El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

viernes, 2 de octubre de 2015

El censo de 10.000 ducados a favor de Pedro González Galindo (II)

En alivio de la villa de San Clemente vino en 1607 don Pedro González Galindo, ofreciendo saldar sus deudas con un nuevo préstamo a menor interés. Se trataba de racionalizar la hacienda municipal, pues los diversos censos contraídos por la villa tenían diversos plazos en los cobros y tipos de interés diferentes, aunque el más común era de catorce mil maravedíes el millar, el 7%. El ayuntamiento pedirá licencia real para reducir todos estos préstamos a un único censo a 18 o 20 el millar. La facultad real será concedida el 20 de septiembre de 1606.
En la reunión del ayuntamiento de San Clemente de 12 de junio de 1607, se decide apoderar a dos de sus regidores para formalizar la escritura de censo con Pedro González Galindo, que delegará en su cuñado Francisco de Oviedo. De esa reunión y de los signatarios de la carta de poder conocemos la composición del ayuntamiento en ese momento: Presidía el corregidor Diego de Mendoza Mudarra y el alcalde ordinario Juan de Perona Montoya; eran regidores perpetuos el licenciado Diego de Montoya, don Rodrigo de Ortega, inmerso en pleitos con el ayuntamiento por ver reconocida su hidalguía, Diego Cantero, Bernardo Remírez de Oropesa, Francisco de Serrano, Francisco de Astudillo, Pedro de Monteagudo, don Juan de Castañeda, Bautista García Monteagudo, Miguel de Perona, Miguel de Perona, Diego de Agüero, Gómez de Valenzuela, don Diego de Valenzuela, Francisco de Montoya, Francisco Martínez de Perona y, por último, los dos que actuarían como apoderados del concejo, Alonso Martínez de Perona y Cristóbal de Ávalos. También acudió el alguacil mayor Pedro de Huerta y era notoria la ausencia del alférez mayor de la villa, don Juan Pacheco y Guzmán. Un ayuntamiento, que aunque con pretensiones hidalgas, estaba formado por pecheros con fuertes intereses ganaderos o que habían hecho fortuna en el ejercicio de oficios públicos.
Reconocía la villa tener obligados sus propios y los bienes de los regidores y contraídos otros censos sobre las rentas del pósito de don Alonso de Quiñones, el alhorí municipal y las carnicerías. La nueva escritura de censo a favor de Pedro González Galindo por valor de diez mil ducados se destinaría a redimir los censos mencionados anteriormente de doña Catalina Muñoz, doña Juana de Guedeja, de García de Medrano y otras personas, por un montante de 10.000 ducados. Se trataba de un censo redimible o al quitar con un interés de 18.000 maravedíes al millar, aunque después se renegociaría el interés a la baja, hasta 20 al millar, o sea, el cinco por ciento. Teniendo en cuenta el precedente del censo de Juan Guedeja, también ahora redimido, se hipotecaban la totalidad de rentas y propios del concejo:
  • La escribanía pública de la villa, con una renta anual de 600 ducados, y que en el futuro garantizaría el pago de intereses.
  • La escribanía del ayuntamiento.
  • La caballería de la sierra, de los pinares, montes, dehesas y términos baldíos, con una renta anual de 100 ducados.
  • Almotacenía, 200 ducados.
  • Correduría, 300 ducados.
  • Los aprovechamientos de los dos pinares en los caminos de Munera y Villarrobledo, el monte de encinas del Cadozo y San Ginés, camino de Villar de Cantos y Santa María del Campo.
  • Las rentas de los sitios y hornos.
  • Los censos perpetuos sobre las heredades y tierras de la cañada de camino de Villarrobledo.
  • Renta de 12.000 maravedíes sobre los oficios de fieles ejecutores.
  • Penas impuestas en virtud de ordenanzas.
  • El molino harinero, una barca en la ribera del Júcar, en término de Vara del Rey, que rentaba 100.000 maravedíes anuales.
  • Las casas del cabildo y ayuntamiento.
  • La casa de la carnicería, red de peso, cámaras y graneros para pósito y alholí.
La escritura de censo se firmó en San Clemente el 17 de julio de 1607, ante el escribano Francisco Rodríguez de Tudela. Los 10.000 ducados en reales de plata fueron recibidos de Francisco de Oviedo en mano por Alonso Martínez de Perona y Cristóbal García de Ávalos, un mes después se destinarían a redimir los censos comprometidos. Pedro González Galindo recibiría anualmente cada 17 de julio unos réditos de 207.777,5 maravedíes y, en caso de impago, además de someterse ambas partes a la justicia de corte, se procedería al envío de ejecutores con cargo a la villa de San Clemente y 600 maravedíes diarios de salario. Una cláusula curiosa es que en caso de daño o destrucción de las casas del concejo, éste se comprometía a arreglarlas en dos meses.
El censo sería garantía de otro censo de 3.500 ducados de vellón tomado por Pedro González Galindo el 18 de junio de 1631, pero sobre todo sería el origen de un pleito interminable con la villa de San Clemente.
Posteriormente San Clemente vería confirmado el 31 de mayo de 1634 por el Consejo de Castilla la decisión tomada por el concejo de la villa de 26 de noviembre del año anterior para que las rentas de la almotacenía, correduría y las escribanías se dedicaran íntegramente a pagar los réditos del censo de Pedro González Galindo. La  existencia  de  10  escribanías  del  número  y  una  de apelaciones  como  propios  del ayuntamiento se correspondía un privilegio otorgado por Felipe III, el 25 de diciembre de 1598, a cambio de la concesión de un servicio de 8.200 ducados, que debió pesar en
los orígenes del endeudamiento de la villa. A pesar de que la villa conseguiría ejecutoria en  el  año  1606  para  la  revocación  de  tres  de  esas  escribanías  del  número,  las  siete escribanías restantes y la de apelaciones pasarían  a ser propiedad del primer conde de Villaleal,  Benito  Galindo  Piquinoti,  que  las  acabaría  incorporando  al  mayorazgo fundado por su abuelo, junto a la almotacenía y la correduría y reconocida su propiedad por provisión de la Junta de Incorporación en 7 de marzo de 1716. A partir de aquí, los pleitos entre el conde de Villaleal, sucesor del mayorazgo fundado por Pedro González Galindo, y la villa de San Clemente serían continuos. En 1723, la villa de San Clemente consigue en la Chancillería de Granada nulidad de esta  venta,  entendiendo  que  el  conde  de  Villaleal  tenía  las  escribanías  por  prenda predatoria,  aunque  no  por  eso  se  acabaron  los  conflictos  con  el conde,  al  paso  que comenzaban nuevos conflictos con el marqués de Valdeguerrero. Tenemos constancia que  en  1744,  el  marqués  don  Vicente  Sandoval, aprovechando  su  control  del ayuntamiento,  subastaba  a  su  antojo los oficios de escribanos a favor  de  sus  fieles, removiendo a sus enemigos y acrecentado el número de escribanos a su antojo. Esta es la historia de la relación fiscal de los galindos y piquinotis con la villa de San Clemente, pero incapaz de explicar el odio que, al igual que los Astudillo, generaron en el pueblo.

