El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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miércoles, 6 de diciembre de 2023

EL FRAUDE DE LA HIDALGUÍA DE LOS LIZANA, VECINOS DE MONTALBANEJO

 El auto de la Chancillería de Granada de tres de junio de 1785 iba dirigido contra Juan Manuel Fernández Lizana. El susodicho era alcalde de Montalbanejo y se le acusaba de usurpación de la hidalguía de los Lizana. Supuestamente era hijo de Manuel Lizana, ya difunto, que había dejado viuda, María Lucía Fernández Albendea, y varios hijos: Miguel, María, don José Sebastián, don Manuel Antonio, doña María Teresa, doña María Leona, y doña María Ignacia.

Juan Manuel Fernández había contado con la complicidad del escribano Juan Bautista Nebot, para negar la hidalguía a sus hermanos y madre. No habían dudado en abrir y ver el contenido de una provisión real secreta dirigida a la viuda y sus hijos. Ahora la Chancillería ordenaba la prisión del alcalde y del escribano y que fueran conducidos a la cárcel de Granada. En la duda quedaba si el escribano había modificado los padrones de 1760 y 1761, en los que los Lizana aparecían como pecheros, junto a otra familia hidalga de Montalbanejo: los Jiménez


ACHGR, C-5266-223

viernes, 21 de enero de 2022

El Castillo de Garcimuñoz contra El Cañavate por pechos

 

El Castillo de Garcimuñoz había llegado a una concordia con los moradores del suelo de Alarcón para que sus vecinos pecharan por los bienes que tenían fuera de sus términos en el común de Alarcón. En el pleito, las aldeas a la derecha del Júcar había enviado procuradores para entender en el pleito

1.      Pascual Sánchez de Honrubia y Juan Sánchez de Domingo Sánchez, regidores y vecinos del lugar de  San Clemente

2.      Pedro López y Benito Sánchez, vecinos y regidores del lugar de El Cañavate

3.      Martín Cas, vecino y regidor del lugar de La Alberca

4.      Sancho Sánchez, Juan Sánchez y Pedro López, vecinos y regidores del lugar de Santa María del Campo

5.      Gil López y Miguel Fernández, vecinos y regidores del lugar de Honrubia

6.      Martín Sánchez de Meca, vecino y regidor del lugar de Vara de Rey

7.      Juan López, hijo de García López, vecino y regidor del lugar de Villar de Cantos

8.      Juan Sánchez Tejedor y Juan Sánchez del Olmo, vecinos y regidores del lugar de Montalbanejo

9.      Juan Sánchez Cobo, vecino y regidor del lugar de  Villarejo y Juan López de Pedro López, vecino de dicho lugar

10.   Juan Asensio, vecino y regidor del lugar de Tresjuncos

11.   Juan Gómez, vecino del lugar de Alconchel

12.   Lope García, vecino del lugar de El Pedernoso

13.   Juan Sánchez de Pascual García, vecino y regidor del lugar de Las Pedroñeras

14.   Bartolomé Sánchez Sánchez, vecino y regidor del lugar de Las Mesas y Adán López, alcalde del dicho lugar

15.   Bartolomé Sánchez, vecino del lugar de Villalgordo

16.   Miguel Diaz, vecino y jurado del lugar de Olivares

17.   Antón López, vecino y regidor del lugar de la Hinojosa

Seyendo llamados e juntados a común general según e en la manera que lo avemos de uso e costunbre en Santa María del Canpo

Actuaban como testigos en la reunión Ferrand Vázquez de Cuña y Lope Rodríguez de Avilés, vecinos de Alarcón, Juan Sánchez bachiller, vecino de Villaescusa, Juan Alvarez, escribano, Alfonso Martínez, hijo de Velasco Martínez, vecino de El Cañavate, Gil Sánchez, escribano, vecino de Honrubia. En presencia del escribano Alfonso Fernández que daba fe.

Las aldeas eligieron ocho procuradores para representarlas en el pleito con la villa del Castillo de Garcimuñoz: Juan Sánchez de las Cortes, vecino de San Clemente, Juan García, vecino de La Alberca, Martín Sánchez de Arjona, vecino de Santa María del Campo, Guillimón Sánchez, vecino de El Cañavate, Pedro Sánchez Espada, vecino de Montalbanejo, Jimén López, vecino de Villarejo, Miguel Martínez, vecino de Tres Juncos, Juan Sánchez Mañes, vecino de Las Pedroñeras, nuestros ocho rregidores por nos sacados e elegidos.

Los ocho procuradores elegidos apoyaban al lugar de Montalbanejo, que se oponía a que don Alonso Álvarez de Toledo, contador del Rey, tomara posesión de la torre y cortijo en dicho lugar. Habían recibido poderes de los regidores de los lugares del común de Alarcón el 11 de febrero de 1533, en una reunión celebrada en Santa María del Campo.

Las diferencias venían por los bienes que los vecinos tenían en la tierra de Alarcón y su obligación de pechar en las aldeas del común de Alarcón. Se intenta resolver el pleito con dos jueces árbitros, nombrados en el 1 de abril de 1433: Juan González de la Plazuela, recaudador mayor de nuestro señor el Rey en el marquesado de Villena, vecino del Castillo de Garcimuñoz, y Juan Sánchez, bachiller en leyes, vecino de Villaescusa de Haro. El nombramiento corresponde a una carta de compromiso entre las aldeas del común de Alarcón y la villa de Castillo de Garcimuñoz: fecha e otorgada fue esta dicha carta de conpromiso en término de Alarcón en el canpo entre Pinarejo, término desta dicha villa del Castillo e Santa María del Canpo, logar del dicho común de Alarcón, primero día de abril año del nasçimiento de nuestro señor Ihesuchristo de mill e quatroçientos en treinta e tres años, testigos que fueron presentes para lo que dicho es rrogados e llamados Gil Sánchez escriuano vesino de Fuentrruuia e Juan Gonçalez de Auila vesino de Santiago de la Torre e Lope de Oliuares fijo de Alfon Sánchez de Oliuares e Juan de Herriega fijo de Diego Aluarez de Herriega e Juan Vásquez de Auila e Martín Alfon de Alcaraz, escriuano del rrey, e Grabiel Sánchez de Alcolea, vesinos de la dicha villa del Castillo,… e yo Ferrand Sánchez de Orihuela, escriuano del nuestro señor el rrey e notario… en uno con el dicho Alfon Fernández escriuano e notario.

 

La sentencia a la que se llegó dice así:

En Santa María del Canpo, logar del común de Alarcón, quatro días de abril año del nasçimiento de nuestro señor Ihesuchristo de mill e quatroçientos e treinta e tres años, este día en presençia de nos Alfon Fernández del Finojoso e Ferrand Sánchez de Orihuela, escriuanos de nuestro señor el rrey, e sus notarios públicos en la su corte e en todos los sus rregnos e señoríos e de los testigos yuso escriptos, los honrrados Juan Gonçalez de la Plaçuela, rrecabdador mayor de nuestro señor el rrey en el marquesado de Villena que es en el obispado de Cuenca, e Juan Sánchez bachiller en Leyes de Villescusa, jueses árbitros tomados e escogidos por parte del conçejo de la villa del Castillo de Garcimuños e de algunos de los ocho omes buenos rregidores e procuradores del común de la villa de Alarcón dieron e pronunçiaron una sentençia por escripto el thenor de la qual es este que se sygue:

E nos Juan Gonçales e Juan Sanches bachiller jueces árbitros puestos e escogidos para librar e determinar los debates e questiones que son entre el conçejo de la villa del Castillo de Garçimuños e su tierra de la una parte e de la otra los conçejos de Fuentrruuia e Montaluanejo e Santa María del Canpo e el común de la villa de Alarcón en nonbre de los dichos logares e de todos los otros logares del dicho común e los ocho rregidores e procuradores en su nombre sobre rrasón de los bienes que los vesinos de la dicha villa del Castillo tenían e tienen en los logares del dicho común por conpra o por herençia o en otra manera sy deuían pechar por los tales bienes que tenían e tienen en los logares del dicho común o no sobre lo qual judgando e arbitrando por el poderío a nosotros otorgado pronunçiamos en la manera que se sygue:

Fallamos primeramente que segund derecho e ordenaçiones reales e sentençias que los vesinos de la dicha villa del Castillo de Garçimuños e de su jurediçión tienen vesindad en la dicha villa e en su jurediçión todo el año o la mayor parte del año que son tenidos ni deuen pechar ni contribuyr en alguna manera en los logares del dicho común ni en alguno dellos por los bienes que tienen o touieren de oy día en adelante en los dichos logares del dicho común o en algunos dellos por conpra o por herencia o por casamiento o por donaçión o manda o en otra manera qualquier por ende mandamoslo asy, pero mandamos por bien de pas que sy algunos bienes fasta oy día de la data desta nuestra sentençia son vendidos en los dichos logares del dicho común o en qualquier o qualesquier dellos por algunos pechos que sean auidos por vendidos saluo sy algunos son vendidos de Sant Miguel acá en los dichos logares de Fuentrruuia e Montaluanejo e Santa María del Canpo que los tales conpradores sean tenidos de los tornar a los dichos señores dellos syn les dar por ello dinero alguno pero que los dichos logares del dicho común ni algunos dellos no sean tenidos de tornar qualesquier mrs. que tengan rreçibidos por los dichos pechos en cualquier manera saluo lo que dicho es.

