El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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domingo, 23 de abril de 2017

Alonso de Torres e Isabel López: moriscos de San Clemente

Alonso de Torres tenía 51 años cuando fue condenado por la inquisición en 1601. No tenía hijos, su mujer, Isabel López, era cinco años mayor que él. Completaba el hogar familiar su sobrina de 20 años. De profesión joyero de cosas de mercería, como él mismo se llamaba, su trabajo le había reportado una posición desahogada en la sociedad sanclementina. No ocultaba su riqueza; tanto él como su mujer hacían ostentación de ella: les gustaba vestir bien y en su casa, decorada con buen gusto, se podían encontrar un ajuar y muebles dignos de cualquier hogar de las familias ricas del pueblo. Quizás esa misma ostentación de la riqueza y las envidias que despertaba fue la causa de su infortunio personal. Al igual que otros había forjado su riqueza en los años ochenta y había sabido sacar partido a las deseos de la nueva clase de ricos que forjada en las dos últimas décadas quería visualizar de cara al exterior su estatus social.

Pero Alonso de Torres era morisco. El medro y éxito personal de un miembro de una minoría marginada chocaba con los fracasos ajenos. Más si cabe en aquellos años de cambio de siglo, en los que la crisis de subsistencias y la peste del año 1600 provocaron la ruina de muchas familias. Ruina que fue acompañada de la desestructuración social: tras la peste, un cuarto de las casas sanclementinas tenían por cabeza de familia una viuda, la mortalidad infantil había hecho estragos. Un hombre rico, como lo era Alonso de Torres, pronto sería víctima de las envidias y la estigmatización social; al margen de la sociedad por su sangre mora y con una familia atípica, dos mujeres en su casa, sin varón para heredar, su mujer  y una sobrina. No tardó el Santo Oficio en fijarse en la rectitud de la costumbres morales y religiosas del joyero, quizás no tan escandalosas como su confiscable riqueza. Denunciado al Santo Oficio en 1600, sus antecedentes, había sufrido otro proceso en 1580, poco le ayudaron. Acusado de hereje y apóstata fue reconciliado y condenado. Sus bienes confiscados. Alonso dejó sola a Isabel López, que sin asustarse, decidió litigar con el fisco por los bienes confiscados a su marido: como suyos reivindicó los bienes que había aportado como dote del matrimonio, inexistentes, pero también la mitad de los bienes gananciales de sus años de matrimonio.

que todos los vienes que se hallan quando se disuelue el matrimonio son gananziales si no prueban el marido y muger ser capitales suyos y también está determinado por ley del rreyno que la muger por el delito del marido no pierda los bienes multiplicados

Isabel López era una morisca, natural de la comarca de Zenete en el Reino de Granada, al igual que su marido, que era de Andarán, desde donde habían llegado en 1571 con aquellas columnas de moriscos que paulatinamente se fueron asentando por los pueblos manchegos y de Castilla. Alistados, es decir, asentados en los padrones que la Corona realizaba, obligando a la población morisca a fijar su residencia en los pueblos. Isabel López era una viuda litigante, capaz de enfrentarse a la Suprema de la Inquisición en un largo y costoso pleito durante ocho años, gracias a la solidaridad y apoyo jurídico de otros moriscos como Jerónimo de Renera de Pastrana o Juan de Ceraín, criado del Rey. El pleito sobre restitución de bienes embargados sería ganado por Isabel López por sentencia de 19 de septiembre de 1609, que venía a ratificar otra de 2 de noviembre de 1605, pero todavía en noviembre de ese año su procurador pedía ejecución de sentencia, que nunca se produjo. El proceso finalizaría bruscamente por la expulsión de la población morisca decretada en 1610.

Isabel López se reivindicaría a sí misma como artífice de la fortuna amasada por su marido. Ambos eran pobres en el momento de casarse
y lo que ay de hacienda ... lo an ganado y multiplicado durante su matrimonio ayudándose el uno al otro 

Alonso e Isabel se habían casado en 1572, apenas dos años después que ambos llegaran a la villa de San Clemente. Isabel no tenía familiares; Alonso, un hermano en Murcia llamado Hernando, cuya hija adoptó el matrimonio. Desarraigados y forzados por la necesidad de iniciar una vida en lugar no deseado y unas creencias aceptadas de mala gana, se casaron en la parroquial de Santiago. Es verosímil que llegaran con lo puesto y que con sus brazos desnudos se forjaran su destino y fueran capaces de amasar una fortuna. La pericia de Alonso como mercader, más bien buhonero, facilitaría el ascenso social del matrimonio, que además disponían de una conocida tienda de mercería en el arrabal del pueblo. A decir de algún testigo, no era raro ver en sus inicios a Alonso de Torres pedir limosna o alquilarse a jornal para poder comer. Pero habían sabido hacerse con una posición social respetable. Prueba de ello es que entre los vecinos que testificaron a favor del derecho de Isabel López a la hacienda de su marido estaban gente respetable como el cura Cristóbal de Iranzo, que los había casado, Alonso de Astudillo Ramírez, para el que había trabajado Alonso Torres,  el regidor Francisco Serrano, Andrés Granero y Alarcón, el clérigo Diego de Villanueva Montoya, el capitán Juan de Fresneda, Francisco de la Carrera. Muchos de estos hombres eran advenedizos en la sociedad sanclementina que, al igual que el morisco, con su trabajo se habían ganado el respeto social y también los odios; algunos de ellos a su éxito personal unían el estigma de ser conversos. El éxito acompañado del rechazo social provocó la solidaridad entre estos hombres del arrabal.