Fuentes:

ARCHIVO GENERAL DE NAVARRA. FONDO PÉREZ SEOANE. FAMILIA PIQUINOTI. Censo de 10.000 ducados a favor de Pedro González Galindo y contra los propios de la villa de San Clemente. 17 de julio de 1607
AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 49, Censos contra los propios de la villa de San Clemente. Años 1545 a 1775
Diego TORRENTE PÉREZ. Documentos para la Historia de San Clemente. Tomo II. 1975. Pp. 129-147
AHN. CONSEJOS. Leg. 25.537, Sobre consignación de la escribanía y almotacenía por deudas de réditos de un censo. 1634

jueves, 1 de octubre de 2015

El censo de 10.000 ducados a favor de Pedro González Galindo


Los inicios del seiscientos nos presentan a San Clemente como una villa endeudada. Se acaba de salir de la mortífera peste y de la destructora riada del año 1600 y de años de carestía que han creado un estado de necesidad en la villa, que ha obligado a hipotecar lo propios de la villa y el caudal del pósito y de las carnicerías. Ha contribuido también a este estado una reciente confirmación en 1598 de los privilegios otorgados a la villa sobre la propiedad de algunas rentas como la escribanía, la correduría la almotacenía y la caballería de la sierra. El endeudamiento se acrecentará con el pleito de la villa sobre el consumo de los dos oficios de alcaldes ordinarios, respondiendo a intereses ganaderos enfrentados, entre los regidores y el alférez mayor de la villa, don Juan Pacheco y Guzmán.
No era la primera vez que la villa tomaba dinero prestado a censo. A mediados del quinientos ya lo había hecho del licenciado Melgarejo y su madre Juana de Olivares, vecinos de Castillo de Garcimuñoz, para la compra de trigo, y otros préstamos de forasteros, vecinos de Albacete como Pablo Carrasco, habían hecho posible la remodelación arquitectónica en torno a la Plaza Mayor para construir ese espacio renacentista que hoy nos asombra. Pero la villa de San Clemente siempre había redimido estos censos con celeridad, a pesar de los vaivenes e intermitentes crisis del quinientos, como la penuria de mediados de siglo que denunciaba el procurador Tristán Calvete o los años más críticos en torno a 1570 y el enorme esfuerzo en hombres y recursos económicos que supuso la guerra de Granada.
Los préstamos para la compra de trigo era algo común y repetitivo en una villa atrapada por el monocultivo de la vid y necesitada del trigo de otras villas excedentarias como Villarrobledo o Albacete. El problema se hizo crónico en el último tercio del siglo XVI. Es entonces cuando se suceden las tomas de censos por la villa con los prestamistas, poniendo como garantía bien sus propios o bien el caudal del pósito de Alonso de Quiñones, creado en los setenta, complementariamente al más modesto alhorí de la villa, para regular el abasto de la villa y dar estabilidad a los precios del grano. No debió ser ajeno a este proceso de endeudamiento la sublevación de los moriscos de Granada, tanto por los prestamos tomados para la compra de armas o trigo con destino a esa guerra como por el estado lastimoso en que quedó la villa.
A la familia Melgarejo, se suman otros prestamistas en los años setenta, como los señores de Valera de Abajo o Isabel de Solís. No siempre el dinero va destinado al abasto de trigo; así, en 1575, la mencionada Isabel de Solís presta a la villa 925.000 maravedíes para pago de los oficios de fieles ejecutores, y en 1573 y 1586, Catalina Carrasco, viuda del regidor de Albacete Pablo Carrasco, amplía los prestamos que para la compra de trigo había hecho su marido a otros censos para la construcción del nuevo edificio que albergará el pósito y las carnicerías. La misma finalidad tendrá el préstamo de 4.000 ducados del doctor Olivares, vecino de Madrid, en 1577.
Es en la década de los noventa cuando el proceso de endeudamiento de la villa se acelera y, sobre todo, surgen las dificultades para devolver el dinero prestado. Muestra de ellos, es que empiezan a aparecer entre los censalistas vecinos de la villa para paliar el rigor de las condiciones de los censalistas foráneos. En 1586, el que tiene que socorrer a la villa es su alférez mayor, Juan Pacheco y Guzmán, con una cantidad de 6.000 ducados, que la villa sólo podrá redimir treinta años después de un fuerte contencioso con la familia. La misma cantidad prestará en 1599 el capitán Francisco González de Santacruz.
Así en la primer década del seiscientos hay una complementariedad entre prestamistas locales y foráneos, prefiriendo los primeros como garantía el caudal del pósito o de las carnicerías. Así lo había hecho Juan Pacheco, y ese dinero del caudal del pósito se empleará también para pagar las deudas de los prestamistas albaceteños, aunque sus censos tuvieran como garantía los propios. El pósito de don Alonso de Quiñones con un caudal de diez mil ducados era una garantía para la villa, que permitía la devolución rápida de los censos. A igual que Juan Pacheco lo sabían otros que en 1604 y 1605 acudieron con su dinero, tales como el indiano Diego de Tébar, que aportó 3.000 ducados, o Bautista García de Monteagudo y Francisco de la Torre, que aportaron otros tantos.
Pero otros no sólo buscaban garantías inmediatas sino más a largo plazo en los propios de la villa. Un concejo acuciado en 1601 por la necesidad de pagar el privilegio de la escribanía pública concedida a la villa tres años antes, empeñaba sus dehesa de Villalpardillo y los Pinares, como garantía de los 1.300 ducados prestados por Juana Guedeja de Peralta, viuda del regidor Francisco de Mendoza; previamente, había prestado otros 2.050 ducados para compra de trigo. Su hermano Juan de Guedeja, por entonces escribano mayor de rentas en Valladolid, prestará en 1605 la suma 4.000 ducados con el mismo fin, pero las garantías ahora serán desorbitadas. Prácticamente la totalidad de los propios de la villa, excluidos aquéllos ya hipotecados a su hermana, además del caudal del pósito. Diego Torrente Pérez ha calculado en cerca de 10.000 ducados la garantía; aunque podamos dudar del cálculo, tomamos como buena una cifra que marcará dos años después el umbral deficitario de la villa.
Nuevos prestamistas acudieron en socorro de la villa. Catalina Muñoz, viuda del capitán Oropesa, prestó 2.700, al igual que el canónigo de la catedral de Cuenca, García Medrano. Incluso el regidor Diego Montoya participó en este juego con 200 ducados. Los nuevos préstamos fueron acompañados de condiciones más gravosas no sólo para la villa, sino para los regidores, que hipotecaron sus bienes particulares y oficios públicos por valor de 32 millones de maravedíes.
 La situación creada fue de descontrol financiero. Aunque los intereses de la deuda se habían suavizado, respecto a la tasa del 10% de los antiguos préstamos de los Melgarejo; todavía el interés rondaba los catorce mil, o, en el menor de los casos, los dieciséis mil maravedíes al millar, es decir, el 7%. Incluso la tasa del censo de Juan de Guedeja había vuelto de nuevo al 10%. Más grave era la hipoteca de las rentas de los propios, que dejará huérfano al concejo en un momento de nuevas imposiciones fiscales y, sobre todo, más sentido era el problema por los propios regidores que habían dado con sus huesos en la cárcel a consecuencia del impago de los réditos de los censos, como reconocerán a la hora de tomar un nuevo censo con Pedro González Galindo en 1607.