Otrosy mandamos por bien de pas que qualesquier logares del dicho común a la dicha villa del Castillo o a qualquier logar de su jurediçión que los no puedan rreçebir por vesinos de la dicha villa ni de qualquier logar de su jurediçión saluo ende con que sy fuera postero en la dicha villa del Castillo e su término e en este rrespeto dende ayuso e que la dicha villa del Castillo e su jurediçión no los pueda rreçebir saluo con el dicho cargo

Otrosy en rrasón de las costas fechas para las dichas partes amas mandamos que sea fecha conpensaçión dellas e que cada una de las dichas partes se pare a las que fiso e açerca de las otras cosas contenidas en el dicho conpromiso por las dichas partes otorgado no fasemos determinaçión alguna al presente mas dexamos a saluo a las dichas partes e a cada una dellas su derecho a saluo en quanto lo han e tienen e mandamos a las dichas partes e a cada una dellas que estén e pasen por lo que aquí es por nos judgado e declarado so la pena que es dicha en el dicho conpromiso e por nuestra sentençia, asy lo pronunçiamos e mandamos con estos escriptos e por ellos va escripto entre rrenglones e o dis todo el año o la mayor parte déle o dis ni contribuir en alguna manera vala e no le enpesca Juan Gonçález Juan Sánchez bachiller. Dada en pronunçiada por los dichos jueses árbitros en presençia de los dichos Juan Garçía del Aluerca e Martín Sánchez de Arjona dos de los ocho omes buenos rregidores e procuradores del dicho común e en absençia de la otra parte testigos que fueron presentes el bachiller Juan de Sarantes corregidor de Alarcón e Ferrand Alfon Merino e Pascual Sánchez de Molina vesinos de la dicha villa del Castillo e Ferrand Martínez Merino vesino de la dicha villa de Alarcón e Alfon de Villescusa e va escripto entre rrenglones o dis por escripto no le enpesca e yo Ferrand Sánchez de Orihuela escriuano de nuestro señor el rrey e su notario público en la su corte e en todos los sus rregnos e señoríos que al pronunçiar desta dicha sentençia presente fui en uno con el dicho Alfon Fernández notario e con los dichos jueses árbitros e testigos e la escreuí en estas dos hojas deste quaderno de pergamino con esta en que va mi sygno e en fin de la una hoja de la una parte va firmado de mi nonbre e de la otra parte va una rraya de tynta del dicho Alfon Fernández e fis aquí este mío signo en testimonio e yo Alfon Fernández del Hinojoso escriuano de nuestro señor el rrey e su notario público en la su corte e en todos los sus rregnos e señoríos que con los dichos Ferrand Sánchez notario e jueses árbitros e testigos fuy presente a la data desta sentençia segund que de suso va declarado en testimonio de verdad fis aquí este mio signo Alfon Fernández notario.

En la villa del Castillo çinco días de abril año del nasçimiento del nuestro señor Ihesu Christo de mill quatroçientos e treynta e tres años, este día estando juntados a conçejo en la sala de la dicha villa el conçejo e caualleros e escuderos e ofiçiales  e omes buenos de la dicha villa e estando en el dicho conçejo Juan Sánchez de Ayllón alcalde en la dicha villa por el honrrado Juan Fernández de Cornago bachiller en decretos corregidor de la dicha villa por nuestro señor el rrey e Iñigo de Cornago alguasil en la dicha villa e Juan Fernández de Luz e Manuel González del Castillo regidores de la dicha villa e Lope de Alarcón e Áluaro de Cañisares e Juan Fernández de Peñafiel e Diego Fernández de Luz e Alfon Sánchez hijo de Alfon Sánchez e Alfon González de Piñán e Pero Garçía de Almoguera e Ferrand Alfon de Cucuron e otros muchos vesinos de la dicha villa a pregón llamado segund que lo an de uso e de costunbre de se juntar el dicho conçejo dixeron e otorgaron en presençia de mi el escriuano e de los testigos yuso escriptos que por quanto sobre los pleytos e debates que eran entre algunos vesinos desta dicha villa e el dicho conçejo e algunos logares del común de Alarcón e el dicho común sobre rrasón del pecho que se echaua e rrepartía en los dichos logares del dicho común a los vesinos de la dicha villa que tenían bienes en los dichos logares del dicho común algunos vesinos algunos vesinos desta dicha villa e çiertos de los ocho omes buenos rregidores del dicho común de la dicha villa de Alarcón ouieron escogido por sus jueses árbitros arbitradores jueses de aluedrío a los honrrados Juan Gonçález de la Plaçuela e Juan Sánchez bachiller de Villescusa para que entre ellos lybrasen sobre los dichos pleitos lo que ellos quisyesen e les ouieron asygnado el término çierto para los librar en el dicho término a ellos limitado los dichos jueses árbitros ouieron pronunçiado sentençia en los dichos pleytos segund que todo más largamente todo auía pasado por ante Alfon Fernández del Hinojoso e ante mi dicho escriuano por ende que el dicho conçejo que allí estauan juntos por ellos e por sus subçesores que rretificauan el dicho conpromiso por los dichos sus vesinos en la dicha rrasón otorgado e lo auían por rrato e firme e valedero e otrosy dixeron que consentya e consintyeron en la sentençia por los dichos jueses árbitros dada e pronunçiada en la dicha rrasón por ante nos los dichos escriuanos, testigos que fueron presentes Diego Diaz de Cauallón e Lope Sänchez de Torrijos e Pero Sánchez Machaco e Lope Sánchez sillero e Juan Fernández hijo de Miguel Fernández de Oliuares e Martín López de Portilla e Juan Garçía Baruero e otros muchos vesinos de la dicha villa del Castillo e yo Ferrand Sánchez de Orihuela escriuano de nuestro señor el rrey e su notario público en la su corte e en todos los sus regnos que a lo que dicho es presente fuy …

 

El 19 de junio de 1519 El Castillo de Garcimuñoz consigue un plazo de ochenta días para presentar sus pruebas, pero el pleito, es de temer que, por las Comunidades, solo se retomaría el año 1526. El Cañavate ganaría sentencia favorable por sentencia de Granada de 15 de diciembre de 1528

 

 

Concejo de El Cañavate en 9 de abril de 1518

 

Martín Martínez Bermejo, alcalde ordinario.