Alonso de Torres era un hombre de éxito. Del trapicheo, Alonso trasegaba con vino con los cueros a cuestas, y mercadeo de baratijas había pasado a poner una pequeña tiendezuela de mercería en su casa particular, que poco a poco se convirtió en popular centro de transacciones. Sus ganancias y hacienda crecieron de forma desmesurada, provocando el recelo de otros vecinos. Pero Alonso de Torres siempre se mantuvo fiel a sus orígenes. Mantuvo sus tradiciones y creencias traídas desde Granada y puso su riqueza al servicio del resto de sus hermanos moriscos, ayudando a casar huérfanas, dando limosnas a los necesitados y rescatando a algunos de su nación.

Nos quedamos maravillados con el despegue y desarrollo económico de la villa de San Clemente en el siglo XVI, que deviene en la llamada pequeña corte manchega, pero viendo las obras civiles y religiosas e imaginando las desaparecidas casas palacio de las que apenas quedan blasones, cerramos nuestros ojos e imaginación soñando en lo que fue el auténtico motor del desarrollo sanclementino: hablamos del barrio del Arrabal. Este abigarrado barrio, con el que solo pudo acabar aquella riada del río Rus del año 1589, que se llevó cuatrocientas casas, era el San Clemente feo, el de la arquitectura popular de casas de mampostería, el San Clemente maldito, donde no faltaba un prostíbulo junto al juego de la pelota, adonde de modo indiferenciado, a lo uno y a lo otro, acudían los jóvenes de familias de bien del pueblo; el Arrabal era asimismo el San Clemente hereje de población conversa y luego morisca y refugio de clérigos que en algún caso sabían escribir con carácter hebraicos; era el San Clemente recluido en su gueto que los domingos acudía a misa a la parroquial de Santiago Apóstol, accediendo por esa puerta gótica que dejaba a un lado el altar y las capillas nobles, pero que se abría de forma cruel con dos hileras de una docena de sambenitos pertenecientes a aquellos vecinos del Arrabal quemados por sus ideas. Pues quemado por sus ideas librepensadoras lo fue Luis Sánchez de Origüela, como por la misma razón acabaría quemado el morisco Hernando de Sanclemente.

San Clemente perdió en 1600 alrededor de tres mil habitantes por la peste, pero más calamitosa para su historia fue la riada del río Rus. Con la riada, además de las cuatrocientas casas, se fueron dos cosas: el ímpetu de los moradores de un barrio como el Arrabal y la memoria colectiva de la villa de San Clemente. La principal minoría que vivía en ese barrio, los Origüela, y sus descendientes los Galindo, los Astudillo o los Tébar abandonan su espíritu emprendedor de comerciantes y tenderos buscando primero la prebenda del oficio público, la canonjía religiosa o la rentas censales, y luego, el ennoblecimiento social o su integración en las cofradías de cristinos viejos. Cuando la riada se lleva los registros parroquiales que el clérigo Juan Caballón el viejo guardaba en su casa del barrio de Roma, se pierde algo más que un conjunto de papeles. Con los papeles se van las señas de identidad de muchas familias sanclementinas. Señas no deseadas pues en las partidas de bautismo aparecían parentescos no queridos, como los que emparentaban a muchas familias con sangre conversa o, caso de los Ortega, con el referido morisco Hernando Sanclemente. Tal como nos recordaba el licenciado Miguel de Perona Montoya en 1641, prácticamente todo el pueblo estaba infectado por la sangre de los Origüela, que ha cundido tanto. Pero la sangre conversa, acompañada del dinero, se diluía con facilidad en las venas de los cristianos viejos. La sangre morisca, no.

Quizás el único delito de Alonso de Torres, y de su mujer Isabel López, fue buscar el reconocimiento y un hueco en la sociedad sanclementina. Más que la memoria de su marido, Isabel defendió ese derecho al reconocimiento social de los miembros de la minoría morisca. En su caso, el mérito está que esa lucha fue reivindicando su papel como mujer que había ayudado a labrar la fortuna familiar. En su causa no estuvo sola, del expediente se deduce el valor de su joven sobrina María Torres, que asumió la defensa de los intereses de la familia, ya presentando testigos ante el Santo Oficio, ya actuando como procuradora ante la Suprema.

El matrimonio de Alonso e Isabel hizo fortuna rápidamente. El vendedor ambulante de vinos gozaba a finales de siglo de la principal tienda de San Clemente. Sus casas de morada estaban en el barrio de Roma, en la calle llamada de Serna el viejo, junto a las del clérigo Cristóbal del Pozo y las del licenciado Melchor de Perona, aunque una de las entradas de las casas daba a la actual calle Nueva. Las casas no eran del matrimonio sino que las poseían en alquiler de su propietario Cristóbal García de Ávalos. Las casas de su propiedad las tenía cedidas a su sobrina María Torres y a su yerno Luis de Córdoba, morisco natural de Villanueva de la Jara. Las primeras debían ser más espaciosas, nada más pasar al portal se accedía a la tienda llamada de joyería. Tal concepto debemos entenderlo en un sentido amplio, pues las joyas propiamente dichas eran la parte menor de la tienda, dedicándose la venta a todo tipo de lienzos, telas y prendas de vestir. Alonso de Torres era un tendero, pero su fortuna comenzaba a emplearla en la compra de tierras. Poseía un haza trigal, camino del Hituelo, y un majuelo de seiscientas vides, camino de Sisante. Pero Alonso Torres no era agricultor, el haza trigal estaba en barbecho y no explotaba directamente la viña. Era su yerno quien administraba las tierras, llevadas en arrendamiento.

