí, el intento de linchamiento personal da lugar al conflicto sobre la limpieza de sangre. No se podrá doblegar a los Castillo, que fortalecidos por su alianza con los Pacheco, se permitirán el lujo de presentarse ante las viejas familias como descendientes de Clemente Pérez de Rus, pero sí a los Origuela, que, sin la intensidad de la segunda década, sufrirán nuevos procesos inquisitoriales.

(AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 10/1, actas del ayuntamiento de 3, 7, 9 y 10 de noviembre)
(AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 49/3 y 49/5, Censos a favor de los Melgarejo, 1545 y 1548)