El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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sábado, 27 de abril de 2019

Toros en San Clemente, el año de 1634

Philip Galle, "Venationes ferarum", de Ioanne Stradano, grabado de 1578
Los clérigos Juan Jiménez Rosillo y Juan Redondo Ávalos estaban en la cárcel de la la villa de San Clemente desde las nueve de la noche del 28 de agosto de 1634. Al menos uno de los religiosos, Juan Redondo habían sido presos en la calle Boteros, a decir del oficial Francisco Román, que se dedicaba a este oficio, a la puesta de sol, por varios alguaciles que acompañaban a toda una comitiva de autoridades: los alcaldes Alonso de Valenzuela y Miguel Sevillano, los regidores Juan Pacheco, Francisco de Astudillo y Rodrigo de Ortega y al corregidor Francisco de Villavicencio. Este último no dejaba de decir, en referencia al clérigo, que por culpa del cura se había alborotado la fiesta de los toros y se había de revolver el lugar.  Mientras Francisco Redondo veía a su hermano el clérigo Juan encaminarse preso por detrás de la iglesia de Santiago, camino de la cárcel, las autoridades iban a detener a otro clérigo Juan Jiménez Rosillo.

El hecho lo recoge muy por encima el padre Diego TORRENTE PÉREZ,  que acertadamente señala cómo la Corona desde comienzos del seiscientos intentó poner límites a estas fiestas, que solían coincidir con las fiestas de San Roque en Agosto y de Nuestra Señora de Septiembre, para concentrarlas a finales de agosto, en la festividad de San Bartolomé. Se limitó el número de toros a cuatro al año y en esa única ocasión, aunque la norma ni se cumplió en el número de astados ni en las fechas. Lo que sí se mantuvo como coso fue la plaza del pueblo, quedándonos testimonios ya desde 1538 (1). Los sanclementinos no solo gustaban de sus propias fiestas sino que acudían en masa a las fiestas de otras villas, caso conocido de El Provencio, con gran afición taurina y que, en alguna ocasión, como en 1524, no dudaron en lanzar los toros contra los sanclementinos que se dirigían a conquistar y destruir El Provencio, Los festejos eran motivo de rivalidad entre los dos pueblos, como hemos visto en otra parte (2), así como lugar de encuentro de gentes venidas de toda la comarca. 

Si había afición a los toros, era entre los clérigos que ocupaban los asientos de un andamio, en forma de tablado, colocado en la parte postrera de la iglesia de Santiago Apostol de la villa de San Clemente (junto a la puerta de San Pedro, que entonces no existía y la actual cruz que cerca se levantaba)
que el lunes pasado que se contaron veynte y ocho días del mes de agosto próximo pasado deste presente año (1634) estando Juan Redondo de Áualos presuítero y Francisco Martínez Macacho y Diego Fernández, Alonso de Herrera, Alonso del Poço, Juan Guerra, Pedro Sáez Carnicero, Bernaué Ramírez, Diego de Araque, y el ayo de don Pedro de Montoya, todos presbíteros de la dicha uilla de San Clemente y Andrés Rufato clérigo del euangelio y Pedro Galindo presbítero de la uilla de Honrrubia y Juan de Madrigal de la de Vara de Rey y fray Diego de Peralta y fray Juan de Moya religiosos y otros muchos clérigos de dicha uilla de San Clemente y de otras partes en la fiesta de los toros que todos en un andamio y tablado que hicieron a las espaldas de la dicha yglesia de dicha uilla en el rincón de la cruz más de quatro pasos dentro de sagrado de la suerte que otras muchas veces se ha hecho el dicho andamio sin tener espadas ni otras armas sino solo unas garrochas como en otras fiestas de toros las han tenido para picar los toros que llegasen a dicho tablado y para defender los hombres que en él se amparaban y sin dar ocasión alguna por donde les pudiera suceder los daños y agrauios que les sucediera pues con poco temor de Dios nuestro señor y en peligro de sus almas y conciencias y (olvidando) que los dichos clérigos estaban en sagrado y que dicen tales clérigos llegaron los dichos acusados al dicho tablado de acuerdo y sobre caso pensado unos con espadas desnudas y otros palos contra todos los dichos clérigos apaleando a unos e hiriendo a otros y en particular dieron de palos al dicho Andrés Rufato e hirieron al dicho Francisco Martínez Macacho y al dicho Diego Fernández
Entre los agresores de los clérigos del andamio estaba la autoridad de la villa en pleno, encabezada por el corregidor Villavicencio y su alcalde mayor, Antonio de Quiroga y Tapia, seguidos por el alcalde Alonso de Valenzuela y el tesorero y regidor Francisco de Astudillo, amén de otros principales como Juan de Ortega y Rodrigo de Ortega u otros que, como los hermanos Gonzalo y Diego del Pozo, apoyaban la acción apaleando a los religiosos.