Cuando el veintitrés de octubre de 1601 Alonso Torres ingresa en la cárcel de San Clemente, apresado por el alguacil de la Inquisición Luis Conde, es un hombre de 51 años. El secuestro de bienes comienza por la misma ropa que lleva puesta. Su vestimenta es la de un hombre acomodado, capa y sayo, medias de aguja negras, zapatos negros buenos, jubón y cuello de holanda, camisa de lino, una pretina de cuero y un sombrero negro de toquilla. El inventario de los bienes de su tienda completa setenta folios; una exhaustiva descripción que incluye todo tipo de lienzos y vestimentas, en su mayoría de importación extranjera, calzados, bolsos, bisuterías, piezas de ferretería, botellas, cajas de madera, cuerdas, cueros, jabones, legumbres, especias, imágenes religiosas y rosarios, ropas de frailes, y un largo etcétera de cosas diversas. La tienda de Alonso de Torres se complementaba con la de su yerno Luis de Córdoba, que además de participar de la venta de los enseres de su suegro, comerciaba con granos. Además el morisco Alonso disponía de un macho valorado en trescientos reales y de dinero en efectivo por valor de unos 5000 reales. El negocio de Alonso de Torres carecía de complejidad y era de carácter familiar, a pesar de la diversidad de géneros, aunque Alonso y su mujer asistían en la tienda y Luis de Córdoba asumía el papel de agente comercial para las compras. La propiedad de las mercaderías era a partes iguales entre Alonso y su yerno, aunque una parte menor del negocio intervenía al tercio otro morisco llamado Diego de Benavides. No obstante desconocemos el ámbito de estas transacciones, que sin duda superaban el marco local; por una deuda, sabemos que había comprado veintiuna mantas en Toledo a poco más de veinte reales cada una. Sus clientes eran variados entre los vecinos de la villa, no faltando el mismo corregidor. Luis de Córdoba, pues su suegro era analfabeto, llevaba la contabilidad del negocio en un libro, donde se apuntaban las ventas y las deudas, que eran pocas. No se vendía de fiado y los pagos se tenían que hacer al contado o se admitía el empeño de ciertas cosas; así un sanclementino dejó en prenda al morisco un salero y seis cucharas de plata.

Alonso de Torres, acusado de herejía y apostasía, sería sentenciado por los inquisidores de Cuenca el quince de junio de 1603, admitido a reconciliación con hábito y cárcel perpetua y confiscación de todos sus bienes muebles y raíces para la cámara de su Majestad.  En su confesión reconoció haber apostatado del cristianismo hacía treinta años, que era tanto como reconocer que nunca había practicado la religión católica. Es a partir de este momento cuando Isabel López inicia su contencioso para intentar recuperar la mitad de los bienes del matrimonio.

La sentencia de dos de noviembre de 1605 sería contraria al fisco real, obligándole a pagar a Isabel López la mitad de los bienes confiscados y la mitad de las costas procesales. Aunque el pleito se enquistaría durante cuatro años por negarse a devolver el fisco real la supuesta parte de Luis de Córdoba, al considerarle socio en los negocios de Alonso de Torres. Hoy nos resulta difícil imaginarnos el valor de las mujeres moriscas, pero la prisión de sus maridos les obligó a defender su hacienda y su familia. Isabel López no se resignó ante la condena de su marido, no lo haría María de Torres, cuando en una actitud vengativa de la Inquisición en 1603 su marido Luis de Córdoba fue encarcelado por hereje. La resistencia de estas dos mujeres es la resistencia del gueto morisco, que en 1605 sufrió una persecución inquisitorial con una inquina que la población morisca no había conocido anteriormente. Alonso de Torres había iniciado los procesos contra moriscos en San Clemente. La población musulmana existente en San Clemente antes de la llegada de los moriscos granadinos debía ser pequeña en número. Sólo conocemos ocho procesos antes de la llegada de los granadinos: el proceso contra Hernando de Sanclemente de 1517, coetáneo del de Luis Sánchez de Origüela, y siete procesos contra mujeres en los años 1562 y 1563. En la década de los setenta, los moriscos sanclementinos gozan de una tranquilidad que contrasta con las acusaciones del Santo Oficio contra los moriscos de Cañavate y Villanueva de la Jara que sufren una enconada persecución de la que el caso más destacado es el de Hernando de Chinchilla, que, sin duda, está provocado por el conflicto que mantiene con Martín Cabronero, vecino de Quintanar, por la explotación de unas tierras. Incluso hasta final de siglo los moriscos sanclementinos no son molestados, pero la causa abierta contra Alonso de Torres en 1580 ya anuncia la tormenta de comienzos de siglo, otros dos moriscos del pueblo son encausados, al igual que Isabel de Herreros en 1582. Los noventa solo se ven marcados por los procesos de 1593, entre los que destaca el de Alonso Molina.