miércoles, 30 de septiembre de 2015

Don Pedro González Galindo y Origüela, el doctor Cristóbal de Tébar y Origüela, la Compañía de Jesús y una lámpara de plata

Genealogía de los Glez. Galindo
De don Pedro González Galindo ya hemos hablado en otros artículos, de la relación familiar de su mujer María de Tébar, como sobrina del doctor Cristóbal de Tébar también, así como de su misma pertenencia al clan de los Origüela. Ahora trataremos de un aparente asunto anodino, pero que demuestra el afán de esta familia por defender su buena fama en la sociedad y en el lugar que les vio nacer: la donación de una lámpara de plata a la Iglesia Mayor de Santiago de la villa de San Clemente.

El trece de junio de mil seiscientos diecinueve, don Pedro González Galindo concede ante el escribano Bartolomé de Celada escritura de donación de una lámpara de plata a la Iglesia Mayor de Santiago. En la decisión de don Pedro debió pesar mucho limpiar de injurias el apellido Origüela de su familia y, en especial, el recuerdo infame de su antepasado Luis Sánchez de Origüela, condenado a la hoguera por la Inquisición en 1517 y cuyo sambenito colgaba en la mencionada Iglesia. Pero tanto o más debió pesar el deseo de reconocimiento personal de aquel crío, vejado y humillado por los parientes de su madre Isabel García de Monteagudo, únicamente protegido por su abuela María Galindo la Galinda, y que, perdiendo la batalla por sus derechos y hacienda, tuvo que tomar el camino de Indias en 1586. Allí, en el virreinato de Perú, fruto de sus méritos y de su matrimonio con María de Tébar, hija de Diego de Tébar, consiguió amasar la riqueza que hiciera de él un hombre respetado en su pueblo.

Este hombre ocultará el deseo de que la lámpara borre la infame memoria de su antepasado Luis Sánchez de Origüela, pero manifestará el orgullo de un hombre hecho a sí mismo, y que se acordará de Dios para agradecerle haberle salvado de los peligros de las tormentas de sus travesías a Indias como de los enemigos de la fe católica. Agradecimiento interesado de un hombre para mejor presentar sus méritos personales: por muchos bienes temporales que me a dado para mexor honrrar, ylustrar y enriquezer mi casa familiar o dezendenzia. Donación a una Iglesia, que además de ser la casa de Dios es la cabeza de mi patria donde me crie los primeros años de mi hedad y a imitación de mis abuelos y acendientes que tubieron  particular deboción a esta Santa Yglesia donde fueron sepultados. La alusión era clara; en la iglesia de Santiago estaban enterrados los primeros Origüela, los que habían tenido conflictos y sufrido el Santo Oficio, pues sabemos que el padre de Pedro, el licenciado González Galindo, fue enterrado en el convento de frailes franciscanos. A imitación de ellos dice haberse criado de niño este hombre que triunfante reivindica a sus denostados ascendientes.

Su intención de hacer olvidar la raíz infecta de su apellido le llevará a ser admitido en la cofradía de Nuestra Señora de Septiembre, donde sólo se admiten los cristianos viejos, a iniciar un pleito de siete años contra el concejo de San Clemente para su reconocimiento como hidalgo por fin en 1623 y a presentar desafiante cuatro años después su título de familiar del Santo Oficio ante los regidores de la villa. Este año de 1619, y en pleno enfrentamiento por su hidalguía con las viejas familias sanclementinas, que impúdicamente le acusan de bastardo y auido de dañado y punible ajuntamiento, don Pedro González Galindo ordenará la fabricación de una lámpara de plata valorada en 6.000 reales de castellanos o 204.000 maravedíes, para ser colgada del techo de la iglesia de Santiago, frente al altar mayor, con sus velas encendidas a todas las horas para servicio del Santísimo Sacramento, y sobre la misma lámpara labrado con letras el nombre del donante, es decir, el suyo, incluido el apellido Origüela. Una donación para siempre jamás, sin que se pueda quitar ni la lámpara de su sitio ni las letras de su nombre borradas.

Pero, el siempre xamás también tiene una excepción. Esa excepción es la voluntad impuesta por la familia Origüela a la villa de San Clemente. Una familia que aparece cohesionada, como si la fundación del colegio y casa de la compañía de Jesús por el doctor Cristóbal de Tébar y las acciones de Pedro González Galindo fueran al unísono. Efectivamente es así. Aunque se nombra, con cargo al mayorazgo ahora fundado, un mayordomo para cuidado de la lámpara, un próximo de los Origüela y pariente de los Astudillo, Martín Ruiz de Villamediana (¿quién podía dudar de estos apellidos?), en caso de que éste o sus cuidados falten, la lámpara se podrá trasladar y colocar en la Iglesia de la Compañía de Jesús de la villa, que fundó en ella el doctor Xrual de Tébar Origüela, cura propio de esta villa, quien por las escripturas de la dicha fundación dejó por patrones del dicho colegio e capilla mayor de él a mis hijos e decendientes como deudos suyos.