El lugar de los clérigos junto a la cruz era tablado reservado a los sacerdotes desde antaño y según costumbre. En el arte taurino de la época los toros se corrían en la plaza pública de la villa, procurando no herirlos; no es que hubiera una conciencia animalista avant la lettre, sencillamente los toros eran unos animales suficientemente caros como para arruinar a los empresarios de la época. Obviamente, para los jóvenes más arriesgados lanzarse con menos capa y más espada era toda una tentación, como lo era para los clérigos del tablado y andamio, provistos de garrochas en cuyo extremos se añadían clavos,  rejonear a los miuras del momento que se acercaban a la barrera sin saber que hollaban lugar sagrado. Las autoridades debían tener suspicacias hacia los sacerdotes que por su cuenta habían asumido el papel de picadores para dejar listo al toro para el tercio de muleta. Quizás esta última expresión sea impropia para los cánones de la fiesta tal como hoy la entendemos, pero ya existía cierta reglamentación, de modo que el toro no debía sufrir puya hasta que no se tocase a jarrete y así lo avisó el corregidor a los religiosos. Según costumbre el corregidor, acompañado del comisario de la fiesta, el regidor Gonzalo del Pozo, dieron la vuelta en un coche al ruedo, por entonces, asemejado más a una plaza rectangular con varios tablados levantados para los espectadores, complemetando las improvisadas barreras del foso taurino, los escritorios de los escribanos, y volvieron a su puesto, en un tablado que estaba bajo las arcadas del ayuntamiento, junto al resto de oficiales del mismo. Esta improvisada plaza de toros era algo más compleja en su construcción que otras famosas de la época, donde se cerraba el foso con carros, y en cualquier caso se demostraba cierta evolución de la fiesta, que de correr los toros por las calles, pasaba la espectáculo sedente y en espacio cerrado. Celebración social en la que las formas ya contaban tanto como la diversión y en las que el poder de la Corona y municipal se manifestaba en paseíllo previo
vido como don Francisco de Villavicencio corregidor della antes que se empeçase la fiesta paseando la plaça con un coche con Gonzalo del Poço regidor comisario de la dicha fiesta 