Pero el año 1600, los procesos inquisitoriales se reavivan, al calor de la profunda crisis de comienzos de siglo, esta vez contra los condenados en 1580: dos hombres, Alonso de Torres y Diego Benavides, socios en los negocios, vuelven a ser encausados. Son los líderes de la comunidad morisca. La población morisca de San Clemente se defiende, apoyada como hemos visto, por vecinos no moriscos de la villa. Entre los defensores, un converso como Francisco Carrera, que ve encausado a su hijo Jerónimo de Herriega; aunque los dardos apuntan al doctor Tébar. Otros defensores como el licenciado Perona les motiva un interés económico; los Perona son ganaderos, los moriscos pastores. Moriscos y conversos son víctimas de las acusaciones, pero los conversos son demasiado poderosos y su sangre está diluida entre las principales familias del pueblo. A pesar de las acusaciones, serán los grandes beneficiarios de la crisis. Es en la primera década del siglo cuando los hermanos Tébar, Diego, recién llegado de América, y el cura Cristóbal, mancomunadamente comienzan a adquirir tierras. No tardarán en acusar a los moriscos, buscando un enemigo en quien focalizar las iras. El doctor Tébar denunciará su fe fingida; en el proceso de Luis Cordoba de 1603 se decía sin ambages que estaba mal empleado cuanto se hacía por estos perros moros . No faltaba razón en las acusaciones, esas setenta y tres familias moriscas de San Clemente nunca han estado integradas, ni tampoco se les ha permitido su asimilación. La llegada de los moriscos granadinos vino a reforzar la pequeña comunidad ya existente. Ya nos hemos referido de los procesos de 1563. Entoncés, en torno a María Sanz Horra, se reunían las mujeres para rememorar tierras y tiempos de moros. En 1593, el morisco Alonso de Molina es acusado por su propia esposa, cristiana. No sólo su fe, sus costumbres también son diferentes. Isabel de Herreros afirmará en 1582 ante el Santo Oficio que no solo se lavan con motivo de su casamiento o su muerte, sino que también lo hacen varias veces durante todo el año. En 1605, una vecina delata que los hijos de la morisca Isabel González comen tocino en su casa a escondidas de su madre.

A partir de 1600 la suerte de la comunidad morisca de San Clemente está decidida. La detención de Torres y Benavides es el golpe que pone al grupo ante un sino adverso. En 1603, el detenido es Luis de Córdoba; es un morisco orgulloso de su fe, y a diferencia de su suegro, muy culto; ha ordenado a un compañero morisco que copiase en lengua árabe un ejemplar del Corán. En su biblioteca tiene un libro prohibido para la población morisca: Sermones del anticorán. Es un libro antiislámico, pero que detalla con total precisión, aunque sea para negarlos, los principios de la fe islámica. El proceso de Luis de Córdoba es el principio de la debacle. La sentencia favorable que obtiene Isabel López en noviembre de 1605 sobre los bienes de su marido es un espejismo. Los años 1603 a 1605 marcarán el fin de la comunidad morisca. Los procesos inquisitoriales se suceden en cadena, ahora es cuando se concentran la mayoría de los treinta procesos inquisitoriales contra los moriscos de la villa existentes en el Archivo Diocesano de Cuenca: Luis Herrera, Melchor Barrio, Isabel Vizma, Isabel Molina, Isabel González, María Torres, Jerónimo Muñoz, Marco Martínez, Luis Aguilar, Leonor González y Luis de Córdoba, de nuevo reincidente en 1608.

Mientras Isabel López sigue su cruzada particular en defensa de sus intereses ante la Suprema. Será capaz de mantener vivo el proceso hasta el año 1609; entretanto, cuatro años antes, su marido ha muerto. Sus esfuerzos son baldíos, el 10 de julio de 1610 se hace pública la expulsión de los moriscos de las dos Castillas.



Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN, 4534, Exp. 11. Pleito fiscal de Isabel López, 1603-1609


GARCÍA ARENAL, Mercedes; Inquisición y moriscos. Los procesos del Tribunal de Cuenca. Siglo XXI editores. Madrid 1978

martes, 22 de marzo de 2016

Censo de moriscos de 1594: San Clemente

Los censos de moriscos en el Obispado de Cuenca han sido estudiados por Mercedes García Arenal (1). Se elaboraron (nos quedan) en 1581, 1589 y 1594. El presentado aquí se corresponde al de 1594; el censo original de ese año se conserva en el Archivo Diocesano de Cuenca. El presentado aquí es una copia de la colección Pascual Gayangos existente en la Biblioteca Nacional, que es un resumen del original existente en Cuenca y que no tiene la minuciosidad de datos que nos aporta el primero. En San Clemente vivían 259 moriscos correspondientes a 74 familias (en este concepto incluimos 5 familias unipersonales). A ellos habría que sumar 23 moriscos más agrupados en siete familias que vivían en Perona y Villar de Cantos. Frente a la creencia generalizada de una población prolífica, el número de miembros por familia se sitúa en 3.5. La edad de los hijos nos muestran matrimonios muy tardíos para la época.

El censo próximo de millones indica una población global para San Clemente de 1572 vecinos; es decir, el censo de moriscos supone un 4.70% de la población. En los censos confeccionados en 1581 y 1584 había censados 164 y 236 moriscos, respectivamente.



 San Clemente

  • Hernán López de edad de 38 años
  • Catalina López su mujer  de 38 años
  • María su hija de edad de 13 años
  • Ysauel su hija de 11 años
  • Luysa su hija de quatro años
  • Gerónima de seys meses
  • Ana su hija de dos años
  • Fernado su hijo de 9 años
  • Catalina su hija de 7 años

sábado, 19 de marzo de 2016

Labradores ricos y moriscos en Quintanar del Marquesado (1573): Martín Cabronero

El 10 de octubre de 1573, Pedro de Aroca, en nombre de Martīn Cabronero, se presenta ante la justicia ordinaria de Villanueva de la Jara denunciando que Hernando Chinchilla y el resto sus parientes moriscos han incumplido el contrato con él firmado para la explotación de la heredad y huerta cedidas en la dehesa de Galapagar. Martín  Cabronero que, durante el proceso, no reconocerá la competencia jurisdiccional de los alcaldes ordinarios de Villanueva de la Jara,  se verá obligado por la vecindad en este pueblo de los moriscos a iniciar un pleito que le llevará en algún momento a  prisión:

Muy magnífico señor, Martín Cabronero vecino de la villa de Quintanar digo que yo di en arrendamiento el heredamiento que tengo e poseo donde dizen dehessa del Galapagar término de la villa de Alarcón a Hernando Chinchilla y otros tres hermanos suyos e a Juan de Almodóvar e otros hermanos suyos cristianos nuevos que por todos son seis por doze años como se contiene en la escriptura de contrato que hizimos me rrefiero aunque es privada suscripta de nuestros nombres y hellos me abían de rresponder con la mitad de los frutos que coxiesen e para sembrar en el dicho heredamiento les empresté treinta y quatro fanegas de cevada y quatro fanegas y media de trigo y setecientos e cinquenta e cinco rreales en dinero e les di otros ynstrumentos y otras cosas que me son obligadas a pagar después que ubieron alçados los frutos que en el dicho heredamiento sembraron anse alzado y no queren estar y pasar por el dicho arrendamiento y anse traydo los dichos frutos e aunque en mi poder están ochenta fanegas de cevada que an de aver de la parte que se coxió en la dicha dehessa que no bastan para mi pagamento anse traydo los linos y panizos e otros frutos que se coxieron e aunque tenemos calculado nuestras quentas e por ellas me deben novecientos y diez rreales con los bueyes me an hecho muchos daños en los árboles

La demanda se presentó ante Agustín de Utiel, que todavía ejercía su cargo de alcalde del año anterior. Para el veinte de octubre de 1573 ya habían tomado posesión como alcaldes de Villanueva de la Jara Dionisio Clemente y Juan de Mondéjar. Ante ellos acudieron los hermanos Chinchilla y Almodóvar con su propia versión, no contentos con las cuentas que presentaba la otra parte, a la que acusaban de usurpar un terreno de barbecho propio adyacente con las tierras de Martín Cabronero. La versión de los moriscos debió parecer más convincente a los alcaldes de Villanueva. Martín Cabronero dudó entonces de la competencia de los alcalde de Villanueva para juzgar su causa. Quintanar había conseguido su villazgo y la autonomía jurisdiccional doce años antes, aunque en la práctica parece que los pleitos se seguían sustanciando ante la justicia ordinaria de Villanueva. Martín Cabronero se agarró a este privilegio para no considerar competentes a los alcaldes ordinarios de Villanueva y pedir que la causa se conociese por los alcaldes de Quintanar. Poco le valió pues los alcaldes de Villanueva lo encerraron en la cárcel, de donde sólo salió cuando un socio suyo llamado Martín de Minaya pagó fianza, y aún así tuvo que comprometerse a no salir de la villa hasta que no hiciera cuentas con los moriscos. Por su parte, los moriscos de voz de su procurador Alonso Hernández denunciaban que lo que era un simple contrato de aparcería con disfrute a mitad de los frutos, trataba de convertirse por Martín Cabronero en préstamo usurero por pedir intereses por el capital adelantado. La sentencia del alcalde Dionisio Clemente recogía un acuerdo entre las partes.

condenaba e condeno a los dichos hernando de chinchilla e consortes que den e paguen al dicho martín cabronero duzientos e treinta e çinco rreales  que confiesa le deben y ansymismo el dicho martín cabronero les dé y entregue luego ochenta e nuebe fanegas de çebada en grano que confiesa deberles y seys fanegas de linuesso e quatro celemines de panizo

Los hermanos Chinchilla pagarían 235 reales a Martín Cabronero y éste les entregaría 89 fanegas de cebada, seis de linuezo y cuatro de panizo. Pero, o bien Martín Cabronero, libre en Quintanar, no tenía intención de cumplir la sentencia o bien Hernando Chinchilla no tenía ningún interés en reconocer que se había saldado la cuenta. Medio años después le eran embargados dos pollinos que su fiador Martín Minaya tenía en Villanueva, junto a algunos enseres de Minaya, que serían rematados para diciembre de 1574. Martín Cabronero intentaría parar el proceso presentándose en Villanueva con un pretendido acuerdo con Alonso Hernández, al que se había llegado por cédula de 10 de enero de 1574. Había arreglado cuentas con los moriscos, comprándoles la cebada que les debía a tres reales y medio, dos reales por debajo de la tasa, fijada en medio ducado. En las cuentas, y en nombre del clérigo Lorencio Vala de Rey, les había restado cicateramente 18 reales del entierro del padre de los moriscos, Bernardino de Chinchilla. No cabe duda que la operación había sido muy beneficiosa para Martín Cabronero y otras cuatro fanegas de cebada adeudas a la viuda de Alonso García.

Poco después Hernando Chinchilla, en lo que creemos una clara venganza de Martín Cabronero*, era denunciado ante el Santo Oficio de Cuenca. La acusación era de bigamia; la población morisca seguía conservando sus creencias, mal adaptadas a su nueva religión, y sus costumbres, y Hernando Chinchilla no era una excepción. Era acusado de bigamia, habiéndose casado dos veces, con Leonor de Trujillo y Angelina de Vargas.