La solidaridad de la familia Origüela ya se había manifestado cuando Diego, emigrado a Indias y alguacil en la Audiencia de Lima, procuró mantener el contacto con sus tres hermanos en España, con una viva correspondencia y solicitando la presencia junto a él de uno de los hermanos, Melchor. Un hijo de Diego, el franciscano fray Pedro de Tébar, con fama de predicador abrirá las puertas de la corte al resto de la familia, y, por supuesto, a su hermana María de Tébar y a su marido, nuestro protagonista. Solidaridad que de nuevo se manifestará con el nombramiento por el doctor Cristóbal de Tébar como patrones del colegio de la Compañía de Jesús a los hijos de su sobrina María, también se acordará de su sobrino Antonio con un beneficio curado y de su hermano indiano Diego con una renta anual de 150 ducados.

La lámpara de plata de la Iglesia Mayor de Santiago era el símbolo ostentoso de los Origüela, pero también de lo efímero de su triunfo. En cualquier caso, allí estaba con su brillo argénteo y sus velas encendidas permanentemente en medio de las diversas capillas consagradas a las viejas familias.


*Pedro González Galindo es el antecesor de los Piquinoti (o Piquirroti) de San Clemente; fundador del mayorazgo familiar


Fuentes:
  • ARCHIVO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA. FONDOS PÉREZ SEOANE. Familia Piquinoti. Donación de Pedro González Galindo ante Bartolomé de Celada de una lámpara de plata a la Iglesia Mayor de Santiago de la villa de San Clemente. 1619.
  • AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 45/5. Tasación de gastos de limpieza de lámpara de plata de la Iglesia de Santiago, para servicio del Santísimo Sacramento, por el platero Lorencio Caldés, a pedimento del mayordomo de dicha iglesia. 1619

martes, 29 de septiembre de 2015

De cómo la aldea de La Puebla de San Salvador se separó de Iniesta




En 1626, la hacienda real vende 20.000 vasallos para pago de los adelantos hechos por Bartolomé Spínola, factor de la Corona. Ligados a esta venta en todo el reino, en el corregimiento de las diecisiete villas, fueron los traspasos a jurisdicción señorial de Perona, vendida a Rodrigo Pacheco, cuyo padre ya había mantenido un enconado conflicto con la villa de San Clemente, y de Villar de Cantos y Vara del Rey, vendidas a Rodrigo de Ortega. Pero no sólo hubo venta de vasallos a señorío, sino que también hubo aldeas que supieron aprovechar el momento para emanciparse de las villas de las que dependían. En este caso está la villa de la Puebla de San Salvador, que hasta entonces era una aldea dependiente de Iniesta.

La fecha de título de villa de Puebla de San Salvador, antes conocida como Puebla de Iniesta, es de 27 de noviembre de 1627. Ese día quedará desgajada de la de Iniesta, como villa con jurisdicción civil y criminal, alta vara, mero y mixto imperio, desde la Oja del Monte hasta la Piedra del Río, dirá la escritura de concesión.

La venta de los veinte mil vasallos posibilitará, según escritura de 9 de febrero de 1627, dos formas de pago de la compra de la jurisdicción; bien se podía elegir por pagar los lugares vendidos o eximidos a razón de 18.130 maravedíes cada vasallo o bien se podía optar por el pago según extensión de los términos a razón de 7.350 ducados por cada legua. La Puebla de San Salvador escogió la segunda opción y así pagó un total de 2.717.710 maravedíes. En nombre de la villa, el pago, con destino al mencionado Bartolomé Spínola, lo hizo efectivo Gil de Peñarrubia en tres plazos durante los años 1628 y 1629.

Para hacer realidad el villazgo fue nombrado como juez de comisión Andrés de Alarcón con el cometido de nombrar alcaldes ordinarios, amojonar los términos y facultad para que pueda poner e ponga para la execución de la justicia, orca, picota, cuchillo, carçel, çepo, azote e las demás ynsinias de jurisdicción.

El juez de comisión llegará a la Puebla de San Salvador el 16 de abril, con el fin de constituir el nuevo ayuntamiento. La dependencia de Iniesta hasta ese momento se refleja en que los cargos políticos existentes eran gente muy próxima a los intereses de aquella villa, que era quien los nombraba: dos alcaldes pedáneos, Juan García Gutiérrez y Juan de Barajas, un regidor, Bartolomé de Jaén,  y un alguacil, Andrés Moril. Ninguno de ellos repetiría en los nuevos oficios. Su último acto de gobierno fue dar carta de poder a Adrián de Tórtola, vecino de la villa, y recibir posesión de la jurisdicción del lugar, ante el juez de comisión.

El 17 de abril de 1628 se celebrará la sesión constitutiva del nuevo ayuntamiento. La Puebla por aquel entonces no tenía casas consistoriales por lo que la reunión se celebró en las casas particulares de Gil de Peñarrubia, que nos aparece una y otra vez como el promotor de todo el proceso de exención jurisdiccional de la villa. A este primer ayuntamiento de la villa de la Puebla de San Salvador, en concejo abierto, acudieron, además de los antiguos oficiales del ayuntamiento mencionados, los siguientes vecinos: Alonso el Rubio, Quílez Navarro escribano, Alonso Garrido, Diego López de Carralero, Bartolomé López Garrido, Juan García Marco, Pedro Martínez Serrano, Antón García, Sebastián Caballero, Juan Blasco Valverde, Gil de Peñarrubia, Martín de la Fuente, Pedro Navarro, Blas del Valle, Ginés Cebrián, Alonso López, Juan Álvarez, Diego Sahuquillo, Domingo García, Juan Navarro, Andrés Álvarez, el licenciado Caballero y Francisco Martínez Serrano. Junto a ellos el juez de comisión Andrés de Alarcón y su alguacil Martín González. Se procedió al nombramiento de los nuevos alcaldes ordinarios con jurisdicción civil y criminal en las personas de Francisco Martínez Serrano y Gil de Peñarrubia; dos nuevos regidores, Diego López de Torralba y Juan Blasco Valverde; dos alcaldes de la hermandad, Juan García Marco y Julián Martínez; por último, dos alguaciles, Bartolomé García y Juan Blasco Peñarrubia.

Tras la elección de oficios, vino el amojonamiento de términos con la que había sido la villa de la que dependía hasta entonces, Iniesta, y otras villas y lugares de la misma tierra común: Enguídanos, Campillo y Minglanilla. La delimitación de términos estuvo empañada de conflictos con Iniesta, que negaba que La Puebla hubiera tenido hasta entonces términos propios o delimitados; la situación se tensó de tal modo que vecinos de las dos villas se personaron en los amojonamientos provocando mucho ruido y alborotos, obligando a limitar la presencia de vecinos de ambos pueblos a dos comisiones en representación en cada uno de ellos.