No se debió respetar el orden de la fiesta, pues al devolverse a toriles, sitos en la planta baja del ayuntamiento, el tercer toro de la tarde, un impetuoso Gonzalo del Pozo, regidor de la villa y, como comisario nombrado para la fiesta, obligado a costear parte de la misma, que ya había amenazado con moler  a palos a los clérigos si seguían picando a los toros con sus garrochas, fue espada en mano dispuesto a poner orden entre tanto religioso aficionado al arte de cúchares, mientras llamaba pícaro al clérigo Francisco Martínez Macacho. Medió el corregidor, acompañado de hombres de espíritu más moderado, pero una vez subido al tablado, arrebató violentamente el rejón al licenciado Rosillo. La violencia se desató a continuación, Parece ser que Francisco Martínez Macacho ofreció alguna resistencia, que, a pesar de la mediación del corregidor y el regidor Miguel Sevillano, y que su oposición provocó una pelea. Pero en el otro bando se buscaba la pelea, pues se lanzaban insultos y el propio capellán del corregidor, Francisco López Caballón, recogía las piedras sueltas de un suelo mal empedrado. Diego del Pozo, Alonso Díaz de Cantos y Martín López Caballón la emprendieron a cuchilladas contra Francisco Martínez Macacho, primero, que resultó herido, y contra Diego Fernández, herido en una pierna, y Andrés Rufato, después. De los testimonio se desprende que los clérigos no estaban inermes, algunos de ellos desenvainaron espadas, aparte del uso de las garrochas que llevaban.
Y Francisco Martínez Macacho clérigo que estaba en el dicho tablado oyó este testigo que el dicho Gonzalo del Pozo le trató mal de palabra diciéndole que hera un pícaro y a este tiempo a un lado del tablado venía Diego del Pozo, su hermano, metiendo mano a su espada y el dicho clérigo se començó a bajar para irse a su casa sin armas ni otra defensa al tiempo de bajar le tiraron dos o tres palos y le començaron a guchillar y acudió mucha gente y todos daban sobre él unas cuchilladas y estocadas y otros palos y yendo se retirando se cayó en el suelo y estando en él le tiró una cuchillada el dicho Diego del Poço con que le hirió la caueça y el dicho Gonzalo del Pozo dixo "muera que a gusto de todos va" y le tiraron dos estocadas y tubo dicha que se combraron las espadas y e levantó y con una espada que auía arremetido a quitar a un hombre que allí estava se defendió y se fue retirando y salió de la plaza y se fue a curar llevándole asido el dicho corregidor hasta la puerta de la yglesia
La acción de la autoridad civil no dejaba de ser una agresión contra el estado eclesiástico. Así, el asunto acabó en manos del provisor del obispado, don Miguel de Paternina y Vergara, que sin esperar la obligada probanza tomó cartas en el asunto ordenando, si no de las autoridades principales (el corregidor estaba incluido en el mandamiento de prisión, aunque no se ejecutó), el secuestro de bienes y personas de los implicados directamente en el suceso, de un rango social menor; los culpados eran los hermanos del Pozo, de segundo apellido Caballón, los hermanos López de Caballón y Alonso Díaz de Cantos. Al secuestro de bienes se unió la excomunión que les impedía acudir a misa los domingos y fiestas de guardar. Esta última pena nos pudiera parecer de mayor gravedad en la sociedad del momento, y sin duda lo era, pero vista la historia del pueblo, sabemos que hasta el doctor Cristóbal de Tébar la sufrió por casar en secreto a  la adolescente María Valderrama con el joven Jorge Mendoza.

Del secuestro de bienes podemos hacernos una idea de los bienes que poseía un regidor. Sus rentas procedían más del negocio del vino que del ejercicio de sus obligaciones espirituales. Gonzalo del  Pozo, en el momento del secuestro de bienes, disponía de doscientas arrobas de vino y de seis tinajas con capacidad para otras doscientas; sus enseres domésticos demuestran cierta comodidad: media docena de sillas cubiertas de baqueta de moscovia con clavos dorados, dos cofres, seis almohadas de estrado de terciopelo azul, una alfombra de estrado de colores o cuatro reposteros de armas de colores.

Las tornas habían cambiado, ahora los presos eran Gonzalo del Pozo y Martín López de Caballón, el resto estaban huidos. La prisión de Gonzalo tornó de San Clemente a Cuenca, donde llegado el siete de noviembre, se le obligó a permanecer bajo pena en el mesón del Pozo. La disputa entre los dos bandos se había agriado entre los dos bandos; el martes catorce de noviembre, Gonzalo del Pozo abordó en la calle de los Tintes de la ciudad de Cuenca, de malas maneras y con insultos a Juan Redondo, que dirigiéndose, a eso de las doce, a comer a su casa con manteo y sotana, vio cómo salió
de enmendio de la calle que llaman de los Tintes Gonçalo del Poço y con poco temor de Dios y en daño de su ánima y conciencia y sin atender a que mi parte es sacerdote le desafió con forma las palabras diciendo "anda acechando si estoi preso o por donde ando cuenta al probisor, si es hombre tráygase su espada y sálgase aquí afuera que voto a Christo le tengo que cortar las orejas y asiéndole del manteo le tiraba de él repitiéndolo muchas veces y diciendole otras palabras feas
La cárcel voluntaria de Gonzalo del Pozo, aparte de la insidiosa vigilancia del cura Juan Redondo por ver si la cumplía, no duró mucho, pues, a decir de algún testigo, se le había visto huir, ayudado por un criado, con su caballo negro. Gonzalo del Pozo había acudido hasta Cuenca para responder ante el Santo Oficio; las condiciones de su prisión eran relajadas pues se hallaba alojado en el citado mesón de la ciudad de Cuenca, llamado el Pozo o mesón Pintado, en la calle de Carretería, que regentaba un tal Miguel Moracho. Aprovechando estas condiciones de semilibertad, había huido en dirección a San Clemente. Se le había visto camino de su casa, en la venta Amarga de Valverde del Júcar y se decía que le esperaba en San Clemente Martín López de Caballón que le había de proveer de dineros necesarios para un alejamiento temporal.