Ginés Fernández, alguacil

Juan de Olivares, Ugenio López. Martín López del Ramo, regidores

Pascual López, Arias de Tébar, Juan Prieto Escribano, Alonso Martínez Cano, Pedro Jiménez, Juan del Ramo, diputados del concejo

Alonso de Piqueras, escribano


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. PLEITOS CIVILES, 10900-15

lunes, 27 de septiembre de 2021

CAPELLANÍAS DE ALARCÓN EN 1546

 

CAPELLANÍAS EXISTENTES EN LA VILLA DE ALARCÓN U SU TIERRA EN 1546

 

Capellanía fundada por Constanza Díaz de Alcantud, mujer de Juan de Villanueva

·        Bienes vinculados: Casas, huerta, majuelo y yunta de heredad en las labranzas de Olmedilla

·        Obligaciones: una misa semanal los jueves

·        Patrón: Diego Páez, primo de la mujer, y luego sus sobrinos Cristóbal y Diego de Illescas

·        Capellán: Los dos hermanos Illescas y luego Antón de Moya

·        Fundación: en 1525 por testamento de Constanza

·        Capilla y Capellanía de Constanza Díaz de Alcantud

 

·        Contaban los testigos que, a comienzos del siglo XVI, cerca de 1525, murió Constanza Díaz de Alcantud, hija y heredera estaba casada con Juan Villanueva, ambos moradores en Olmedilla de Alarcón. Al morir dotó una capellanía en la capilla de sus antepasados en la iglesia de Alarcón, que es de la advocación del Corpus Cristi, para cuyo mantenimiento vinculó algunos bienes en Olmedilla: una yunta de tierras, ochenta almudes, una huerta, lindantes con la de su primo Diego Páez, y cuatro mil vides, además de una casa, lindera de una casa de Hernando de Cuña, vecino de Barchín, La capellanía quedó a cargo de su primo Diego Páez y luego del clérigo Cristóbal de Illescas y, después de otro clérigo, Diego de Illescas, hermano del anterior.

·        Constanza era hija de Pedro Díaz de Alcantud y de María Alonso de Ágreda, moradores en Olmedilla. La cláusula del testamento de fundación de esta capellanía dice así: Otrosi mando a la nuestra capilla del señor San Juan que procede de mi abolengo donde yo tengo de ser sepultada que sea comprado de mis bienes un calice de plata con su patena de plata que aya en ello dos marcos para que se celebre con él el culto divino en la dicha capilla por siempre jamás e sea comprado e fecho de lo mejor parado de mis bienes; otrosi mando para la dicha capilla un brial de grana que yo tengo para que de él se haga una casulla”

 

 

Capilla de los Páez, en la iglesia de San Juan: ese año de 1546 derribada y hundida, “capilla muy antigua, de sus antepasados”

 

Capellanía de Francisco Tello en la iglesia de Santiago

·        Bienes vinculados: quinientas a seiscientas almudes de tierras en las labranzas de Valhermoso

·        Obligaciones: dos misas semanales (y otra misa en la iglesia de Chinchilla en la capellanía que tiene una prima), cierta limosna y unos oficios de tres liciones el día de Santa Catalina

·        Patrón: Concejo de Alarcón (García Zapata también hace patrón a Diego de Luz)

·        Capellán: Diego Granero (según otros testigos, su sobrino Diego Juan)

·        Fundación: hacia 1537

Capellanía de Juan Sevilla y su mujer Juana Saiz y Miguel de Almazán en la iglesia de Santa María

·        Bienes vinculados: Cuatro ruedas de molinos (que venderá Ortega de Sevilla, hijo de Juan, por deudas), una pila de batán y tierras en Tejeras, casas linderas con las de María de Vera, mujer de Martín de la Serna en la plaza de Alarcón y otras casas, y dos o tres suertes de viñas.

·        Obligaciones: tres misas cada semana y unos oficios para San Andrés

·        Patrón: Ortega de Sevilla Y Pedro de Vera y luego suceden en el patronazgo su hijo Hernán Gómez (por la parte de Juan Sevilla) y Juan Francisco (por la parte de Miguel de Almazán y su sucesor Pedro de Vera)

·        Capellán: Hernán Gómez y Juan Francisco

·        Fundación: 1498

Capellanía del contador Andrés del Castillo Quijano fundando una iglesia y capilla bajo la advocación de San Andrés, donde están enterrados

·        Bienes vinculados: Dehesa de Cabeza los Silos y dos pilas de  batán y otros bienes

·        Obligaciones: Una misa diaria los sábados perpetuamente y unos oficios el día de San Andrés

·        Patrón: Quijano Castillo, su hijo

·        Capellán: Clérigos de la villa

·        Fundación: sin fecha (ca. 1540)

Capilla de los Ruiz de Alarcón en la iglesia de San Juan, capellanía llamada de los Ruices

·        Bienes vinculados: Un heredamiento en Honrubia y otro en Vala de Rey

·        Obligaciones: Una misa cada semana

·        Patrón: Señor de Valverde

·        Capellán: Diego de la Parrilla

·        Fundación: sin fecha

Capellanía de Francisco Saiz y su hermana Catalina de Maese Juan

·        Bienes vinculados: Una casa en la plaza dejada al clérigo Antón Moya

·        Obligaciones: una misa anual para Santa Catalina

·        Patrón: el concejo de Alarcón

Capilla de Lope Cibdad y su mujer Catalina de la Parrilla y el cura Gómez de la Parrilla, en la iglesia de Santo Domingo bajo la advocación de Nuestra Señora de la Concepción

·        Bienes vinculados: Heredamiento, viñas y casas en Tébar, sesenta almudes en las Chozas y otro heredamiento en El Picazo

·        Obligaciones: Dos misas cada semana y celebrar la fiesta de la Concepción

·        Patrón: Diego Parrilla

·        Capellán: Diego de la Parrilla, el mismo de los Ruices

·        Fundación: sin fecha

Capilla de San Ildefonso de la familia de los Montoyas, en la iglesia de Santo Domingo

·        Bienes vinculados: en las labranzas de Tébar, ciento cinco almudes de cebadales y trigales, que posee Hernando de Espinosa, y un parral en la ribera del Júcar, en la hoz.

·        Obligaciones: misa el día San Ildefonso

·        Patrón: Hernando de Espinosa Vizcarra

·        Capellán: Juan de Valverde

·        Fundación: se declara su gran antigüedad

Capilla y Capellanía fundada por Beatriz Boti, mujer de Luis de Guzmán, en la iglesia de Santiago

·        Bienes vinculados: Un cuento de maravedíes cada semana, cinco ruedas de molino, una huerta y heredamiento en Peña Quebrada y dehesa de la casa de Arcas

·        Obligaciones: dos misas vinculadas cada semana

·        Patrón: Su hijo Diego

·        Capellán: Gaspar Páez

·        Fundación:

Capellanía fundada por Francisco León

·        Bienes vinculados: Un parral en la ribera del Júcar, en Peña Rubia, y una bodega en Alarcón

·        Obligaciones: misas el día de San Francisco

·        Patrones: Elvira Ramírez y Catalina de Requena, hijas

·        Capellán:

·        Fundación: 1546

CAPILLAS EN OLMEDILLA DE ALAARCÓN

Capellanía en la Iglesia de San Pedro de Olmedilla de Alarcón, fundada por Juan Carretero

·        Bienes vinculados: dos hazas de pan llevar en la vega de Arriba y en la de Abajo

·        Obligaciones: una misa anual

·        Patrón: su hija Juana López

·        Fundación: hacia 1540

CAPILLAS EN GASCAS

Capellanía en la iglesia (ermita) de San Antón de Gascas, fundada por los vecinos de Gascas

·        Bienes vinculados: un haza en el camino que va de la acequia a las eras, y un huerto de cuatro ducados

Capellanía en Gascas, fundada por la mujer de Diego de Belinchón

·        Bienes vinculados: Un huerto en las Cámaras

Capellanía en la iglesia de San Antón de Gascas, fundada por Elvira Doctora

·        Bienes vinculados: un haza en la presilla

Capellanía en la iglesia de San Antón de Gascas, fundada por Catalina Doctora

·        Bienes vinculados: Un haza en las Cámaras

Capellanía en la iglesia de San Antón en Gascas, de Gil de Olmedilla el viejo

·        Bienes vincudados: un haza en el camino que va del río al monte

Capellanía en Gascas, sin saber el testador

·        Bienes vinculados: tierra, huerta y viña en Olmedilla

Capellanía en Gascas

·        Bienes disponibles: Arrendamiento de los molinos de Valdespinar

·        Obligaciones: cincuenta misas

·        Patrón: Herederos de los propietarios

CAPILLAS DE HONRUBIA

Capellanía en la iglesia de Honrubia, fundada por el marqués viejo

·        Bienes disponibles: mil maravedíes en las alcabalas de Honrubia

·        Obligaciones: una misa cada semana y una vigilia el día de la Magdalena por el ánima de la clavera

·        Patrón: Francisco de Lorca, teniente de cura de la iglesia del lugar

·        Capellán: Hernando de Orteguilla

Capellanía fundada por María de Ávila, la mujer de Diego Pastor en Honrubia

·        Bienes disponibles: 20000 maravedíes

·        Obligación: una misa cada semana

·        Patrón: Pedro de Ávila, su hijo, y Sebastián de Ávila, su sobrino y luego los de su linaje

Capellanía de María Morena, mujer de Bernardino Pastor

·        Bienes vinculados: 20000 maravedíes, su marido disponga cada año de mil mrs.

