El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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domingo, 5 de noviembre de 2017

Los Piquinoti contra la villa de San Clemente: la ruina de la Hacienda municipal







La Hacienda municipal de San Clemente ya dio síntomas de agotamiento desde finales del siglo XVI, pero la villa aún tenía liquidez para hacer frente a sus obligaciones.Sin embargo, las crisis de subsistencias del cambio de siglo y la terrible peste de 1600 dejaron a la villa exhausta. En auxilio de la villa llegó don Pedro González Galindo. Era un indiano llegado rico de las Indias, por sus méritos y por su matrimonio con su prima María de Tébar, nacida en la Ciudad de los Reyes. Bien acogidos en la Corte, especialmente su dinero, no lo fueron tanto en su villa de origen. Los sanclementinos nunca olvidaron sus orígenes ligados a la familia conversa de los origüela. Hubo un momento que los González Galindo y los Tébar parecieron dominar el pueblo. Don Pedro se hizo reconocer como regidor perpetuo y familiar del Santo Oficio, salvó a la villa, prestándole diez mil ducados de plata en 1607, en una operación de consolidación de deuda que hizo más llevadero el pago de intereses de préstamos anteriores. La fortuna hizo sonreír a la familia, que compraba bienes raíces de incomparable valor en las fincas de Matas Verdes o de las Cruces. Pero entonces llegaron las envidias, el entorno familiar volvió a sufrir las acusaciones de judaísmo. Pronto el cerco se cerró sobre el más notorio de los origüela, el doctor Cristóbal de Tébar, que para salvar su cuerpo más que su alma, hizo donación de sus bienes para la fundación en la villa de un Colegio de la Compañía de Jesús. El lugar elegido sería la iglesia de Nuestra Señora de Septiembre, donde residía la cofradía del mismo nombre, en la que los origüela trataban de limpiar sus orígenes y presentarse como cristiano viejos.

Mientras los sueños de Pedro González Galindo comenzaban a desmoronarse. Había pensado en dejar su emporio económico a su hijo Pedro, pero su matrimonio con Aldonza de Castilla fue un fracaso. La relación entre padre e hijo se agrió, especialmente después de la muerte de Aldonza sin hijos. Así la herencia familiar recayó en la hija Antonia González Galindo, casada con uno de los principales banqueros del reinado final de Felipe IV, Francisco María de Piquinoti. Antonia pronto enviudaría, ante la repentina muerte de su marido Francisco María, que se había vuelto loco al perder su fortuna. Pero la fortuna de los Piquinoti sobrevivió, salvada por Andrea Piquinoti, cuñado de Antonia, llegado desde Amberes para rescatar los negocios familiares. La herencia de los Piquinoti se dividiría entre sus cuatro hijos. Uno de ellos, Benito González Galindo Piquinoti heredaría el mayorazgo fundado por su abuelo Pedro González Galindo y parte de los bienes de la casa genovesa de los Piquinoti. Así la historia de una familia genovesa de banqueros, los Piquinoti, quedó ligada a la villa de San Clemente. Sin embargo, para los sanclementinos el apellido Piquinoti, o piquirroti, como maliciosamente se les llamaba, era sinónimo de origüela. El odio popular se transformó de una familia a otra. En San Clemente, los condes de Villaleal, título que de Carlos II consiguió para la familia Benito Galindo, eran los odiados piquirroti, que tenían sometida a la villa, incapaz de pagar los intereses de un censo de 10.000 ducados



El censo de diez mil ducados de plata prestados por Pedro González Galindo en 1607 estaba integrado como un bien más en el mayorazgo que fundó, junto a su mujer María de Tébar y Aldana, poco antes de su muerte en 1634. Dicho mayorazgo estaba constituido a la altura de 1697, una vez incorporados los bienes que servían de garantía del censo de los diez mil ducados, por
unas casas prinzipales que están en la dicha villa de Madrid en la calle de Alcalá junto al monasterio de las Ballecas, dos zensos que paga el Colegio Ymperial de la Compañía de Jesús de dicha villa de nueue mill ducados de plata de prinzipal y sus réditos zinco mill reales de vellón en cada un año, un juro sobre una casa que llaman del Salbador que está en la calle Maior de dicha villa de zinco mill y quinientos reales de prinzipal y sus réditos doszientos y setenta y zinco reales de vellón cada un año, un juro de nobenta y zinco mil setezientos y seis marauedís de renta a el año situado sobre yerbas del Maestrazgo de Alcántara, unas casas prinzipales en dicha villa de San Clemente, los oficios de escribanías del número de dicha villa, los oficios de correduría y almotazenía de dicha villa, un molino arinero que llaman del Conzejo en la ribera del río Júcar, la dehesa de la redonda en término de la dicha villa, un juro de mill nuebezientas y zinquenta fanegas de trigo situado en las tercias reales de dicho partido de San Clemente y Marquesado de Villena por priuilexio en cabeza de Pedro González Galindo, un oficio de rexidor perpetuo de deicha villa, el patronato del Colegio de la Compañía de Jesús della, una capilla en el convento de San Francisco della, un zenso de veinte mill ducados de principal en plata ympuesto con facultad real sobre los estados de los Vélez y Molina que corresponden de renta en cada un año doze mill y zien reales de vellón, otro zenso contra don Matheo de Villanueva y consortes vezinos de la villa de Tébar de zinco mill y doscientos reales de principal con poca diferenzia y de renta en cada un año socientos y setenta y tres reales poco más o menos, otro zenso contra el conzexo y particulares de la villa de la Roda, otro zenso contra el conzexo y particulares de la villa de Villarexo de Fuentes, una heredad en el sitio que llaman Matas Verdes en término de Villarrobledo, una viña de quatro aranzadas y media en término de San Clemente y qualesquier rentas y efectos que parezieren ser de dicho mayorazgo