Pero algo falló en los cálculos de Martín Cabronero. Hernando Chinchilla efectivamente sería condenado por la Inquisición por bigamia. Una parte de la condena se refería a la confiscación de bienes para el fisco real. Para hacer efectiva esta confiscación se rescató la sentencia del alcalde Dionisio Clemente sobre la deuda de 89 fanegas que Cabronero debía pagar a los hermanos Chinchilla. Cabronero intento aportar la cédula de 10 de enero por la que se habían cerrado las cuentas. No le valió de nada, pues el licenciado Calahorra, juez del Santo Oficio para la confiscación de bienes, dictó la ejecución de bienes y prisión de Martín Cabronero con fecha de 26 de mayo de 1576. Hasta Quintanar se desplazó para ejecutar la orden el alguacil Pedro de Sazeda. El señalamiento de bienes para la ejecución se hizo en 200 fanegas de cebada, de las que se tomó la parte adeudada. Dos vecinos de Quintanar, Ginés de Vala de Rey y el licenciado García, se constituyeron en fiadores, y Martín Cabronero fue conducido a la cárcel de Quintanar, donde por entonces si había alcaide, debía estar ocupado en sus labores del campo, encomendándose a los alcalde Francisco y Martín Gómez pusieran guarda al preso. Desde la cárcel escucharía los sucesivos pregones que se extendieron hasta el siete de junio, fecha en que las doscientas fanegas se remataron en la persona de Juan Simarro por diez mil maravedíes. Simarro era un simple testaferro del reo, al que cedería las doscientas fanegas rematadas en presencia del alguacil del Santo Oficio y otros vecinos entre los que siempre estaba presente el regidor Garci Donate. El alguacil Saceda seguiría con el ritual de su misión, mandando encarcelar esta vez, además de a Martín Cabronero, a su fiador Ginés de Vala de Rey; se comprometía a guardarlos en prisión la mujer del ausente alcaide, que contaba como dudosa garantía con la palabra de no abandonar la cárcel de los dos presos. Sabedor de estas garantías, Saceda trasladaría a la cárcel de Villanueva a Martín Cabronero, que decide llevar su defensa a Cuenca apoderando al procurador Mateo Calvete; pero la sentencia del licenciado Calahorra de 30 de agosto de 1576 es condenatoria. Será recurrida al Consejo de la Suprema el 12 de febrero de 1577 por un Martín Cabronero, que se presenta a sí mismo como labrador. Sin que sepamos el fallo final.

* El proceso de Hernando Chinchilla por bigamia se conserva en el Archivo Diocesano de Cuenca (ADCu. Leg. 264, nº3611. Proceso contra Hernando de Chinchilla de Villanueva de la Jara por bigamia, 1575)


Archivo Histórico Nacional,INQUISICIÓN,4532,Exp.7. Pleito fiscal de Martín Cabronero. 1573-1577

Labradores ricos y moriscos en Quintanar del Marquesado (1573): Un ejemplo de explotación agraria

El contrato para la explotación de las tierras de la dehesa de Galapagar se plasmó en una escritura privada de 3 de marzo de 1573 entre Martín Cabronero y Bernardino de Chinchilla, sus hijos y dos parientes más. Su duración era de doce años, aunque apenas si duró unos meses. Se trataba de una escritura privada en la que actuaba como testigo un vecino del pueblo llamado Juan López. La escritura era muy genérica en la aportación de los inputs iniciales, incorporados por Martín Cabronero en su totalidad, salvo la mitad de la simiente aportada por los aparceros moriscos, y era mucho más detallista en el reparto de frutos final. La desigual distribución de la cosecha pronto, al cabo de unos meses, sería denunciado por los moriscos como prácticas usurarias. Por último, se pasaban por alto otros aspectos como la amortización de los materiales aportados o los daños en las propiedades, que serían motivo de disputa al hacer las cuentas finales. Las carencias y detalles nos aparecen en la misma escritura que reproducimos a continuación:

En la villa de Quintanar a tres días del mes de marzo año de mill y quinientos y setenta y tres años entre partes de la una Martín Cabronero vecino de la villa del Quintanar y de la otra Bernardino de Chinchilla y Hernando de Chinchilla y Lucas de Chinchilla e Yñigo de Chinchilla e Juan de Chinchilla hijos de Bernardino de Chinchilla el susodicho y Juan de Almodóvar e Francisco de Almodóvar todos vecinos de Villanueva de la Jara se an convenido e concertado con el dicho Martín Cabronero por doze años en esta manera que el dicho Martín Cabronero les da e a dado la parte de heredad con el azuda e huerta que tiene en la dehesa de le Galapagar salvo en yerba para que labren e siembren trigo y cevada e qualquier pan y simyllas que quisieren ellos puniendo el dicho Martín Cabronero la mitad de la simiente y las tierras y azuda y el dicho Bernardino de Chinchilla y los demás sus consortes an de poner todos los demás gastos que ubiere hasta que esté todo limpio el pan pagando el dicho Martín Cabronero de la mitad de los almudes que ubiere sembrados de cevada dos rreales de cada almud e de trigo quatro rreales y de cada arroba de lino quatro rreales e de cada arroba de cáñamo dos rreales y esto se entiende por agramar el cáñamo y lino que se lo an de dar limpio por este prescio y an de partir por medio él y los dichos Bernardino y consortes Martín Cabronero una parte y hellos todos otra  y de la fruta de los árboles que en cinco años se coxiere por la misma orden que es partir por medio y de allí adelante no les venga al dicho Bernardino Chinchilla más de la quarta parte y esto se entiende si no valiere más de hasta quatrozientos ducados que no les pertenece a más de ziento y an de labrar y plantar la huerta todos los géneros de árboles que Martín Cabronero les diere que planten a costa de los dichos y regarlos y curarlos bien
yten que sean obligados a pagales las herramientas carro e arados e azadas e açadones e todas las demás herramientas e dos pares de bueyes que les tiene dados que costaron cinquenta e cinco ducados y ciento y cinquenta rreales que montó la huerta e treinta y tres fanegas y media de cevada e quatro fanegas y media de trigo
yten que si alguna atocha u piedra fuere menester para el rreparo del azuda e presa que hellos se an obligados e para hazer allí la balsa que puniendo Martín Cabronero un maeso todo lo demás de el trabaxo sean hellos obligados haziendoles el dicho Martín Cabronero la costa y si alguna madera fuere menester para el azuda y presa que sea Martín Cabronero obligado a compralla y ellos a trahella de do quiera que se comprare que fuesse a tres días del mes de março de mil y quinientos y setenta y tres años testigos que fueron presentes Martín García e Juan de Tébar e Juan López que lo firme a rruego de Hernando de Chinchilla Lucas de Chinchilla Juan de Almodóvar Martín Cabronero Juan López