·        Obligación: una misa cada semana por las ánimas del purgatorio

·        Patrón: El concejo de Honrubia en su ausencia

·        Capellán: los clérigos que el concejo quisiere

Capellanía de Alonso Martínez de Ávila y su mujer Juana Navarra en Honrubia

·        Bienes vinculados: Casas en Honrubia y censo sobre un majuelo de Pedro Carretero (es lo que queda después de pagar las deudas)

·        Obligación: una misa cada quince días

·        Patrón: el concejo de Honrubia, por no tener hijos

·        Capellán: Sebastián de Ávila y luego el que eligiere el concejo más próximo a su linaje

·        Fundación: 1527, modificado en 1533

Herederos de Francisco de Lorca, clérigo, en Honrubia

·        Bienes vinculados: veinte mil maravedíes

·        Obligación: una misa a la semana

·        Patrón: Juan González

·        Capellán: Juan González, clérigo

Capellanía de Alonso Sánchez en Honrubia

·        Bienes vinculados: cien fanegas de pan llevar

·        Una misa cada semana

·        Patrón: regidores de Honrubia

·        Capellán: Su hijo Francisco, que recibe catorce fanegas de trigo anuales, y luego Alonso de Villanueva, cura de San Nicolás de la villa de Requena

·        El testamento dice literalmente en la fundación de la capellanía: “yten digo que porque tengan algún refrigerio las ánimas de Çesilia Villanueva mi muger y mías quando Dios nuestro señor sea servido de las llevar deste syglo e las aparte de las carnes” Entiéndase refrigerio como alivio o consuelo a las penas.

 

 

CAPELLANÍAS DE LA HINOJOSA

Capellanía de Hernán Ruiz de Molina, vecino de Olivares, rotatoriamente, en las iglesias de Hinojosa, Alconchel, Montalbanejo, Villalgordo y Villar de la Encina

·        Bienes vinculados: cuarenta ovejas y un heredamiento en Montalbanejo, otro en Alconchel, y otro en Villagordo

·        Obligación: misa cada cuatro años

·        Patrón: el abad mayor del cabildo de Alconchel y, en ese momento, Pedro Hernández, cura de la Almarcha.

Capellanía fundada por Ginés de Ayala en la Hinojosa

·        Bienes vinculados: Tierras de seis yuntas de heredad, una huerta y un majuelo de mil ochocientas cepas, lindero de otro de Hernando de Tébar,  y unas casas lideras con las de Rodrigo de Lomas.

·        Patrón: Diego de Ayala. El sistema sucesorio en el patronazgo era algo común, pasaba al familiar más próximo y, en ausencia de estos, al  concejo.

Capellanía fundada por Isabel Suárez en Hinojosa

·        Bienes vinculados: casas lideras de Pedro de  Alonso y una yunta de heredad

·        Obligación: tres misas al año

·        Patrón: Ginés de Ayala y a su muerte las ánimas del Purgatorio

CAPILLAS DE MONTALBANEJO

Capellanía de las ánimas del Purgatorio de Juan Chicote, natural de Montalbanejo y vecino de Villar de Cañas, en la iglesia de Montalbanejo. La capellanía de las ánimas del Purgatorio ya existía de antiguo y ya había sido dotada por un hijo de Juan del Olmo  y otras donaciones. La capellanía sería nuevamente, después de Chicote, dotada por María Cabrera, mujer de Juan Martínez con unas casas. La capellanía rentaba de ocho a nueve mil mrs. cada año.

·        Bienes vinculados: casas linderas de las de Juan de la Serna y tierras de cincuenta almudes dejadas por la mujer de Juan Chicote y diez mil mrs. y doscientas ovejas dejadas por Juan Chicote

·        Obligación: doce misas, seis de ellas cada semana

·        Patrón: Bartolomé Chicote y el concejo de Montalbanejo

·        Capellán: presentado por el patrón y el concejo de Montalbanejo para su aprobación por el provisor y obispo de Cuenca

·        Fundación: hacia 1525 por Juan Chicote sobre otra más antigua de las ánimas del Purgatorio

·        Descripción de la capellanía por Gonzalo de Montavo: En este lugar de Montalvanejo ay una capellanía que dizen de las ánimas del purgatorio que avrá treinta años poco más o menos que un buen hombre que se llamava Juan de Chicote natural deste dicho lugar e morador de Villar de Cañas ynstituyó la capellanía de las dichas ánimas del purgatorio e dexó para la dotación della diez mill mrs. e dozientas ovejas de ganado cavañil con cargo de tres misas cada semana e que quiso que se juntase con la capellanía de las ánimas del purgatorio la qual de tiempo antiguo tenía unas casas alinde de casas de Juan de la Serna las quales dexó un hijo de Pedro del Olmo que era otro buen hombre de este pueblo e que asymismo tiene un poco de heredad que avrá hasta dozientas almudadas las quales dexó Antona donzella hija de un hombre que se llamava Juan Moreno e otro su tío de la dicha donzella que se dezía Pedro Esteso y que la dicha casa y heredad estuvo perdida algunos años syn estar cuydada ni que nadie la tuviese por suya hasta que el dicho Juan Chicote diese las dozientas ovejas e los dichos diez mil mrs. e la ynstituyó con voluntad del ordinario e luego presentó a Juan López por clérigo estante en este dicho lugar e la tuvo en este tiempo e después la rrsynó e andado de uno en otro e syempre que se rresygna o muerte por alguno el concejo deste lugar e al el capellán como patrones porque en la ynstitución que el dicho Juan Chicote hizo nombra por patrones al concejo deste lugar e al dicho Bartelomé Chicote e a sus descendientes con las condiciones en la dicha ynstitución hechas que a de ser el tal capellán pariente del dicho Juan Chicote e que a de ser rresidente el tal capellán en el pueblo y el cargo que tiene son seys misas.

Capellanía fundada por Mari López, mujer de Hernando de Vera, dotada con veinte mil mrs. procedentes de una heredad. Al presente, vacante

Capellanía del Olmillo (Olmillos, antiguo lugar de Alarcón), fundada por Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón, señor de Altarejos, dotada con una heredad de setecientos almudes de tierras y que rrentan en cada un año hasta ocho cahíces de pan por medio con los diezmos (un total de setenta fanegas) que son de las dichas capellanías que se dizen las misas en Altarejos que allá se lleva la rrenta

 

CAPELLANÍAS EN TÉBAR

Capellanía fundada por Pedro de la Parra, vecino de Alarcón, en la iglesia de Tébar

·        Bienes vinculados: noventa almudadas de tierras de trigales donde dicen la casa de Martín Rodríguez

·        Obligación: oficio de tres liciones con una misa cada año

·        Patrón: iglesia de Tébar

Capellanía de Pineda, vecino de Alarcón, en la iglesia de Tébar

·        Bienes vinculados: casa, alinde de casas de Gil de Valbuena y una viña (vendida la viña por la iglesia)

·        Obligación: un responso los sábados

·        Patrón: iglesia de Tébar

Capellanía de Lope de Cibdad y su mujer, moradores en Tébar, fundada en Alarcón (vid.) y la de los Montoyas (vid.)

 

ARCHIVO DE LA NOBLEZA. FRÍAS. C. 702, DOC. 23

 

miércoles, 5 de agosto de 2020

ACUÑA-VILLODRE DE MONTALBANEJO

1.- Fernán Vázquez de Acuña casó con doña Mencía de Villodre, que tuvieron casas en Montalbanejo, lugar de Alarcón, y en Alconchel y Santa María del Campo. Fallecidos en 1480. La doña Mencía de Villodre era hija de Juan de Villodre (puede ser el halconero mayor del rey de Navarra, que vivía año 1426) y de Constanza Suárez como lo dicen Fernán Vázquez y Catalina sis hijos en la partición. Son sus hijos...

