El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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miércoles, 18 de noviembre de 2015

El abasto de trigo en Iniesta y la tasa de granos (1502)

A comienzos del quinientos Iniesta vería como dos de sus vecinos eran juzgados y condenados a instancia de Diego Pinto, alguacil mayor del Marquesado de Villena; se trataba de Juan de Campos el mozo y Lázaro de Gabaldón, abastecedores de pan de dicha villa, acusándoles de haber vendido el trigo a mayor precio del fijado por la pragmática real. En una primera sentencia condenatoria, dada en 19 de septiembre de 1503, el alcalde mayor del Marquesado licenciado Montesino, considerando haberse vendido el trigo a un precio excesivo de 220 maravedíes la fanega, condenó a los dos abastecedores a cien fanegas de trigo, más quince maravedíes cada fanega. La sentencia recurrida por los condenados a la Chancillería de Ciudad Real, que estaba a punto de ser trasladada a Granada, sería derivada hacia el Consejo Real, por entonces y dado su carácter itinerante en Medina del Campo. En un primer momento los abastecedores conseguirían apartar al licenciado Montesino del caso, pero la justicia real no estaba de su parte: el mismo alcalde mayor los prendería y a petición del fiscal del Consejo Real se daría por archivada la apelación.

Juan de Campos el mozo y Lázaro de Gabaldón habían comprado el trigo en Corral de Caracuel, una villa del Campo de Calatrava, distante de Iniesta treinta y seis leguas. El trigo fue trasportado en carretas cargadas con doce fanegas cada una a principios de abril de 1503, en tiempo de muchas aguas y malos caminos y no se podían pasar los rríos ni podían salir las carretas porque avía grandes lodos. El precio de compra de la fanega de trigo en Corral de Caracuel  había salido a 110 maravedíes, pero el precio final se había duplicado por los costes de transporte, 93 maravedíes por fanega, y las tasas de portadgo pagadas, dos maravedíes por fanega; resultando así el precio final de la fanega en 205 maravedíes. O al menos esta es la cuenta que se hacían los dos abastecedores de la villa de Iniesta, para justificar el precio final de venta del trigo convertido en pan cocido que les había de procurar un beneficio, que según el concierto con el concejo de Iniesta había de ser de 32 maravedíes por fanega, pero que a los abastecedores, siempre según su versión, les había reportado un beneficio menor de 15 maravedíes, por haber fijado el precio de venta final en 220 maravedíes la fanega.
Previamente, los dos abastecedores habían firmado un concierto el 30 de marzo de 1503 con el concejo de la villa de Iniesta, representada por los regidores Alfonso Martínez de Correa y Alfonso Fernández para traer el pan que necesitase la villa. En el contrato se reconocía que la villa tenía mucha nesçesidad de todo e qualquier pan que los susodichos truxesen e pudiesen traer fuese antes del mes de junio. En las condiciones del concierto se decía que de todo e qualquier pan que los susodichos Juan de Campos e Lásaro de Gavaldón troxesen a esta dicha villa que se les pagase todo el costo que en ello ouiere e se fiziere fasta ser puesto en esta dicha villa saluo la costa de sus personas que no se les ha de contar e demás que se les dé de ganançia en cada una fanega del dicho trigo que así a esta dicha villa truxeren treynta e dos maravedíes contento que lo den fecho pan cozido a su costa e que no se los cuente en el moler cosa alguna. Los dos abastecedores alegaban además desconocer la pragmática de la tasa de granos y guiarse en su actuación por el concierto al que se había llegado con el concejo de Iniesta y la licencia obtenida por la justicia y regidores para vender el trigo a esos precios; una práctica que por otra parte era muy común en otras partes del
Reino como  Murcia. Pero la comunión de intereses o complicidad que existía entre regidores locales y abastecedores de trigo chocaba con la política de la Corona, por eso los dos abastecedores de Iniesta se las tuvieron que ver con Diego de Pinto, alguacil mayor del Marquesado, garante del cumplimiento de la tasa de granos.
En realidad, la pragmática sobre la tasa de granos era muy reciente, había sido aprobada el 23 de diciembre de 1502. Los dos abastecedores de Iniesta podían por tanto alegar su desconocimiento, pues la pragmática se había aprobado apenas tres meses antes de la operación de compra que hicieron en Corral de Caracuel, pero en el momento que se planteó el pleito tenían un perfecto conocimiento de la misma. De hecho, el precio que declararon de compra de la fanega de trigo, 110 maravedíes, coincidía sospechosamente con el precio máximo del trigo de la pragmática. Así su razonamiento fue justificar la especulación por los altos costes del transporte. Sin embargo, las circunstancias del momento iban en su contra; la pragmática se había aprobado porque a pesar de que la cosecha de granos fue abundante en el verano de 1502, los precios se desbordaron por estar el trigo en mano de regatones y acaparadores. El 4 de marzo de 1503 fue preciso declarar que la harina no se vendiese sino al precio de la tasa de trigo y el 20 de abril se mandó que se evitasen los fraudes que se habían introducido en la venta de pan cocido.