Martín Cabronero había aportado a la sociedad, además de las tierras (heredad y huerta), treinta y tres fanegas y media de cebada y cuatro fanegas y media de trigo, 755 reales en dinero y aportación de diversas herramientas y animales. Entre los animales, además de prestarles algunos pollinos, destaca la cesión de dos pares de bueyes. El precio de dos pares de bueyes se fija en el texto en 55 ducados y uno de los bueyes sería comprado por Hernando Chinchilla por 11 ducados (121 reales). Este precio contrasta por su valor con el de las mulas que se adquirían en la misma época que, como mínimo, quintuplicaban este precio. Por contra la indemnización de una burra que habían perdido los moriscos se indemnizó con apenas siete reales. La mula todavía no se había extendido y se prefería el buey, que aunque era más lento arando, lo hacía con más profundidad. La mula primero se introdujo en los viñedos. Aunque su irrupción era imparable, todavía se resaltaban sus defectos: poca profundidad de la labranza, que redundaba en la poca absorción por el terreno del agua y los gastos de manutención, pues se alimentaba de cebada, a diferencia del buey que pastaba en los barbechos. De hecho, Martín Cabronero acusará de malicia a los moriscos, por dejar que los bueyes se comieran los árboles, teniendo en uso los Chinchilla un barbecho anejo a sus propiedades y del que no dudará en apropiarse como indemnización por los daños causados.

Los rendimientos de la explotación fueron muy altos, por tratarse de una tierra en la ribera del Júcar. No es baladí, el compromiso, existente en el contrato, de construcción de un azud para riego de las tierras o al menos de los árboles frutales, sobre los que Martín Cabronero, sabedor del fruto mayor que podrían dar estos árboles, había reducido la ganancia de los moriscos, una vez pasados cinco años, a la cuarta parte del total. Pero destacan los rendimientos de los granos. Por esta época se consideraba normal un rendimiento de cinco granos por semilla plantada; sin embargo, el texto nos habla de una cosecha de 350 fanegas de cebada por sesenta almudes sembrados. El rendimiento es próximo a doce por semilla plantada, un rendimiento que no tiene nada que envidiar al obtenido en otras zonas más ricas de Europa en ese momento.

En cuanto al valor de los precios y salarios. Los primeros venían fijados por el precio de la tasa de granos, fijada en esta fecha para la cebada en medio ducado (cinco reales y medio), aunque eso no quiere decir que se respetase. Tal ocurrió en las cuentas que por cédula de 10 de enero de 1574 arreglaron el representante de los moriscos y Martín Cabronero; la fanega de cebada se fijo en tres reales y medio, dos menos que la tasa, aunque en este precio intervenían otros elementos de ajustes de cuentas (los dos reales por la mitad de los almudes sembrados, que incluía el contrato de premio para los moriscos) que había determinado la bajada del precio real, y que serían denunciados por el juez de confiscación de bienes de la Inquisición licenciado Calahorra. El precio real de la cebada se debía acercar a los cinco reales por fanega, que es lo calculado por Martín Cabronero por las ocho fanegas y media que había vendido a los moriscos para su alimentación (el pan de trigo era un lujo). El cáñamo alcanzaba los tres reales la arroba, el lino los doce reales la fanega, la avena apenas si alcanzaba el valor de 18 reales por diez fanegas y el trigo cedido para la siembra se calculaba a nueve reales la fanega. Los precios de la cebada y el trigo se situaban por encima de los calculado para Castilla la Nueva por Hamilton en 1573, un año de buenas cosechas que contrasta con los precios más altos de los dos años anteriores, en los que la tasa de granos no había sido respetada*.

Los salarios eran variables, aunque el precio de la peonada, entendida como el valor de lo que podía labrar un peón al día, se fijaba en dos reales y medio como norma general, aunque la tarea de arrancar panizo o lino se ajustaba a dos reales. Por contra, la yubada o yugada (superficie que podían labrar un par de bueyes en una jornada) de sembrar trigo alcanzaba los cinco reales. El valor de estos salarios estriba en que no contemplan aportaciones en especie. La media de los salarios es medio real superior a la calculada por Hamilton para ese año, fijada para un jornalero en dos reales*.
   
** 1 ducado = 375 maravedíes
     1 ducado = 11 reales
     1 real = 34 maravedíes

                               (continuará)

1 fanega = 6459 metros cuadrados (0.6459 hectáreas) = 2 almudes = 12 celemines

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                             * Precios Expediente M. Cabronero (mrs.)                        Precios Hamilton (mrs.)
Trigo                      306 mrs                                                                             285 mrs
Cebada                   170 mrs                                                                             147.2 mrs


HAMILTON, Earl J.: El tesoro americano y la revolución de los precios en España, 1501-1650. Barna. Ariel. 1983. pp. 360-361 y 416
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Archivo Histórico Nacional,INQUISICIÓN,4532,Exp.7. Pleito fiscal de Martín Cabronero. 1573-1577

viernes, 18 de marzo de 2016

Labradores ricos y moriscos en Quintanar del Marquesado (1573)