2a.- Juan de Acuña, con poder su cuñado Fernando de Alarcón su cuñado hizo partición de bienes de su padre; fue ignorante.

2b.- Hernán Vázquez de Acuña, casó con ............... y el año de 1481, a 22 de enero,  junto a su hermana doña Catalina hizo árbitros para la partición de los bienes de sus padres a los honrados Juan Redondo y Juan de la Peña, moradores en Montalbanejo, y ellos le adjudicaron los heredamientos de Alconchel y de Santa María del Campo y el molino de la Angostura con tal que mantuviese por toda su vida a Juan de Acuña, su hermano; dada la sentencia a 27 de enero de 1481, ante Juan de Molina escribano.

2c.- Doña Catalina de Acuña, a la cual el maestre don Juan Pacheco y la marquesa doña María Portocarrero casaron con Fernando de Alarcón y la dotaron como ella misma lo declara en el inventario de los bienes de su marido en la partición de los bienes de sus padre tomó los heredamientos de Montalbanejo. 

Real Academia de la Historia — Signatura: 25, fº 239 (2ª foliación). — Signatura anterior: D-25, fº 239 (2ª foliación).

domingo, 25 de marzo de 2018

La familia Resa, de Alconchel de la Estrella


Escudo en lo que fue casa de los Resa en la villa de San Clemente (Foto, Laura Mainar). El escudo se encuentra en la calle Cruz Cerrada 11; la casa, propiedad de los Manzanares en el siglo XVIII, fue morada anterior del regidor don Pedro Pacheco Guzmán y su mujer doña Isabel de Resa. Era la casa familiar de los Resa, ... y aunque este testigo no se acuerda de conocer a Doña Isabel de Resa, sabe muy bien de cierto fue mujer legítima de Don Pedro Pacheco y que cuando se casaron la dieron en parte de dote la casa de Resa, en término de dicha villa, a mano izquierda del camino de Santiago... y vivió en la Calle Cruz Cerrada en las casas que poseen Pedro de Manzanares y Francisco Escobar (BNE, Ms. 13092. Genealogía de los Pacheco de Minaya)

Antonio Rosillo conocía bien a Diego de Resa, pues estaba casado con su madre, aunque el hijo no era natural del matrimonio. El niño tenía tres años cuando Antonio Rosillo y la viuda María de Haro se casaron, la fecha de la boda fue hacia 1503 o 1504. Así contaba Antonio Rosillo su matrimonio con la viuda
que este testigo se avía ydo a casar desde la dicha villa (de San Clemente) a Alconchel con la dicha su madre (de Diego Resa) y vivió en ella dos años en temporadas, estando allá la dicha su muger y este testigo en San Clemente, yendo allá en temporadas los dichos dos años e que conosçió a Françisco de Resa padre del que litiga de vista e abla, que le avía visto en Alconchel e le avía visto este testigo solo una vez pasando de camyno e le abraçó por amystad y entonçes supo como hera hijo de Alonso de Resa e marido de la muger deste testigo e después que lo avía visto e ablado desde a pocos días, creya que un año o dos falleçió y este testigo se casó con la dicha su muger y hera de edad de poco más de veynte años e que ansy mesmo conosçió a Alonso de Resa, abuelo del que litiga e a su muger viéndolos e tratándolos en el dicho lugar de Alconchel que hera a çinco leguas de San Clemente
Vista de Alconchel. Ruinas del Castillo al fondo.
Imagen tomada del blog: http://www.elarteencuenca.es/blog/

El bisabuelo, también de Alconchel, era Juan de Resa. Dejó tres hijos, Alonso, que siguió en Alconchel, y otros dos hijos que marcharon a Villalgordo y Montalbanejo. El abuelo, Alonso de Resa estaba casado con Catalina Pinarejo, mujer natural de la aldea del mismo nombre y criada de Garci Hernández de Tébar, morador en Montalbanejo. Del matrimonio había nacido un hijo llamado Francisco de Resa que casaría con María de Haro, hija del hidalgo Alonso de Haro, establecido en Alconchel. Antonio Rosillo casaría con la viuda María de Haro, que por entonces, hacia 1503, tenía ya dos hijos de su primer matrimonio: Diego de Resa y Alonso de Haro. Ambos se criarían con su padrastro y su madre; Diego permanecería en San Clemente y Alonso de Haro se avecindaría en Montalbanejo.

Locuaz en la información sobre los Resa es el hidalgo Rodrigo de Luz, hidalgo de setenta y dos años, vecino de Villalgordo del Marquesado, distante una legua de Alconchel, donde además tenía una heredad. Rodrigo conocía a a todos los vecinos de Alconchel, hacia 1530 un pueblo pequeño de cincuenta vecinos, y en especial, al abuelo de Diego, Alonso de Resa, que jugaba a los dardos en Villalgordo, y que había muerto de pestilencia con cincuenta y seis años (hacia 1509, aunque debemos poner en cuarentena esta fecha, tanto como su edad). Como otros testigos,conocía a los Resa como familia hidalga, asentada en Alconchel y con hacienda de hazas trigales y viñas, desde el bisabuelo Juan de Resa. Pero a este último ya no se le conocían parientes. Es aquí, donde Rodrigo de Luz nos aporta un supuesto origen familiar en Valdeganga y Beteta
e que el dicho Juan de Resa no lo avía conoçido nyngunos hermanos ni parientes e que avía unos que se deçían los rresas vezinos de Beteta e Valdeganga e que aquellos avían estado e estavan allá
No obstante, otro testigo, García de Pinedo, de ochenta y seis años, atestiguaba que era cierto que una de las ramas familiares estaba extendida por la Sierra conquense, pero que el hogar familiar y casa solar radicaba en la aldea de Sotoca
e que avía oydo dezir que aquellos rresas tenían otros parientes en la sierra de Quenca e que avía oydo dezir a personas que no se acordaba que avían sido y heran hidalgos e que estaban en posesión dello e que Garçi Hernández de Tébar y el bachiller Resa avía oydo deçir que avían sydo y eran sus parientes no sabía en qué grado y sy de barón e que no les conoçió otros parientes que este testigo se acordase e que avía oydo dezir que la generaçyón del que litigaba avía sido de un lugar que se deçía Sotoca, que hera haçia Torralba e que avía oydo deçir a personas, que no se acordaba, que venían de camyno e deçían que heran de aquella parte de açia Sotoca e que en él tenían parientes los rresas

Ermita de San Roque. Sotoca


Asentados en Alconchel, los Resa habían hecho de este pequeño pueblo su solar, desde allí se habían extendido por Villalgordo, Montalbanejo, Villanueva de Alcorón, y posteriormente, Villaescusa de Haro. En las gradas de la iglesia del lugar de Alconchel estaban enterrados Juan y su hijo Alonso. Juan de Resa había tenido tres hijos: el mencionado Alonso (abuelo del sanclementino Diego), Diego de Resa, avecindado en Montalbanejo, y Juan de Resa, que se avecindó en Villalgordo del Marquesado. Rodrigo de Luz, como otros testigos, insistía en que la única tacha familiar había sido el matrimonio del abuelo Alonso con una pechera, Catalina Pinarejo (la criada de Garci Hernández de Tébar). No eran guerreros estos Resa, pues no habían participado en la guerra de Granada, aunque sí habían hecho valer sus derechos para no pagar los servicios extraordinarios establecidos por los Reyes Católicos con motivo de tal guerra.

La veracidad de los testimonios sobre los Resa es creíble, pues corresponde a vecinos de pueblos pequeños y próximos donde se conocían todos. Así lo aseguraba García Pinedo, un pechero de Montalbanejo, que conocía uno por uno a los setenta vecinos de su pueblo en 1530, pero también a los vecinos de Alconchel. Según Juan Ruiz de Requena, Alconchel era una aldea de apenas catorce vecinos hacia 1500, aunque lo que más destacable es la permeabilidad entre los pueblos de la zona: las haciendas de los vecinos se reparten indistintamente entre Alconchel, Villalgordo o Montalbanejo,distante una legua, e incluso en Villaescusa de Haro, distante dos leguas. Así, las propiedades familiares rompen los límites que los señoríos imponían.