El 29 de septiembre de 1668 llegan a San Clemente desde Madrid el escribano Juan Romanco de la Vega y el alguacil Eugenio de Villalobos. Llevan consigo una real provisión que les ordena un cometido claro: cobrar los 156.247 reales que el concejo de San Clemente debe a don Benito Galindo Piquinoti. En su cometido han de contar con el apoyo del alcalde mayor de la villa, el licenciado Francisco Morlote de Alvear, que, en su testimonio, nos presenta una villa que vive un clima de alteraciones. Él mismo acaba de salir de una excomunión; la razón no es otra que haber sacado por la fuerza a varios retraídos de la iglesia de Santiago, donde se habían refugiado tras cometer un asesinato.

La hacienda local de San Clemente estaba arruinada. Desde los años cuarenta, e incluso antes, la guerra y la presión fiscal habían derivado los ingresos de los bienes propios del concejo a sostener el esfuerzo bélico de la Corona. La crisis de comienzo de 1600 había destrozado las finanzas locales de una villa, que ya desde 1580 vivía del empréstito. En auxilio de la misma llegó Pedro González Galindo y su préstamo de diez mil ducados, en reales de plata, pero ahora, el ayuntamiento de San Clemente se vio impotente para pagar los réditos de este censo. El censo tomado a un interés de catorce al millar, es decir, cerca de un siete por ciento, se había renegociado a un interés más favorable del cinco por ciento anual, a pagar en moneda de vellón. Aún así con crisis de los años cuarenta, San Clemente no pudo hacer frente a los pagos. Se hizo precisa una nueva concordia de 1647, firmada entre el concejo de San Clemente y el segundo marido de Antonia Galindo, Pedro de Velasco y Echauz, donde la insuficiente rebaja de los réditos fue sustituida por el compromiso de destinar durante nueve años dos tercios de las rentas de unos propios, ya muy adelgazados, para pago de los réditos del censo. Pero la villa de San Clemente no pudo hacer frente a los pagos. El doce de junio de 1666 estalló la crisis financiera: la villa de San Clemente fue conminada a pagar los cerca de 1600 ducados que adeudaba de los réditos del censo de Pedro González Galindo hasta septiembre de 1665 y de los intereses acumulados por los retrasos. Dos años después llegarían escribano receptor y alguacil dispuestos a ejecutar la deuda.

El escribano Romanco de la Vega se alojó en la llamada Casa de las Comedias. Pero su actuación no era nada teatral. Para pagar las cantidades adeudadas a Benito González Galindo, se pusieron en almoneda varios bienes propios del concejo: la casa, ingenio, barca  y ejido de los molinos de la ribera del Júcar, la renta de la almotacenía y correduría y la escribanía pública. Un pregonero apostado en uno de los arcos de la galería del Ayuntamiento anunció a comienzos de octubre la venta de los propios de San Clemente. A su lado, el escribano y alguacil, pero también el todopoderoso don Rodrigo de Ortega y el presbítero Andrés de Matilla. La solidaridad se mostró entre los vecinos de una villa tan herida como arruinada y nadie del pueblo hizo postura en la almoneda. La subasta al mejor postor había fracasado, se imponía una tasación previa de bienes.

Daba fe de la ruina de la villa, su mayordomo de propios, José de Gomar, que, para el año que iba de San Miguel de 1666 a 1667, reconocía por ingresos unos misérrimos doce reales. La defensa de la villa frente a Benito Galindo Piquinoti la llevó el regidor Sebastián Cantero de Astudillo, que alegó que los Piquinoti podían advocar sus derechos sobre el usufructo de los propios, pero no sobre la propiedad de los mismos. Pero Benito Piquinoti también tenía quien llevara su causa en la villa, correspondiendo la defensa de sus intereses al clérigo José de Ortega y Rosillo, su primo, que procuró nombrar tasadores para valorar los propios de la villa. Quizás, el mismo nombramiento de los tasadores ya mostraba en sus nombres el aislamiento de Benito Piquinoti en la villa de San Clemente. Francisco Ovejero era un maestro de obras de molinos del lugar de Picazo; los otros tres eran ancianos sanclementinos de la época del abuelo Pedro González Galindo. Diego Martínez Alcaide era un antiguo comerciante que había hecho fortuna en los tiempos de guerra como abastecedor del ejército, Juan de Castañeda, un escribano, dedicado a la administración de las rentas reales, y Pedro Montoya Vizcarra había estado ligado a los arrendamientos de las dehesas del pueblo y del propio molino. Otro clérigo, Juan Rosillo Ángel, presentaría el seis de octubre la primera postura por los bienes del concejo (1). El clérigo no era sino el testaferro de un vecino de Salamanca, llamado José de Encinas y Figueroa, del que poco sabemos, salvo que a la sazón se encontraba en Motilla del Palancar ejecutando las deudas que dicha villa tenía pendientes por el servicio de millones. José de Encinas y Figueroa era uno de esos hombres que se situaba a medio camino entre los administradores surgidos en el contexto de las superintendencias nacidas en 1648 y aquellos que confundían sus oficios públicos con sus intereses privados, cuya hacienda procuraban engordar, aprovechándose de unas villas desvencijadas por el inhumano esfuerzo fiscal y militar soportado desde los años cuarenta.