FUENTE

AGS. CONSEJO REAL, Leg. 57, folio 2, Pleito entre el fiscal y Juan de Campos y Lázaro de Gabaldón por venta de precio del pan por encima de la tasa (1503-1505)

sábado, 31 de octubre de 2015

Hernando del Castillo, el licenciado Melgarejo y el ayuntamiento del 9 de noviembre de 1548.

Aquel mes de noviembre de 1548, el gobernador del Marquesado de Villena, Luis Godínez de Alcaraz, lo pasó en San Clemente. Su estancia fue aprovechada para la celebración de varios ayuntamientos para tratar temas ordinarios de la villa, en los que no faltaron la referencia a los numerosos pleitos en que se hallaba inmerso el pueblo en la Chancillería de Granada.
El ayuntamiento de San Clemente había perdido parte de su frescura democrática, desde que en 1543, y tal como sucediera en otras villas, una Corona agobiada por los problemas financieras de la enésima guerra con Francia decidiera vender los oficios de regidores perpetuos y acabar con su elección, como ocurría con los alcaldes ordinarios. Estos oficios que supieron mantener su independencia y la primera instancia frente a los gobernadores del Marquesado, acabaron siendo cargos añales al servicio de los grupos de poder local y su elección motivo de enfrentamiento entre los bandos.

La villa de San Clemente, acababa de salir de una de las crónicas crisis de subsistencia, agravada por una plaga de langosta, que le había obligado a tomar a censo 2.000 ducados en 1545 para el abasto de trigo, veía como los precios del trigo se hundían ahora e incluso el depositado en el alhorí de la villa tenía difícil salida. Antón Dávalos, abastecedor de la panadería, veía como perdía en cada libra de pan dos maravedíes. En frente de su negocio tenía a un Origüela, Gonzalo de Tébar, que se llevaba ocho maravedíes por la venta de cada arroba de un vino aguado, a decir de los vecinos. Sin duda, estos pequeños éxitos y fracasos personales en los negocios contribuía a alimentar los odios preexistentes, que, como hemos visto en otra parte, acabarían estallando el año 1553.

En la bajada del precio de los granos no debió ser ajena la decisión del ayuntamiento de tomar prestados del licenciado Melgarejo 2000 ducados, una parte de ellos en 700 fanegas de trigo, colocando así sus propios excedentes. No es que los regidores se dejaran engañar, más bien todos, o al menos algunos de ellos, participaron de la operación financiera, aunque más justo sería hablar de apaño.