Diego de Resa vería reconocida su hidalguía por sentencia de la Chancillería de Granada de 19 de abril de 1532. De la fecha de la carta ejecutoria, solo conocemos el día, 1 de febrero; hemos de suponer que el año es 1533. Unos cuarenta años después, Francisco de Resa Haro, hijo de Alonso de Haro y sobrino de Diego, se había mudado a Villaescusa de Haro; ante el concejo de esta villa, apelando de nuevo a la Chancillería de Granada, intenta ver reconocida su hidalguía. Por entonces, la carta ejecutoria familia anda en poder de un nieto de Diego Resa, llamado también Francisco, era el único heredero que quedaba de Diego, un hombre casado apenas hacía dos años, en 1572, y muy ocupado en sus labores del campo. La ejecutoria se la había dado su abuela, Isabel López, viuda de Diego de Resa, ambos se habían casado en 1521. Estos Resa acabarían enlazando, con el tiempo, con los Pacheco en la villa de San Clemente. El apellido familiar acabaría desapareciendo. La integración en la villa de San Clemente no fue fácil, amparados por la protección del padrastro de Diego, Antonio Rosillo, vieron, sin embargo, como hidalgos viejos de la villa, tal que Antón García, de setenta años en 1531, los aceptaban a regañadientes en el reducido grupo de hidalgos sanclementinos de la primera mitad de siglo.





Archivo de la Real Chancillería de Granada. HIDALGUÍAS. Caja 4498, Pieza 9. Real Ejecutoria de hidalguía de Diego de Resa, vecino de San Clemente. 1531. (Signatura antigua: 304-526-2)

sábado, 8 de octubre de 2016

Los Vargas y el crimen en el Villarrobledo de 1611


El matrimonio entre Juan García de Vargas y Catalina Martínez de Arce, la hermana del escribano Francisco Rodríguez de Arce, se había contraído a comienzos de 1600. El matrimonio había sido un calvario para la mujer, sometida a un maltrato continuo de palabras injuriosas y agresiones físicas de un marido despreocupado de los asuntos familiares y de la hacienda familiar, que, habiendo sido en parte aportada por la mujer, menguaba de forma continua por los sucesivos derroches del marido. En 1608, este hombre, poco apegado a su familia, había marchado a Andalucía, donde había vagado por la ciudad de Sevilla y otros lugares hasta asentarse en un lugar próximo a Ronda llamado Zahara, allí se había amancebado con una moza, con la que había tenido un hijo. La aventura pasajera había tornado para nuestro inconstante personaje en obligación permanente, incapaz de escapar a las redes familiares de la joven zahareña y preso de una bigamia de hecho, aunque simple amancebamiento y no plasmada en matrimonio como era el deseo de la amante.

Juan García de Vargas tenía que elegir: o su matrimonio con la villarrobletana o regularizar su relaciòn con la zahareña. Una de las dos mujeres sobraba en sus planes y como estos planes eran trazados desde Zahara, era evidente que el destino jugaba en contra de Catalina Martínez de Arce. Su desaparición y asesinato fue planeado en tierras andaluzas en los círculos familiares de la amante zahareña, pero la ejecución se había de hacer en Villarrobledo. La planificación y ejecución del asesinato merecería ocupar la primera página de, valga el atrevimiento, El Caso de la época. En la comisión del asesinato se implicaron tanto la familia de la amante zahareña como la de Juan García de Vargas. Los primeros pondrían el dinero para pagar a dos sicarios andaluces, en palabras del expediente bandoleros, que se desplazaron hasta Villarrobledo. En la casa de la hermana de Juan García Vargas se refugiarían los sicarios andaluces a la espera de cometer su crimen.

Aunque la preparación del crimen tenía tanto de descabellado como de torpeza, el lugar elegido, Villarrobledo, era el más adecuado. Esta villa manchega se extendía por varias hectáreas, sus típicas casas de un sola planta, y un segundo falso piso ocupado por una cámara, se desparramaban apiñadas en una amplia superficie. Contaban con patios interiores, que daban acceso a cuevas o bodegas subterráneas, donde se conservaban los alimentos y vino para consumo doméstico. Un pueblo cuya extensión se desparramaba por el horizonte y cuya existencia vital se recogía en torno a los patios interiores, ocultaba multitud de actos violentos que quedaban sin castigo. Sus secretos quedaban en el interior de sus encaladas paredes. Cuando los delincuentes y asesinos eran descubiertos, aprovechaban las colisión de las jurisdicciones privativas de los lugares de señorío cercanos que chocaban con la real de los alcaldes ordinarios para huir a lugares próximos como El Provencio o Minaya. La justicia local impotente debía elegir entre la intromisión del corregidor en la primera instancia local o el envío desde la Corte de jueces de comisión propios, que solían estar actuando en la comarca. La lentitud de los procesos judiciales provocaban la acumulación de casos sin resolver y que los delitos quedaran impunes o que los delincuentes tuvieran tiempo suficiente para escapar a tierras de señorío, donde se encastillaban los delinquentes. Mientras pueblos como Villarrobledo, cuya producción cerealista, símbolo de su riqueza y poder empezaba a declinar, y mostraban la estampa de una villa en crisis, en la que los actos violentos se multiplicaban:

por ser la dicha villa grande y rrepartida y donde se solían cometer grandísimos delitos de noche y de día sin que pudiesen ser hauidos los delinquentes en todo lo qual abían cometido atrocísimos delitos dignos de exemplar castigo para lo qual convenía que nos fuésemos servido de que se proueyese un juez que castigase los culpados y los sacase de los lugares de señorío donde se encastillaban los dichos delincuentes por no ser castigados y ser hombres temerarios 

Pero al lugar perfecto para un crimen se unió la torpeza de su traza. Incompresible, teniendo en cuenta, como veremos, que los agentes implicados eran muchos y de lugares ajenos a Villarobledo, como San Clemente, y que entre las potenciales y deseadas víctimas estaba también el escribano Francisco Rodríguez de Arce. La presencia de los dos sicarios andaluces fue avisada por Gregorio Millán, marido de la hermana de Juan García Vargas, a las presuntas víctimas: Catalina Martínez de Arce y su hermano el escribano. Pero pronto se había desdicho de sus palabras; Catalina Martínez, engañada inocentemente con buenas palabras, pronto había vuelto, después de la ruptura con su infiel marido,al hogar matrimonial. La noche del miércoles 11 de agosto de 1611 fue el momento elegido para el crimen: Juan García Vargas sacó desnuda del lecho conyugal a su mujer, arrastrándola hasta la bodega situada bajo el patio de la casa, donde estaban los dos bandoleros andaluces, que apuñalaron hasta catorce veces el cuerpo de Catalina hasta dejarlo exánime. Dejaba una niña huérfana, llamada Ana, que, en los planes de los homicidas, sería la mensajera que, por no tener noticias de su madre, avisaría a su tío, el escribano Francisco Rodríguez de Arce. Éste, receloso con razón de ser la próxima víctima, evitó personarse en la casa del crimen, avisando a la justicia y salvando de este modo la vida.

Para entender en el crimen de Catalina se otorgaría comisión al licenciado García Pérez de Casillas, que ya entendía en la cercana localidad de Montalbanejo de otro asesinato: el de Marcos de Lara. Marcos era un labrador al servicio de Pedro de Vargas, alcalde de la hermandad en Montalbanejo. Su propio amo con la implicación de varios familiares había sido el autor de su muerte, intentado evitar así el pago de una deuda contraída con Marcos de Lara por Pedro de Vargas, que le había comprado dos mulas. El cadáver del desgraciado labrador había sido abandonado en un olivar de Villarrobledo para ser devorado por los buitres. El asunto que se había tratado ocultar por el inculpado Pedro de Vargas y algunos deudos de éste, entre ellos su tío Francisco Montoya, alcalde ordinario de Montalbanejo, finalmente había salido a la luz por denuncia de los familiares de Marco de Lara. Pedro de Vargas era hombre rico y se creía inmune a la justicia. Sus lazos familiares se extendían por toda la comarca, sobre todo en Villarrobledo, incluido el citado Juan García de Vargas. Se decía de la familia Vargas que controlaba la justicia de Montalbanejo y algún otro pueblo de la comarca y que no era ajena al control de esa misma justicia en Villarrobledo.  Así el licenciado Casillas, alcalde de casa y corte, veía como en el oficio de su escribano Pedro de Mata iban cayendo las causas contra la familia Vargas. Para actuar contra los Vargas, el licenciado Casillas recibiría los plenos poderes de una justicia privativa, con poder para nombrar alguaciles, secuestrar bienes y encarcelar las personas de los acusados, aunque, como se decía en el mandamiento judicial que le confería tal comisión, de las prisiones debían encargase los propios alguaciles del licenciado Casillas pues el caso era tan grave y la prisión tan flaca.