Los amigos de la familia Piquinoti en San Clemente eran asimismo administradores de los intereses reales en la villa. Diego Martínez Alcaide era arrendador de impuestos, de la alcabala del viento y el cuatro por ciento; con pocos amigos en el pueblo, tenía a dos de sus hijos presos por una causa criminal. Las presiones obligaron a Diego Martínez a renunciar a la tasación e igual proceder siguieron el resto de los tasadores nombrados. Nuevos tasadores fueron propuestos por los Piquinoti, entre los nuevos arrendadores de los propios de los últimos años: Francisco Ballestero el mayor, maestro de obras, Juan López Chicano, arrendador de propios, Antonio Martínez, escribano del ayuntamiento, y Julián Herráiz, mayoral de pastores, y buen conocedor de las dehesas del pueblo. Antonio Martínez declinó el papel de tasador por encontrarse entendiendo, como escribano de comisiones, en un caso de falsificación de moneda en el lugar de Rada y la villa de Iniesta y quizás, con más razón, por haber entendido del asunto de las deudas contraídas con Piquinoti, como escribano de los autos proveídos por el alcalde mayor Morlote Alvear.

A pesar de la imposibilidad de conseguir tasadores, la subasta se reanuda el 15 de octubre de 1668. La postura del salmantino Juan de Encinas Figueroa, que mejoró la puja de su testaferro Juan Rosillo Ángel, hasta doscientos mil reales por los bienes concejiles, causó gran desagrado en el pueblo. El regidor Sebastián Cantero de Astudillo sólo reconocía una deuda de cincuenta mil reales por impagos en los últimos nueve años. Los llamamientos del pregonero Juan del Paraíso a nuevas posturas desde los arcos del ayuntamiento se sucedieron los últimos días de octubre. Nadie acudió. Mientras José de Ortega y Rosillo, el hombre de Benito Galindo Piquinoti en la villa, pedía se hiciera efectiva la postura del salmantino Juan de Encinas para el dos de noviembre. El ayuntamiento de San Clemente, reunido de urgencia la tarde del sábado tres de noviembre consigue retrasar la ejecución de los bienes de la villa hasta el día seis. El caso es que llegado el día seis ni José de Encinas se presenta ni otro postor presenta puja alguna. Entretanto, el concejo sanclementino ha fiado la salvaguarda de sus propios a una tasación de sus bienes que dé fe de un valor superior al que se ofrece en la puja. El 19 de octubre se tasará el molino, a partir del tres de noviembre el resto de bienes propios.

De todos los bienes propios de San Clemente, el molino de la ribera del Júcar, en el término de Sisante, llamado el molino del Concejo, era el más querido. Comenzadas las obras en 1514 por mandato del concejo sanclementino, las mismas corrieron a cargo del cantero vasco Pedro de Oma. Su construcción era un símbolo de la libertad de la villa frente a los monopolios de carácter feudal de la familia Castillo, alcaides de Alarcón. Pero a la altura de 1668, el molino, que, situado a medio camino entre Sisante y Casasimarro, había contribuido al crecimiento de estos pueblos, presentaba un estado calamitoso a ojos de los tasadores Francisco Ovejero y Francisco Ballestero. Una riada del río Júcar en 1667 había llevado a su arrendador Pedro Montoya Vizcarra a abandonarlo.
an visto el molino arinero que está en la ribera del Júcar y la casa y portales que está en el término de Sisante y el exido y yslas, que está el exido de este cabo del molino y llega al río y la ysla está entre el río y el caz, y ansimismo an visto dos hazas que son como todo lo demás referido propios desta villa, las quales están de la otra parte del río como se va desta villa de San Clemente a Casasimarro, que alindan con la uereda que baxa de dicho Casasimarro al río y por la otra parte con güertas del lizenciado Ruypérez, vecino de Casasimarro, todo lo qual según el estado en que oy está lo tasan en ochenta y dos mill y quinientos reales de vellón que es el verdadero valor que todo lo susodicho tiene en propiedad en que se yncluye el derecho de poder tener barca que su sitio della está junto a la casa por la parte de arriba donde ay una cal y canto y un árbol grande que no ay otro en todo su contorno como aquel porque al presente no ay barca, maroma ni los demás ynstrumentos nezesarios para usar della; y declaran que el dicho molino al presente está yermo sin que lo asiste persona alguna y la puerta del dicho molino y casa todo abierto con lo qual cada día vendrá en menos valor, en especial en este tiempo que está ymediato el ynvierno, que con las aguas será preciso que las ruinas se aumenten

Ubicación del molino del Concejo, entre Sisante y Casasimarro
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Imagen de la isla formada por el río Júcar, donde se ubicaba el molino de San Clemente
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Vista detallada antiguo molino y casas y hazas anejas
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En rojo, ubicación del molino del Concejo, propiedad de la villa de San Clemente. Aunque aparentemente las propiedades se se situaban en los términos de Sisante y Casasimarro, en realidad, el término era de Alarcón
Mapas y minutas del Instituto Geográfico Nacional




La tasación del molino en ochenta y dos mil quinientos reales era desorbitada para un ingenio que no estaba en uso, pero tal valoración perseguía apartar de la puja hecha al salmantino José de Encinas, que decidió desistir de la postura hecha. Las almonedas celebradas el nueve y diez de noviembre quedaron desiertas. A decir de José Ortega y Rosillo, no ay quien compre dichos bienes ni habrá quien quiera comprarlos por temor de no enemistarse con el ayuntamiento.