Palacio de los Melgarejo 
El licenciado Melgarejo y su madre doña Juana de Olivares, vecinos de Castillo de Garcimuñoz, ya  a finales de 1545  habían prestado a la villa de San Clemente 1.000 ducados para la compra de trigo. El negocio fue redondo para madre e hijo, pues el dinero en manos del concejo sanclementino revertió enseguida a manos del licenciado Melgarejo como pago del trigo que este mismo proveyó a la villa a precio de nueve reales y medio la fanega. Además se garantizaba un 10% de interés anual en dos pagos semestrales. La villa había solicitado licencia real para tomar a censo 1.000 ducados más. Hernando del Castillo fue en auxilio de la villa, aportando la cantidad que faltaba.
El año 1548, la situación fue de nuevo calamitosa, una plaga de langosta arruinó las cosechas y los precios del trigo se desorbitaron, alcanzando los catorce reales de la fanega. Antón Dávalos, arrendador de la panadería pública, compró más de 500 fanegas de trigo pensando sin duda en hacer una buena inversión especulando con la necesidad ajena. Pero se equivocó, pues otros también tenía en mente operaciones especulativas de más calado. Allí estaban de nuevo el licenciado Melgarejo y el regidor Hernando del Castillo, dispuestos a prestar o a resolver sus problemas de liquidez de un plumazo.
Por supuesto que cuando se pidió al final del verano de 1548 la licencia real para un nuevo censo se justificó con la necesidad de pan que tenía la villa, aunque también para aliviar las exhaustas arcas municipales, que pagaban intereses por los préstamos del 10 por ciento. Se trataba de quitar, redimir, estos censos, pues había censalistas dispuestos a cobrar un interés menor del 14 al millar, un 7 por ciento de interés. Ni que decir tiene que el censalista predispuesto a rebajar el interés era de nuevo el licenciado Melgarejo, que de hecho, había impuesto un tipo de interés más favorable para sí que el autorizado por facultad real, que era del 18 al millar, es decir, el 5,5% de interés.
En la obtención de los permisos reales necesarios para el nuevo préstamo fue fundamental la información presentada por el bachiller Orozco, alcalde mayor del Marquesado. Que los regidores de San Clemente se habían ganado el favor de las autoridades del Marquesado no cabe duda. Pero más clarificador es cómo en la voluntad del alcalde mayor y del propio gobernador era decisiva la influencia de uno de los regidores, Hernando del Castillo.
Hernando del Castillo aparece como árbitro de la política municipal durante este año de 1548. De hecho, los plenos municipales del mes de noviembre de ese año destacan por la ausencia de los regidores. Solo cuentan con la presencia del gobernador del Marquesado Luis Godínez y el mencionado Hernando. Los cargos electivos del ayuntamiento, alcaldes ordinarios y alguacil mayor, parecen jugar el papel de meros comparsas. Pero el aparente dominio de Hernando también esconde la animosidad  y disputa del poder por otros regidores como los Herreros.

Hernando del Castillo, así como sus hermanos Alonso y Francisco, eran nietos del alcaide de Alarcón Hernando, y su poder económico se había afianzado en San Clemente con el matrimonio de su padre Alonso con María de Hinestrosa. Las alianzas familiares les llevarán a entroncar con los Pacheco de Minaya por el casamiento de la hermana de Hernando, Juana de Toledo, con Alonso Pacheco.
Ahora los Castillo buscarán el reconocimiento social e iniciarán un pleito en la Chancillería de Granada por su hidalguía contra el concejo de San Clemente. Su caso no era único. Desde 1543, que se venden las primeras regidurías perpetuas, la renuncia obligada a la hidalguía para ser aceptado en los oficios públicos dejaba de tener sentido, pues estos se compraban. La perpetuidad de estos oficios reducía a un papel secundario otros oficios como los de alcaldes ordinarios, cuya elección era objeto de disputas entre los bandos en los que se alineaban los regidores. La condición pechera para el acceso a los cargos de regidores dejó de ser un requisito y, por tanto, la consecución de la hidalguía un reconocimiento social de la primacía alcanzada en la vida local. Es ahora, cuando Hernando del Castillo, junto a sus hermanos Francisco y Alonso, acuden a la Chancillería de Granada en busca de la ejecutoria de hidalguía. No fueron los únicos, pues desde 1543 los expedientes de vecinos de San Clemente con aspiraciones nobiliarias se acumulan en este tribunal. Valga como ejemplo la siguiente numeración: Alonso Valenzuela, Jerónimo Montoya Abengoza, Antonio y Cristóbal de la Fuente, Francisco García (antecesor de los Monteagudo), Antonio Ruiz de Villamediana, Hernán Vázquez de Haro Pallarés, Juan Granero y los mencionados hermanos Castillo.
Pero las exenciones y privilegios de los nuevos nobles nunca fueron bien vistos en San Clemente. La villa luchará por evitar la concesión de nuevas ejecutorias, consiguiéndolo a veces, como en el caso de Cristóbal y Antonio de la Fuente, que se vieron obligados a dejar la villa y avecindarse en Santa María del Campo. La oposición al ennoblecimiento de los hermanos Castillo fue mucho mayor; las acusaciones judaizantes que pesaban sobre la familia se sacaron a la luz con motivo del expediente de hidalguía. No tardaría en recordar el concejo sanclementino los huesos exhumados y quemados en la Plaza Mayor de Cuenca de la bisabuela Violante González, alias Blanca o Blanquilla.