Tras los términos vino la inspección de pesos y medidas (el precio de la libra de pan era de 8 maravedíes en aquel año y localidad) y la petición al corregidor de San Clemente para que se inhibiese en las causas judiciales. De nuevo a los ojos de la villa, la potestad jurisdiccional y autonomía eran absolutas. Las residencias de oficios existentes en este expediente valen para desmentir esta visión, así como el pleito en que se halla inserto este proceso de villazgo para que La Puebla pagara su parte del salario del corregidor.

Por último, se nombró escribano del ayuntamiento ante quien pasarán los autos de las causas juzgadas por los nuevos alcaldes ordinarios. El nombramiento recayó en el único escribano existente, Quílez Navarro. Y como símbolo de la plena jurisdicción alcanzada, se colocó una horca en el alto llamado de las Eras Altas, que mira al camino de El Campillo.

Añadir como curiosidad que la misma villa de Iniesta tuvo que pedir a la de San Clemente que intercediera ante el Rey para no pasar a jurisdicción del duque de Medinasidonia en 1648.

Fuentes:

AHN. CONSEJOS, Leg. 25951, exp. 5. Pleito entre Iniesta y La Puebla de San Salvador, para que la segunda pague su parte del salario del corregidor de San Clemente. 1673 (Incluye copia de 24 de abril de 1673 del expediente de villazgo de La Puebla de San Salvador. 1627-1628).
AMSC.AYUNTAMIENTO. Leg. 31. Iniesta pide a San Clemente interceda ante el Rey. 1648

domingo, 27 de septiembre de 2015

La caída de Francisco de Astudillo Villamediana, tesorero de rentas reales

La ligazón de Francisco Astudillo Villamediana con la política monárquica fue causa de su caída. Las exigencias en hombres y dineros de Olivares, fruto de la guerra de Cataluña, provocó la ruina de
los pueblos, incapaces de asumir los pagos exigidos. Astudillo lo sintió en su tesorería de rentas reales, siendo incapaz de afrontar los compromisos contraídos con los dueños de juros situados sobre las alcabalas y tercias del Marquesado de Villena. La quiebra se produjo en 1643 (1). Después de verse obligado al embargo de los juros y de las tercias reales en 1641, los impagos se suceden. Ese año de 1641 debió ser terrible para la villa de San Clemente y un anuncio de la miseria de los años posteriores: el fruto de las tercias reales sería embargado por la Hacienda real, el Superintendente de milicias Rodrigo de Santelices y el corregidor Antonio Sevillano Ordoñez actuaban con mano de hierro para conducir a los vecinos hacia la guerra de Cataluña, apresando a los desertores y amenazando a los alcaldes ordinarios y regidores, las rentas del pósito embargadas con fines militares y las de montes y dehesas destinadas al pago de conducción de soldados, se embargan carros y mulas para las necesidades militares, la Corona pide nuevos donativos. Astudillo, para recomponer ingresos decide aprovechar las necesidades de abasto a las tropas para pasar ganado de contrabando a los reinos limítrofes de Aragón y Valencia, pero es denunciado (2). Los años de 1644 a 1646 tiene que hacer frente a varios pleitos ejecutivos promovidos por los asentistas de la corona, los portugueses y los herederos de los Sanguinetti y los Fúcares (3). En 1647 sufre prisión y embargo de bienes.
A partir de aquí luchará por recomponer su fortuna exigiendo el pago de las deudas de rentas reales de años anteriores, pero los esfuerzos son baldíos, teniendo que rendir cuentas en un largo proceso ejecutivo que dura varios años y que culmina con la humillación personal de ver embargado su oficio de regidor perpetuo de la villa de San Clemente en 1655  (4)
Desde el punto de vista fiscal, la quiebra de Astudillo coincide con una revolución fiscal en el Marquesado, que será territorio de experimentación para la nueva planta de las superintendencias en 1648. Juan de Olivera es comisionado por el Consejo de Hacienda como administrador y juez de cobranza de las alcabalas y tercias del Marquesado de Villena y se formas arcas de dos llaves para la recaudación de rentas en las casas de Diego Jiménez del Olmo, un año antes de la generalización de este sistema de arcas a todo el Reino. En los años 1646 a 1648, las villas de marquesado sufrirán las continuas visitas de alguaciles ejecutores, mandados por el juez de cobranzas Juan de Olivera, para el pago de rentas reales; situación desesperada de una Hacienda real incapaz de pagar los asentistas y dueños de juros, cuyas exigencias se han multiplicado en los dos años anteriores.
Los años cincuenta y sesenta debieron ser amargos. El inicio de estos años debió coincidir con la muerte de su anciana madre. La alianza matrimonial de su hermana con los Melgarejo se rompe. Ángela de Astudillo Villamediana, residente en Madrid, había casado con don Tomás de Melgarejo Ponce de León, vecino de San Clemente, pero en 1657 se rompe el matrimonio, quizás por la falta de hijos. El 12 de junio de 1658 otorga nuevo testamento haciendo definitiva la ruptura, reiterando las dos revocaciones hechas a favor de su marido el 15 de mayo de 1657, declarando como heredero universal al hijo de su hermano, también llamado Francisco De Astudillo Villamediana. Además de las misas habituales de rigor, y respetando la herencia dejada a su sobrino, no se olvidó de otros beneficiarios. Cedió un censo de 4.000 reales de principal a favor del colegio de la compañía de Jesús, cargado contra los bienes de Fernando de Iniesta y Olivares e hizo cesión de otro censo a favor de la cofradía del Santísimo Sacramento cargado contra los bienes de Juan de Montoya Caballón e hizo donación de 100 ducados a favor de María Martínez, hija de Juan de Palo y Catalina de Ortega. Por último, saldó las deudas contraídas con su marido, obligándose a pagar 24.000 reales a favor de don Pedro Bernal de la Fuente, vecino de Madrid (5).