Tan interesado como el ayuntamiento en dejar desierta la subasta estaba Benito Galindo Piquinoti, sabedor que los propios del concejo de San Clemente, o parte de ellos, acabarían en sus manos. El conflicto jurídico estaba servido: el ayuntamiento consideraba que la ejecución solo afectaba a las rentas; Benito Galindo Piquinoti, a la propiedad de los bienes. El diez de noviembre el joven caballero de Alcántara pide se le adjudiquen el molino y propiedades anexos, la almotacenía, la correduría y las escribanías del número y del ayuntamiento. Dos días después el juez Juan Romanco de la Vega dicta sentencia adjudicando en venta judicial a Benito González Galindo la propiedad de una parte de los bienes propios de la villa de San Clemente: el molino y anejos, la almotacenía y la correduría
debo adjudicar y desde luego adjudico para en propiedad del dicho pago a el dicho don Benito Galindo Piquinoti y a quien por él fuere parte el molino arinero que está en la ribera del Júcar, casa y portales que están en el término de Sisante, que está de esta parte del molino y llega al río y la ysla que está entre el rio y el caz; y dos hazas que están de la otra parte del dicho río, en el camino que va de esta villa a Casasimarro, y alindan con la vereda que baja de dicha Casasimarro al río, por una parte, y por otra con güertas del lizenciado Ruy Pérez, vezino de dicho Casasimarro, que todo lo referido es propio de esta villa y está tasado en ochenta y dos mil y quinientos reales de vellón; y ansimismo adjudico a el susodicho los oficios de correduría y almotaçanía de esta villa en propiedad que son propios de esta villa y están tasados en settenta mil reales de vellón
El valor de los bienes adjudicados, 152.500 reales de vellón, no llegaba ni siquiera a  cubrir la totalidad de la deuda contraída con Benito Galindo Piquinoti: 156.247 reales de vellón y 18 maravedíes de los réditos del censo, a los que había que añadir 437 reales y 17 maravedíes de costas judiciales. No perdonaría Benito Galindo los 3.747 reales y 18 maravedíes restantes. El pago se haría sobre el arrendamiento del molino del último año. Mientras, para formalizar estos flecos de la venta judicial y dejar atados todos los cabos con el ayuntamiento, actuará como asesor en las operaciones el licenciado Lucas Mateo Fernández. Cuando el 5 de diciembre se hace tasación de costas y salarios la cantidad adeudada ha subido a 299.311 maravedíes, más de 8.800 reales. La deuda seguiría acrecentándose. El resultado es que Benito Galindo Piquinoti se haría por venta judicial con la propiedad de la escribanía en 1677 y con la dehesa redonda en 1686.

La venta judicial de los propios suponía una merma financiera para la villa que sería un elemento de primer orden para explicar el estado de postración de la villa. Pero hubo gestos simbólicos que fueron tanto o más importantes. Así cuando se entregaron los patrones de pesos y medidas de la villa, en posesión del arrendador de la almotacenía, a José de Ortega y Rosillo, representante de Benito Piquinoti
el qual (el almotacén Nicolás de Peñaranda) puso de presente el marco, pesos y medidas siguientes: una media arroba de arambre  para medir vino, un quartillo y medio quartillo de barro, un quartillo y media azumbre, de arambre, para medir miel, media libra y quarterón de oja de lata para medir azeite, un marco que dijo ser de quatro libras de peso con su balanza para contrastar las pesas, seis pares de balanzas viejas echas pedazos que no se puede usar por estar en dicha forma, una pesa de yerro de dos libras, otras tres pesas de 1 libra de yerro, otras dos pesas de yerro de a media libra, medio zelemín de madera herrado y medio quartillo de lo mismo sin herrar, una caja de madera para padrón de las varas de medir, una media fanega de nogal herrada para medida por donde se ajustan las demás desta villa, un cuño en que ay una que es la señal de que usa esta villa para marcar los pesos y medidas que se corrijen con los dichos padrones 



La villa de San Clemente nunca aceptaría la enajenación de los propios de 1668 y recurriría la decisión del juez y escribano receptor Juan de Romanco de la Vega ante el Consejo de Castilla. Por fin el 6 de octubre de 1728 conseguiría la nulidad de la venta judicial de 1668. El conflicto había seguido latente todos estos años. Desde 1681, la villa de San Clemente se había negado a pagar los réditos del censo, acumulando una deuda con los Piquinoti para el periodo de 1681 a 1729 de 207.900 reales. Incluso todavía se adeudaban 4.243 reales de la venta judicial de 1668. A la ruinosa situación de la Hacienda municipal de la villa de San Clemente se había intentado dar salida con un concurso de acreedores de 1672, pero la situación se había complicado sobremanera. Al concurso se presentó don Fernando Manuel Piñán de Zuñiga, beneficiado de Nuestra Señora de la Antigua de la ciudad de Sevilla, y heredero del censo de 6.000 ducados de plata que don Pedro Piñán había prestado a la villa de San Clemente. Fernando Manuel Piñán pidió el secuestro y reserva de bienes municipales, que pasarían a su administración directa, para hacer efectivo el cobro de los réditos de su censo. El cobro de los censos de los Piquinoti y Piñán entrarían en colisión. Hubo un nuevo concurso de acreedores en 1702, pero la cruenta realidad de la Guerra de Sucesión lo dejó en papel mojado.