Quintanar del Marquesado nos aparece hacia 1575 en las Relaciones Topográficas de Felipe II como un pueblo en constante crecimiento, con alrededor de 400 vecinos. Aunque la guerra de Granada, en la que el pueblo debió tener una importante aportación de hombres está reciente y ha truncado parte de ese dinamismo, ya interrumpido desde que unos años antes el pueblo se endeudara para comprar por nueve mil ducados su villazgo e independencia de Villanueva de la Jara. Es una sociedad desigual, donde apenas si hay hidalgos, pero sí una minoría de campesinos acomodados poseedores de propiedades medias y yuntas de bueyes que les diferencia de una población de trabajadores a jornal. Las Relaciones reconocen alrededor de sesenta labradores, que es como se les llama a esa minoría de campesinos acomodados. Ese grupo se encuentra ahora en una encrucijada, dispone de las tierras y las herramientas, pero no de los brazos para trabajarlas. En esa tesitura se encuentra nuestro protagonista, Martín Cabronero, que pasa por uno de los ricos más hacendados del tiempo. Pero ahora no está en situación de imponer sus condiciones a una mano de obra escasa. La gente joven ha muerto en la guerra o ha emigrado en busca de fortuna en el vacío que han dejado los moriscos expulsos de las Alpujarras; la villa ha perdido desde que en 1561 consiguió el villazgo alrededor de 150 vecinos. Aunque ese vacío será suplido en parte por esa misma población morisca expulsada de Granada y que entre diciembre y enero de 1571 ha llegado a Albacete, repartiéndose desde allí en dos columnas por diversos pueblos de la Mancha. En nuestro caso, los moriscos se han asentado en la vecina Villanueva de la Jara, donde se han formado padrones o listados de los allí residentes. De estos  cristianos nuevos listados, tal como se les llamará en la terminología de la época, echará mano Martín Cabronero: concretamente de la familia Chinchilla y sus parientes los Almodóvar. Pero los moriscos no es población que se someta a jornal y prefiere contratarse con una fórmula más familiar a ellos, la aparcería; venden su trabajo a cambio de la mitad de los frutos de las cosechas. El contexto de escasez de fuerza laboral juega a su favor.

El dinamismo de la villa de Quintanar del Marquesado radica en unas relaciones sociales muy desreguladas. Cuenta con dos alcaldes ordinarios con justicia privativa, pero los pleitos se sustancian en Villanueva de la Jara, aunque en la mayoría de los casos se juega con la colisión de jurisdicciones entre los alcaldes de Villanueva y el gobernador del Marquesado, para eludir todo contencioso. Existe una cárcel como símbolo de su independencia jurisdiccional, pero se ocupa de ella la mujer de un alcaide, que sin salario fijo o mal pagado, como el resto de oficiales del concejo, está ocupado en sus tierras. Sus rentas y recaudación todavía dependen de Villanueva de la Jara, que actúa como centro administrativo donde se sustancian los asuntos de alguna importancia. Hay un escribano con pretensiones nobles, Juan de Garay, pero los contratos, siempre pensando en cómo incumplirlos, ni pasan ante él ni se protocolizan; se prefiere la firma de contratos privados entre partes, en los que algún testigo suele jugar el papel de interesado a favor de una de ellas. Su parroquia es aneja de Villanueva de la Jara y su presbítero, Lorencio Vala de Rey,  parece estar ocupado en los pequeños réditos proporcionados por la administración de sacramentos. Sus alcaldes, cargo que recae de forma repetitiva en la familia Gómez, son cargos añales al servicio de los labradores ricos. Éstos son los dueños del pueblo: la familia Doñate, Alonso García el rico, Martín Cabronero destacan y cuentan con el respaldo y participación en el poder local de otras familias como los Aroca, Simarro, Gabaldón o Vala de Rey. Estos labradores ricos no suelen tener grandes extensiones de tierra en el pueblo, pues es corto de término. Es más, cinco sextas partes de los frutos de las cosechas del pueblo se obtienen en tierras de labranza sitas en el término de la villa de Alarcón. En la dehesa de Galapagar, jurisdicción de esta citada villa, junto a la ribera del Júcar, tendrá sus tierras Martín Cabronero, nuestro protagonista; para cultivarlas firmará un contrato con siete moriscos. Él aporta el capital, los moriscos la fuerza de trabajo; los resultados irán a medias. O al menos eso se dice en el papel que firman, pues con la primera cosecha surgen las primeras diferencias.

que abían de tener las dichas tierras por doze años con una huerta e arboleda y las abían de labrar y benefiziar y el primero año yo puse e abía de poner dos pares de bueyes y lo que se sembró y les dí de comer y abíamos de partir en cada un año lo que en las dichas tierras se coxiese y en esta compañía estubimos un año e de conformidad nos apartamos e dimos por libres della los unos a los otros y que de allí adelante no pasase salbo que yo e mis tierras quedase más libres y ellos ni más ni menos y deshecho el dicho contrato e para aberiguaçión de la cosecha que se abía hecho en las dichas tierras después de averme pedido por justiçia dieron poder a alonso hernández vezino de villanueva de la xara para que cobrase de mí lo que paresçiese deber de la dicha compañía y hecha la quenta y aberiguada fui alcanzado por las ochenta e nuebe fanegas de çebada y seys de linueso e quatro çelemines de panizo e yo a los susodichos los alcanzé por duzientos e treinta e çinco rreales...

                                                                                                     (continuará)



Archivo Histórico Nacional,INQUISICIÓN,4532,Exp.7. Pleito fiscal de Martín Cabronero. 1573-1577