Pero Astudillo siempre defendió hasta su muerte y frente a las adversidades su posición social. Las últimas noticias que tenemos de Astudillo Villamediana es una petición al contador mayor de cuentas de 1664. La fecha de su muerte no debe estar muy lejana. A partir de aquí el vacío lo llena su hijo del mismo nombre, que se intitulará como gentilhombre de la casa de su Majestad y regidor perpetuo de San Clemente. Al que vemos metido en pleitos con los Herrero sobre la capilla donde se han de celebrar las reuniones en la Iglesia de Santiago para la elección de alcalde de la hermandad, y en 1674 haciéndose cargo de traer a la villa un escudo con las armas reales para la sala de plenos del ayuntamiento.
Francisco de Astudillo Villamediana, el nieto de la saga familiar, muere el 20 de septiembre de 1679. Sus últimos años son de soledad; sólo encuentra la compañía de su criada Juana de Bustamante y el apoyo espiritual de su pariente el presbítero Francisco Pérez de Tudela. En la indecisión de a quien dejar sus bienes, firmará solamente en el lecho de la muerte su testamento. El testamento es abierto el día siguiente de su muerte, 21 de septiembre, acordándose en él de la criada, que lo ha cuidado sus últimos años, con una renta de 37.500 mrs. procedentes de un juro y dejando por heredero universal al mencionado Francisco Pérez de Tudela (6). La soledad es el sentimiento que parece inundar el texto del testamento tanto de Francisco de Astudillo Villamediana hijo como de su padre. Clérigos y criadasparecen ser su última compañía. Los albaceas de un testamento ratificado por el testador el mismo día de su muerte son Manuel Gregorio Santos, comisario del Santo Oficio, el padre José de Oma, el padre Alonso de Ygarza, de la Compañía de Jesús, y el gran beneficiario del testamento, el presbítero y primo de Francisco de Astudillo Villamediana, Francisco Pérez de Tudela, que será el heredero único y universal de la herencia de los Astudillo. Llama la atención en el testamento su voluntad de sobriedad para su entierro para el que encarga la habitual misa de réquiem cantada con diácono y subdiácono en la iglesia de Santiago y para el que desea se haga con la menor ponpa que sea posible. Su cuerpo debería ser enterrado en la capilla de Nuestra Señora de la Concepción, sita en el convento de Nuestro Padre San Francisco. La preocupación por la salvación de su alma, con mil quinientas misas a terceras partes entre la Iglesia Mayor de Santiago y los conventos de padres franciscanos y carmelitas descalzos de la villa (complementadas por quinientas misas más para sus padres y abuelos) contrasta con la inexistencia de cualquier fundación de vínculo, memoria o capellanía. Para pago de las limosnas de las diferentes misas lega dos reales por cada una. Meticuloso hasta el final en sus cuentas, Francisco de Astudillo Villamediana dejará dos memoriales con lo adeudado y lo que le es debido para administración del clérigo Francisco Pérez de Tudela. Las criadas, que ha cuidado de él y de su padre serán las primeras beneficiarias del testamento. En especial, Juana de Bustamente, que ha servido al fallecido durante más de treinta y seis años, su compañía en todo tiempo y en todas enfermedades, pero también su asistencia económica en época de dificultades, lo socorrió con 6.500 reales de vellón para su pleito, son recompensadas con el citado juro de 37.500 maravedíes de renta anual, que fuera comprado por su abuelo en 1626 a Bernardo Remírez de Oropesa, y unas casas accesorias a las principales que tenía el fallecido. Una sobrina de Juana de Bustamante, Antonia González, recibiría 500 ducados, por cuidarle de niño y a la que tenía especial afecto por haberse criado juntos en la casa principal. Lucía Simarro, que también había servido a su padre, 8una cama ordinaria de ropa y 400 ducados; y finalmente, una familiar, Francisca de Astudillo, hija de Amador de Celada y de María de Astudillo, por la asistencia que hizo a su padre 200 ducados. De los bienes heredados por Francisco Pérez de Tudela poco sabemos, aunque por las noticias que disponemos está claro que sería el antiguo administrador de la fortuna de Astudillo, que con seguridad acabaría en manos religiosas. Así, el 8 de diciembre de 1679, recibe poder de Juana de Bustamante, que ha decidido abandonar la villa y reside  en Madrid, para vender las casas legadas y el juro de 37.500 maravedíes de renta anual. La venta efectiva del juro será a favor de las monjas del convento de San José y Santa Ana, que por entonces contaba con diecisiete profesas, por suma de 22.000 reales de vellón, el 11 de octubre de 1680. De las casas de la criada no conocemos su destino, pero los papeles nos dicen que estaban situadas en la calle que llaman Destudillo. Ello nos lleva a plantear la alternativa de que nuestra calle de la Amargura esté situada en la plaza del misma nombre en dirección al actual cementerio o de la Celadilla, cercana al puente de Santa Ana; lugar por el que Francisco de Astudillo Villamediana padre tenía tanta predilección (7)
Setenta años después no quedará en el pueblo del todopoderoso Astudillo, sino un vago recuerdo y una casa deshabitada (8). Deshabitada y en ruina estará también la casa de los González Galindo, pero para esta familia el odio permanecerá sobre el olvido. Hoy, modestamente y con este estudio, creemos que hemos ayudado a conocer un poco quiénes eran esos Astudillo, cuyo recuerdo ha pervivido en la memoria gracias al nombre de una de las plazas de la villa de San Clemente.