Los Piquinoti reavivarían el pleito el 15 de enero de 1731 para recuperar las deudas atrasadas. Pero esta vez se querellarían tanto contra el concejo de San Clemente como contra los herederos de los Piñán. El detonante para la querella de los Piquinoti ha sido un auto del ayuntamiento de San Clemente de 12 de diciembre de 1730 decretando el secuestro de los bienes y rentas de los Piquinoti en la villa, intentando volver al concurso de acreedores de 1702, que no diferenciaba adscripción de bienes propios diferenciados y reservados para el pago de deudas a los acreedores y retomaba el control municipal de todos los bienes (incluidos los de la venta judicial de 1668 y posteriores, que solo se declarará nula en 1728) para hacer frente a los pagos. Los Piquinoti conseguirán de la justicia derogar el acuerdo del ayuntamiento de San Clemente de 12 de diciembre de 1730 por sentencia de 18 de mayo de 1741, haciendo valer el reconocimiento de sus deudas.

El quince de julio de 1741, el heredero de los Piquinoti, Juan Francisco Galindo Piquinoti, hijo de José Joaquín Galindo Piquinoti y nieto de Benito, decide hacer efectiva hacer la sentencia de la Chancillería de Granada de 18 de mayo y envía a Francisco Collar a negociar y ajustar con el ayuntamiento de San Clemente las cantidades que por las rentas de la almotacenía, correduría y escribanía se deben desde tiempos de su abuelo. En realidad, hay por ambas partes intención de llegar a un acuerdo para terminar con un conflicto que ya dura un siglo. Así, en la reunión del ayuntamiento de la villa de 29 de julio de 1741 se decide nombrar un contador a Francisco Antonio Cifuentes Mazo para liquidar cuentas con los Piquinoti, que nombraban su contador propio en la persona de Hipólito Francisco Jericó. En la distensión del conflicto contribuyó que los Piquinoti trocaran el interés por las deudas del concejo de San Clemente por otra disputa: la herencia de Andrea Piquinoti, el hermano de Francisco María y cuñado de Antonia Galindo, cuyos bienes no se integraron en le mayorazgo fundado por su padre y de los que eran legitimos herederos los cuatro hijos de Antonia. Pero los auténticos protagonistas que asumieron la responsabilidad de dar una solución final a tan largo conflicto fueron los regidores Juan de Espila Perona y Sebastián Belmonte.

En la liquidación de cuentas del concejo de San Clemente con los Piquinoti, la villa de San Clemente alegó que debía descontarse las ganancias de los bienes propios adquiridos por los Piquinoti en ventas judiciales desde 1668. Así los molinos harineros, por ejemplo, había sumado a la casa Piquinoti unas rentas anuales de 3.300 reales, la dehesa redonda, seiscientos reales, la correduría y almotacenía, 2.200 reales anuales, la escribanía en 2.650 reales anuales. Tales valores de arrendamiento no eran fijos en los diferentes años pero si estimativos. De tal modo que la escribanía no siempre se arrendaba en un único titular que la subarrendaba en otros escribanos, así a partir de 1712 se tendió a arrendamientos individuales entre los diez y ocho escribanos que la servían por una cantidad fija de cien reales, o al menos esta era la cantidad declarada, sin duda unfravalorada, ante la Contaduría mayor de rentas en manos de los Melgarejo. Lo que no cabe duda es que los Piquinoti exprimieron las rentas enajenadas a su favor de la villa de San Clemente. Una muestra es que para el período 1706 a 1716 los ingresos recibidos por el arrendamiento de la almotacenía y correduría ascendían a 787.292 maravedíes, es decir, algo más de dos mil ducados.

La liquidación de cuentas entre el concejo de San Clemente y los Piquinoti se formalizó el 30 de octubre de 1741 y comprendió el período comprendido entre el año 1629 y el año 1740. El censo de los diez mil ducados de plata imponía un interés próximo al siete por ciento, pero en la concordia de 1647 se decidió un nuevo interés del cinco por ciento, quinientos ducados, nuevamente rebajados en 1706, por una pragmática que afectaba a todos los censos, a un interés del tres por ciento, trescientos ducados:

  • Para el período de 1629 a 1638, 46.750 reales de réditos
  • Para el período de 1638 a 1647, 52.250 reales de réditos, más 4.000 reales de costas. Sumados a los anteriores hacen un total de 103.000 reales, que fueron reconocidos por la villa en la concordia de 1647.
  • Para el período de 1647 a 1705, 319.000 reales
  • 285 reales de prorrata de los réditos del año 1705, desde 18 de julio hasta que se decide en agosto de ese año bajar los intereses al 3 por ciento
  • 3.119 reales de prorrata de los réditos desde 17 de agosto de 1705 hasta misma fecha de 1706
  • Para el período de 1706 hasta 1728, 72.600 reales de vellón
  • 731 reales de prorrata de réditos desde 17 de julio hasta seis de octubre, fecha de sentencia de nulidad de las ventas judiciales de los propios de la villa.
  • 24.050 reales de los pagos hechos entre 1668 y 1728 al censo de doña Isabel de la Cadena, de 800 ducados de principal, por haberse sacado de las rentas de los propios embargados al censo de los Piquinoti
La liquidación de cuentas no sería aceptada por el concejo de San Clemente, que no reconocía las deudas que los Piquinoti pretendían de la memoria de Isabel de la Cadena, y se quejaba de las abultadas rentas que los Piquinoti habían ganado de la administración de los propios en el tiempo que los habían poseído tras la venta judicial. Pero San Clemente no quería avenirse a una solución, detallando las partidas que denunciaba. Simplemente, no quería pagar. Por los datos aportados por el Archivo Histórico de San Clemente tenemos noticias que el pleito entre la villa y los Piquinoti seguía en la década de los sesenta y que en 1786 se ajustaban cuentas para redimir el censo. En todo, este intervalo de tiempo los Piquinoti, llamados por el pueblo los piquirroti, que denunciaba sus orígenes conversos, procedentes de la familia origüela, eran el centro de las iras y el odio exacerbado del pueblo. Desde Antonia Galindo, la madre de Benito Galindo Piquinoti, el I Conde de Villaleal, ningún miembro de la familia había osado pisar la villa. Mientras, su casa palacio de San Clemente, el hogar familiar de Pedro González Galindo y su mujer María de Tébar y Aldana, permanecía en ruinas, como sigue hoy en día, con su vieja portada y escudo de armas familiares. Era el símbolo de la pervivencia de los origüela, de cuya sangre todos los sanclementinos querían renegar, pero ninguno podía olvidar.


Anexo. La Hacienda municipal hacia 1665

La hacienda municipal de la villa de San Clemente había menguado muy rápidamente desde comienzos del siglo. El patrimonio municipal, los llamados bienes propios, se habían vendido en los años treinta y cuarenta para hacer frente a las exigencias fiscales y militares de la Monarquía hispánica.  Todos estos bienes estaban hipotecados desde 1607, cuando la villa los ofreció como garantía en el censo de diez mil ducados de Pedro González Galindo. Por entonces, el valor de los mismos se había detallado de la siguiente manera:

  • La escribanía pública de la villa, con una renta anual de 600 ducados (225.000 mrs.), y que en el futuro garantizaría el pago de intereses.
  • La escribanía del ayuntamiento.
  • La caballería de la sierra, de los pinares, montes, dehesas y términos baldíos, con una renta anual de 100 ducados (37.500 mrs.)
  • Almotacenía, 200 ducados (75.000 mrs.).
  • Correduría, 300 ducados (112.500 mrs).
  • Los aprovechamientos de los dos pinares en los caminos de Munera y Villarrobledo, el monte de encinas del Cadozo y San Ginés, camino de Villar de Cantos y Santa María del Campo.
  • Las rentas de los sitios y hornos.
  • Los censos perpetuos sobre las heredades y tierras de la cañada de camino de Villarrobledo.
  • Renta de 12.000 maravedíes sobre los oficios de fieles ejecutores.
  • Penas impuestas en virtud de ordenanzas.
  • El molino harinero, una barca en la ribera del Júcar, en término de Vara del Rey, que rentaba 100.000 maravedíes anuales.
  • Las casas del cabildo y ayuntamiento.
  • La casa de la carnicería, red de peso, cámaras y graneros para pósito y alholí.
Hacia 1625, la rentas procedentes de los propios presentaban una situación mucho más boyante, que garantizaba el pago de los réditos del censo de diez mil ducados de Pedro González Galindo.
  • Escribanía pública, que sirve diez o doce escribanos, valor de 20.000 ducados, renta anualmente, 231.776 mrs. 
  • Escribanía del ayuntamiento, consumidas (vendidas a particulares), valor de 2.000 ducados, renta anual, 0 mrs.
  • Correduría y oficio de corredor, valor de 5.000 ducados, renta anual, 80.000 mrs.
  • Renta de la almotacenía, valor de 4.000 ducados, renta anual, 70.000 mrs.
  • Caballería de la sierra para guarda de los montes, términos y vedados, valor de 3.000 ducados, renta anual, 75.000 mrs.
  • Renta perpetua: Censos contra vecinos impuestos sobre tierras de la Cañada de Santa Ana, valor de 1.000 ducados, renta anual, 16.000 mrs.
  • Dos oficios de fieles ejecutores, servidos por dos regidores, pagados con penas de cámara, valor de 2.000 ducados, renta anual, 12.000 mrs.
  • Casa de los molinos harineros en la ribera del Júcar, valor de 10.000 ducados, renta anual, 136.000 mrs
  • 1/3 de las cortas de montes, pinares y dehesas, valor indeterminado, renta anual, 20.000 mrs.
  • Dehesa de Alcadozo, valor indeterminado, renta anual, 13.600 mrs.
  • Dos montes de encinas y pinares en los caminos de Villarrobledo, valor indeterminado, renta anual, 27.200 mrs.
  • Monte de encinas de Alcadozo y otro de Villar de Cantos (arrendada la bellota junto a la de las encinas ubicadas en los pinares, valor indeterminado, renta anual, 136.000 mrs.
  • Dehesa y pinar de la hoya de la Cierva, que es monte de encinas, pertenecientes a las heredades de Villalpardillo, valor indeterminado, renta anual, 34.000 mrs
  • Sitios yermos, ejidos de Rus, heredad de Casablanca, valor indeterminado, renta anual, 20.000 mrs.
  • Renta que pagan los abastecedores de carnicerías por el abasto y uso de la dehesa carnicera, valor indeterminado, renta anual, 53.256 mrs.
  • Alhorí de la villa, 2.000 ducados (valor de trigo y dinero), renta anual,  0 mrs.
  • Pósito de Alonso de Quiñones, 10.000 fanegas de trigo, no hipotecables a deuda alguna, renta anual, 0 mrs.
  • Casas de la cárcel, casas de su cabildo e ayuntamiento y las casas de las carnicerías y pósito, valor indeterminado, renta anual, 0 mrs.
TOTAL RENTA DE LOS PROPIOS: 954.834 mrs.