El inicio del pleito de los hermanos Castillo por su hidalguía en la Chancillería en la Chancillería de Granada se inicia ahora en 1548. Sus problemas con el concejo de San Clemente también. La necesidad de Hernando de liquidez inmediata para sufragar los gastos del proceso judicial explicaría en parte la sesión del pleno de 9 de noviembre de 1548.
 Las reuniones del concejo de San Clemente en aquel mes de noviembre eran, como hemos dicho reuniones muy reducidas, con la presencia del gobernador Luis Godínez Alcaraz. Asistían el regidor Hernando del Castillo Hinestrosa, el alguacil mayor Martín de Oma y los alcaldes ordinarios licenciado Perona y Alonso Martínez el bermejo. Dando fe de los acuerdos, el escribano Rosillo.
Pero el tema tratado aquel 9 de noviembre eran demasiado importantes como para que los regidores se inhibieran. Estaban presentes todos los regidores que desde 1543, habían comprado sus regidurías perpetuas: además del citado Hernando, Don Francisco Pacheco, Sancho López de los Herreros, Cristóbal de Tébar, Francisco de Herreros y Alonso de Valenzuela. Como invitado en la reunión estaba el licenciado Melgarejo.
Enseguida se pasó a tratar el asunto que les tenía allí presentes: la toma por la villa a censo de 2000 ducados a un interés del 7 por ciento, destinados a redimir censos anteriores, cuyo interés era del 10 por ciento. Aunque hemos de pensar que en aquella operación no se vio ni una sola moneda, el concejo se dio por recibidos los 2000 ducados del licenciado Melgarejo. El primero en saldar cuentas, fue el regidor Hernando del Castillo, poseedor de dos censos contra la villa de 85.125 maravedíes y 100.000 maravedíes al mencionado interés del 10 por ciento. No perdonó los réditos adeudados del segundo censo por valor de 6.666 maravedíes y  de la que ya tenía carta de pago del mayordomo de propios Pedro Hernández. En total, 191.791 maravedíes. Era tal la seguridad de este hombre en el control de la vida municipal que no se había molestado en escriturar el censo de 100.000 maravedíes.
El segundo en arreglar cuentas, de mano de sus familiares, fue Bernardino de los Herreros que cobró el principal de un censo de 50.000 maravedíes y los réditos de 5.121 maravedíes correspondientes a un año. Al unánime acuerdo a tres, se sumó el licenciado Melgarejo, que no sólo se aseguró percibir por adelantado parte de los réditos del nuevo censo 21.470 maravedíes, sino también un premio de 46.875 maravedíes. Al reparto se sumó Hernando Montoya, vecino de Minaya, con 982.5 maravedíes de los corridos de un censo de 13 al millar, hemos de suponer que Cristóbal de Tébar hacía de valedor y testigo de la operación.
Las partidas suponían la mitad del censo de los dos mil ducados, la otra mitad quedaba en manos del licenciado Melgarejo para redimir el censo de 1545, que recibiría además una renta anual de 53.561 maravedíes por los intereses anuales del 7 por ciento. Pero la operación de nuevo comprendía la colocación por Melgarejo de sus excedentes de granos a la villa de San Clemente, aunque esta vez la cantidad de fanegas se correspondía con un valor de 300 ducados. La aportación del trigo de Melgarejo provocaría el descenso generalizado de los precios. Antón de Ávalos, abastecedor de panaderías, que había comparado el trigo a 14 reales la fanega, tenía que renunciar al arrendamiento del negocio por perder dos reales del valor de cada fanega. Aún así, anduvo avispado, pues dos meses después el valor de la fanega del trigo había caído a nueve y ocho reales y medio en los territorios comarcanos donde se compraba. Coincidiendo con el acuerdo municipal del 9 de noviembre, se empezaba a liberar a bajos precios las 200 fanegas retenidas en el alhorí de la villa. En suma, en apenas dos meses se había pasado de una situación de necesidad extrema a una situación excedentaria en la que jugaron mucho los movimientos especulativos, en los que el licenciado Melgarejo y Hernando del Castillo no debieron estar al margen.
Pero en todas estas decisiones había ganadores y perdedores. Una muestra es el caso de Alonso Valenzuela, convidado de piedra en la reunión del día 9 de noviembre, que veía como el concejo se negaba a pagar, en su reunión del día 10 de noviembre, al licenciado Guedeja, casado con una Valenzuela, los  9.000 maravedíes por unos servicios como procurador que no prestaba. Pero el licenciado Guedeja ya debía tener miras más altas como abogado en la corte. Este conflicto se sumaba a muchos otros que escondían los bandos familiares y su lucha por el poder local.