(1) AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 115/19
(2) AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 96/36. Pleito contra Francisco Destudillo por pasar ganado de
contrabando a la Corona de Aragón
(3) AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 102/12. De oficio contra Francisco Destudillo por deudas con los dueños de juros. 1646
AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 101/44. Pleito ejecutivo de los herederos de Francisco Sanguinetti
contra Francisco Destudillo, 1644
AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 101/47. Pleito ejecutivo de Diego de Oña, en nombre de los Fúcares, contra Francisco Destudillo, 1646
(4) AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 95/54. año 1655
(5) Información extraída de M. Aguiló Cobo.  http:/galeondenoviembre.blogpost.com.es
(6) AGS, CM, Leg. 555/33
(7)AGS, Contaduría de Mercedes. Leg. 1365 y Leg. 555/33. La redacción más completa del testamento de Francisco de Astudillo Villamediana hijo aparece en el segundo de los documentos.
(8) Respuestas Generales del Catastro de Ensenada

Vara Rey: un pleito con la Mesta

Hacia 1584 la Mesta inició un pleito contra la villa de Vara del Rey sobre a quién pertenecían las reses mostrencas, es decir, aquellas reses extraviadas en el circuito trashumante. Vara de Rey alegaba que según costumbre inmemorial esas reses pertenecían al pueblo, sobre las que alegaban un derecho perpetuo así de posesión como propiedad. Es más se añadía que dichas reses, y en concreto los treinta ducados de las diecinueve reses mostrencas de aquel año, iban destinadas al pago de las misas por la salvación de las ánimas del purgatorio, a cargo de la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción.
Aunque Vara del Rey, representada por su procurador, Pedro de Palomares, perdió el pleito por sentencia de tres de noviembre de 1585, y la Mesta obtendría ejecutoria favorable y definitiva el 7 de diciembre de 1599, es previsible que los conflictos continuaron. La justicia dio pues escasa credibilidad a la mencionada costumbre inmemorial por esconder lo que era un caso de apropiación indebida.
Los nombres de los vecinos y ganaderos de Vara del Rey que nos aparecen en el expediente, Martín de Buedo, Diego de Montoya Abengozar o los Ruiz de Alarcón, son miembros de las clases dirigentes de ese pueblo, pero también están presentes en el primer plano de la política de San Clemente. Sus intereses eran regionales; a Diego Montoya lo vemos como defensor de los intereses ganaderos frente al alférez mayor de la villa de San Clemente, Juan Pacheco y Guzmán, y a un Martín de Buedo lo encontraremos en posesión de la tesorería de las rentas reales del Marquesado de Villena. La permeabilidad de estas élites dirigentes en la participación de la vida política de ambas villas será algo común en toda la historia moderna, siendo el caso más conocido el de los Rodrigo Ortega, regidores de San Clemente, y señores de la jurisdicción de Vara del Rey.

Fuente:

AHN. DIVERSOS, MESTA, 220, N. 2

sábado, 26 de septiembre de 2015

El servicio de millones en una villa de señorío: El Provencio en 1591

División territorial en provincias de Castilla para el servicio de millones 
El establecimiento de un nuevo impuesto de ocho millones de ducados en 1590, fue respondido por las villas con memoriales de agravios, que obligó a la Corona a hacer averiguaciones para conocer el estado del Reino y los arbitrios asignados por los pueblos para hacer efectivo su pago.
Analizamos una villa fuera de la jurisdicción del corregimiento de las diecisiete villas, en manos de la familia Calatayud: la villa de El Provencio. Las relaciones topográficas de 1578 nos presentas esta villa como una población de 550 vecinos, estancada en esa vecindad desde hacía veinte años, y dedicada al cultivo de viñas y escasa en ganados, aunque obligada a soportar los rebaños serranos que bajaban a la extremadura por la vereda de San Cristóbal. En 1574, la villa pierde el pleito con la Mesta, acusada de menguar la anchura de esa vereda por el rompimiento de tierras. En la reciente memoria colectiva quedaban las desgracias sobrevenidas por la plaga de langosta de 1547 y las inundaciones más próximas en el tiempo, en el año 1577, del río Záncara.
En el año 1590, El Provencio queda encuadrado en el partido de Cuenca para el repartimiento del primer servicio de millones. Se le asigna un pago anual de 343.935 maravedíes, durante los seis años que ha de durar el nuevo impuesto. El pago se considera excesivo por los vecinos, que en sendos memoriales de los dos años siguientes expresan en la voz de su representante Hernando de Olivares el sentimiento de agravio e imposibilidad de pagar el nuevo servicio.
En el primer memorial de 1591, se nos presenta a El Provencio como una villa estancada en los pocos más de quinientos vecinos de la segunda mitad del siglo XVI. Curiosamente por la necesidad de repartir el nuevo impuesto nos presenta el pueblo dividido en tres estratos por su nivel de renta. Poco más de doscientos vecinos se les considera pobres o jornaleros que viven de su trabajo, sin patrimonio o rentas propias; otro número similar de vecinos tienen haciendas valoradas en cincuenta ducados, y el resto, cien vecinos enriquecidos sin duda con el cultivo destinado a las viñas, con haciendas de trescientos ducados, que constituye la minoría acomodada de labradores ricos del pueblo. Es esta minoría la que se resiste a pagar el nuevo impuesto. A diferencia de otras villas comarcanas el pueblo no tiene patrimonio propio, no hay bienes para arrendar ni de los que beneficiarse.
El Provencio es una villa sin propios o términos que pueda arrendar para pasto o roturación de nuevas tierras, porque por donde más se hestienden no llegan a media legua. Aparte de los impuestos comunes, alcabalas, servicio ordinario y extraordinario e imposiciones reales y eclesiásticas sobre las cosechas, debe hacer frente al obligado pago suplementario de un diezmo a su señor Luis de Calatayud. Es un lugar de poco paso, lo que impide gravar a los forasteros en sus transacciones. Y es una villa cargada con el peso de los pleitos seguidos contra los hermanos de la Mesta y la familia Calatayud, sentidos por el pueblo como cargas sobrevenidas; otros casos fortuitos que se han sucedido, se dirá en el memorial. Por último, se acude a las quejas genéricas de la pobreza de los tiempos, por la esterilidad y la langosta y piedra. No parece que la villa tuviera respuesta de este primer memorial de 28 de enero de 1591, más allá de las evasivas para que esperara las oportunas averiguaciones que se estaban realizando en todo el reino.
Una villa desesperada presenta un segundo memorial con fecha de 18 de junio de 1592. Trasladado a la consideración del secretario de Felipe II, Juan Vázquez de Salazar, recibe una respuesta tajante; agraviase. 
Fuente:


AGS. PATRONATO REAL. Leg. 83, doc. 212

viernes, 25 de septiembre de 2015

El servicio de millones y el corregimiento de San Clemente: el rompimiento de tierras en Villanueva de la Jara