El provisor del obispado de Cuenca nombra juez de comisión para el caso a Juan de Hinojedo, que emitía mandamiento de prisión el veinte de noviembre de 1634 contra el huido Gonzalo del Pozo y ordenaba un nuevo embargo de bienes que se ejecutó seis días después, a pesar de la oposición de su mujer, María Álvarez, que alegaba haber llevado en dote al matrimonio 23.000 reales. El embargo nos ayuda a conocer el hogar de una persona acomodada: cuatro sillas más baqueta de moscovia y clavería dorada, un completo y costoso ajuar de cama, incluidos dos colchones, otra tinaja de vino de cuarenta arrobas, y ya un gusto por decorar la casa con cuadros de escenas religiosas: un San Francisco, un Jesucristo atado a la columna y un San Pedro.

Detrás de todas estas intrigas andaba la persona del cura de la villa, el doctor Juan Gregorio de Santos, sucesor del doctor Tébar en la parroquia de Santiago. Las acusaciones intentan extenderse sin éxito contra el corregidor Francisco Villavicencio y Cuenca. Mientras, tanto los hermanos del Pozo como los López Caballón habían decidido defenderse, dotándose de los servicios como abogado de uno de los procuradores más prestigiosos de San Clemente, Gabriel López de Haro, y llevando su caso al vicario general de Alcalá de Henares.

Pero, ¿quiénes eran estos hombres, que, hasta ahora, nos aparecen ocultos en la historia de la villa de San Clemente? Tanto Gonzalo como Martín eran mesoneros, disponiendo de sus respectivos mesones en la plaza del pueblo. En el primer caso, su fortuna le había llevado a comprar una regiduría perpetua en el ayuntamiento. Su proyección social, deudora de un oficio bajo, pero fuente de grandes ingresos en una villa que recibía multitud de foráneos y burócratas, en su condición de corte manchega, era muy mal vista en el pueblo. Sus modales, y los de su hermano Diego, dispuestos a resolver cualquier pendencia a palos y pedradas provocaban el rechazo social; su riqueza, capaz de competir con los Astudillo o los Ortega en sufragar festejos populares, provocaba la envidia popular; y en esto, los curas tenían especial habilidad para recoger el odio ajeno. Sin duda, los rejonazos de los curas iban más contra los mesoneros que contra los toros. Es más, creemos que esta familia  del Pozo está emparentada con el vicario Juan del Pozo, sufragador del puente de San Pablo de Cuenca, y a quien vemos rondar por San Clemente en julio de 1553. No descartamos que la familia hiciera fortuna con el negocio de los mesones y que tanto el de San Clemente como el de Cuenca fueran de su propiedad.

Tras su huida y fracaso en la apelación ante el vicario de Alcalá de Henares, Gonzalo del Pozo vuelve a San Clemente para responder ante la justicia. El veinte de mayo de 1635 declara ante el notario episcopal, se defiende alegando que la herida de Francisco Martínez Macacho es propia de un descalabrado y que el incidente de la calle de los Tintes no es sino defensa en su verbalismo de quien se sentía atacada por un inocente cura que escondía una espada bajo su manteo. Torpe confesión pues a continuación su propio hermano declaró haber dado una cuchillada al clérigo. Las conclusiones del fiscal, licenciado Felipe de Villagómez, del 30 de junio son acusatorias contra los hermanos del Pozo, ratificadas tanto por los testigos presentados en la ciudad de Cuenca como por esos otros de la probanza de la villa de San Clemente ante el alguacil de fiscal Lorente López de Tébar. De nuevo los hermanos del Pozo apelarán al provisor de Alcalá de Henares. Pero verse en pleitos en aquella época era enfrentarse a la ruina de la hacienda familiar.