Así, podemos definir la hacienda municipal de la villa de San Clemente como una hacienda desahogada, pero a partir de los años treinta, las dehesas comenzaron a arrendarse, primeramente, y enajenarse después, cuando no, caso de Villar de Cantos, pasar a jurisdicción señorial de los Ortega. Los ingresos de las dehesas fueron a parar a sostener el esfuerzo bélico de la Monarquía, después se sumaron el caudal e ingresos del pósito. Las rentas, como la correduría, la almotacenía y la propia escribanía, que dependían del número de transacciones y negocios, decayeron paralelamente al declinar de las actividades comerciales de la villa. San Clemente fue incapaz de hacer frente a los pagos. Hemos citado anteriormente el testimonio de José Gomar, mayordomo de propios, que reconocía en el balance anual de su arca apenas doce reales, que desaparecieron tan pronto como ingresaron.

Los principales ingresos del ayuntamiento hacia 1665 procedían del arrendamiento de unos pocos bienes propios: la escribanía, la almotacenía, la correduría, la dehesa de Villalpardillo y el molino de la ribera del Júcar. El molino todavía procuraba al concejo 128.919 maravedíes anuales cuando Pedro Montoya Vizcarra lo arrendó en el período de 1664 a 1668. Los escribanos pagaban desde 180 a 700 reales por el ejercicio de la escribanía del número, pero el importe de dicha renta había disminuido por ser ejercida por menor número de escribanos. A decir del escribano Juan de Castañeda el valor de las escribanías del número y ayuntamiento no distaba en 1668 del valor que tenían en 1598, cuando la villa las compró por ocho mil ducados; cifra muy alejada de los veinte mil ducados en que serán valoradas un cuarto de siglo después. La correduría y almotacenía sería valoradas en 1668 en alrededor de 70.000 reales de vellón, considerándose que la renta anual no iba más allá de 1500 reales de vellón. Rentas muy minusvaloradas desde comienzos de siglo.

La villa tenía además de propiedades dos obligaciones principales, que respondían a dos censos contraídos en el pasado. Uno era el mencionado censo de diez mil ducados de Pedro González Galindo; el otro era un censo a favor de los herederos de Isabel de la Cadena, por el que la villa pagaba unos réditos anuales de 982,5 reales de vellón.




(1) La postura de Juan Ángel Rosillo, que actuaba en nombre de don José Encinas Figueroa,  se desglosaba del siguiente modo:

  1. Por el molino, casa, barca y ejido de la ribera del Jucar, 50.000 reales de vellón (punto de partida de la subasta 40.000 reales)
  2. Por la almotacenía, 35.000 reales (punto de partida 30.000 reales)
  3. Por la correduría, 25.000 reales (punto de partida, veinte mil reales)
  4. Por la escribanía, 55.0000 reales (punto de partida 50.000 reales)
  5. Por la dehesa de Villalpardillo 30.300 reales (punto de partida 30.000)

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ CAJA 845, PIEZA 11. Pleito entre la villa de San Clemente y los Piquinoti o condes de Villaleal por los réditos de un censo. 1741

domingo, 19 de marzo de 2017

Los pesos y las medidas en el Marquesado de Villena

La diversidad de pesos y medidas variaban según las comarcas y tierras. Tal diversidad era un obstáculo para los tratos entre las comunidades, especialmente en el comercio de dos productos: el trigo y el vino, 
es notorio quanta deshorden ay en los dichos nuestros rreynos por la diversydad e diferençias que ay entre unas tierras e otras de las medidas de pan e vino 