El juez Casillas pronto sacaría la conclusión que toda la familia Vargas mantenía una estrecha solidaridad entre sus miembros, cuyos delitos mancomunadamente procuraban encubrir. La primera en garantizar el secreto en la familia era María de Vargas, la madre de Juan García de Vargas. Contra ella fueron las acusaciones del licenciado Casillas, pasando por alto que estaba sirviendo en casa de Ginés de Haro Cueva, familiar del Santo Oficio de la Inquisición en la villa de San Clemente. Este conflicto de jurisdicciones no parecía preocupar al licenciado Casillas ni a su escribano que en un momento del proceso llegó a decir: estos dineros de los familiares que buenos son.


El proceso por la muerte de Catalina Martínez fue llevado en primera instancia por los alcaldes ordinarios de Villarrobledo Antonio Moreno de Palacios y Bartolomé Gómez Ortiz. Las primeras pesquisas ratificaban las complicidades de Juan García de Vargas que, después del asesinato había estado escondido en casa de varios vecinos del pueblo, entre ellos su cuñado Gregorio Millán, su concuñado Mateo Díaz sastre, el batanero Pedro Martínez y el tundidor Cristóbal Coronado. Todos ellos huyeron y contra todos ellos los alcaldes ordinarios emitieron órdenes de prisión.


Fue una mujer, Catalina López, quien con su testimonio implicaría a Ginés de Haro Cueva, familiar del Santo Oficio de la villa de San Clemente*. En la casa de Ginés servía como ama María de Vargas, la madre de Juan y viuda del pintor Cristóbal García; en esta casa se había refugiado el asesino tres semanas antes de cometer el crimen. Juan había mantenido una conversación con Catalina López en la que reconocía su voluntad de matar a Catalina y a su hermano el escribano Francisco Rodríguez. Pero la palabra de Catalina López, una expresidiaria valía muy poco y no era creíble. A pesar de que Francisco Rodríguez fue avisado de las aviesas intenciones y las comunicó a su hermana y de que los bandoleros andaluces fueron vistos por un mesón del pueblo propiedad de Baltasar Ortiz, Catalina Martínez volvió con su marido poco antes del crimen, quizás por los buenos sentimientos que albergaba hacia él o simplemente por la debida obediencia que la mujer debía al esposo; obediencia impregnada en el pensamiento de la época de resignación cristiana, tal como reconocía Catalina en sus palabras: no sé lo que se tiene en su coraçón, yo estoy confiada en la Virgen de los Ángeles, que en su bendito día me junte con él con buen pecho e para seruir a Dios y ella me a de librar.

Aunque no todos en el pueblo tenían de Catalina una imagen de mojigata y buena cristiana. Algunas habladurías del pueblo, de las que se hacía eco el alguacil Alonso Pérez, contaban que la ruptura del matrimonio hacía cuatro o cinco años fue causada por la mujer que había cometido adulterio con un vecino llamado Juan Parra. Ante el escarnio público, Juan García Vargas había abandonado el hogar familiar y después de errar por Andalucía, había sentado cabeza en Zahara. A principios de julio de 1611 había vuelto a su tierra a recomponer su vida y después de unos días en casas de familiares, primero en casa de su hermana tres o cuatro días y luego en casa de su madre en San Clemente otros doce días y otros tantos en la feria de Villanueva de los Infantes, el primero de agosto había vuelto al hogar hasta el desenlace fatal de tres días después.

¿Cuál era el verdadero rostro de Catalina Martínez de Arce? Su matrimonio con Juan García Vargas era su tercer matrimonio; de sus dos matrimonios anteriores había enviudado: tanto del primero con Diego Martínez, vecino del Bonillo. como del segundo con el escribano Miguel Fernández, vecino de Villarrobledo. Que en el concierto de estos matrimonios debía estar Francisco Rodríguez de Arce es muy plausible, pues aparte del segundo marido, el tercero, nuestro Juan García de Vargas, también era escribano. Aunque Francisco Rodríguez negaba la concertación en este matrimonio, era evidente que el interés importaba más que el amor o al menos de eso acusaba Francisco Rodríguez a su cuñado que había llegado al matrimonio no solo por la buena fama de su mujer sino por poseer gran cantidad de bienes muebles e rrayzes que tenía con promesas e halagos e otros tratos la atrajo a que se casase con él contra la voluntad de todos sus parientes. Catalina Martínez era una viuda rica codiciada por casamenteros, favorecida por la muerte de sus dos primeros maridos y con una amplia hacienda repartida entre el Bonillo y Villarrobledo (unas casas principales en la primera villa y bienes muebles por valor de 5.000 reales en la segunda). Esa era la visión de Francisco Rodríguez, que denunciaba el papel de su hermana en el matrimonio como la de una víctima, aunque consideraba que los ataques iban contra él. Francisco Rodríguez recordaba el pretendido caso de adulterio de Juan Parra con su hermana para denunciarlo como una trama organizada por sus enemigos, donde además de los Vargas estaban implicados otros amigos de esta familia como el alcalde Isidro Merchante y el escribano Alonso Ramírez, para dar fe del escándalo, que se habían presentado en el domicilio pillando juntos a Juan Parra y Catalina. La adúltera sería conducida a prisión donde permanecería ocho meses hasta confesar, vería embargados parte de sus bienes por valor de 500 ducados que acabarían en manos de Gregorio Millán, el cuñado de Juan García Vargas y solo conseguiría la libertad después del arreglo que le procuró su hermano. El marido de Catalina, Juan García de Vargas, que tenía bastante que callar, pues mantenía relaciones con otra viuda de nombre Isabel de Espinosa, retiraría la querella por adulterio, abandonaría la villa y a cambio el escribano Francisco Rodríguez de Arce le procuraba 1.000 reales. A partir de aquí comienza el periplo de Juan García de Vargas, que según la versión de Francisco Rodríguez, se asienta en Zahara, presentándose como hombre soltero y consiguiendo los favores de una mujer del lugar, conocida por el intachable nombre de doña Mariana la discreta. A pesar de su discreción doña Mariana, otra viuda rica, quedó preñada, para gran escándalo de una familia conocida por su buena fama y hacienda en la villa de Zahara. Como era costumbre en estos casos, y después de comprender lo inútil de mantenerlo preso durante seis meses en la cárcel o de enviarlo a galeras y de que el honor familiar solo se limpiaba con el matrimonio, que en esta situación exigía la muerte de la esposa legal. Así volvería Juan García de Vargas en abril de 1611 desde Zahara con los dos bandoleros y alojándose en Villarrobledo en casa de su hermana María y en San Clemente en casa de Ginés de Haro, intentaría matar a su mujer, aunque previamente se exigía asesinar a su hermano el escribano que desconfiaba de su presencia.

El fracaso de este primer plan, llevó a Juan García de Vargas a presentarse de nuevo el mes de julio, esta vez como el marido arrepentido vuelto al hogar conyugal para rehacer con su mujer una vida cristiana, en el sentido literal de la palabra, pues no era raro ver a Juan García de Vargas esos tres primeros días de agosto rezando con un rosario en sus manos. Previamente se intentó vencer las resistencias del desconfiado Francisco Rodríguez con una inventada carta de arrepentimiento procedente de Socuéllamos y la intervención de algunos vecinos que abogaban por la reconciliación del matrimonio, entre ellos el batanero Pedro Martínez y el mayordomo del pósito Alonso Valero. Así hasta la noche del crimen que con el subterfugio de buscar un candil en la bodega de la casa, Juan García de Vargas había conducido a Catalina hasta la mencionada bodega, donde le aguardaban para matarla los dos bandoleros (en realidad uno de ellos era un criado de doña Mariana y el otro el propio Juan García de Vargas) y Gregorio Millán. Cometido el crimen Juan García de Vargas había acudido a Zahara para casarse con doña Mariana; dejaba tras de sí el cadáver de su mujer ensangrentado y semidesnudo con una camisa, unas calzas y unos zapatos y olvidados sus pocos objetos personales, testimonio de su oficio de escribano: unos papeles y un libro de prácticas de escribano.