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Mi agradecimiento personal a Julia Toledo, por darme a conocer este pleito. Quedo en deuda con ella, como en tantas otras ocasiones


(1) TORRENTE PÉREZ, Diego. Documentos para la Historia de San Clemente, Tomo II. Madrid, 1975, pp. 229-232

(2)https://historiadelcorregimientodesanclemente.blogspot.com/2017/03/la-rivalidad-taurina-entre-san-clemente.html

Fuente: Archivo Diocesano de Cuenca.  Curia episcopal, legajo 920 / 3416

sábado, 24 de septiembre de 2016

Regulación de mesones y ventas en tiempo de los Reyes Católicos

La regulación del establecimiento y actividad de mesones y ventas se hizo por pragmática de 22 de julio de 1492. La tendencia a establecer mesones implicaba la consolidación de un monopolio en esta actividad, reservándose sus propietarios el derecho de hospedaje de los forasteros y caminantes, pero también otras actividades asociadas como la venta de ciertos productos de consumo. Esto chocaba con la costumbre consuetudinaria de las villas del Marquesado de Villena, entre ellas el Alberca, de la libertad de los vecinos para hospedar en sus casas a esos transeúntes. Derecho de acogida que les suponía una fuente de ingresos complementarios. La colisión de intereses quedó recogido por la mencionada pragmática de 22 de julio de 1492

... algunos caualleros e personas de nuestros rregnos en deseruiçio de nuestro señor en grand cargo de sus conçiençias e en dapno de nuestros súbditos e naturales fasen mesones en sus tierras e lugares e mandan que ninguno pueda acoger en su casa a forasteros ni caminantes ni vender pan ni vino ni çebada ni otras cosas de mantenimiento salvo el que tiene arrendado su mesón  o mesones e que los caminantes e mercaderes rrecueros e otras personas neçesytadas de yr a casa señalada 

Los mesones unían a su papel de posadas la función de tiendas de venta al detalle, donde se podía encontrar todo tipo de productos. Tendían a convertirse en establecimientos que monopolizaban y estancaban la venta de mercancías, restringiendo la libertad de ventas fuera de estos ámbitos y aprovechando para fijar unos precios elevados.

... han de conprar lo que han menester en ella fasen grandes gastos e asy por lo mucho que les lleuan de posada en los mesones como por el presçio que les venden los mantenimientos más caros que en otras partes e que asymismo ponen estancos en los otros mantenimientos e en las tiendas de espeçería, aseyte, pescado e calçado e otras cosas defendiendo que otro ninguno no pueda vender cosa alguna della a estranjeros ni naturales saluo la persona que tiene arrendado el dicho estanco

Los Reyes Católicos se pronunciarán con el carácter de universalidad de la pragmática contra estas prácticas monopolísticas

... hordenamos e mandamos a todos e a cada uno de vos que luego quitéys todos los estancos e vedamientos semejantes e desfagays todos los arrendamientos que tenéys fechos çerca de lo susodicho o qualquier cosa dello e que de aquí adelante no pongades semejantes estancos e vedamientos ni otros algunos ni fagades arrendamientos dellos e dexéys e consintáys libremente a los veçinos e moradores desas dichas villas e lugares e a cada uno dellos acoger en sus casas los caminantes que quisiere de los que pasaren por vuestras tierras e les dexéys conprar los mantenimientos que ouieren menester do quisyeren e que por bien touieren

A esta pragmática se acogería la villa de Alberca de Záncara seis años después para seguir con la costumbre de los vecinos de acoger a forasteros y caminantes frente al mesón establecido en el pueblo. Alberca del Záncara, sin estar en camino real principal, tenía sin embargo, una posición privilegiada de cara a las comunicaciones comarcales, situándose en medio de los caminos de los pueblos de la comarca, que de Belmonte iban a San Clemente o de las Pedroñeras, por Santa María del Campo Rus, a Castillo de Garcimuñoz. De hecho la Alberca tenía una posición principal en el camino de Toledo hacia Levante, que a la altura del Toboso se bifurcaba en dos ramales, uno sur hacia Murcia y otro norte hacia Valencia. Este ramal del camino toledano hacia Valencia, desde el Toboso se dirigía hacia Mota del Cuervo, Santa María de los Llanos, El Pedernoso, La Alberca, El Cañavate y Alarcón para unirse bien en Alarcón bien en el Campillo de Altobuey al camino que desde Madrid iba hacia Valencia. Las Relaciones Topográficas en 1576, presentan a la villa como lugar de descanso, pues la dicha villa del Alberca está a catorce leguas de la raya del reino de Valencia y allí repostan los caballos que pasan a Valencia y Aragón por aquel viaxe. La queja ante el Consejo Real había venido de un vecino del pueblo, Francisco Gallego, un principal de la villa sin duda con intereses propios, que estaba enfrentado a los miembros del concejo, que usaban de un mesón existente en el pueblo como un bien propio más, arrendándolo al mejor postor o, realmente, a personas próximas a los intereses de los oficiales del concejo. Las condiciones del arrendamiento impedían a los vecinos alojar en sus casas a transeúntes, perjudicados además por el estanco de venta de productos que gozaba el dicho mesón. Todo ello, contraviniendo lo mandado por la pragmática arriba reseñada