Media fanega
Sobre pesos y medidas ya el rey don Juan II promulgó ciertos capítulos insertos en una ley de 1435, que fue confirmada el año siguiente en las Cortes de Toledo. Otra ley, en este caso de Enrique II, sería promulgada por las Cortes también celebradas en Toledo el año de 1462. Dichas leyes fueron recopilada en una pragmática de nueve de enero de 1496, que, por la misma universalidad de la norma, venía a resolver las disputas existentes por la aplicación de dos patrones en los pesos y medidas: el de la ciudad de Ávila y el de la ciudad de Toledo. La medidas adoptadas para los granos fueron la media fanega y el medio celemín de Ávila y la adoptada para el vino, la cántara del Reino de Toledo
...enbiar a esas dichas çibdades e villas e logares que son cabeças de partido para que lo traygan e fagan traer a devido efecto a las quales mandamos que lleven e tomen la medida de la media hanega de pan e medio çelemín de la dicha çibdad de ávila e la medida de la cántara de vino de la dicha çibdad de toledo
Se obligaba primero a las cabezas de partido y, posteriormente, en un plazo de treinta días a disponer de patrones para la medidas al resto de lugares. En el caso del pan, entiéndase granos, los concejos debían disponer de medidas hechas de piedra o madera con chapas de hierro y para el vino hechas de cobre. Las medidas de los diferentes lugares debían ser iguales a las existentes en las cabezas de partido, dando fe de ello los escribanos con su sello.

Cántaras del museo de Cerámica de Chinchilla
Apenas habían pasado cinco años de la publicación de la pragmática, cuando Villanueva de la Jara se quejaba de ser la única villa del Marquesado que la aplicaba: el resto de villas seguían usando las medidas antiguas en perjuicio de los jareños que veían como los mercaderes dejaban de ir a su villa a comprar el trigo.
(el resto de villas del Marquesado) miden con las medidas que antes medían e a esta cabsa los mercaderes que solían venir a conprar pan a la dicha villa de villanueva no quieren venir por ser la dicha medida chica

El gobernador del Marquesado sería comisionado para intentar igualar las medidas a los patrones de la pragmática, que recogía fuertes penas por su incumplimiento que iban de los cinco mil maravedís a los veinte mil por la reincidencia del uso de medidas antiguas.

El desorden de la medidas continúo durante todo el siglo XVI. Las medidas unificadoras de Felipe II en 1563 y 1568 fijaron respectivamente la arroba como medida de peso para el aceite y la vara burgalesa para el comercio textil (San Clemente tuvo que cambiar su vara toledana de 906 mm. por la burgalesa de 836 mm.), pero en el ámbito del pan y el vino siguieron vigente las medidas de la pragmática de Tortosa de 1496. Tenemos constancia que en más de una ocasión, en 1552 o 1577, los sanclementinos fueron hasta Ávila para confrontar sus medidas con el patrón existente en el archivo de esta ciudad y obtener patrones iguales para la villa de la media fanega, celemín y cuartillo existentes en aquella ciudad, sellados por los fieles como signo de autenticidad.

Todavía en 1580, según documento conservado en el Archivo Histórico de San Clemente (1), las relaciones entre San Clemente y algunos lugares de la tierra de Alcaraz, como Lezuza, el Bonillo o Munera, se veían entorpecidas por el uso de patrones diferentes; ordenando Felipe II el sometimiento a las medidas oficiales
por quanto entre las leyes de nuestros Reynos ay una que dispone que en todos los pesos, que sean las libras yguales, de manera que ayan en cada libra 16 honzas, y esto sea en todas las mercaderías y carne y pescado y en todas las cosas que se vendiesen por libras: yten, que toda cosa que se vendiere por arrova, que aya en cada arrova 25 libras y no más ni menos: yten, que la medida del vino, ansí de arrobas como de cántaras y açunbres y quartillos, que sean la medida toledana: yten, que todo el pan se obiere de vender y conprar, que se venda y conpre por la medida de la ciudad de Avila, y esto así en la fanegas como en los celemines o cuartillos.
La diversidad en las medidas entre las tierras del Marquesado y las poblaciones de la tierra de Alcaraz afectaba especialmente al comercio de granos con la villa de Villarrobledo, que utilizaba una media fanega más pequeña que la existente en Ávila, obteniendo un pingüe beneficio en las ventas. De ello se quejara San Clemente en 1613 (2)
la villa de Villarrobledo tiene e usa e a usado de una media fanega con que se mide el trigo que es pequeña e falta e no corresponde con el patrón de Abila... porque se a visto y averiguado e liquidado que en treinta fanegas falta una, de lo que es notable daño a todo el Reino por ser la dicha villa donde su trato es la venta de trigo e particularmente a esta villa le resulta e a resultado notable daño, porque como circunvecina a acudido y les fuerza acudir a la dicha villa a lo comprar.


Archivo General de Simancas, RGS, Leg, 150107, 443 Sobrecarta de la ley de pesos y medidas. 1501

(1) TORRENTE PEREZ,  Diego: Documentos para la Historia de San Clemente. Tomo II, p. 40
(2) Instrucción del concejo de San Clemente al procurador Francisco Rodríguez de Tudela para representación ante el Consejo Real de 25 de mayo de 1613. AMSC. AYUNTAMIENTO. Leg. 30/77

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  • La cántara o arroba tenía 8 azumbres; la azumbre, 4 cuartillos; y el cuartillo, 4 copas. La arroba o cántara de vino contenía poco más de 16 litros, a diferencia de la de aceite que contenía, después de su fijación en 1563, doce litros y medio
  • La fanega contiene doce celemines y dos almudes. Su capacidad, según las comarcas, variaba en torno a los 55 litros y medio. También se entendía como medida de superficie, equivalente a alrededor de 6459 metros cuadrados