Huidos los asesinos, el juez Casillas ordenó la prisión de sus colaboradores y encubridores. Entre ellos, Gregorio Millán y Cristóbal Coronado en Villarrobledo, y Ginés de Haro y María Vargas en San Clemente. Los dos últimos habían huido cuando llegó el alguacil Martín Mondragón, que se tuvo que conformar con recibir la noticia de la huida de boca de la criada Ana Rodríguez y el embargo de los bienes de Ginés. Del detalle de estos bienes, nos aparece la parquedad de la existencia vital de las personas en aquella época: seis sillas de nogal, un banco y una mesa de pino, una cama con su ropa y cortinaje, dos cofres herrados y un arca y dos paños azules. Era de más valor el embargo de diecisiete tinajas conteniendo cuatrocientas arrobas de vino, testimonio de la fuente de ingresos del familiar del Santo Oficio. Las malas relaciones entre Villarrobledo y San Clemente se manifestaron en los obstáculos de la comisión del alguacil Martín Mondragón. Ginés de Haro había encontrado acogida en la iglesia de San Sebastián para evitar a la justicia; en la subasta posterior de su bienes, a pesar de la concurrida asistencia de personas en la plaza del Ayuntamiento no se hizo postura alguna, teniendo que conformarse el alguacil con confiscar los dos paños azules, lo más llevadero, para pago de su salario. Huidos los principales actores villarrobletanos, las actuaciones del juez Casillas fueron obsesivamente contra Ginés de Haro, que por precaución había huido a Murcia. El auto del juez para el embargo de todos los bienes del familiar no llegaría a ejecutarse pues el pleito derivó a un conflicto de competencias entre el juez de comisión y la Inquisición. Esta derivación era intencionada, la Inquisición no entendió del pleito, pero Ginés de Haro consiguió dejar en un punto muerto con sus recursos al tribunal de Cuenca los autos del juez de comisión. Dicha comisión, a pesar de que se prorrogó por veinte días más, no llegó a acabar los autos y el caso quedaría por resolver. Es de suponer, que finalizado el plazo de la comisión, el juez Casillas, volvería a la corte, Ginés de Haro a San Clemente, Francisco Rodríguez de Arce obtuvo poca o ninguna compensación económica de la muerte de su hermana (pedía 1.600 ducados, que al fin y al cabo de dinero es de lo que se trataba); sobre la viuda María de Vargas no sabemos nada de su destino, pero había tenido la astucia de vender la mayor parte de los bienes de su hijo, que huido es de sospechar que rehizo su vida con doña Mariana la discreta.

Los autos judiciales nos muestran al escribano Francisco Rodríguez, contra lo que pudiera parecer, carente de rencor u odio. Francisco Rodríguez nos aparece como un hombre bastante frío, sabedor del peligro que para su vida supone Juan García de Vargas, pero lo considera un vecino más, compañero de gremio, con el que siempre es posible un arreglo. Evita el trato directo con él, pero mantiene la comunicación a través de intermediarios. Intenta un arreglo ofreciéndole cualquiera de la escribanías de El Bonillo, Lezuza o Peñas de San Pedro, pero Juan lo rechaza. Se vale de Mateo Díaz, para que durante ocho días de julio mantenga contactos con Juan en la feria de Villanueva de los Infantes, donde se encuentra. Del expediente judicial se entrevé que Villarrobledo en esta época mantiene una relación distante con San Clemente (y tirante como hemos estudiado en otro sitio) y se vuelca hacia los pueblos de lo que hoy es provincia de Ciudad Real, como Socuéllamos y Villanueva de los Infantes, más lejano, pero con una importante feria el 25 de julio. Incluso tiene la vista más allá: cuando Juan García de Vargas abandona el pueblo, acude a Sevilla. La razón es es que en esta ciudad hay una importante comunidad villarrobletana, entre los cuales intentan indagar los familiares de doña Mariana la discreta los lazos familiares de Juan. Los referidos Mateo Díaz, sastre, y el tundidor Cristóbal Coronado o el boticario Baltasar Moreno viajaban a menudo a Sevilla por negocios. La principal entrada al pueblo era el camino de Socuéllamos a Villarrobledo, que estaría muy transitado y la venta de Baltasar Ortiz debía ser un lugar muy concurrido.

Se nos presenta toda esta trama como un enredo de escribanos y de gente relacionada con el negocio de la lana: bataneros, cardadores, tundidores y sastres. No es casualidad, es más que probable que los negocios y escrituras del oficio del escribano Francisco Rodríguez de Arce se moviera en estos ambientes. Cuando una noche de agosto, Juan García de Vargas, ya juntado con Catalina, se presenta en casa del escribano Francisco Rodríguez, éste redacta unas ejecuciones por impagos de transacciones entre estos personajes. Juan García de Vargas quiere integrarse en ese mundo con su matrimonio, pero parece que este hijo de pintor tenía más dotes como don Juan que como redactor de testimonios notariales. El pleito derivó hacia la petición de responsabilidades en San Clemente; no es casualidad. Villarrobledo mantenía un enconado pleito con San Clemente, no tanto por su exención del corregimiento, como por el respeto de la primera instancia, y por la aportación de soldados de milicia. Muestra de la rivalidad entre ambas villas fue el encarcelamiento del alcalde mayor, doctor Vázquez, y tres alguaciles enviados desde San Clemente unos meses antes. Villarrobledo vivía una declinación irremediable; a las escasas cosechas de comienzos de siglo, se unían ahora otras de suma abundancia en todo el Reino; el trigo villarrobletano no encontraba salida por los precios tan bajos (tal como se reconoce el expediente); San Clemente era el polo opuesto, ser cabeza política del corregimiento le procuró ventajas suficientes para convertirse en centro de actividades diversas y mantener un renacer económico que se prolongó en el primer tercio del siglo.

La persecución y secuestro de bienes a los que se vio sometido el sanclementino Ginés de Haro Cueva contrastan con la inacción del juez Casillas en Villarrobledo. Aquí todo se arreglaba con transacciones. Las mediaciones para evitar que Juan García de Vargas llevase a término sus criminales intenciones fueron constantes durante el mes de julio, una vez detectada su presencia. Destacan las actuaciones en este sentido de Diego Muñoz de la Calera, procurador de la villa en la corte. Pero estos intentos parecían más encaminados a salvaguardar los intereses y la vida del escribano Francisco Rodríguez de Arce que la persona de Catalina Martínez de Arce. Catalina había vivido toda su vida encerrada desde que se casó en su casa, a la que se accedía por una calle que daba a unas puertas cerradas de noche y que daban paso a su hogar pero también al de un alguacil del pueblo y a un horno. Yendo de marido en marido en los matrimonios concertados que le preparaba su hermano, acabó llevando una vida desgraciada junto a la familia Vargas; su corta aventura con Juan Parra fue incluso preparada intencionadamente por su marido. El ensañamiento de su muerte era muestra del odio que se tenían las diferentes personas de esta historia, incapaces de resolver sus diferencias cara a cara y hacer víctima de esos rencores y odios a Catalina.



Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN, 1923, Exp. 17. Proceso criminal de Ginés de Haro Cueva. 1611-1612




*El cuatro de septiembre de 1602, Ginés de Haro presenta ante el ayuntamiento de la villa de San Clemente el nombramiento que le confiere el título de familiar de la Inquisición para ser aceptado como tal y exigiendo se respeten las prerrogativas que tal título confiere. En la sala se hallaban presentes el corregidor don Antonio López de Calatayud, el alcalde ordinario Alonso de Guevara, y los regidores licenciado Miguel de Herreros, Jerónimo Martínez, Francisco de Astudillo, Pedro de Monteagudo, Pedro de Tébar Ramirez, Antonio García Monteagudo, Miguel de Perona Rosillo







Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN, 1923, Exp. 17. Proceso criminal de Ginés de Haro Cueva. 1611-1612