El acuerdo entre los Herrero y Hernando del Castillo se rompería en la elección de oficios del año 1549. Para San Miguel de ese año Miguel de los Herreros y Sancho de los Herreros desplazarían como alcaldes ordinarios a los que no eran sino testaferros de Castillos y Pachecos, que se vieron marginados en la elección de ese año. Alonso de Oropesa se hacía con el cargo de alguacil mayor. Las diferencias entre bandos se manifestaba también en el recelo que despertaba la colaboración de los Castillo con el gobernador del Marquesado. No en vano, la villa se hallaba en conflicto con éste por la privacidad de la primera instancia de sus alcaldes. Sólo así se explica que para la alcaldía de 1549 se eligieran como oficiales a dos personas de primer rango, como eran los Herreros.
Caso más singular era el de los Origüela, a los que vemos enfrentados a todos. Juan González de Origüela mantiene un contencioso con el ayuntamiento por una deuda de 93.000 maravedíes por el abasto de carnes. Su hermanastro Gonzalo de Tébar, despierta las envidias de sus vecinos por los beneficios, ocho maravedíes por arroba, que le reporta el monopolio de la venta del vino en su tienda de la plaza. Pronto se planteará en el ayuntamiento la necesidad de abrir otra tienda  de vinos. Parece que defensores de la libre competencia en provecho de intereses particulares los ha habido siempre. No obstante, no se arredrarían los Origüela, que en 1550 consiguen poner a uno de los suyos como alcalde ordinario, Andrés González de Tébar. No lo aceptarán las viejas familias que mantendrán a Andrés y al otro alcalde elegido, Miguel Vázquez de Haro Pallarés, presos en la cárcel para que puedan seguir disfrutando de la alcaldía los Herrero.
Las contradicciones de las luchas de bandos se expresarían en el conflicto ya estudiado de 1553, cuando el alcalde Hernando Montoya, próximo a los Origüela, es malherido en la cabeza por la facción de los Jiménez-Dávalos y los Rosillo. A partir de aquí, el intento de linchamiento personal da lugar al conflicto sobre la limpieza de sangre. No se podrá doblegar a los Castillo, que fortalecidos por su alianza con los Pacheco, se permitirán el lujo de presentarse ante las viejas familias como descendientes de Clemente Pérez de Rus, pero sí a los Origuela, que, sin la intensidad de la segunda década, sufrirán nuevos procesos inquisitoriales.

(AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 10/1, actas del ayuntamiento de 3, 7, 9 y 10 de noviembre)
(AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 49/3 y 49/5, Censos a favor de los Melgarejo, 1545 y 1548)

domingo, 18 de octubre de 2015

El control de las tercias reales del Marquesado de Villena: San Clemente vs. Albacete (II)

El problema de qué hacer con los frutos de las tercias reales ya se había planteado en la comisión de Rodrigo Méndez en 1576. Su intento de disponer del trigo en especie de las tercias reales para dar a los labradores pobres había fracasado por los mandamientos de la Corona de llevar ese mismo trigo a la corte. Rodrigo Méndez volvería en los años ochenta al Marquesado, ahora auxiliado en su labor por otro administrador, el licenciado Mieses. Esta vez, en 1583 y a petición del recién nombrado tesorero de rentas reales, capitán Alfonso de Buedo, se despachará provisión real para que el licenciado Mieses, como administrador de rentas reales, entregue al mencionado tesorero todo el trigo y cebada procedente de las tercias del Marquesado para pago de las libranzas de poseedores de juros situados sobre rentas reales. La medida, excepcional, respondía a la necesidad de los pagos,

sábado, 17 de octubre de 2015

El control de las tercias reales del Marquesado de Villena: San Clemente vs. Albacete

El abasto de trigo fue un problema recurrente en la San Clemente durante el siglo XVI. La fundación del pósito de Quiñones en 1572 contribuyó a paliar el problema de la villa, pero no a solucionarlo. La crisis de subsistencia de finales del siglo, la epidemia de 1600 y la riada que anegó cuatrocientas casas del cuartel de Roma recrudecieron el estado de necesidad que vivía el pueblo.
Ya en 1598, según nos cuenta don Diego Torrente, los alcaldes ordinarios de la villa Francisco de Ludeña y Gonzalo Martínez Ángel, autorizados por una provisión real, habían accedido a las cámaras de las tercias reales para, rompiendo cerraduras y candados, apoderarse de 502 fanegas de trigo.