E agora Françisco Gallego, veçino desa dicha villa del Aluerca nos fiso rrelaçión diziendo que el conçejo de la dicha villa contra el thenor e forma de la dicha nuestra carta premática sançión tyene un mesón en la dicha villa e que lo arrienda e da a las personas que quiere e por bien tyene e que no consienten ni dan lugar a otras algunas personas, saluo el que arrienda e tyene el dicho mesón

Ahora bien, los tiempos iban a favor de ventas y mesones que estratégicamente situados en los caminos acabarían ganando la partida y monopolizando el hospedaje de viajantes. Si el pueblo estaba situado en el paso de un camino (los casos más señalados son El Provencio en el camino real de Madrid y Toledo a Murcia o Hellín en el paso a Murcia) los mesones podían situarse no solo en las afueras sino en la misma plaza del pueblo, caso constatado en El Provencio. Pero estas villas situadas en caminos de tránsito continuo de forasteros, mercaderes, soldados y arrieros solían tener muy mala fama y, caso, de las Pedroñeras o Hellín altas grados de delincuencia. Mala fama tenía en Hellín la venta llamada del Mojón Blanco, lugar de altercados y delitos de sangre y fuente inagotable para reclutamiento de delincuentes para las galeras. En el caso de Las Pedroñeras, al margen del camino real hacia Murcia pero camino de tránsito de las compañías de soldados, la mala fama se extendía a todo el pueblo, siendo también lugar preferido para la leva forzosa de mozos con destino a los presidios. Por eso, caso de San Clemente, se prefería situar las ventas y mesones fuera del pueblo, donde se iniciaban los caminos del Provencio y Las Pedroñeras, que entonces eran las entradas naturales al pueblo desde el Oeste, allí donde finalizaba la calle de San Sebastián.



Archivo General de Simancas, RGS, LEG, 149805, 149. Que el gobernador del marquesado de Villena y los alcaldes de La Alberca guarden la pragmática sanción que se inserta -su fecha: Valladolid, 20 de Julio de 1492- y que prohíbe estancos y vedamientos de mesones. 4 de mayo de 1498

domingo, 1 de noviembre de 2015

Los galeotes y gitanos del Marquesado de Villena (1572)

Las necesidades militares de la Corona en 1572 fueron recibidas en el Marquesado a  través de un mandamiento dirigido al gobernador licenciado Martínez Santotis. El expediente que se ha conservado nos muestra las gestiones del alcalde mayor del Marquesado, el licenciado Gallego de Alarcón, durante 1572, y del propio gobernador Santotis el año 1573. La imagen que se nos traslada es que se echó mano de los presos de las cárceles condenados por las justicias ordinarias y se intentó completar el cupo con los sectores marginales de la sociedad, principalmente los gitanos.

A la parte baja del marquesado fueron enviados los alguaciles mayores Gaspar Pérez de Peralta y Luis de Heredia con un salario de 300 maravedíes diario a costa de los propios y rentas de las villas. Las órdenes que llevaban del alcalde mayor licenciado Gallego de Alarcón eran llevarse a las personas condenadas a galeras por sentencia firme, pero también aquellos condenados sin embargo de sus apelaciones, los presos que por delitos de hurtos, ser rufianes o vagabundos merezcan el castigo de galeras y los gitanos; respecto a los cuáles se decía expresamente prendáis todos qualesquier gitanos que hallaredes en las dichas villas y sus términos y los pornéis en las cárceles públicas.