Unas villas endeudadas y gravadas con diversas imposiciones se vieron obligadas, ante la falta de propios, a romper las tierras baldías y llecas para pagar el primer servicio de los ocho millones. La roturación de baldíos derivó en pleitos con los hermanos de la Mesta, por considerar esos baldíos lugar de pasto y paso de sus ganados.
Si el conflicto en algunos casos se planteó, caso de Barchín del Hoyo, pasado el tiempo de seis años que la corona daba para uso de arbitrios para paga del servicio de millones; en el caso de Villanueva de la Jara el conflicto con la Mesta estalló inmediatamente con la siembra de terrenos llecos. Reunidos en ayuntamiento, el 29 de octubre de 1590, los regidores de Villanueva de la Jara, presidido por los alcaldes ordinarios Gaspar López y Francisco Granero de Heredia y el alférez mayor de la villa, Agustín de Valera, presentaron un panorama paupérrimo de una villa cargada de pechos e incapaz de pagar de sus propios y rentas o imponer un repartimiento entre sus vecinos de los 690.466 maravedíes impuestos cada año (la cantidad final bajaría en cien mil matavedíes).
Los regidores de Villanueva de la Jara se decantaron por la conveniencia de arrendar para labrar los baldíos, prados y otras tierras llecas. Además se arrendaron para pasto otras tierras, entre las que destacaban el llamado Jaral de la Calzada, los dos pinares con que contaba el pueblo y algunos términos junto al río. El arrendamiento de dehesas y baldíos se planteó como medida complementaria al establecimiento de sisas sobre la carne y otros productos y con el fin de aliviar a los vecinos.
Se escogieron para romper y labrar aquellas dehesas y majadas que están rasos y que no tienen monte ninguno, en el término llamado de las Leguas. La subasta de los lotes recayó en varios vecinos, unos diez, que se hicieron con el uso de terrenos que solían ir de las dos a cuatro fanegas, aunque en algún caso, como Pascual Martínez, el pedazo de terreno atribuido llegó a las diez fanegas. En el momento que se labraron y sembraron las tierras, los hermanos de la Mesta iniciaron el pleito. Era el año 1593.
Villanueva de la Jara ya había tenido otros pleitos con la Mesta. En tiempo de los Reyes Católicos había perdido un pleito, al tratar de llevar, tal como hacían otras villas como Alarcón, una borra de cada cabaña y hato a los ganados que entraban en sus términos de paso para invernar y herbajar en el campo de Cartagena, y defender la facultad de sus caballeros de la sierra de llevar prendas y penas. La Mesta procuró sacar traslado de esta ejecutoria, ganada el 25 de agosto de 1487, casi setenta años después como jurisprudencia de apoyo para sus alcaldes entregadores, lo que daba cuenta del valor jurídico que atribuían a dicha ejecutoria.
En 1593, el rompimiento de tierras baldías y llecas, aprovechando las licencias reales, que creemos no pasaron de una declaración de intenciones, sobre uso de arbitrios para paga del servicio de millones, cuyo señalamiento quedó en manos de los concejos, fue respondido por la Mesta con el inicio de pleitos por los alcaldes entregadores, que tuvieron como corolario la imposición de fuertes multas. Las sanción impuesta a Villanueva de la Jara fue de 53.500 maravedíes. Esta multa no fue hecho aislado, por la misma época y por motivos similares Iniesta debía pagar 45.000 maravedíes, Jorquera, 50.000, y Gonzalo Álvarez de Toledo, señor de la villa de Cervera, 20.000 maravedíes.
No parece que acabara aquí el conflicto, pues Villanueva de la Jara, por voz de su procurador Gabriel Martínez, pidió que no se ejecutará la sentencia del alcalde entregador, licenciado Pérez de Villalobos. No obstante, la Mesta conseguiría una vez más ejecutoria favorable. De paso amplió el pleito a la obligación del pago del servicio y montazgo y los derechos de puertos secos al pasar los ganados de Villanueva de la Jara las doce leguas distantes de la frontera de los reinos de Aragón y Valencia.

Fuentes:

AHN. CONSEJOS, Leg. 28250, exp. 3. La Mesta contra la villa de Villanueva de la Jara por rompimiento de tierras. Año 1594
AHN. DIVERSOS; MESTA, 228, N. 8 y 9. 7 y 8 de noviembre de 1554

jueves, 24 de septiembre de 2015

El servicio de millones y el corregimiento de San Clemente: Barchín y sus conflictos con la Mesta

La fijación de arbitrios para la paga del servicio de los ocho millones, especialmente en el acotamiento y roturación de dehesas, derivó en múltiples conflictos con la Mesta. Los conflictos ya existían por las presiones de los ganaderos locales de obtener el uso privativo de sus pastos y por el proceso roturador para conquistar nuevas tierras de labranza, que en algunos de los pueblos se mantuvo en los primeros años del seiscientos. Este es el caso de Barchín del Hoyo.
Poco importa que Barchín perdiera ambos pleitos, pues el proceso de acotamientos y roturaciones era imparable. Desde 1589 hasta 1594, Barchín sostuvo un primer pleito con la Mesta por el acotamiento de los pastos de la tierra común de Alarcón. El pleito había surgido con la villa de Valverde y el lugar de Hontecillas, y en concreto, con los ganados del cura de Valverde. Frente al uso común que alegaban ambas villas de herbaje y agua para los ganados, Barchín alegó su derecho a acotar términos desde el momento que pasó, a diferencia de las otras dos villas, a ser tierra de realengo e independizarse del Marqués de Villena. También alegó las típicas acusaciones contra los ganados mesteños de comer las viñas o introducirse en la dehesa carnicera. De poco le valió pues la Mesta ganó ejecutoria de 6 de abril de 1594, tanto para el uso común de los pastos por los pueblos vecinos como para el paso y herbaje de los ganados pasajeros que van a los extremos.
El conflicto vuelve a resurgir entre Barchín y la Mesta veinte años después. Al calor de la concesión del primer servicio de millones para el período 1591 a 1596, la villa había obtenido licencia real para el uso de arbitrios para el pago de dicho impuesto. Entre dichos arbitrios la villa había apostado por el rompimiento y labranza de sesenta fanegas de la dehesa de la Quemada y veinte fanegas de la dehesa Vieja y el ejido de Navaodres. La licencia para roturar concedida por espacio de seis años, había sido ampliada por la villa arbitrariamente. El representante de Barchín, el regidor Andrés García Romero, admitió el rompimiento de tierras para pago del servicio de millones, aunque sin convencer al juez entregador negaba que se hubieran seguido con tal práctica en los diecisiete años anteriores al juicio. El 16 de agosto de 1614 se dictó sentencia condenatoria para Barchín, que sería ratificada por ejecutoria favorable a la Mesta de 15 de junio de 1622.

Fuentes:
AHN. DIVERSOS, MESTA. 31, N. 15. Ejecutoria de 6 de abril de 1594 contra la villa de Barchín por haber penado a los ganados que entraban en su término
AHN. DIVERSOS, MESTA. 31, N.16. Ejecutoria de 15 de junio de 1622 sobre roturación de pastos por la villa de Barchín

martes, 22 de septiembre de 2015

Doña Ana de Santa Cruz y Córdoba

Hay familias que sobresalieron en la segunda mitad del siglo XVI, que adquirieron una posición preponderante en la vida sanclementina, pero que según avanza el seiscientos parecen diluirse para caer en el olvido. Una de ellas es la familia García Monteagudo, que de la mano de Antón, al que vemos como visitador de salinas en la década de los setenta, consolidará e incrementará el mayorazgo fundado por sus padres; su hijo y su viuda María Álvarez de Tébar mantendrán la posición y la legarán a sus descendientes, regidores perpetuos de San Clemente, hasta que mediado el siglo XVII, su hacienda aparece incorporada a la de los Ortega y finalmente a la casa de los marqueses de Valdeguerrero. Un orgulloso Rodrigo Ortega y Ortega, destacará el apellido García Monteagudo a cualquier otro en las pruebas para la obtención del hábito de Santiago de 1640.